Julio Olmedo Álvarez
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ÍNDICE
1.1.2.- Metodología y fuentes.
1.1.4.- Estructura del trabajo.
1.2.- La regulación del urbanismo ante los problemas de la ciudad.
1.2.1.- La regulación del urbanismo.
1.2.2.- Problemas urbanísticos.
II ANTECEDENTES Y EVOLUCIÓN DE LA INICIATIVA PRIVADA EN EL URBANISMO.
2.1.- La regulación más remota; A. Derecho Romano; B. Derecho Medieval; C. Ilustración; D. Constitucionalismo liberal
2.4.1.- La configuración del servicio público en el urbanismo.
2.4.2.- La actuación administrativa como facilitadora de los fines públicos.
2.4.3.- Contrato de obra pública y concesión de servicio público en nuestra doctrina clásica.
2.5.- Normas urbanísticas en la primera mitad del siglo XX.
2.6.- La Ley del Suelo de 1956.
2.6.1.- La propiedad del suelo como factor determinante.
2.6.2.- Ejecución del plan: el margen para la empresa urbanizadora.
2.6.3.- Aspectos valorables en el balance de esta Ley.
2.7.- El Proyecto de Valero Bermejo como intento frustrado en la L.S.
2.8.- La reforma de 1975: posibilidades para el empresario privado no propietario.
2.10.- La STC 61/1997: interpretación y efectos del reparto competencial en materia urbanística.
3.2.- El peligro de una ruptura en el sistema urbanístico estatal.
3.2.1.- Propuestas para un Derecho Urbanístico estatal.
3.3.- Conceptos de gestión y ejecución urbanística.
3.4.- Naturaleza jurídica del proceso transformador.
3.5.- Propiedad privada y derecho al aprovechamiento urbanístico.
3.5.1.- Aprovechamiento urbanístico vinculado al propietario del terreno.
3.5.2.- El aprovechamiento urbanístico como manifestación de un poder atribuido a la Administración.
3.6.- Sujetos que intervienen en el proceso urbanizador.
3.7.- La intervención del capital privado.
3.8.- La empresa urbanizadora “clásica”.
3.8.1.- El equilibrio entre iniciativa privada y fines públicos.
3.8.2.- Empresas con formas públicas y privadas.
3.8.3.- Tipología de las empresas urbanizadoras; A. Empresa privada de titularidad exclusivamente pública; B. Gestión por Empresa Mixta; C. Consorcio; D. Otras formas de participación pública y privada; E. Actuación por concesionario
3.8.4.- La concesión; A. Urbanismo concertado; B. El concesionario surgido a partir del sistema de expropiación
3.8.5.- Valoración de la técnica concesional.
3.9.- Los convenios urbanísticos entre la Administración y los particulares como modelo alternativo para urbanizar; A. Limitaciones para los convenios;
IV
EXORDIO: LA EJECUCIÓN URBANIZADORA EN DERECHO COMPARADO
4.1.- Planteamiento.
4.2.- Propiedad del suelo y derechos urbanísticos en Derecho comparado.
4.3.- Gestión y ejecución: planteamiento general.
4.4..- Panorámica sobre la intervención de los distintos sujetos en la gestión y ejecución.
4.5.- La ejecución urbanística país por países; A. Inglaterra; B. Francia; C. Alemania; D. Suiza; E. Estados Unidos
5.1.- Introducción: características generales de la LRAU.
5.2.- Propiedad y actividad urbanizadora.
5.3.- Contexto en el que surgen los tipos concesionales de agente.
5.4.- El agente urbanizador: aspectos preliminares.
5.5.- El agente urbanizador: naturaleza.
5.5.1.- La participación de los particulares en la gestión y ejecución del urbanismo.
5.5.2.- Los particulares y la contratación administrativa; A. Alternativas para un contrato de obra pública; B. El contrato del agente urbanizador entendido como concesionario de servicio público; C. El contrato de concesión de obras públicas; D. Inclusión del agente urbanizador en una de estas categorías contractuales
5.7.- El sistema de agente como exclusivo para cualquier actuación.
5.8.- Procedimiento para la elección del agente.
5.9.- Posibles efectos distorsionadores en la elección de agente urbanizador.
5.9.1.- Criterios para la elección del agente.
5.9.2.- Posibilidades de competencia en el procedimiento de presentación de propuestas de Programa.
5.9.3.- El tamaño como factor condicionante en la competencia por ser agente.
5.10.- El Programa de Actuación Urbanística como instrumento para la ejecución.
5.11.- Argumentos para una valoración global.
5.11.1.- Interpretaciones favorables a la LRAU; A. Ventajas para el desarrollo empresarial; B. Como instrumento para combatir la especulación; C. Beneficios desde un punto de vista político y social; D. Satisfacción por los resultados conseguidos
5.11.2.- Interpretaciones negativas acerca de la LRAU; A) Interpretaciones doctrinales negativas acerca de la LRAU; B) Posible alteración de la competencia empresarial; C) Desigual relación entre el empresario urbanizador y los titulares de la propiedad; D) Insuficientes pautas de actuación para los Ayuntamientos; E) Insuficiente atención a la ciudad existente; F) Contestación social
5.12.- La cuestionada aceptación social de la LRAU.
5.12.1.- Las causas del descontento.
5.12.2.- El problema de las atribuciones irregulares de la condición de agente urbanizador; A) Imposición de fianza desmesurada; B) Adjudicaciones arbitrarias a favor de las propuestas de determinadas empresas
5.12.3.- Recepción institucional de las quejas suscitadas respecto a la LRAU.
5.13.- Ajustes deseables respecto a la mejora de la LRAU.
5.14.- Jurisprudencia sobre la LRAU.
5.14.1.- La cuestión de inconstitucionalidad sobre la LRAU.
5.15.- El proceso de reforma de la LRAU.
5.16.- Algunas cuestiones pendientes relativas al agente urbanizador; A. El agente como empresa urbanizadora; B. El agente urbanizador y la propiedad del suelo; C) El agente urbanizador y el desarrollo futuro de este modelo
VI
EL URBANIZADOR EN LA LEY 2/1998, DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y DE LA ACTIVIDAD
URBANÍSTICA DE CASTILLA-LA MANCHA
6.1.- Fundamentos sobre los que se asienta el desarrollo competencial
urbanístico de Castilla-La Mancha.
6.2.- El sistema de agente urbanizador.
6.3.- El agente y el Programa de Actuación Urbanizadora.
6.4.- Procedimiento para la selección del agente urbanizador.
6.5.- Algunos problemas de la LOTAU y sus propuestas de mejora.
6.6.- Interpretación jurisprudencial de la LOTAU.
6.7.- Valoración global de la Ley castellano-manchega.
VII
LA EJECUCIÓN URBANÍSTICA POR EMPRESAS NO VINCULADAS A LA PROPIEDAD DEL SUELO EN
LAS DIFERENTES REGULACIONES AUTONÓMICAS
7.1.- La Ley 15/2001, de Extremadura.
7.1.1.- Sistemas de actuación.
7.1.2.- El urbanizador en el sistema de concertación.
7.1.3.- La empresa urbanizadora y su participación en otros sistemas de ejecución.
7.2.1.- Sistemas de actuación.
7.2.2.- El urbanizador a través del sistema de concurso.
7.2.3.- Otras posibilidades para empresas urbanizadoras privadas y no propietarias del suelo.
7.2.4.- Valoración de la LRSOU.
7.3.- La Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
7.3.1.- Sistemas de actuación integrada
7.3.2.- El agente urbanizador en el sistema de compensación.
7.3.3.- Valoración de la LOUA.
7.4.- La Ley 5/1999, Urbanística de Aragón.
7.4.1.- Sistemas de actuación en esta Ley. El sistema de concesión de obra urbanizadora.
7.4.2.- Valoración de la Ley aragonesa.
7.5.- La Ley 2/2001, de Cantabria.
7.5.1.- El sistema de concesión de obra urbanizadora.
7.5.2.- Valoración de esta Ley
7.6.- Decreto Legislativo 1/2000, de Canarias.
7.6.1.- Sistemas de actuación integrada.
7.7.- La Ley 5/1999 de Urbanismo para Castilla y León.
7.7.1.- Sistemas de actuación integrada. El sistema de concurrencia.
7.8.- La Ley Foral 35/2002, de Navarra.
7.8.1.- Los sistemas de actuación posibles.
7.8.2.- El sistema de agente urbanizador.
7.8.3.- Valoración de la Ley Foral.
7.9.1.- Sistemas de actuación.
7.9.2.- Valoración de la Ley riojana.
7.10.- Ley 1/2001 del Suelo de Murcia.
7.10.1.- Características generales de la Ley.
7.10.2.- Sistemas de actuación integrada.
7.10.3.- Posibilidades para la empresa privada y urbanizadora no propietaria.
7.10.4.- Valoración de la Ley del Suelo murciana.
7.11.- La Ley del Suelo de Madrid.
7.11.1.- Sistemas de actuación integrada.
7.11.2- Adjudicación por concurso en el sistema de compensación.
7.11.3.- Valoración de la Ley 9/2001.
7.12.- La Ley 9/2002, de Galicia.
7.12.1.- El sistema de concesión de obra urbanizadora.
7.12.2.- Valoración de la Ley urbanística gallega
7.13.- Cataluña: la Ley de Urbanismo 2/2002.
8.4.- El agente urbanizador es una figura original de la Ley urbanística valenciana de 1994; A. Su naturaleza jurídica se aproxima a la del concesionario de obras públicas; B. La preponderancia jurídica del agente urbanizador, si bien ha supuesto un revulsivo inversor, lesiona los intereses de propietarios y pequeños constructores; C. Esta Ley necesita reformas que den garantías a los propietarios, preserven la concurrencia entre candidatos urbanizadores y clarifiquen la intervención de los ayuntamientos; D. La reforma debería tender al incremento de viviendas protegidas y a la protección de los centros urbanos
8.8.- La complejidad del mercado inmobiliario es una premisa obligada para cualquier reforma legal del papel de la iniciativa privada en la ejecución urbanística; A. La acaparación del suelo por grandes promotores es un peligro cierto a corregir; B. El proceso urbanístico impulsado por los beneficios a corto plazo, debe tener en cuenta los futuros costes económicos y ambientales para la comunidad; C. La ley debe fijar mejor los límites de la actuación concertada entre la Administración y los particulares; D. El régimen jurídico del agente urbanizador ha de convertirlo en un auténtico colaborador de la Administración en la ejecución de las responsabilidades públicas urbanísticas