Es una elección, a través de la cual el cuerpo electoral de un país, nación, región o grupo expresa su voluntad respecto a un asunto o decisión, que sus representantes constitucionales o legales someten a su consulta. Por lo general es de la forma sí o no, donde se responde a una pregunta planteada por el ente electoral y los interesados en llevarla a cabo. Podemos realizar una clasificación de los referéndums, atendiendo al motivo que los origina:
• Según el objeto:
o Referéndum constitucional: Si el objeto es una constitución.
o Referéndum legal: Si el objeto es cualquier otra ley.
• Según el fundamento:
o Referéndum preceptivo: Si el fundamento de su celebración es la exigencia propia del ordenamiento.
o Referéndum facultativo: Si el fundamento es la convocatoria de un órgano concreto. En caso de ser además consultivo la figura se aproximaría al concepto de plebiscito.
• Según los efectos jurídicos:
o Referéndum decisorio: Cuando el resultado se hace efectivo y vinculante.
o Referéndum consultivo: Cuando el resultado implica únicamente la manifestación de la voluntad general o popular de forma no vinculante.