TEXTOS SELECTOS

CURSO DE ECONOM�A SOCIAL

 

R. P. Ch. Antoine

 


 

 

 

ART�CULO IV: EL PRECIO

Precio y justo precio.

Precio es la expresi�n en moneda del valor de cambio de un objeto. La misma moneda es un valor de cambio (moneda met�lica o fiduciaria) que, por consiguiente, est� sometida a variaciones m�ltiples e irregulares. �Qu� se debe concluir de esto? Que el valor de cambio no es susceptible de una medida perfecta. Una medida perfecta, en efecto, debe ser invariable en el tiempo y en el espacio. Es preciso, pues, contentarse con medidas aproximadas, ya sea del valor de riquezas diferentes en igualdad de tiempo y de lugar, ya sea de una misma riqueza en diferentes tiempos y lugares (1).

Un precio es justo cuando es igual al valor del objeto que representa, o por el cual es cambiado. Todo lo que en lo sucesivo digamos del precio, debe entenderse del justo precio.

Para los economistas de la escuela cl�sica, no hay precio justo, ni justo valor. Como el valor no resulta, para la mayor parte de ellos, m�s que de la oferta y de la demanda, han pretendido que no existe ninguna relaci�n de justicia entre los valores de las cosas y que querer determinar el justo precio de los productos antes del cambio, es proponerse un problema insoluble (2).

Si el precio es el resultado fatal de las leyes econ�micas, si es la soluci�n de un sistema din�mico, la din�mica de los precios, es imposible que en todas las circunstancias no sea justo. Al justo precio corresponde el justo valor de cambio; as�, para evitar repeticiones in�tiles, estudiaremos a la vez los factores del precio y del valor.


(1) Roscher, les Fondements de l'economie nationale, liv. II, ch. II, � 100.

(2) Mauricio Block, les Progr�s. t. II, p. 123.


 

Factores del precio y del valor de cambio.

El precio y el valor de cambio dependen del valor en uso de parte del comprador y de los gastos de producci�n por parte del vendedor.

1.� Gastos de producci�n.

Se llaman gastos de producci�n el conjunto de sacrificios exigidos para la producci�n de un bien econ�mico cambiable. En todo cambio debe existir igualdad entre las ventajas que resultan para cada parte contratante. Ahora bien; si el productor recibiera un precio inferior a los sacrificios que se hab�a impuesto, no habr�a para �l m�s que desventaja y p�rdida; ser�a la ruina a corto plazo. Asimismo, para establecer el precio de venta, el industrial calcula los gastos de producci�n, establece el precio de coste, agrega un emolumento y determina lo que es justo que el comprador consienta pagar (3).

2.� Valor de uso.

De parte del comprador, el elemento dominante del valor de cambio, es el valor en uso individual. Nadie, a no ser en el caso de donaci�n puramente gratuita, har� sacrificios para conseguir una cosa absolutamente in�til. Por el contrario, cuanto m�s necesario, �til o deseable sea ese bien, m�s estimabilidad poseer� para el cambio y m�s dispuesto se encontrar� el comprador a ofrecer bienes econ�micos a fin de obtener este objeto. Es decir, que este objeto tiene para el comprador un mayor valor de cambio.

Advirtamos tambi�n que los gastos de producci�n reobran sobre el valor de uso concreto llegando a ser, por parte del comprador, gastos de adquisici�n. En efecto, considerada seg�n las circunstancias concretas de la persona que desea un objeto, la estimabilidad econ�mica de este objeto, su valor actual, depende de la dificultad de adquisici�n (difficulty of attainment), de la rareza relativa de este objeto, o lo que equivale a lo mismo, de la magnitud de los sacrificios necesarios para adquirirlo. En resumen, el precio o el valor de cambio, resulta de la acci�n conjunta del valor de uso y de la dificultad de adquisici�n (4).

La escuela cl�sica propone otra f�rmula para la formaci�n y la variaci�n de los precios; la ley de la oferta y do la demanda. �Qu� hay que entender por estas palabras?


(3) La ense�anza de la escol�stica sobre el justum pretium se halla completamente de acuerdo con la teor�a del valor en econom�a pol�tica, tal como la hemos expuesto. Seg�n los te�logos de la escuela, los factores del justo precio, y, por consiguiente, del valor, son la utilidad, la dificultad de adquisici�n y la rareza relativa. V�anse los numerosos documentos citados por Costa-Rossetti, Grandlagen, p. 60, art�culo traducido por la Ass. cath., Julio de 1892, p. 23 y sig.

(4) Stimmen, 1892, t. XLIII, p. 119 y sig.


 

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