Dr. D. José
Piernas Hurtado
Exposición de la nomenclatura y de los
principales conceptos de esa ciencia.
I
Importación.
-Comercio que lleva á cada país los productos extranjeros.
Las naciones importan todo aquello que no pueden producir por si
mismas, y los artículos que otros pueblos las ofrecen en mejores
condiciones que su propia industria.
Tiénese por nociva la importación, y á ella se dirigen
principalmente las trabas y restricciones aduaneras. suponiendo
que daña a la industria nacional y ocasiona la pérdida del
numerario; sin considerar, por una parte, que la división del
trabajo es tan natural entre las naciones como entre los
individuos, y por otra, que la importación no puede ser más que
el precio de las exportaciones, porque el comercio se hace con
los productos y el dinero no sirve más que para faciIitarlo. (V.
Libre cambio y
Proteccionismo).
Impuesto.
— Preferimos esta palabra á la de contribución, cuyo
sentido es genérico, de acuerdo con el parecer de la Academia, á
pesar de que los economistas suelen emplearlas como sinónimas, y
aun se valen más comunmente de la segunda.
El impuesto es, la cuota con que ha de contribuir la
riqueza de los particulares á la satisfacción de las necesidades
del Estado. El derecho de exigir ese concurso económico y la
obligación de prestarle, indicados ya en el nombre que recibe,
se fundan en que, constituyendo el Estado una asociación, ha de
ser mantenido por sus miembros, y en que, siendo comunes los
fines que realiza, todos deben ayudar á su cumplimiento.
No es el impuesto la prima del seguro, como afirman los
que sólo quieren ver en el Estado un asegurador de vidas y
haciendas, desconociendo toda la importancia de su misión,
ni tampoco un pago ó cambio de servicios, porque el
Estado no tiene carácter de un mero servidor de los individuos,
y la necesidad de sostenerle es independiente de los beneficios
que reporta. La seguridad de personas y cosas no es más que uno
de los objetos que se proponen las funciones jurídicas de los
Gobiernos, y la razón de su existencia no está en las ventajas
que proporciona, sino en los deberes que impone la sociedad.
El impuesto representa la participación individual en los fines
del Estado, y de aquí se deduce que han de ser sus primeras
condiciones la generalidad y la igualdad; que
alcance á todos, y que sea satisfecho por cada uno en proporción
á sus medios económicos.
La generalidad ha querido lograrse haciendo que el impuesto sea
personal y real, es decir, que grave á tanto por
cabeza y tanto por las cosas; pero esto es contrario á su
naturaleza. Las personas no pueden ser objeto de imposición; son
las que han de pagar, pero con las cosas y en razón de ellas: no
basta ser ciudadano para abonar el impuesto; es necesario,
además, contar con elementos para ello. Se trata de una cuota de
riqueza, y es preciso, ante todo, poseerla: aquél á quien se
exige la capitación, es porque tiene medios de
satisfacerla, y esos recursos, que no la personalidad, son la
base del impuesto y los que deben medirse al establecerle.
Para conseguir la igualdad hay dos métodos de que hacer uso: la
proporcionalidad y la progresión, es decir, que el
impuesto crezca siguiendo el mismo desarrollo que la base sobre
que recae, de suerte que si una riqueza como 100 paga 10, otra
como 200 pague 20; ó bien que aumente el tipo de la exacción á
medida que son mayores las fortunas, de manera que si 100 pagan
10, 200 satisfagan, por ejemplo, 30; 300 paguen 60, y así
sucesivamente. Los diversos sistemas, ideados para evitar que el
impuesto progresivo llegue á la confiscación de las grandes
fortunas, tienen un propósito que es laudable y reciben cada día
nuevas aplicaciones; la progresión busca la igualdad del
sacrificio con un criterio, superior sin duda al de la
proporcionalidad absoluta; pero no satisface tampoco á la
justicia, porque con el impuesto progresivo; la fijación de las
categorías y de los tipos, todo es completamente arbitrario, y
además porque la igualdad no ha de lograrse por medio de
combinaciones aritméticas hechas sobre el haber de cada uno,
sino que exige la estimación directa de las circunstancias
personales del contribuyente.
Las bases que comunmente se proponen para el impuesto son tres:
los gastos, la renta y el capital por que
tales son, se dice, las principales manifestaciones de la
riqueza y los datos que es posible consultar para medir el haber
de cada contribuyente. Sin embargo, los gastos no son muestra de
riqueza, sino de necesidad; así es, que los encaminados á
satisfacer las primeras exigencias de la vida son iguales para
todos y no guardan relación con la fortuna del que los hace, y
muchos otros se hallan en el mismo caso, porque aun los menos
imperiosos dependen de mil circunstancias en que no entra para
nada la posición económica. La base de los gastos da lugar á los
tributos indirectos, en que se prescinde dé las personas,
se gravan ciertos actos de circulación ó consumo y salen muy
recargados los que por cualquier motivo los ejecutan quedando
otros libres ó muy favorecidos, sin que haya proporcionalidad
alguna. La renta, entendida como la suma de todos los
beneficios obtenidos en la producción, es ya un criterio más
razonable para evaluar las riquezas individuales, y hace
directa la imposición; pero todavía ofrece graves
inconvenientes: es un resultado accidental y transitorio,
cuya importancia es tan diversa como puede ser su origen y que
no determina con exactitud las condiciones económicas. Dos
rentas iguales no significan las mismas facultades
contributivas; si la una procedo del salario, y la otra
representa el interés de sólidos capitales. Adoptando el
capital por base del impuesto, se atiende á algo que es más
permanente y está más próximo á las fuentes de la riqueza, como
que es uno de los elementos que la crean; mas, á pesar de esto,
no es igual la eficacia de todos los capitales: y así como las
rentas no pueden estimarse justamente sin tomar en cuenta la
causa de que provienen, del mismo modo no se puede decidir
acerca del valor de los capitales sin computar la renta que
producen. Además, el capital no es toda la riqueza; comprende
sólo aquella parte que está destinada á la reproducción, y deja
fuera del impuesto bienes considerables, el mobiliario y las
alhajas, por ejemplo, que no hay motivo para que sean
exceptuados.
Los gastos, la renta y el capital no son más que datos
parciales, indicios poco seguros. La base del impuesto es el
haber, la fortuna de cada contribuyente, y es necesario
determinarlos, no por tal ó cual signo falible, sino
directamente y en vista de todos los elementos que los componen
para llegar á la justicia. Pero hay más todavía: la fijación
individual del haber ó suma de los recursos económicos,
que es suficiente cuando se considera el impuesto como prima
del seguro ó pago de servicios, no puede
serlo, si se quiere que corresponda exactamente la posición de
cada uno: entonces es preciso que se examinen también las
condiciones personales, que se busque el haber
líquido, computando el debe que representan esas
mismas condiciones. ¿Han de sufrir idéntico gravámen dos
fortunas iguales, siendo la una propiedad de un célibe y la otra
del jefe de una familia muy numerosa? ¿Tendrán las mismas
obligaciones respecto del Estado, aunque sean iguales sus medios
económicos, el hombre sano, capaz de hacerlos valer, y el
enfermo lleno de necesidades é imposibilitado para la actividad
productiva? No, porque la riqueza disponible es distinta
en cada caso. El impuesto es una relación económica que media,
no entre la riqueza y el Estado, sino entre el Estado y los
individuos; ha de establecerse, pues, considerando ambos
términos y reconociendo la influencia de las circunstancias
personales. Cuantas dificultades de ejecución se opongan á ese
principio no impedirán que sea el único conforme á la naturaleza
del impuesto. Aparte de que esos obstáculos no son insuperables,
dada una regular organización social, y el camino para
vencerlos, indicado está ya en algunas instituciones
administrativas, tales como la atribución que entre nosotros se
concede al gremio para repartir el impuesto entre los individuos
que le forman, en proporción á los beneficios que de la
industria obtiene cada uno.
Por último, la cantidad á que haya de ascender el
impuesto, no depende del arbitrio de los Gobiernos ni de la
voluntad de los contribuyentes, y ha de determinarse en
relación, por una parte, con los fines que se atribuyan al
Estado, y por otra con la riqueza disponible ó renta de la
Sociedad. La calidad de la imposición, consecuencia
también de lo que ya queda dicho, debe ser general y
uniforme, y ha de consistir en una prestación igual para
todos, el numerario, porque la moneda es el único medio
que puede servir indistintamente para todas las necesidades del
Estado. Los tributos en especie obligarían á los Gobiernos á
convertirse en industriales para utilizar las materias primeras
que recibiesen, ó á hacerse comerciantes para enajenar los
productos de que no pudieran hacer uso.
Indigencia.—Es
la falta de bienes económicos. Se distingue de la pobreza,
en que ésta sólo dice escasez de recursos y se diferencia de
la miseria, porque ésta tiene un carácter más absoluto y
permanente. (V.
Miseria,
Pobreza y
Pauperismo).
Individualismo.—Sistema
de aislamiento y egoísmo de cada cual, dice el Diccionario de
nuestra lengua, dando buena idea de esas doctrinas que relajan
los vínculos sociales y proclaman la omnipotencia de la
actividad privada.
El individualismo ha llegado negar la legitimidad de la
existencia del Estado, suponiendo que es una institución
histórica, llamada á desaparecer con la civilización y el
progreso y cuyas funciones serán mejor desempeñadas por la
asociación voluntaria de unos cuantos individuos. Pero esto es
una exageración del sistema poco aceptada, y la manera más
general de entenderle consiste en reducir las atribuciones del
Estado á la administración de justicia, la realización del
derecho en un sentido puramente formal y externo, manteniéndole
alejado de todos los demás fines humanos, que se declaran
exclusivamente individuales.
En el orden económico, el individualismo que arranca desde las
primeras concepciones de la escuela fisiocrática, y ha recibido
su consagración en los brillantes escritos de Federico Bastiat,
no sólo es la doctrina dominante, sino que aspira como á la
ortodoxia y al monopolio científicos. Sus conclusiones son las
siguientes: el mundo económico está regido por leyes
naturales, cuyo cumplimiento exige como única condición social
la libertad; los intereses particulares se armonizan por si
mismos; cualquier principio, distinto del interés que se invoque
para lograr su unidad, obrará como un obstáculo, y si es el
Estado quien le aplica, será además una injusticia y un ataque
dirigido á esas leyes providenciales. En la esfera económica,
todo ha de hacerlo la libre acción del individuo; los
Gobiernos deben limitarse á garantizarla, y por eso se les
repite á cada paso el laissez faire, laissez passer, y se
da como última solución de la ciencia para todos los conflictos,
la de que la libertad, es decir, los movimientos de la
concurrencia y la lucha de los intereses, producen todo el bien
que es posible, tocante á la riqueza.
Que los fenómenos económicos están sujetos á leyes naturales, es
indudable, porque no habían de ser ellos una excepción en medio
de todo lo creado; que la libertad sea necesaria para cumplirlas
también es cierto, pues que al hombre se refieren; lo que ya no
puede admitirse con igual facilidad es que baste la libertad
para que se ejecuten esas leyes, que ellas se realicen
expontáneamente. Las leyes naturales en el orden físico, como en
el mundo del espíritu, marcan la dirección que conviene á
nuestra actividad; pero no sirven para el fin del hombre, sino
en tanto que éste las obedece y hace efectivas. La acción de la
gravedad recibe continuas aplicaciones, y, sin embargo, con la
misma naturalidad con que nos favorece esta ley, nos
aplasta si la manejamos torpemente: la fuerza explosiva de la
pólvora es utilísima en ciertas industrias; pero obra tan
naturalmente cuando deja expedita una vía de comunicación,
como cuando hace volar un pueblo. El bien es la ley natural de
la actividad: la razón nos hace ver sus motivos; pero la
voluntad ha de cumplirle y puede contrariarle. Las leyes del
orden jurídico no son menos naturales que las económicas,
ni necesitan menos que ellas de la libertad: ¿por qué, pues, los
individualistas, en vez de hacer uso del laissez faire,
piden al Estado que organice los tribunales, sostenga una fuerza
pública y sea inexorable en la represión de los delitos? Las
leyes económicas se hallan en el mismo caso que las demás; no
excluyen la intervención del hombre, antes bien le señalan una
conducta fija; no se realizan por el solo hecho de existir la
libertad, sino por actos que, aunque deben ser libres, están ya
determinados. Siendo libre el trabajo, la competencia y el
consumo puede haber industrias anti-económicas,
cambios injustos y aplicaciones viciosas de la riqueza; la
prueba está en que así sucede realmente y presenciamos todos los
días infracciones de esas leyes naturales.
Tampoco es exacto que los intereses particulares se armonicen
por sí mismos. El interés personal es un aspecto
del bien puramente subjetivo, que no engendra más que
oposiciones y antagonismos: el interés de cada uno está en
relación con el de los demás, y para que no se excluyan los unos
á los otros, es necesario que se subordinen á algo que sea común
á todos ellos. Esto lo reconocen implícitamente los mismos
individualistas, al establecer que los intereses armónicos son
los legítimos, porque si hay un principio que decide
acerca do la legitimidad del interés, ese principio, superior
sin duda, llámese como quiera, interés general, bien
absoluto, será la verdadera fuente de la unidad y la
armonía.
Prueban también esas consideraciones que los hechos económicos
no son exclusivamente individuales: allí donde hay partes,
fuerza es reconocer que existe un todo, y tratándose del
hombre, solidario de sus semejantes, no se concibe que ninguno
de sus fines pueda estar como despedazado y roto, y ha de
aparecer la colectividad, la esfera social, no simple agregado
de los individuos, sino con personalidad y vida propias. Para
oponerse, como hacen justamente los individualistas, á que sea
el Estado quien realice ese fin económico social, no es preciso
negar su existencia, ni la necesidad consiguiente de que haya
una institución, un organismo libremente establecido que se
encargue de cumplirle.
El Estado, en efecto, no es la Sociedad, sino uno de los
elementos que la forman: su misión esta en el Derecho; pero éste
penetra en todos los demás fines humanos, influye en ellos y ha
de darles cierta unidad. El Estado, por otra parte, representa
la colectividad más extensa y mejor constituida, la Nación, que
da lugar á una esfera de vida económica; de aquí que la acción
de los Gobiernos sobre el orden de los bienes materiales no sea
exclusivamente externa y negativa, encaminada tan sólo á
sostener la libertad individual.
La ciencia económica no concluye, pues en el laissez faire;
al contrario en él comienza, porque su objeto está precisamente
en estudiar cómo han de cumplirse las leyes naturales y cuál es
el uso que se debe hacer de la libertad conquistada, viendo en
el Estado no un enemigo, sino una institución indispensable ó
influyente en la vida entera de la Sociedad. (V.
Estado y
Socialismo.)
Industria.—Significa,
ya una aplicación determinada, ya el conjunto de las
aplicaciones del trabajo económico. Sin embargo, en el lenguaje
común recibe esa palabra sentidos diferentes; unas veces se
emplea para designar las manufacturas y la fabricación,
distinguiéndolas de la agricultura y el comercio; y otras
comprende todos los trabajos materiales en oposición á las que
se llaman nobles artes y profesiones liberales. Algunos
economistas, separándose de todas estas acepciones, sostienen
también que debe considerarse como industria toda acción del
trabajo humano cualquiera que sea su clase.
La distinción entre el trabajo económico y la industria, que
preocupa á algunos escritores, se percibe claramente: el trabajo
es uno solo de los elementos que concurren á la obra productiva,
y la industria, como que es el trabajo en ejercicio, supone
combinación de éste con el capital y los agentes naturales, la
relación por lo menos de nuestras facultades con aquellas cosas
de la Naturaleza sobre que recaen.
Aunque la gran diversidad de las industrias hace difícil una
clasificación exacta, suelen dividirse en los siguientes grupos:
industria extractiva, que comprende todas las operaciones
dedicadas á la ocupación de los productos naturales, como la
minería, la caza, la pesca, etc.; industria agrícola,
cuyo objeto es el cultivo de la tierra y la multiplicación de
las especies vegetales; industria pecuaria ó de
la cría de animales, que fomenta y mejora todos los que son
útiles para el hombre; industria manufacturera ó
fabril, que elabora y transforma los productos de las
anteriores; industria locomotiva, encargada del
transporte de personas y cosas; y por último,
industria mercantil, que se dedica al ejercicio del cambio,
relacionando á productores y consumidores.
Mas según aquellos economistas de quienes antes hablamos, hay
que poner al lado de esas industrias á que llaman objetivas,
las otras que califican de subjetivas ó
antropológicas, constituidas por los trabajos que obran
sobre el hombre mismo, tales como el sacerdocio, la enseñanza,
el gobierno, etc. Esta confusión de las distintas esferas de la
vida se funda en la idea equivocada de que todo trabajo es
económico. El trabajo es la acción reflexiva de nuestras
facultades; pero como éstas pueden proponerse varios fines, el
trabajo será científico, religioso ó jurídico, según que se
dirija a la religión, la ciencia ó el derecho, y económico
solamente cuando tienda á la adquisición de los bienes
materiales. Una cosa es, que haya entre todos los esfuerzos las
relaciones consiguientes á la unidad del destino humano, siendo
todo acto á la vez religioso, moral, y económico, etc., porque
de algún modo influye en la obra entera de la actividad; y otra,
que deba renunciarse á distinguirlos, considerando el
predominio de cada uno de esos aspectos y el fin á que más
particular y directamente va encaminada la acción. Sostiénese el
error que combatimos, al ver como los servicios de las
profesiones se cambian por los bienes materiales; pero la
retribución á que dan lugar esos trabajos, si es realmente en
ellos la fase económica, no determina su carácter esencial y su
propia naturaleza, ni da motivo para que se los tenga por
industriales. Las solemnidades religiosas y las actuaciones de
un tribunal de justicia, por más que sean retribuidas, no se
proponen el fin económico, no se rigen por los principios de
este orden, influyen solo de una manera mediata en la riqueza, y
no son en el común sentir, ni pueden ser considerados por la
ciencia como meros productos y resultados de otras
tantas industrias. De otro modo: si decimos que sacerdotes y
magistrados son industriales porque ejecutan el cambio, hemos de
declarar también que el albañil, por ejemplo, es á la vez
científico y jurisconsulto, cuando edifica la universidad y la
cárcel.
La adquisición de la riqueza puede hacerse obrando directamente
sobre las rosas de la Naturaleza, es decir, produciendo, ó bien
dedicándose al cumplimiento de aquellos fines que la riqueza se
aplica para percibirla á título de remuneración: en el primer
caso, el trabajo es económico; en el segundo, mal puede haber
industria, cuando lo que se realiza es un consumo
improductivo.
La industria ó sea la combinación de los elementos productivos,
puede establecerse bajo las formas de la sociedad ó la
empresa y en grande ó pequeña escala. (V.
Empresa y
Sociedad.)
La grande industria disfruta las ventajas consiguientes á los
muchos capitales de que dispone; pero lucha con los
inconvenientes de la complicación administrativa y del empleo de
intermediarios y asalariados. La pequeña industria no maneja tan
buenos elementos, tiene menos resistencia y energía; pero en
cambio es en ella superior la calidad del trabajo, porque le
hace el empresario mismo ó un corto número de operarios, bajo su
dirección inmediata.
La explotación en grande escala, debe aplicarse tanto en la
agricultura como en las otras industrias, cuando lo principal
del esfuerzo haya de correr á cargo del capital y la pequeña
escala será más beneficioso, en aquellas producciones que
requieran mucho esfuerzo personal ó un trabajo muy intenso.
Instrumentos del
crédito.—Son los medios empleados para consignar y hacer
fácilmente transmisibles las promesas de pago.
El más elemental y el primero, sin duda, de los instrumentos del
crédito, es la palabra; paro las promesas verbales no dan
consistencia á la obligación contraída por el deudor, y es muy
difícil transmitirlas: sigue el recibo, que puede tener
el carácter de escritura privada ó pública, y da ya fijeza al
crédito, aunque su circulación presenta todavía graves
inconvenientes: para remediarlos se inventan los pagarés á la
orden, que se transfieren sin más solemnidad que el
endoso y aumentan su valor á medida que circulan, por la
responsabilidad que adquieren los tenedores. Sin embargo, la
solidaridad, que se establece entre los endosantes, puede obrar
á la vez como un obstáculo para la aceptación de esos títulos, y
vienen á evitarlo los documentos al portador, que se
transmiten por la simple entrega; pero están sujetos á un plazo
de vencimiento como todos los anteriores medios, y devengan como
ellos un interés que hace costoso el servicio, y es aun
necesario un nuevo perfeccionamiento, que se consigue con el
billete de Banco, documento al portador y á la
vista, sin interés, vencido desde que se emite, cuya
realización es independiente de toda consideración personal y de
tiempo, y que reune, en fin, todas las condiciones apetecibles
para facilitar el uso del crédito é intervenir en los cambios.
Los instrumentos del crédito, el billete de Banco, sobre todo,
reemplazan á la moneda en la circulación, porque se manejan y se
transportan mucho mejor que ella y son casi gratuitos, mientras
que el coste del numerario es muy considerable; pero hay entre
ambos medios la diferencia de que la moneda es una verdadera
riqueza, contiene un valor efectivo, y el billete no es
más que un signo, cuya eficacia depende de la existencia
del valor que representa y de la posibilidad de cambiarlo
por él en todos los momentos. Por eso, además de inexactas, son
ocasionadas a consecuencias peligrosas las denominaciones de
papel moneda y moneda de papel que suelen aplicarse
al billete de Banco.
Interés de los capitales.
—Llamamos interés á la retribución fija del capital, á la
que obtiene del empresario sin exponerse á los riesgos de la
industria, y distinguimos el alquiler y el rédito,
según que el interés corresponde á los capitales fijos ó á los
circulantes, porque tal nos parece la nomenclatura más
acomodada á la significación y el uso de estas palabras.
Siendo el interés el precio del capital, el tanto que se paga
por usarle, será como todas las retribuciones y todos los
precios, natural y corriente: el
interés natural consiste en el valor necesario para compensar
los gastos, que el capital hace al tomar parte en la producción
y el beneficio que le corresponde, y el corriente, en la
cantidad de riqueza que se da en el mercado á cambio del
disfrute de los capitales: el primero se determina según la
índole del capital y del servicio que presta; el segundo
conforme al resultado de la oferta y la demanda. Los gastos del
capital que forman la base del interés natural, son de dos
clases: de conservación, ó sean los necesarios para
remediar sus deteriores; y de amortización, que consisten
en reemplazarlo, cuando se extingue ó pierde su eficacia: unos y
otros dependen y se hallan en razón directa del valor
del capital, de la intensidad con que obra y del riesgo á que se
expone.
La cuestión relativa á la legitimidad del interés de los
capitales en dinero ó en cosas fungibles, ha dejado de serlo
desde que se ha reconocido que la naturaleza y los servicios del
capital son esencialmente iguales, cualquiera que sea su
forma; y ya los moralistas, teólogos y jurisconsultos admiten
como lícito el interés corriente. El socialismo es el que
pretende ahora que sea gratuito el préstamo de los capitales de
todas clases, aunque incurriendo también en la contradicción de
considerar legitimo el interés que percibe el dueño del capital,
cuando le aplica en la industria por sí mismo. Los socialistas,
abogando por la retribución del trabajo, no quieren ver que su
causa es la misma del capital; que éste no es en último término
más que un trabajo anterior, trabajo acumulado, que esa
diversidad de pura fecha no puede alterar el derecho á la
recompensa. El que concede á otro un instrumento de producción,
concurre á ella de una manera directa, y ambos deben participar
de los beneficios, los dos con igual razón, ambos á título de
trabajadores.
La tasa del interés, ó sea la fijación de su tipo máximo,
que ha desaparecido ya de casi todas las legislaciones, es una
institución que, además de atacar el derecho de propiedad y la
libertad del cambio, es completamente ineficaz y aun
contraproducente, porque perjudica a los mismos que intenta
favorecer, restringiendo la oferta de los capitales. El limite
legitimo del interés, distinto según las condiciones de cada
caso, está en un beneficio proporcionado, porque quien abusa de
la necesidad y la angustia de aquel que demanda un préstamo, aun
cuando escape á la acción de la ley civil, será siempre un
miserable, como dice enérgicamente un economista distinguido.
El interés de los capitales desciende á consecuencia de todos
los progresos económicos, porque cada día se forman en mayor
cantidad, circulan y se aplican más fácilmente á la industria y
se gastan ó deterioran menos en la confección de un producto
determinado, sin que por esto disminuya, antes bien, crece la
retribución de los capitalistas. Un capital que rinde anualmente
el 5 por 100 deja mayor beneficio que otro que produce el
8, cuando aquél se consigue con menos trabajo que éste, sí el
primero está incesantemente colocado y el segundo ocioso muy á
menudo, cuando el primero sufre poco en la industria y el
segundo tiene que hacer un esfuerzo muy intenso, ó se somete á
graves riesgos.
Interés personal.
—Equivale á el amor de si mismo y es un motivo legítimo
para la actividad, aunque no pueda ser el único regulador de
nuestros actos, ni tampoco el fundamento de todas las relaciones
económicas, como pretende un buen número de los escritores de
esta ciencia.
El interés personal constituye un aspecto de todo bien y obra
con igual intensidad en todas las esferas de la vida: el hombre
se halla interesado en el cumplimiento del fin económico, pero
no lo está menos en atender á su fin religioso ó científico, por
ejemplo, y así lo reconoce el lenguaje común, cuando afirma la
existencia de intereses religiosos, morales, políticos,
etcétera.
El propio interés es un dato, pero uno solo, de los que deben
ser consultados para nuestras determinaciones. Se llama
interesado en tono de menosprecio al que exagera la
importancia de ese móvil y precisamente aquellos actos que,
fundándose en el sacrificio de la conveniencia individual, dan
lugar á la abnegación y el heroísmo, son los que tienen más
valor moral y alcanzan mayor estima. Abandonado á si mismo y
elevado á criterio de conducta, el interés personal degenera en
egoísmo, que es la negación del bien ajeno.
En el mundo económico, regido por las mismas leyes morales que
sirven para los otros órdenes de la vida, el interés no puede
tener una consideración distinta de la apuntada. Decir que la
ciencia económica descansa en el principio del interés personal
y que su misión se reduce á desenvolverle hasta sus últimas
consecuencias, equivale á entablar su divorcio con la Moral,
porque ya no se conciben ni explican dentro de ella la donación,
la limosna, el mútuo auxilio, tan necesarios en la relación
económica como en todas las demás que median entre los hombres.
Por otra parte, si se considera únicamente el interés personal,
parece que el fenómeno económico se verifica y concluye en el
individuo aislado, siendo así que junto al interés individual
hay otros no menos atendibles: el de la familia, de la Nación,
de la Humanidad, el de todas las asociaciones y colectividades
en suma, ya sean naturales ó voluntarias. Además, el interés,
mirado individualmente, conduce á la oposición y á la anarquía,
como lo prueba el hecho de que los más entusiastas defensores de
la armonía de los intereses concluyen por establecer, que es
condición precisa de todo progreso económico la competencia,
es decir, la lucha, sin tregua ni condiciones, del capital y
el trabajo, de productores y consumidores. Si la Economía fuese
la ciencia del interés personal, vendría á ser no más que
una especie de táctica ó estrategia, que deberían aprender los
combatientes para conseguir la victoria en esa guerra social.
Los intereses particulares son diversos, y, como todo lo que es
vario, no pueden armonizarse sino bajo un principio superior,
que es el del bien absoluto.
Resulta, por consiguiente, que el interés personal ni es el
asunto de la Economía, ni el móvil de la actividad económica, y
queda reducido á ser un mero aspecto principio secundario para
la ciencia como para la vida, subordinado á la razón y á las
ideas del deber y la justicia.
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economía política