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Cláusula de nación más favorecida
Una disposición, que suele aparecer en los tratados de comercio internacional, según la cual cada una de las partes contratantes garantiza a la otra un tratamiento tan favorable como el que haya otorgado a terceras naciones. AsÃ, por ejemplo, una cláusula de nación más favorecida puede afirmar que los bienes del paÃs B que entran en el paÃs A no estén sujetos a unos aranceles superiores a los que se cargan a bienes similares de cualquier otro paÃs y viceversa. De este modo ambos paÃses aceptan que no realizarán ningún tipo de discriminación comercial contra el otro.
Las cláusulas de este tipo favorecen el libre comercio internacional pues extienden automáticamente las concesiones arancelarias que se vayan realizando a todo el conjunto de los socios comerciales de un paÃs; en este sentido se oponen al bilateralismo y resultan acordes con los postulados del GATT. [most favored nation clause]. (V. BILATERALISMO; GATT; MULTILATERALISMO).
clearing. Palabra inglesa que se traduce por compensación. V. CAMARA DE COMPENSACION; COMPENSACION.
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