Objeto de la ciencia social.—La sociedad, tal es el objeto de la ciencia social. Pero en este estudio, el hombre puede proponerse un doble fin: observar y describir los fenómenos variables, los hechos contingentes que se manifiestan en las asociaciones de hombres que forman sociedades, o bien investigar y establecer las leyes generales, los principios y las causas de las sociedades.
La primera especie de conocimiento es puramente empírico; sólo la segunda se eleva a la dignidad de ciencia, porque la ciencia se cierne en las regiones superiores de lo universal y de las causas.
Aunque un hombre conociera el nombre y la posición de todas las estrellas, la forma de sus trayectorias y el valor de sus velocidades, no por eso dejaría de ser extraño a la ciencia astronómica; pero que refiera todos esos movimientos tan complejos o las sencillísimas leyes de Kepler y al principio de la gravitación universal y le tendremos en posesión de la ciencia, de la verdadera ciencia astronómica.
Por lo demás, no es difícil reconocer, entre los diferentes principios de la sociedad, el que juega el papel principal. ¿Qué es, en efecto, una sociedad, considerada en el más amplio sentido, sino la unión de varios hombres que tienden, por medios comunes, hacia un mismo bien, hacia un mismo fin?
En consecuencia, el elemento que determina la naturaleza de la sociedad, le da su carácter distintivo y regula los detalles de su constitución, es, a no dudarlo, su fin y su objeto: el bien común de esta sociedad. La ciencia social tiene, pues, por primera misión buscar y determinar las relaciones que deben existir entre los miembros de la sociedad para que alcance su fin propio.
De esta noción de la ciencia social se desprende el lazo que liga a esta ciencia con la moral.
La ciencia social y la moral.—La filosofía moral, o simplemente moral, se defina diciendo que es la ciencia que dirige los actos humanos según los principios de la recta razón (1).
Esto supuesto, la actividad del hombre que vive en sociedad no es, evidentemente, más que un caso particular de la actividad humana considerada en general; de donde hay que concluir que la ciencia que regula ésta, mantiene bajo su dependencia a la ciencia que dirige aquélla.
Expliquemos la misma verdad en otra forma. Dos ciencias están subordinadas cuando el fin de la primera está sometido al fin de la segunda. Apliquemos este principio incontestable a las dos ciencias de que hablamos. El fin propio de la ciencia social es el fin de la sociedad civil: el bien común temporal de los ciudadanos; por su parte la ciencia moral, tiene por fin, el término supremo, la soberana perfección del hombre, es decir, al fin último de toda la creación, Dios, el bien absoluto e infinito. Ahora yo os pregunto: ¿No está subordinado el bien temporal al bien eterno, lo finito a lo infinito, lo particular a lo absoluto? Concluyamos, pues, que la ciencia social está subordinada a la moral o niéguese que el hombre, individuo o sociedad, está hecho para el bien.
La ciencia social, decimos, encamina la actividad del hombre al bien social; pero este es un bien general que comprende varios bienes particulares; la actividad humana considerada en sus relaciones con los demás hombres reviste formas múltiples. Por lo mismo la ciencia social se ramifica en varias ciencias sociales particulares que, a su vez, dependen de la moral y están regidas por ella: la política, el derecho, la economía política, etc.
Esta división nos parecen más natural y más racional que la que consiste en considerar la ciencia social como un conjunto comprensivo del derecho, de la moral y de la economía política.
«La ciencia social, escribe M. Béchaux (2), estudia el mundo como ser moral, dotado de una vida propia y constituido en conformidad con un orden natural y constante; este es un magnífico papel: fijar las leyes fundamentales de este orden y las condiciones de la armonía social. Ahora bien, no se concibe al hombre fuera de la sociedad. Tiene deberes, derechos y necesidades. Por todos esos títulos depende de la ciencia social... El hombre recibe de la moral el principio del bien; del derecho el principio de 10 justo, de la economía política las leyes de la riqueza». Pero ya es tiempo de abandonar las alturas de la ciencia social general para abordar una de sus partes: la economía social.
1.Para la noción de la moral v. Schiffini, Disput. Phil, moralis, vol. I, p. 1; y Cathrein, Moralphilosophie, B. I. Einleitung, § 1.
2. Le droit et les Faits économiques, p. 9.