Julio Olmedo Álvarez
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El presente trabajo no pretende constituirse en prontuario a los problemas del urbanismo nacional. Esto, obviamente, queda fuera de nuestro alcance por múltiples causas, entre las que no es la menor la enorme complejidad del problema, pues sobre el convergen asuntos de índole fiscal, inversión especulativa (RODRÍGUEZ LÓPEZ ), iniciativas empresariales o fenómenos con raíz y repercusión social .
Todo ello determina, en definitiva, el conjunto de decisiones que se adoptan desde el poder político en forma de normas de variada jerarquía y que persiguen diversos objetivos, en función de la época y de las prioridades del momento. Así, podemos decir que el aplastante peso de la vivienda, máximo condicionante de las políticas urbanísticas desde su origen, quizá esté viéndose atenuado por una serie de consideraciones medioambientales y por los nuevos estilos de vida que se generan , los cuales van abriéndose camino cada vez con mayor peso e influencia.
Al hilo de las políticas y de los factores de repercusión se producen las decisiones de los ciudadanos, a través de comportamientos inducidos en mayor o menor grado. Si bien lo ideal sería que los habitantes de una ciudad participasen al máximo en su configuración , no sólo a través de elecciones a cargos representativos, sino también con aportaciones a la planificación urbana, lo cierto es que las posibilidades reales se reducen al mínimo en la mayor parte de los casos. Es demasiado frecuente que las únicas posibilidades de intervención reservadas a los ciudadanos sean las que ostenta como adquirente de viviendas, y aun así su ámbito de actuación variará de acuerdo a sus posibilidades económicas . Parece obvio, en esta línea argumental, que a las personas sin recursos, únicamente les cabe instalarse allí donde pueda haber una vivienda de protección oficial o promoción pública, sea cual sea su entorno, sus características y su ubicación.
Un análisis a fondo de todo lo planteado en estas líneas exigiría investigaciones múltiples, capaces de formar una obra científica monumental trascendente a las posibilidades de una persona e, incluso, de un equipo. Por tanto, han de buscarse en la investigación individual anhelos de análisis y respuesta globales, si no es como divulgador somero.
Hay que centrarse, pues, en una cuestión, en un problema, o en un aspecto de los anteriores. Esto es obvio y no merecería la pena tratarlo, de no ser porque un seguimiento estricto de este principio puede ocasionar, y de hecho lo hace, un reduccionismo en las tareas de análisis y crítica por parte de investigadores jurídicos y legisladores. No creemos osado mantener, tras lo visto hasta la fecha, que mucho de lo mantenido por la doctrina o por normas de toda índole ha resultado de bastante esterilidad al partir de presupuestos dogmáticos defendidos como permanentes, frente a realidades complejas y cambiantes a toda velocidad.
Quizá sea atribuible a nuestro urbanismo el excesivo énfasis que muchos han puesto en mantener su postura iuspublicista, su planteamiento neoliberal, o sus postulados clásicos sobre el derecho de la propiedad, sin reparar en hasta qué punto eso resultaba útil como aportación al sistema. Esto es, hasta donde podían integrarse como elementos de trascendencia práctica, más allá del juego retórico o de planteamientos académicos sin otras pretensiones, cuando partían de una realidad muy parcial, si no de una completa abstracción.
La intención, al principiar este trabajo, es el tratamiento de un aspecto concreto de nuestro urbanismo, no suficientemente analizado desde nuestro punto de vista, como es el papel de la iniciativa privada empresarial en la ejecución del planeamiento. Sin embargo, nos gustaría situar este análisis en su contexto, lo que de ningún modo ha de suponer divagar o salirse de la línea investigadora. Se trata solamente de que podamos acercarnos un tanto a esos porqués surgidos de una visión sistemática amplia, que pasan totalmente desapercibidos desde una perspectiva demasiado próxima al exclusivo elemento de análisis.
La iniciativa privada empresarial, como elemento central del trabajo, va a tener a su alrededor las circunstancias a las que se aplica, así como el proceso de evolución antecedente. Pero, sobrepasado este punto, llegaremos a discernir sobre el impacto actual de la misma en las regulaciones estatal y autonómicas y sobre todo en los efectos que viene produciendo, por su peculiaridad contractual. También se pretende tratar como repercute por todo ello la propiedad de los titulares de parcelas preexistentes al proceso de urbanización.
De este modo nos hallaremos en condiciones de poder concluir sobre una figura, la del agente urbanizador, y el resto de variantes de este modelo concesional que han ido desarrollándose en las diferentes Comunidades Autónomas. Será necesario un estudio más en profundidad sobre el agente urbanizador valenciano, por su trayectoria más dilatada y por las especiales condiciones de su acelerado desarrollo urbanizador. Habrá que indagar sobre sus efectos buscados y los realmente logrados, así como sobre sus posibilidades de modificación, pues casi una década después de su aparición en la legislación valenciana, posiblemente vaya siendo necesario acometer reformas, sobre todo si se tiene en cuenta el amplio descontento surgido en muchos sectores de población, por cuanto, y ese sería un elemento grave, el equilibrio propietario-urbanizador no siempre parece quedar resuelto en aras del interés público, sino de otro privado, distinto al tradicional de los propietarios, como es ahora el de los agentes dotados con instrumentos para llevar a la práctica su negocio.