LA DESFOCALIZACIÓN DEL CENTRO DEÍCTICO A TRAVÉS DE LA SEGUNDA PERSONA DEL SINGULAR

LA DESFOCALIZACIÓN DEL CENTRO DEÍCTICO A TRAVÉS DE LA SEGUNDA PERSONA DEL SINGULAR

Hyagna Cabello Peña (CV)
Hermes Infante Miguel
(CV)
Universidad de Oriente

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1.2.1.1 El pronombre indefinido uno.

El pronombre indefinido uno procede de la forma unus del latín clásico y guarda estrecha relación con el numeral uno, que amplía notablemente sus usos en las lenguas romances (Bidot, 2007: 31). En calidad de indefinido, designa al objeto de modo vago o general (Henríquez y A. Alonso, 1977: 124). La RAE considera “el uso de uno o una como pronombre personal indefinido, con el carácter de persona general”, como el más importante, aparte de su empleo como numeral (Bidot, 2007: 31).
En cuanto a este último planteamiento, la Dra. Irina Bidot destaca dos cuestiones: la primera se refiere a la definición de pronombre personal indefinido, el cual implicaría una desfocalización de la deíxis personal con la cual el emisor parte de su experiencia personal para ofrecer su criterio con límites referenciales desdibujados; y la segunda está relacionada con el carácter de persona general, lo cual justifica el criterio de algunos autores en torno al valor genérico del pronombre (Bidot, 2007: 31).
En su tesis doctoral, Marisela Pérez expresa que, cuando el valor genérico es expresado por la forma uno, el que parece colocarse en lugar del (los) otro (s) es el propio hablante. Por consiguiente, uno vendría a ser un yo genérico, pues el emisor se refiere a sí mismo como parte de una generalidad, lo cual remite al carácter de persona general que le atribuye la RAE. Además, apunta que cuando esta forma aparece, sólo lo hace para expresar ese valor genérico, lo cual justifica su inclusión dentro de la nómina de los pronombres personales, siendo entonces diferente del uno numeral y del uno indefinido (Pérez, 2006: 81). Desde nuestro punto de vista, esta última distinción no está muy esclarecida, pues el valor genérico de uno estriba en su indefinición.
M. Criado de Val observa el fenómeno desde otra perspectiva. Se refiere a casos en los que se utiliza uno para evitar el uso presuntuoso de yo sin necesidad de ser una expresión genérica, sino solamente una alusión indirecta de la primera persona, explicación ésta que resulta equívoca y reduccionista, pues aun cuando el emisor logra disolver su identidad en el pronombre uno, sí realiza una generalización en tanto se ubica como miembro de un colectivo indefinido, de una generalidad. De ahí que en el enunciado, construido sobre la base de la experiencia personal del hablante, puedan ser incluidas las restantes personas gramaticales, con lo cual se equilibran, al igual que en la definición del RAE, el carácter personal y genérico del uso desfocalizador (Bidot, 2007: 33-34).
Helena Calsamiglia y Amparo Tusón  afirman que cuando el locutor se presenta a sí mismo con las formas pronominales (uno / a) en concordancia con la tercera persona con la cual se produce un efecto generalizador, se incorpora a un colectivo indefinido a través del cual justifica su posición (Ibid: 33).
Este pronombre puede emplearse como sustituto de la primera  persona del plural y de se con un uso totalizador. Además, su uso puede ser homólogo al de las formas o te (segunda persona singular) y demás marcas gramaticales, o al del se impersonal en situaciones contextuales y pragmáticas muy específicas, fundamentalmente en la enunciación de situaciones hipotéticas en las que es posible realizar comentarios o generalizaciones (Ibid: 35).