Guillermo Hierrezuelo Conde
Puede bajarse la tesis completa en PDF comprimido ZIP
(394 páginas, 2.18 Mb) pulsando aquí
Esta página
muestra parte del texto pero sin formato.
ÍNDICE
PRESENTACIÓN
I. CAPÍTULO
PRIMERO: LA DESAMORTIZACIÓN, EN ESPAÑA, A LO LARGO DE LA HISTORIA, COMO
FUNDAMENTO DE LA FINANCIACIÓN DE LA IGLESIA CATÓLICA.
I.1. LAS
PRIMICIAS, LOS DIEZMOS, LOS NOVENOS Y LOS EXCUSADOS, COMO ORIGEN DEL
“IMPUESTO RELIGIOSO”.
I.2. PRECEDENTES MÁS REMOTOS DE LA DESAMORTIZACIÓN ECLESIÁSTICA .
PROBLEMÁTICA SOBRE QUÉ DEBA CONSIDERARSE POR TAL: LA PRIMERA
DESAMORTIZACIÓN ECLESIÁSTICA EN ESPAÑA .
I.3. EL SIGLO XIX, COMO “EL SIGLO DE LA DESAMORTIZACIÓN”
I.3.1. LA ETAPA DE
MENDIZÁBAL.
I.3.2. LA DESAMORTIZACIÓN ECLESIÁSTICA DURANTE LA REGENCIA DE ESPARTERO.
I.3.3. LA LEY MADOZ O “LEY GENERAL DE DESAMORTIZACIÓN”, DE 1 DE MAYO DE
1855 .
I.3.4. LA LEY
HIPOTECARIA, DE 8 DE FEBRERO, DE 1861.
I.3.5. EL CONVENIO
CONCORDARTARIO DE 1904, ENTRE LA SANTA SEDE Y EL ESTADO ESPAÑOL.
I.4. LA ETAPA CONCORDATARIA EN ESPAÑA . ANTECEDENTES DE LA DOTACIÓN DEL
ESTADO A LA IGLESIA CATÓLICA, COMO CONSECUENCIA DE LA DESAMORTIZACIÓN.
I.4.1. LA POLÉMICA DE LOS SUPUESTOS CONCORDATOS
DE 1714 Y 1717.
I.4.2. EL CONCORDATO DE 1737 . EL
“DERECHO DE PATRONATO” .
I.4.3. EL CONCORDATO DE 1753. UN NUEVO CONCORDATO SOBRE EL VIEJO
“DERECHO DE PATRONATO” .
I.4.4. EL
CONVENIO DE 27 DE ABRIL DE 1845 , COMO TRÁNSITO AL CONCORDATO DE 1851.
I.4.5.
LAS OBSERVACIONES DE BRUNELLI A LOS “44 ARTÍCULOS” DEL PROYECTO DE
CONCORDATO .
I.4.6.
EL PROYECTO DE DOTACIÓN DEL CULTO Y CLERO, DE 1847.
I.4.7.
EL CONCORDATO “ECONÓMICO”, DE 1851 .
I.4.8. EL CONVENIO-LEY DE 1859
, COMO INTENTO DE SOLUCIÓN A LOS PROBLEMAS, SURGIDOS CON LA
DESAMORTIZACIÓN ECLESIÁSTICA.
I.4.9. LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA DE LA LEY ORGÁNICA 7/1980, DE
5 DE JULIO, DE LIBERTAD RELIGIOSA, COMO ÚLTIMA NORMA LEGAL, REFERIDA A
LA DESAMORTIZACIÓN DECIMONÓNICA.
I.5. UN ESTUDIO
HISTÓRICO-CONSTITUCIONAL, COMO FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL DE LA DOTACIÓN
Y DE LA MISMA DESAMORTIZACIÓN.
I.5.1. LA CONSTITUCIÓN, DE 1808,
COMO NACIMIENTO DE LA CUESTIÓN RELIGIOSA EN LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA, Y
NORMATIVA COMPLEMENTARIA.
I.5.2. LA
CONSTITUCIÓN DE 18 DE JUNIO, DE 1837 , COMO PRIMER RECONOCIMIENTO
CONSTITUCIONAL DE LA DOTACIÓN ESTATAL A LA IGLESIA, TRAS LA
DESAMORTIZACIÓN ECLESIÁSTICA.
I.5.3. LA
CONSTITUCIÓN DE 23 DE MAYO, DE 1845 .
I.5.4. EL
PROYECTO DE CONSTITUCIÓN, DE 1856 .
I.5.5. LA
CONSTITUCIÓN DE 1 DE JUNIO, DE 1869 .
I.5.6. EL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN REPUBLICANO, DE 1873 .
I.5.7. LA CONSTITUCIÓN DE 29 DE JUNIO, DE 1876 .
I.5.8. LA CONSTITUCIÓN DE LA SEGUNDA REPÚBLICA, DE 9 DE DICIEMBRE, DE
1931 .
I.5.8.1. LAS NEGOCIACIONES DE CONCORDATOS EN EL PERÍODO REPUBLICANO.
I.5.8.2. LA LEY DE CONFESIONES Y CONGREGACIONES RELIGIOSAS, DE 1933 .
I.5.8.3. EL PROYECTO REPUBLICANO DE CONCORDATO, DE 1934, CON LA SANTA
SEDE.
I.5.9. EL ARTÍCULO 6 DEL FUERO DE LOS ESPAÑOLES, DE 17 DE JULIO, DE 1945
.
II. CAPÍTULO SEGUNDO: EL CONCORDATO ESPAÑOL ENTRE LA SANTA SEDE Y EL
ESTADO ESPAÑOL, DE 27 DE AGOSTO, DE 1953.
II.1. EL SISTEMA DE DOTACIÓN DEL CONCORDATO ENTRE LA SANTA SEDE Y EL
ESTADO ESPAÑOL, DE 27 DE AGOSTO, DE 1953 . UN MOMENTO HISTÓRICO
TRANSCEDENTAL EN LA HISTORIA ECLESIÁSTICA: EL CONCILIO VATICANO II
(1962-1965).
II.2. EL ANTEPROYECTO OFICIAL DEL CONCORDATO, DE 1970 .
III. CAPÍTULO TERCERO. EL SISTEMA DE AUTOFINANCIACIÓN , COMO ÚLTIMA FASE
EN EL ACUERDO SOBRE ASUNTOS ECONÓMICOS DE 3 DE ENERO, DE 1979, ENTRE EL
ESTADO ESPAÑOL Y LA SANTA SEDE.
III.1. LOS ACUERDOS ENTRE EL ESTADO ESPAÑOL CON LA SANTA SEDE DE 1976 Y
1979 . UNA ESPECIAL REFERENCIA AL ACUERDO ENTRE EL ESTADO ESPAÑOL Y LA
SANTA SEDE SOBRE ASUNTOS ECONÓMICOS, FIRMADO EL 3 DE ENERO, DE 1979 .
III.2. LA ACTIVIDAD PATRIMONIAL DE LA IGLESIA CATÓLICA EN LA
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA, DE 1978, Y EN EL ACUERDO SOBRE ASUNTOS
ECONÓMICOS, DE 1979, COMO PRESUPUESTO BÁSICO -Y LÓGICO- PARA LA
AUTOFINANCIACIÓN.
III.3. CONCEPTO JURÍDICO DE COOPERACIÓN EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA .
LOS PRINCIPIOS DE DERECHO ESPAÑOL, QUE POSIBILITAN LA COOPERACIÓN CON LA
IGLESIA CATÓLICA. LA COOPERACIÓN, COMO MEDIO PARA HACER REAL Y EFECTIVA
LA IGUALDAD DE TODOS LOS CIUDADANOS EN LA LIBERTAD RELIGIOSA E
IDEOLÓGICA.
III.3.1. LAS RELACIONES DE COOPERACIÓN EN EL ARTÍCULO 16 DE LA
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA, DE 1978, Y LA LEY ORGÁNICA 7/1980, DE LIBERTAD
RELIGIOSA, DE 5 DE JULIO DE 1980 .
III.4. LA MENCIÓN EXPRESA DE "LA IGLESIA CATÓLICA" EN LA CONSTITUCIÓN
ESPAÑOLA, DE 1978, LA LEY ORGÁNICA DE LIBERTAD RELIGIOSA, DE 5 DE JULIO,
DE 1980 Y LA LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS, DE 1964.
III.5. FUNDAMENTO JURÍDICO DEL NUEVO SISTEMA DE FINANCIACIÓN DE LA
IGLESIA, ESTABLECIDO EN EL ACUERDO SOBRE ASUNTOS ECONÓMICOS DE 3 DE
ENERO, DE 1979, PRINCIPIOS BÁSICOS DE ESTE ACUERDO ECONÓMICO.
III.6. FASES DEL SISTEMA DE FINANCIACIÓN "DIRECTA" DE LA IGLESIA
CATÓLICA EN EL ACUERDO SOBRE ASUNTOS ECONÓMICOS DE 3 DE ENERO, DE 1979.
III.6.A. PERIODO 1. PLAZO EXCLUSIVO DE DOTACIÓN GLOBAL Y ÚNICA EN
PRESUPUESTO (artículo II.2; II.3 y II.4 y el número 1 del protocolo
adicional del acuerdo económico) (hasta 1988). SITUACIÓN ANTERIOR A LA
FIRMA DEL ACUERDO SOBRE ASUNTOS ECONÓMICOS.
III.6.B. PERIODO 2. PLAZO DE APLICACIÓN SIMULTÁNEA DE DOTACIÓN EN
PRESUPUESTO Y PORCENTAJE SOBRE RENDIMEINTO DE LA IMPOSICIÓN (artículos
II.2; II.3; II.4,2 y apartado 2 del número 1 del protocolo adicional del
acuerdo económico) (desde 1988 a 1990).
III.6.B.1. INCONVENIENTES, QUE HAN TENIDO QUE RESOLVERSE, PARA HACER
APLICABLE LOS PRINCIPIOS DE "ASIGNACIÓN TRIBUTARIA". LA DUDOSA
CONSTITUCIONALIDAD DE LA "ASIGNACIÓN TRIBUTARIA".
III.6.B.2. VENTAJAS DEL SISTEMA DE "ASIGNACIÓN TRIBUTARIA".
III.6.C. PERÍODO 3. FASE DE APLICACIÓN EXCLUSIVA DE "ASIGNACIÓN
TRIBUTARIA" (desde 1991 hasta hoy).
III.6.C.1. INFLUENCIAS Y ALTERNATIVAS APLICABLES AL DERECHO ESPAÑOL, DE
LA "ASIGNACIÓN TRIBUTARIA" EN EL DERECHO COMPARADO ITALIANO.
III.6.C.2. CAUSAS QUE IMPOSIBILITAN EL PASO A LA ÚLTIMA ETAPA DE LA
AUTOFINANCIACIÓN.
III.6.C.3. PROPUESTAS PARA MEJORAR LA ETAPA DE LA "ASIGNACIÓN
TRIBUTARIA".
III.6.D. PERÍODO 4. LA AUTOFINANCIACIÓN , COMO VÍA POSIBLE, A LA QUE
TIENDE LA FINANCIACIÓN DE LA IGLESIA CATÓLICA ESPAÑOLA (artículo II.5
del acuerdo sobre asuntos económicos).
III.6.D.1. LA POSTURA OFICIAL DE LA IGLESIA CATÓLICA ESPAÑOLA, CON
RESPECTO A LA "AUTOFINANCIACIÓN" DE LA MISMA.
III.6.D.2. PRIMEROS INTENTOS DEL VATICANO, PARA REORGANIZAR LA ECONOMÍA
DE LA SANTA SEDE, COMO GERMEN DE LOS SURGIDOS EN LAS IGLESIAS
NACIONALES, ENTRE ELLAS ESPAÑA .
III.6.D.3. LOS BENEFICIOS ECLESIÁSTICOS, COMO SISTEMA ABANDONADO, PARA
ALCANZAR LA AUTOFINANCIACIÓN DE LA IGLESIA CATÓLICA.
III.6.D.4. INTENTOS PARA REORGANIZAR LA ECONOMÍA DE LAS DIÓCESIS.
III.6.D.5. EL "FONDO COMÚN INTERDIOCESANO" Y EL "CONSEJO DE ASUNTOS
ECONÓMICOS Y DEL ECONÓMO", COMO INSTITUCIONES, PARA ALCANZAR LA
AUTOFINANCIACIÓN A NIVEL DIOCESANO. EL "CONSEJO PARROQUIAL DE
ADMINISTRACIÓN" A NIVEL PARROQUIAL.
III.6.D.6. OTROS MECANISMOS PARA ALCANZAR LA AUTOFINANCIACIÓN: LA
REORDENACIÓN DE LA VIDA ECONÓMICA ECLESIÁSTICA A TRAVÉS DEL PRESUPUESTO,
LA CONTABILIDAD Y LA GESTIÓN, LA PARTICIPACIÓN DE LOS LAICOS EN LA VIDA
ECONÓMICA.
III.6.D.7. LOS BIENES TEMPORALES DE LA IGLESIA CATÓLICA.
III.6.D.8. OTRAS FUENTES DE AUTOFINANCIACIÓN DE LA IGLESIA CATÓLICA: LOS
ESTIPENDIOS, LOS ARANCELES, LAS COLECTAS Y LAS RENTAS PATRIMONIALES.
III.6.D.9. POSIBILIDADES Y PERSPECTIVAS DE LA AUTOFINANCIACIÓN DE LA
IGLESIA CATÓLICA.
III.7. NATURALEZA JURÍDICA DE LOS ACUERDOS CON LAS "CONFESIONES NO
CATÓLICAS" .
III.7.1. ¿TRATO "ESPECÍFICO" PARA CADA CONFESIÓN RELIGIOSA O "IDÉNTICO"?
III.7.2. EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS DONATIVOS, QUE SE REALIZAN A LAS
"CONFESIONES RELIGIOSAS NO CATÓLICAS" CON ACUERDOS, EN EL IMPUESTO SOBRE
LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS, COMO MODELO PARA ALCANZAR LA
AUTOFINANCIACIÓN DE LA IGLESIA CATÓLICA.
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA