Son aquellos incluidos en la norma constitutiva y organizativa de un estado generalmente denominada constitución que se consideran como esenciales en el sistema político y que están especialmente vinculados a la dignidad humana.
Los derechos constitucionales se suelen clasificar:
1) Derechos fundamentales o de primera generación
2) Derechos económicos, sociales y culturales o de segunda generación
3) derechos a un medio ambiente sano o de tercera generación.
En la Constitución española se recogen en otros, los siguientes derechos fundamentales: el derecho a la igualdad y no discriminación; el derecho a la vida y a la integridad física, a la libertad religiosa, a la libertad personal, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, a la libertad de expresión e información, a la libertad de cátedra, a la libertad de reunión, a la libertad de asociación, al libre acceso a cargos y funciones públicas en condiciones de igualdad, a la tutela judicial efectiva, a la legalidad penal, a la educación, a la libertad de sindicación, el derecho de petición.