TEXTOS SELECTOS DE GRANDES ECONOMISTAS

 

Harriet Martineau, 1802-1876

MATRIMONIO. Tratado general a cerca del Dinero, Derechos de Propiedad de las Esposas; Ley de Divorcio; Comparación del Matrimonio Europeo y Americano; Moralidad menos pura de lo Supuesto.

Capítulo del libro "Society in America", London: Saunders and Otley, 1837.  Traducido para la Fundación Inca Garcilaso por Angela M. Arrey-Wastavino, Ph.D.


Si hay un país donde el curso del verdadero amor se espera que sea afable, ese es América. Es un país donde todos se pueden casar a una temprana edad, donde no hay ansiedad por provisiones verbosas, y donde los problemas que surgen de consideraciones convencionales de rango y conexión deben estar totalmente ausentes. Es difícil para un extranjero imaginar de antemano porque no todos se puedan amar y casarse natural y libremente, sin la prevención de los problemas del estado matrimonial y las causas comunes de la infelicidad dentro de el. Las anticipaciones del extranjero no son sin embargo satisfechas: y nunca lo serán mientras un sexo supere al otro. El matrimonio en América es mas cercanamente universal, mas seguro, mas tranquilo, mas afortunado que en Inglaterra, pero esta aún sujeto a los problemas que surgen de las disparidades de las partes consideradas y de las ocupaciones. Es mas universal debido a la entera prosperidad del país, es mas seguro por la libertad del divorcio y de la consecuente desmotivación al chantaje y otros matrimonios viciosos; es mas tranquilo y afortunado por las promesas matrimoniales que se ofrecen recíprocamente, por los arreglos acerca de las propiedades que son generalmente mucho mas favorables para la esposa que en Inglaterra, y para ella que no es a la usanza inglesa, por todas las intenciones y propósitos de las propiedades de su esposo. Los resultados de los requisitos para la felicidad son casi completos, y la institución esta purificada de los groseros escándalos que degradan la sociedad del Viejo Mundo; pero aun la institución es imperfecta mientras la mujer continúe siendo pobremente educada, pasiva, y sumisa, o bien educada, vigorosa y libre en base a sufrimientos.

La institución presenta un aspecto diferente en varias partes del país. He conversado de los matrimonios tempranos de niños en el Sur y Este, donde debido a las desproporciones numéricas, a cada mujer se le casa antes que ella sepa que tan seria es la materia de la vida humana. Ella tiene una ventaja la que pocas mujeres tienen en otros lugares: puede manejar su propia propiedad. Es raro encontrar en otro lugar una mujer de 21 años viuda dos veces, manejando su propia plantación, y manejándola bien porque ha estado en sus manos durante todo el matrimonio. En Luisiana y también en Missouri (y probablemente en otros estados) la mujer no sólo tiene la libertad de las propiedades de su marido por derecho a su muerte, sino también que posee la mitad de todos los intereses ganados durante toda la vida de el, teniendo todo el tiempo el poder de discernir sobre ello .El esposo interfiere mucho menos con la propiedad de la esposa en el sur; aunque ella haya renunciado a tal poder voluntariamente, lo que es raro, lo usual en casos de mujeres que han tenido propiedades durante el matrimonio. En los periódicos sureños, los avisos se leen de la siguiente forma: “La Sra. A, esposa del Sr. A ofrecen X y X.”

Cuando la Sra. Lalaurie se mudo a Nueva Orleáns, nadie se dirigió a su esposo o se dirigió a sus propiedades, ya que el no era responsable del manejo de las propiedades de ella como cualesquier otro. En general, en la práctica, parece ser que las mujeres mas débiles e ignorantes renuncian a sus propiedades en favor de los esposos; los esposos de tales mujeres son quienes están dispuestos a ello; así, las mujeres mas fuerte y centradas mantienen sus propiedades, y mantienen sus derechos; los esposos de esas mujeres son quienes rehusarían privar a sus esposas de tales deberes sociales y derechos.

Si esta condición de la ley matrimonial tocara a alguna persona inglesa como peculiaridad, se reconocería a la ley inglesa como peculiar, y no la de Luisiana. La ley inglesa varía de la sajona en que la esposa poseería la mitad, o una parte mayor de los intereses ganados. Esto también sucede en España, Francia e Italia, y probablemente en Alemania, ya que son derivadas de ella. Massachussets ha copiado los errores de la inglesa referente a este particular, y yo no he conocido abogados u otros ciudadanos con quienes haya discutido este tópico, quienes no se hayan avergonzado de tal ley barbárica en la que la propiedad en conjunto con ella vayan directamente a las manos del esposo. Un abogado liberal en Boston me dijo que su recomendación es siempre dejar la porción mayor a la viuda, con la condición que ella se la deje a sus hijos; pero es vergonzoso que el refleje que la mujer esté sujeta al consejo legal para asegurarle el derecho. He escuchado una expresión de indignación que la esposa, el amigo, y ayudante de muchos años deba otorgárseles un legado de salario doméstico en vez de una situación legal, como naturalmente debería quedar en las manos de ella. En Rhode Island, a una viuda se le concede un tercio de las propiedades de su marido, y para la venta de propiedades durante la vida de el, se le examina a ella, en la ausencia de su marido como poseedora de tal proporción. Es este uno de los aparatos de la independencia femenina en este país. Será mas importante observar que sin importar como se use, cuando las restricciones de educación y opinión a las cuales las mujeres se encuentran sujetas, serán relajadas para dejarles moralmente libres.

Ya he mencionado que el divorcio se obtiene mas fácilmente en América que en Inglaterra. Yo creo que en ningún país, las leyes matrimoniales sean mas injustas que en Inglaterra, y la relación conyugal, en consecuencia, mas dispar. Cualquier cosa que se piense acerca de los principios que entren en la ley de divorcio, ya sea que se sostenga en el pliego de divorcio (tan estrechas interpretaciones como el Nuevo Testamento podría tener), o (como la ley de hábito inglés), u otras varias (tanto como las leyes de Estados Unidos continental lo permitan) nadie, creo yo, defiende los acuerdos por el cual, en Inglaterra, el divorcio lo obtiene solo aquel muy adinerado. El barbarismo de darlo como privilegio al extremadamente rico, para quien el dinero no es impedimento para la relación, y en el cual todas las personas casadas, ya sea tengan intereses iguales, no necesitan exponerse mas allá del mero estado de echo. Se puede ver a simple vista, como tal arreglo tiende a viciar el matrimonio; como este ofrece impunidad a las aventuras, y motivación a cada tipo de matrimonio mercenario, como es opresión para quien esta herido, y como, viciando el matrimonio, origina y agrava licencias en una incalculable extensión. Solo a Inglaterra pertenece la desgracia de tal método de legislación. Yo creo que mientras se tenga poco que decir de la legislación en cualquier parte del mundo, en ninguna parte es tan viciosa como en Inglaterra.

De los estados en América, creo que Nueva York se asemeja más a las leyes de divorcio de Inglaterra. Es menos rígido, en lo que se comprende bajo el término “crueldad” Al esposo se le libera de crueldad hacia la esposa, así como a la mujer hacia el marido. Prácticamente no hay distinción ente el pobre y el rico en el proceso que se torna relativamente caro, y esta causa es más admisible luego de la reconciliación de las partes. En Massachussets, el termino crueldad es muy comprehensivo, y el modo de sostener el pliego es de la misma manera concebido que los divorcios se obtienen con peculiar facilidad. La consecuencia natural es la siguiente: tal cosa nunca se ha escuchado, un abogado eminente de Boston me dijo que el ha oído solo de uno a lo largo de toda su experiencia. Así, donde sea la ley laxa, y caeteres paribus (de carácter igualitario), en proporción a la relajación por razones obvias, es que la protección ofrecida por la ley al afectado causa que los matrimonios comiencen con menos riesgos, y que la relación conyugal se efectúe más equitativamente. Las retribuciones se conocen como inminentes sobre las violaciones del deber conyugal. Cuando estuve en Carolina del Norte, la esposa de un apostador obtuvo su divorcio sin ninguna dificultad. Cuando presento la evidencia del peligro para ella y sus hijos- peligro monetario y moral, debido a los hábitos de apuestas de su marido, la petición paso ambas Casas sin ningún voto en contra.

Es claro que el echo de la legislación sobre el matrimonio es sobre los arreglos de propiedad es para salvaguardar los derechos recíprocos de los niños, marido y sociedad. No hay más pretensión de parte de la ley de ninguna manera. Un avance hacia el reconocimiento del principio verdadero de la interferencia legislativa en el matrimonio se ha hecho en Inglaterra; en la nueva ley en la cual el acuerdo de matrimonio es un contrato civil, dejando la obligación religiosa a la conciencia y gusto del las partes. Se percibirá que si la obligación civil es cumplida, si lo hijos en el matrimonio están provistos legal y satisfactoriamente por ambos, sin la asistencia de la legislatura, la legislación en principio no tiene mas que ver en tal materia. Esta legislación en el arreglo matrimonial se ha practicado en Zurcí, con los mayores efectos sobre la relación moral conyugal. Las partes se casan por una forma, y tienen la libertad de divorciarse sin apelación a la ley, en lo que respecta a legalmente proveer para los hijos del matrimonio. Hubo previa alarma referente al efecto sobre la moral de tal importante restricción, pero el evento justifico la confianza en aquellos quienes procedieron con la convicción que la ley de los afectos humanos, cuando no se manipula, son mas sagradas y unificadoras que aquellas de cualesquiera legislatura de los consejeros. Hubo frivolidad al principio, principalmente de parte de aquellos quienes estaban sufriendo bajo el sistema antiguo, pero la moral de la sociedad pronto tornó, y ha permanecido peculiarmente pura.

Se asume en América, particularmente en Nueva Inglaterra, que la moral de la sociedad allá es particularmente pura. Siento dudar el hecho, pero lo dudo. Nada como la comparación entre un país y otro en circunstancias diferentes puede ser instituido, ni nadie desea hacer tal comparación. El vicio sin límite, la corrupción de la sociedad europea no puede, por posibilidad, ser paralela a América, pero tampoco es cierto que la prosperidad emergente, ningún arreglo por circunstancias, puede mantener una sociedad pura mientras hay corrupción en sus métodos sociales, y entre los principios de la acción individual. Incluso en América, donde cada hombre joven puede, si así lo desea, casarse a los veinte y un años, y apropiarse de las mejores comodidades de la vida doméstica incluso aquí hay vicio. Los hombres no eligen casarse a temprana edad porque han aprendido a pensar que hay cosas de mayor importancia que las mejores comodidades de la vida doméstica. Un caballero de Massachussets, quien conoce la vida y el valor de casi todo lo que hay en ella, me converso con profunda preocupación de la alteración de los modales como sigue: del incremento de los solteros, de los matrimonios mercenarios, y de las atemorizantes consecuencias. Es demasiado pronto para América seguir los pasos del viejo mundo al respecto. En el viejo mundo, la necesidad de pensar en la manutención antes de pensar en una esposa a guiado a requerir cierto estilo de vida antes de tener esposa, y luego, he ahí: tomar una esposa para asegurarse el estilo de vida. Que esta especie de corrupción ya se a difundido en el nuevo mundo no cave duda; en las ciudades, donde se congrega la gente que vive para la riqueza y la opinión.

Estoy estupefacta con el gran numero de mujeres en Nueva Inglaterra que vi casadas con hombres lo suficientemente viejos como para ser sus padres. Una instancia que me dejó perpleja, a la llegada al país, cuya explicación no fue de mi satisfacción. La muchacha se comprometió con un hombre joven quien estaba vinculado a ella: su madre rompió el compromiso, y la casó con un hombre viejo rico. Esta historia fue realmente impresionante para mí, lo que me persuadió estando en América que al menos una puede escapar del abominable espectáculo de los matrimonios mercenarios. Pero luego ví demasiadas instancias. La práctica estaba adscrita a que frecuentemente se mencionaba el hecho de que los jóvenes migraban al oeste en un gran número dejando a aquellas quienes serían sus esposas para casarse con viudos quienes les doblaban en edad. La historia de Aul Robin Gray es frecuentemente actuada como tragedia aquí: y uno de los peores síntomas que me molesta era que se me pedía estar de acuerdo en tales casos. No lo siento por aquellos quienes, bajo ninguna presión sacrifican sus amores por prostitución legal, y ningún circulo de belleza o sentimiento puede privar el hecho de la acción, y no puedo simpatizar menos con aquellas mujeres quienes establecen el ejemplo casándose para radicarse en un país nuevo, donde si hay alguna, la relación conyugal debe ser encontrada en su pureza.

La consecuencia de tal tipo de matrimonio es que la santidad del matrimonio es limitada, y que el vicio tiene éxito. Cualquiera puede ver de una ojeada que si el hombre y la mujer se casan con quien no aman, ellos deben amar a quienes con quien no se han casado. Hay tristes historias en villorrios aquí y allá, lo que apoya la propuesta, y aún más en las ciudades, en un rango de la sociedad donde tales cosas escasamente o nunca se escucha en Inglaterra. Prefiero pensar que la vida de casada es inconmensurablemente más pura en América que en Inglaterra, pero no hay superioridad de la cual se pueda jactar. Sólo puedo decir que inevitablemente supe de más casos de lapsos en familias altamente respetables en un estado de los que nunca tuve conocimiento en casa, y que ellos terminaron con una desgracia mucho más temporal y superficial que la que se pudiera tener en Inglaterra. Me doy cuenta que en Europa las victimas son elegidas, con deliberado egoísmo, de clases que no pueden expresar sus descontentos e injurias, mientras que en América, felizmente tal clase no existe. Estoy conciente que esto destruye toda posibilidad de comparación, pero el hecho permanece, que la moral de la sociedad Americana es menos pura de lo que se asume. Si lo común es aplicarlo a la población rural, al menos no le dejemos ya sea en gratitud pía, o vanidad patriótica, por la clase aristocrática, quienes introduciendo la práctica de los matrimonios mercenarios se han autodenominado responsables de cualesquier terrible consecuencia que se derive.

La última y fuerte impresión en la mente de un extranjero, sopesando la moral en América es que la naturaleza humana es mas o menos la misma en todos lados, cualquiera que sea su ambiente de riqueza o pobreza, y esa es justicia a la naturaleza humana, y la falta de superación de las fortunas que deben ser vistas como la promesa de mejores tiempos. Leyes y costumbres pueden ser creativas del vicio, y por lo tanto deben estar perpetuamente bajo el proceso de observación y corrección; pero las leyes y las costumbres no pueden ser creativas por virtud, ellas pueden motivar y ayudar a preservarles, pero no pueden originarles. En el caso presente el curso de la búsqueda es exaltar las metas, fortalecer la auto disciplina de la sociedad en general siendo cada una tan buena como pueda serlo, y apoyarse en su propio esfuerzo luego de la auto perfección mas que en cualquier afortunado arreglo generado por circunstancias sociales. A las mujeres en particular se les debe permitir usar y beneficiarse de cualquier fortaleza nativa con que su creador les a dotado. Es esencial para la virtud de la sociedad que se les permita la mayor libertad de acción moral, liberada por la ignorancia y la intimidación de la autoridad, porque no es cuestionable si la mujer no fuera débil, el hombre no podría ser malvado, si la mujer fuera bravamente pura, debería haber un fin a la cobarde tiranía de las licencias.

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