Walter Ramiro Toro Jiménez
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1. GENERALIDADES 1.1. La legislación vigente (Resolución No. 5261 de agosto 5 de 1994) define como enfermedades catastróficas el Cáncer, la Insuficiencia Renal Crónica, el SIDA, patologías cardiacas y del SNC que requieran cirugía, enfermedades congénitas, el trauma Mayor y las patologías ortopédicas que requieran reemplazos articulares.
2. DEFINICIONES OPERATIVAS 2.1. Caso sospechoso: paciente al que sea diagnosticado una de las siguientes entidades: 2.1.1. Angina de Pecho 2.1.2. Coronariopatía 2.1.3. Valvulopatía 2.1.4. Tumor maligno 2.1.5. SIDA 2.1.6. Insuficiencia renal crónica Pacientes hospitalizados con los siguientes diagnósticos: 2.1.7. Infarto agudo de miocardio 2.1.8. Osteomielitis crónica 2.1.9. Meningitis.
2.1.10. Enfermedad cerebro vascular 2.1.11. Trauma cráneo encefálico 2.1.12. Parto pretermino 2.1.13. Malformaciones congénitas 2.2. Caso confirmado: será todo paciente sospechoso que al finalizar la atención del evento se confirme un diagnostico de enfermedad catastrófica.
3. FUENTES DE INFORMACIÓN 3.1. Médicos de cabecera, MAP7, médicos de apoyo.
3.2. Auditoria médica y enfermeros auditores.
3.3. Enfermeras de convenios y prestaciones.
3.4. Reporte de Centro Soporte Piloto de pacientes de alto costo mensual.
4. INTERVENCIONES
4.1. Individual 4.1.1. Notificación inmediata e individual a Epidemiólogo de Dirección Científica a través de correo interno con la siguiente información: 4.1.1.1. Nombre completo del paciente 4.1.1.2. Número de historia clínica 4.1.1.3. Diagnóstico causa del reporte 4.1.1.4. Tiempo de evolución o tiempo de hospitalización de la causa de reporte 4.1.2. Seguimiento de auditoria a paciente hospitalizado.
4.1.3. Retroalimentación al médico tratante del resultado de la investigación.
4.2. Colectiva.
4.2.1. Investigación epidemiológica de todos los casos por medio del formulario de recolección de datos (Anexo No.
9.4.2.) 4.2.2. Vigilancia y seguimiento de pacientes posterior al alta de hospitalización para verificar adherencia a programas de P&P8.
4.2.3. Revisión de casos en cada CMF de acuerdo a la casuística y a los temas que se vayan tratando en el esquema de 7 MAP: Médicos de Atención Prioritaria.
8 P&P: Promoción de la salud y Prevención de la enfermedad.
Conclusiones y Recomendaciones 365 acreditación académica y el programa de autogestión académica.
5. INDICADORES 5.1. Letalidad (L): Se observará cada 6 meses después de diagnosticado L = No. de Pacientes Muertos x 100 No. de Pacientes Sospechosos 5.2. Frecuencia (T): Se harán cortes trimestrales para determinar proporción por médicos, CMF, zona y ciudad.
T = No. de pacientes confirmados No. de médicos 5.3. Reincidencia (R): Se harán cortes semestrales por médico, CMF, zona y ciudad.
R = No. de pacientes confirmados rehospitalizados x 100 No. pacientes confirmados 5.4. Seguimiento (S): se harán cortes trimestrales.
S = No. de pacientes estudiados x 100 No. de pacientes reportados 5.5. Incidencia (I): Se realizará cada trimestre acumulando los 12 meses anteriores.
I = No. de casos confirmados nuevos x 10.000 No. de usuarios a mitad de periodo