Tesis doctorales de Econom�a


LA INICIATIVA PRIVADA EMPRESARIAL EN LA EJECUCI�N DEL PLANEAMIENTO URBAN�STICO. UN ESTUDIO SOBRE LA FIGURA DEL AGENTE URBANIZADOR EN EL DERECHO AUTON�MICO ESPA�OL

Julio Olmedo �lvarez

 

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1.1.3.- Hip�tesis y tesis.

El punto de partida de este trabajo no lo marc� el deseo de recopilar informaci�n exhaustiva sobre un problema jur�dico, hasta el punto de producir un tratado. Al contrario, el esp�ritu de este trabajo se forja a partir de un periodo de vida en la Comunidad Valenciana, que coincide con el desarrollo del primer ciclo de doctorado. De esto surge el inter�s como jurista ante un problema que en ese momento aparece incesantemente en los medios de comunicaci�n regionales, pero que no logra arrastrar debates doctrinales amplios, con obras de envergadura, m�s all� de art�culos especializados. Son muy pocos los autores que en ese momento tienen la mirada puesta en el agente urbanizador, quiz� porque hasta la Sentencia del Tribunal Constitucional 61/1997, el Derecho Urban�stico estatal dominaba ficticiamente un panorama en el que el agente urbanizador valenciano, parec�a limitado como reducto discordante.

Luego, tras la apresurada toma de posiciones auton�mica y el desarrollo legislativo posterior, el agente se ha expandido en tres o cuatro a�os, con una velocidad que ha impedido un an�lisis de suficiente serenidad, m�xime en una legislaci�n urban�stica que sobrepasa largamente los dos mil art�culos en las diferentes legislaciones, y los diez mil en los reglamentos. Todav�a, es muy limitado el n�mero de nuestros autores que ha decidido afrontar este problema con la dimensi�n que merece.

Tomando estas premisas como punto de partida, el trabajo pretende hacer un estudio y reflexi�n sobre las posibilidades de la iniciativa privada empresarial, no vinculada a la propiedad del suelo en los procesos de urbanizaci�n. Se trata de indagar, primero, sobre si verdaderamente ha sido posible llevar a cabo la empresa urbanizadora, tal y como ser�a previsible si tom�semos sin mayor contraste el art�culo 38 de nuestra Constituci�n cuanto alude a �la libertad de empresa en el �mbito de la econom�a de mercado�, aunque en el caso concreto ha sido necesario bastante lapso desde la promulgaci�n.

Aceptando que es posible, queremos conocer y diferenciar las diferentes modalidades que permite el Derecho estatal, para profundizar a continuaci�n en el agente y sus variantes. La reflexi�n principal nos lleva al modo en que los fines p�blicos se est�n llevando a cabo por este tipo de empresas, al papel de la Administraci�n y los propietarios. Sin rehuir la cuesti�n m�s amplia y la m�s obvia �c�mo repercute esto en el mercado del suelo y la vivienda?

Pensamos que una figura empresarial, elegida por la Administraci�n con arreglo a criterios objetivos, que cuente con la implicaci�n de propietarios y de la propia Administraci�n, es una v�a eficaz de acometer la gesti�n y ejecuci�n urban�stica. Y esto puede llevarse a cabo con gran econom�a de recursos, en beneficio de todas las partes, por desarrollarse bajo la gerencia de personas (f�sicas o jur�dicas) especializadas en la materia, con recursos inalcanzables en muchos casos para los propios propietarios o para la Administraci�n. Ahora bien, cuando estos �ltimos est�n en condiciones de competir en igualdad de condiciones debe favorecerse su intervenci�n.

Nuestra posici�n no quiere eludir algo que nos concierne tambi�n como juristas, como es el modo de aplicar las normas. Pensamos que son demasiadas las normativas que chocan, all� donde la presi�n urban�stica e inmobiliaria es mayor, con poderes que impiden su adecuado resultado. A diferencia de nuestro entorno, la ejecuci�n urban�stica es considerada como fuente de ingresos de todo tipo para los ayuntamientos, m�s que como una actividad que requiere partidas para la inversi�n en dotaciones destinadas a la comunidad, y esto no deber�a pasar desapercibido para quienes pretenden que toda una lista de leyes urban�sticas no ha funcionado en nuestro pa�s porque no eran buenas. Quienes piensan que dejando todo igual, con una nueva ley se solucionar�an los problemas, quiz� cometieran pecado de ingenuidad.


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