12.1 Introducción. La Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, ha sido creada con la finalidad de promover la inversión privada, nacional y extranjera, requerida para impulsar la competitividad del país, su desarrollo sostenible y mejorar el bienestar de la población.
El CONSUCODE es el ente rector del sistema de contrataciones y adquisiciones del Estado, ejerce sus competencias en el ámbito nacional y comprende a todas las entidades que realizan procesos para la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras.
12.2 Creación del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Se publica en el Diario Oficial el peruano la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, que establece en su Primera Disposición Final que entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de su Reglamento. Así mismo, establece en su Segunda Disposición Final que, el Consejo superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE se Conformará sobre la base del CONSULCOP (Consejo Superior de Licitaciones y Contratos de Obras Públicas), CONASUCO (Consejo Nacional Superior de Consultaría) y el CADELI (Consejo Departamental de Adquisiciones de Lima).
Se publica en el Diario Oficial El Peruano el Reglamento de la Ley Nº 26850, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, entrando en vigencia ambos dispositivos legales (La ley 26850 y su Reglamento) a partir del día siguiente de su publicación, es decir el 29 de Setiembre de 1998.
12.3 CONSUCODE.
a. Definición. El concejo superior de contrataciones y adquisiciones del Estado CONSUCODE: Es un organismo público descentralizado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas con personalidad jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera, con representación judicial propia, sin perjuicio de la defensa coadyuvante de la procuraduría pública del Ministerio de Economía y Finanzas.
El CONSUCODE es el ente rector del sistema de contrataciones y adquisiciones del estado, ejerce sus competencias en el ámbito nacional y comprende a todas las entidades que realizan procesos para la adquisición de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras.
b. Misión Institucional. Es el organismo rector del sistema de contrataciones y adquisiciones del estado que promueve la gestión eficiente, eficaz y transparente de la administración pública, en beneficio de entidades estatales y privadas, de la sociedad y del desarrollo nacional.
c. Visión Institucional. Es el organismo público rector del sistema de contrataciones y adquisiciones del estado, caracterizado por la alta calidad de sus servicios y reconocido nacional e internacional como aliado estratégico de los agentes públicos y privados en la gestión eficiente, eficaz y transparente de la contratación pública y en la optimización e integración de los procesos técnicos del abastecimiento del Estado.
d. Objetivos.
e. Funciones. El concejo superior de contrataciones y adquisiciones del Estado tiene las siguientes funciones:
CONSUCODE.
Cuadro Nº 19. Organigrama del CONSUCODE.
12.4 El Concejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado tiene la siguiente organización.
a. Presidencia. Órgano de mayor nivel jerárquico de la institución y se encuentra a cargo del presidente, quien es el titular del pliego presupuestario y ejerce además la representación legal de la misma.
b. Tribunal de Contratación y Adquisición del Estado. Es el órgano colegiado encargado de resolver, en última instancia administrativa, las controversia que surjan entre las entidades, los participantes los postores durante el proceso de selección, así como aplicar las sanciones de suspensión o inhabilitación a proveedores, postores y contratistas, entidades y expertos independientes, según corresponda para cada caso, por infracción de las disposiciones de la ley, su reglamento y demás normas complementarias.
c. Oficina de Control Interno. Es el órgano encargado de conducir, programar, ejecutar y evaluar las acciones de control de conformidad con las normas del sistema nacional de control, así como ejecutar el control interno posterior y el control gubernamental externo, se encuentra a cargo del jefe de la oficina.
d. Secretaria General. Es el órgano encargado de la coordinación interinstitucional. Tiene a su cargo el despacho con la presidencia del CONSUCODE y la imagen institucional.se encuentra a cargo del secretario general.
e. Oficina de Procuraduría. Es el órgano que ejerce la representación y defensa judicial del CONSUCODE ante los órganos jurisdiccionales en los procesos civiles, penales, laborales, arbitrales y especiales en los que actué como demandante ,denunciante o parte civil a nivel nacional , así como ante el ministerio publico.se encuentra a cargo del procurador público.
f. Oficina de Conciliación y Arbitraje Administrativo. Es el órgano encargado de proporcionar apoyo en los servicios de conciliación y arbitraje administrativo.se encuentra a cargo del jefe de oficina.
g. Oficina de Asesoría jurídica. Es el órgano encargado de brindar asesoramiento a la alta dirección y demás unidades orgánicas del CONSUCODE, en asuntos de carácter jurídico .se encuentra a cargo del jefe de oficina.
h. Oficina de Planeamiento Presupuesto y Cooperación. Es el órgano encargado de conducir y evaluar la ejecución de los planes institucionales, el proceso presupuestario del CONSUCODE, así como la actividades de cooperación técnica, nacional e internacional .se encuentra a cargo del jefe de oficina.
i. Oficina de Administración y Finanzas. Es el órgano de apoyo encargado de la operación y funcionamiento de los sistemas administrativos del CONSUCODE, tiene a su cargo la ejecución presupuestal, financiera, contable y patrimonial, así como proveer al CONSUCODE de los recursos materiales y humanos de acuerdo a las necesidades y normas vigentes. Se encuentra a cargo del jefe de oficina.
j. Oficina de Sistema. Es el órgano encargado de planificar, organizar, supervisar y evaluar el uso y aplicación racional de las tecnologías de información vigentes y de la organización de procesos administrados por el CONSUCODE, así como la elaboración de estudios e investigaciones económicas sobre el sistema de contrataciones públicas. Se encuentra a cargo del jefe de oficina.
k. Dirección de Operaciones. Es el órgano encargado de administrar y supervisar los convenios marco, promover la utilización de la modalidad de subasta inversa y conducir los procesos de compras corporativas. Así ismo brinda asesoría de carácter técnico legal en materia de contratación publicas.se encuentra a cargo del director de operaciones.
l. Dirección de Servicios Institucionales. Es el órgano encargado de brindar orientación a los usuarios sobre los diversos servicios que presta el CONSUCODE de desarrollar actividades referentes a la difusión y capacitación de la contratación pública, así como administrar el trámite, archivo del CONSUCODE y las oficinas desconcentradas.se encuentra a cargo del director de servicios institucionales.
ll. Dirección de Plataforma SEACE. Es el órgano encargado de supervisar y administrar las operaciones que se desarrollen en el marco del sistema electrónico de adquisiciones y contrataciones del estado –SEACE así como de conducir los procesos de registro nacional de proveedores y administrar el catálogo de bienes y servicios .se encuentra a cargo del director de plataforma SEACE.
12.6 PROINVERSIÓN
a. Definición. La Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, ha sido creada con la finalidad de promover la inversión privada, nacional y extranjera, requerida para impulsar la competitividad del país, su desarrollo sostenible y mejorar el bienestar de la población.
b. Misión. Promover la inversión no dependiente del Estado Peruano a cargo de agentes bajo régimen privado, con el fin de impulsar la competitividad del Perú y su desarrollo sostenible para mejorar el bienestar de la población.
c. Visión. Ser una agencia reconocida por los inversionistas y por la población como un eficaz aliado estratégico para el desarrollo de inversiones en el Perú.
d. Funciones.
PROINVERSIÓN está encargada de proponer y ejecutar la política nacional de tratamiento a la inversión privada, en concordancia con los planes económicos y la política de integración.
Llevar el registro de la inversión extranjera.
Tramitar y suscribir los convenios de estabilidad jurídica, bajo el régimen establecido por los Decretos Legislativos Nº 662 y Nº 757; y los contratos de inversión, en el marco del Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas.
Asimismo, promueve la incorporación de la inversión privada en servicios y obras públicas de infraestructura, así como en activos, proyectos y empresas del Estado.
De igual forma, preside la comisión para la negociación de los convenios internacionales de inversión.
En el marco de sus labores de información y orientación, PROINVERSIÓN presenta a continuación un resumen de los principales aspectos del marco normativo relacionado con el desarrollo de inversiones en el Perú.
e. Marco Legal. Con la finalidad de captar los recursos financieros y tecnológicos requeridos para explotar los vastos recursos naturales y desarrollar las distintas potencialidades productivas existentes en el país, el Perú ha establecido un marco legal estable y atractivo para la inversión privada, tanto nacional como extranjera.
f. Normas Constitucionales. La Constitución del Perú de 1993 contiene normas que consagran principios esenciales para garantizar un marco jurídico favorable para el desarrollo de la inversión privada en general y de la inversión extranjera en particular, tales como:
La libre iniciativa privada en un marco de economía social de mercado y pluralismo económico.
La libertad de trabajo, empresa, comercio e industria.
La definición del rol subsidiario del Estado en la actividad económica.
La libre competencia y la prohibición del establecimiento de monopolios y el combate al abuso de la posición de dominio.
La libertad de contratar.
La facultad del Estado de establecer garantías y otorgar seguridades mediante contratos ley.
La igualdad en el trato para la inversión nacional y extranjera.
La posibilidad de someter las controversias en las que participa el Estado a tribunales arbitrales nacionales o internacionales.
La garantía de libre tenencia y disposición de moneda extranjera.
La inviolabilidad de la propiedad y el establecimiento de causales excepcionales que facultan una expropiación previo pago justipreciado; la aplicación del principio de igualdad en materia tributaria; y el reconocimiento que ningún tributo puede tener efectos confiscatorios.
g. Legislación Marco. La piedra angular de un sólido marco legal, que establece las reglas claras y las seguridades necesarias para el desarrollo de inversiones extranjeras en el país, es el Decreto Legislativo N° 662, aprobado en agosto de 1991.
El marco legal general de tratamiento a las inversiones extranjeras es complementado por la Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, aprobada por Decreto Legislativo N° 757 y el Reglamento de los Regímenes de Garantía a la Inversión Privada aprobado por el Decreto Supremo 162-92-EF; así como normas modificatorias y complementarias.
El marco legal de tratamiento a las inversiones se basa en el principio de "trato nacional”. Las inversiones foráneas son permitidas sin restricciones en la gran mayoría de actividades económicas y no requiere de autorización previa por su condición de extranjera. La adquisición de acciones de propiedad de inversionistas nacionales es completamente permitida, tanto a través del mercado bursátil como a través de operaciones extrabursátiles.
En cuanto a la propiedad, los extranjeros, sean personas naturales o jurídicas, están en la misma condición que los peruanos. Sin embargo, dentro de cincuenta kilómetros de las fronteras, los extranjeros no pueden adquirir ni poseer minas, tierras, bosques, aguas, combustibles ni fuentes de energía, con excepción de los casos de necesidad pública expresamente declarada por decreto supremo aprobado por el Consejo de Ministros.
Respetando los compromisos asumidos en la OMC, ningún mecanismo de selección ni requisito de rendimiento es aplicado o exigido a la inversión extranjera por su condición de tal. En los casos de inversiones que gozan de beneficios derivados de la suscripción de convenios de estabilidad jurídica con el Estado, los requerimientos son los mismos que aquellos planteados para inversionistas nacionales.
Toda empresa tiene derecho a organizar y desarrollar sus actividades en la forma que juzgue conveniente. Se ha derogado toda disposición legal que fije modalidades de producción o índices de productividad, que prohíba u obligue a la utilización de insumos o procesos tecnológicos y, en general, intervenga en los procesos productivos de las empresas en función al tipo de actividad económica que desarrollen, su capacidad instalada, cualquier otro factor económico similar, salvo las disposiciones legales referidas a la higiene y seguridad industrial, la conservación del medio ambiente y la salud.
La inversión extranjera se puede dar libremente en cualquiera de las formas empresariales reconocidas por la ley, bajo las siguientes modalidades:
Inversión Extranjera Directa, como aporte al capital social.
Aportes para el desarrollo de joint-ventures contractuales.
Inversiones en bienes y propiedades ubicados dentro del territorio nacional.
Inversiones en cartera.
Las contribuciones tecnológicas intangibles.
Cualquier otra modalidad de inversión que contribuya al desarrollo del país.
h. Derechos Básicos del Inversionista Extranjero.
El derecho de recibir un trato no discriminatorio frente al inversionista nacional.
La libertad de comercio e industria, y la libertad de exportación e importación.
La posibilidad de remesar libremente al exterior las utilidades o dividendos, previo pago de los impuestos que le correspondan.
El derecho a utilizar el tipo de cambio más favorable existente en el mercado para el tipo de operación cambiaria que se trate.
El derecho a la libre exportación del capital invertido, en el caso de venta de acciones, reducción de capital o liquidación parcial o total de las inversiones.
El acceso irrestricto al crédito interno, bajo las mismas condiciones que el inversionista nacional.
Libre contratación de tecnología y remesa de regalías.
La libertad para adquirir acciones de propiedad de inversionistas nacionales.
La posibilidad de contratar en el exterior seguro para su inversión.
Posibilidad de suscribir con el Estado Convenios de Estabilidad Jurídica, para su inversión en el país.
i. Quiénes pueden suscribir Convenios de Estabilidad Jurídica. Podrán suscribir los convenios de estabilidad jurídica los inversionistas y las empresas receptoras de inversión, tanto en el caso de constitución de nuevas empresas, así como para la ampliación del capital social de empresas establecida. Asimismo, pueden suscribir los inversionistas participantes en el proceso de privatización y concesiones y las empresas involucradas en dicho proceso, que cumplan con los siguientes requisitos:
El inversionista deberá cumplir con uno de los cuatro compromisos de inversión señalados a continuación:
• Efectuar, en el plazo de 2 años, aportes de capital por un monto no menor de US$ 5 mm en cualquier sector de la economía, con excepción de los sectores minería e hidrocarburos.
• Efectuar, en el plazo de 2 años, aportes de capital por un monto no menor de US$ 10 mm en los sectores minería e hidrocarburos.
• Adquirir más del 50% de las acciones de una empresa en proceso de privatización.
• Efectuar aportes de capital a la empresa beneficiaria de un contrato de concesión.
• Que uno de sus accionistas haya suscrito el correspondiente convenio de estabilidad jurídica.
• En caso se solicite la estabilidad tributaria, que los aportes a recibir representen un incremento del 50% respecto del monto total de capital y reservas, y sean destinados a incrementar la capacidad productiva o al desarrollo tecnológico de la empresa.
• Que se trate de la transferencia de más del 50% de las acciones de la empresa, cuando se trate de proceso de privatización.
• Que se trate de una sociedad beneficiaria de un contrato de concesión.
j. Plazo de Vigencia. La vigencia de los convenios es de 10 años. En el caso de concesiones, el plazo de vigencia del convenio de estabilidad jurídica se extiende por el plazo de vigencia de la concesión.
k. Acuerdos de Inversión en el Ámbito Internacional. Con la finalidad de consolidar un marco jurídico que garantice y proteja la inversión y coadyuve a crear el adecuado clima para fomentar un mayor flujo de inversiones extranjeras, el Perú ha sido muy activo en la negociación de instrumentos de carácter bilateral, regional y multilateral, que tienen por finalidad establecer garantías de tratamiento, protección y acceso a mecanismos de solución de controversias aplicables a las inversiones.
Se han suscrito 32 convenios bilaterales de promoción y protección recíproca de inversiones con países de la Cuenca del Pacífico, Europa y América Latina, asimismo el Acuerdo de Promoción Comercial suscrito con Estados Unidos (pendiente de aprobación por el Congreso norteamericano) incluye un Capítulo sobre Inversión. En el caso de Estados Unidos debemos además mencionar el convenio con OPIC para la emisión de coberturas de riesgo a las inversiones norteamericanas que se desarrollan en el Perú.
Perú también es miembro del MIGA y se ha adherido a la Convención Constitutiva del CIADI, así como la Convención sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (Convención de Nueva York).
l. Lineamientos.
1) Promover las inversiones preferentemente descentralizadas en regiones y localidades:
2) Priorizar la promoción de las inversiones que coadyuven a incrementar el empleo, la competitividad nacional y las exportaciones, conciliando los intereses nacionales, regionales y locales:
3) Mejorar la calidad y ampliar la cobertura de los servicios públicos y de la infraestructura mediante modalidades que alienten la participación de la inversión no dependiente del Estado Peruano:
4) Promover una cultura favorable a la inversión no dependiente del Estado Peruano como medio de crecimiento y desarrollo económico y social:
5) Desarrollar mecanismos orientados a la atracción de los inversionistas y a la atención de sus necesidades:
6) Promover la imagen del país como ambiente propicio para las inversiones nacionales y extranjeras:
ll. La Promoción de la Inversión Privada en Obras Públicas de Infraestructura y Servicios Públicos. Mediante el Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, se establece que la promoción de la inversión privada en obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, se realiza a través del otorgamiento de concesiones.
La entidad competente del Gobierno Nacional para promover proyectos de inversiones, bajo la modalidad de concesiones, es PROINVERSIÓN. A nivel regional o local, los propios Gobiernos Regionales o Municipales son competentes para promover proyectos de inversión dentro de sus jurisdicciones.
En PROINVERSIÓN, los procesos de entrega de concesión de obras públicas de infraestructura y de servicios públicos son conducidos por el Comité Especial en Activos, Proyectos y Empresas del Estado; y el Comité Especial en Proyectos de Infraestructura y de servicios públicos.
Las concesiones se otorgan a través de Licitaciones Públicas Especiales o Concursos de Proyectos Integrales nacionales o internacionales y se formalizan con la firma de un contrato de naturaleza administrativa
El contrato de concesión otorga al concesionario la ejecución y explotación de determinadas obras públicas de infraestructura o la prestación de servicios públicos por un plazo establecido
El contrato de concesión establecerá, en su caso, los mecanismos que aseguren al concesionario la percepción de los ingresos por tarifas, precios, peajes u otros sistemas de recuperación de las inversiones, de acuerdo con la naturaleza de la concesión. El concesionario no podrá establecer exenciones en favor de usuario alguno.
Las concesiones podrán otorgarse bajo cualquiera de las siguientes modalidades:
m. Razones Económicas para Invertir:
Cabe resaltar que la economía peruana viene demostrado un excelente desempeño. Durante el año 2008 se alcanzó una tasa de crecimiento del PBI de 9.8%, situándonos entre los países que más crecieron en dicho período, lo que se dio tras 8 años consecutivos de crecimiento. En el año 2009, cuando la mayoría de países en el mundo decrecieron en términos económicos debido a la crisis internacional, el Perú registró un PBI de US$ 130, 324 millones, equivalente a una tasa de crecimiento cercana al 1%.
Al término del año 2010, el valor de las exportaciones alcanzó a US$ 35,565 millones, mayor en 31,2% respecto al 2009, registrando un récord histórico lo que significó un incremento de 4,5%, explicado principalmente por el dinamismo en los volúmenes exportados de productos no tradicionales (14,8%).
El valor de las exportaciones en el 2010, mostró un comportamiento favorable, principalmente el sector minero que logró una participación del 61.1%. Asimismo, la incorporación del gas natural en nuestras exportaciones (desde el mes de mayo) hizo que el sector petróleo y gas natural cuente con una participación del 8.7% del total, teniendo como principales mercados compradores: España, Estados Unidos de América y Corea del Sur.
Un aspecto que distingue a las exportaciones peruanas es su diversificación, se incluyen productos mineros, agrícolas, pesqueros, de hidrocarburos y diversas manufacturas. Siendo la minería el sector que explica un importante porcentaje del total de las exportaciones peruanas, también hay que destacar que se exportan diversos metales básicos como: el cobre, zinc, molibdeno, hierro y plomo, y además metales preciosos, como oro y plata.
El segundo país de destino fue China. En este caso, los productos que más disminuyeron fueron la harina de pescado, minerales de plomo y sus concentrados y la gasolina sin tetraetilo de plomo. Por último, el tercer país de destino fue Suiza
Cuya demanda disminuyó en 0,6%. El oro fue el principal producto destinado hacia este mercado.
Asimismo, las perspectivas económicas para el Perú se mantienen favorables para los próximos años, basadas principalmente en los anuncios sobre la ejecución de importantes proyectos de inversión, especialmente en actividades relacionadas a la infraestructura pública y de producción y comercialización agrícola, además de elevadas expectativas para el consumo interno. A esto debemos agregar la confianza generada en los agentes económicos, a partir del manejo institucional responsable que han mantenido las diferentes autoridades económicas, independientemente de la filiación política del gobierno de turno.
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