Tesis doctorales de Econom�a


LA INICIATIVA PRIVADA EMPRESARIAL EN LA EJECUCI�N DEL PLANEAMIENTO URBAN�STICO. UN ESTUDIO SOBRE LA FIGURA DEL AGENTE URBANIZADOR EN EL DERECHO AUTON�MICO ESPA�OL

Julio Olmedo �lvarez

 

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B) Como instrumento para combatir la especulaci�n.

Este aspecto, al que ya hemos hecho referencia en p�rrafos anteriores, se justifica por la simple raz�n econ�mica de que s�lo se acumula y retiene aquello que se aprecia, es decir, lo que genera un beneficio por la posesi�n durante un transcurso de tiempo. Si no existe ganancia, se reduce o desaparece la acumulaci�n y esto es extensible a infinidad de supuestos, aunque el m�s llamativo resulte el de la apreciable reducci�n del ahorro en instrumentos financieros, en Espa�a y otros pa�ses, a causa, o coincidiendo, con el notable descenso en los tipos de inter�s, que se ha producido especialmente en los �ltimos cinco a�os.

Sin embargo, no todo incremento en la oferta de suelo necesariamente produce una disminuci�n de los efectos especulativos, entendiendo estos como consecuencia de una garant�a de revalorizaci�n en los precios. Si se produce un incremento en la oferta del suelo, pero �sta se lleva a cabo de un modo ajeno a las necesidades de la demanda, probablemente se mantengan las mismas presiones sobre la demanda en aquellos lugares realmente deseados.

MIRALLES GARC�A ejemplifica de un modo esclarecedor esta cuesti�n cuando se refiere a que no es indiferente localizar cualquier suelo en cualquier lugar. As�, un suelo urbanizable a 10 � 20 kil�metros del centro de Valencia, no es de ning�n modo sustitutivo de un suelo urbanizable a 3 kil�metros del centro. Por tanto, la repercusi�n del precio sobre el suelo depende no s�lo de una gen�rica abundancia, sino tambi�n de una oferta adecuada en los lugares m�s demandados.

A partir de este argumento, el autor toma la LRAU como referencia para se�alar que esta norma ha enfocado el planeamiento contra la especulaci�n centr�ndose en los agentes del mercado como son el urbanizador y los propietarios, en vez de hacerlo directamente sobre el objeto de la compraventa, esto es, el suelo. Lo que se pretende es provocar que el suelo una vez declarado urbanizable no pueda mantenerse de ese modo por tiempo indefinido y para ello, nada mejor que dar entrada a empresarios particulares. Estos, llevados por su �nimo de lucro y con capacidad para actuar como agentes p�blicos podr�n remover incluso la inercia de los propietarios m�s reticentes a una actuaci�n que nada les aporta si presienten que una ganancia ya tienen con s�lo poseer el terreno.

No obstante, estos argumentos deben tomarse con una prevenci�n relativa, dado que el modelo as� formulado solamente resultar�a v�lido para ciudades en proceso de expansi�n geogr�fica, en el que la conquista de nuevo suelo urbano estar�a garantizada por la iniciativa del urbanizador, pero no resultar�a aplicable a poblaciones sin grandes necesidades de nuevo suelo urbano, en las cuales el papel del urbanizador apenas ser�a testimonial en la lucha contra la especulaci�n.

Pensamos que el agente urbanizador por s� solo no es el �nico instrumento v�lido contra la especulaci�n. Su efectividad s�lo puede argumentarse desde unos planteamientos basados en la expansi�n urbana, pero no en racionalizar la ciudad existente, en optimizar los beneficios para la comunidad de la ciudad construida. En estos aspectos se agota el modelo y queda en falta la existencia de una figura capaz de suplir la desidia p�blica o privada y regenerar tantos espacios degradados como empiezan a encontrarse en las ciudades.


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