El denominado principio "non bis in idem" que literalmente traducido significa: "no dos veces por lo mismo", existe aunque bajo distintos nombres, en muchos países, articulándose como un mecanismo de defensa en procedimientos legales.
En España, si bien no aparece expresamente reconocido en la constitución española, de acuerdo con reiterada jurisprudencia constitucional, ha de estimarse comprendido en su art. 25.1, en cuanto integrado en el derecho fundamental a la legalidad penal.
El non bis in idem supone, en definitiva, la prohibición de un ejercicio reiterado del ius puniendi del Estado, que impide castigar doblemente en base a un único hecho, de manera que no sea posible que un ciudadano sufra una doble sanción (penal y administrativa, por ejemplo) por la comisión del mismo hecho, sin que sea admisible tampoco su sumisión a dos jurisdicciones distintas que juzguen ese hecho único.