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Aproximación al concepto del Derecho desde la perspectiva triádica: Descripción de su estructura, su dinámica y su finalidad
Sebastiao Batista
Segunda Parte - Desarrollo del marco teórico
10 Niveles de manifestación del fenómeno jurídico
10.4 Nivel de la epistemología, de la estructura de poder y de los fines del Derecho
El proceso de complejificación de los niveles mentales básicos - racional, operativo e intuitivo - se desarrolla a través de sus culturas específicas - científica, política y espiritual - y culmina en los niveles de la epistemología, del poder y de la finalidad del ser. La epistemología resulta del ejercicio cumbre de la razón; el poder resulta de la efectividad y de la puesta en marcha de la acción y voluntad; y el fin y trascendencia resultan del ejercicio de la sensibilidad y de la espiritualidad. Las tres dimensiones en un proceso unitriádico se encuentran en varios momentos de la conformación del ordenamiento jurídico. Cada una tiene su cultura y su radio de acción, aunque se desarrolle en conexión e interdependencia con las demás, puesto que sólo así se puede hablar de unidad en las tres dimensiones.
Por otro lado, las cosas, considerándolas en sus constituyentes, en el fondo son: el orden (de la materia), el movimiento y el fin. Del mismo modo, considerándolo en lo más hondo, al Derecho también se le deben atribuir estos elementos: orden, acción y fin. De hecho, estos son desdoblamientos de una misma naturaleza, que en cada nivel o categoría de la realidad guarda sus caracteres de identidad, pero dispuestos como si cumpliera un orden superior de coherencia. En el caso del Derecho, una realidad cultural, no es diferente, puesto que como orden social no es más que un eslabón del orden universal. Y ambos, seguramente deben encontrarse en algún nivel lógico.
Para Freitas, si se observa bien, una cosa es un orden. A primera vista, una cosa difiere de otra porque el orden de una difiere del orden de la otra. Se puede ver, por ejemplo, un reloj y las horas que marca sólo cuando se tiene el orden del reloj: cuando se establece su orden, se construye; cuando se deshace su orden, se deshace el reloj. En el amontonado de sus piezas no se puede ver el reloj, tampoco las horas. Se construye una casa poniendo el material de construcción en su orden. En la medida en que se va poniendo el material en orden, este se va haciendo y la casa va apareciendo45. Para hacer una cosa y mostrarla, la materia debe asumir el orden que tiene la cosa por fin. Por tanto, se hace una cosa haciendo su orden, y esto es lo que salta a la vista. Se reconoce un buque, un perro, o bien un coche por el orden que es de cada uno.
Además, cuando se mira una cosa, se ven figuras y acciones, es decir, el orden y el movimiento. A lo mejor, se ve la materia en el orden de tal cosa cumpliendo su fin. En definitiva, sólo se pueden ver las cosas cuando éstas son puestas a la vista por los respectivos órdenes que realizan su fin. De esta manera, una cosa es el fin que cumple el orden en el cual se encuentra la materia. Sin embargo, el fin no se puede ver objetivamente ahí en la cosa. En realidad, se trata de un atributo que le da el hombre. Así, en una cosa, además del orden que la caracteriza, es indispensable que se considere también su fin.
Por orden se entiende la disposición de la materia a un fin. En este sentido, una cosa es un orden y un fin. Un orden real y un fin alegórico, puesto que en las cosas hay un orden en sí y un fin que le atribuye el hombre. Además, una cosa es un orden real y actúa según el mismo orden. Su orden es su verdad, es lo que las cosas son para la razón. El orden es el objeto de la ciencia. Conocer científicamente significa describir el orden y el comportamiento de una cosa46. Pero, para conocerla, es necesario tener un conjunto de principios y métodos que la sitúen (su orden y su fin) en el universo, es decir, hace falta un paradigma, una cosmovisión. A su vez, la epistemología se define como la doctrina y la crítica de los fundamentos y métodos del conocimiento científico. Refiriéndose al fenómeno jurídico, es la dimensión del conocimiento que se desarrolla en el campo lógico para la estructuración, fundamentación y crítica de paradigmas, principios y teorías, además de la ordenación de la información, del discurso, de la coherencia, de la crítica del pensamiento jurídico, de sus fines, etc.
Además, conforme a lo ya dicho, el fin del orden que se presenta en el escenario del tiempo y del espacio, en realidad, es el fin que le confiere el hombre. Por esto es un fin alegórico, porque no existe de hecho ahí donde es visto. En realidad, el fin de las cosas es el fin del hombre, que es el-fin-en-sí, en sustancia. De esta manera, las cosas pasan a ser un-orden-a-un-fin. Y el orden, entonces, será un camino hacia el fin47. De este modo, el orden jurídico no es sino el camino que lleva al fin del Derecho. A su vez, su fin se determina a través de los principios científicos o metafísicos, las creencias, mitos o sentimientos del inconsciente colectivo, o bien los principios teleológicos. En síntesis, se determina a través de la visión del mundo o cosmovisión.
En cambio, la intuición, como facultad del conocimiento sintético inmediato de los principios universales e inmutables, en el campo de la metafísica, revela la dimensión del fin trascendente. En el dominio del ser, estos principios operan en el campo de la solidaridad, de la ética, de la espiritualidad, de los valores universales, en suma, de la capacidad para el procesamiento y registro sintético de las experiencias místicas, artísticas, espirituales y cosmogónicas.
Por otro lado, el poder, como expresión individual y social de la voluntad, interactúa con la razón y los sentimientos, en todos los niveles de acción y jerarquía, se desarrolla y desemboca en el campo de la producción y creación del Derecho, de la práctica procesal y de la administración de la justicia. Esas dimensiones se concretan en las esferas de la territorialidad, de la cronología, de los personajes y de los procedimientos inherentes al fenómeno jurídico. Así, además de su condición de dominio, imperio y gobierno de Estado, que se le suele atribuir, el poder se manifiesta como facultad de legislación, jurisdicción, mando o ejecución, en diversos niveles de complejificación de voluntad y jerarquía, o más bien como potestad evaluadora, rectora y coactiva del propio ordenamiento jurídico hacia la consecución de su fin.
10.5 Conclusiones
Además de otras direcciones en las que se puede investigar el Derecho, deben considerarse sus diferentes modos de manifestación y niveles de complejidad en los tres procesos del conocimiento.
En la perspectiva lógico-analítica, puede reconocerse el Derecho en los niveles de la razón, de la lógica, de la ciencia y de la epistemología; en la perspectiva intuitivo-sintética puede reconocérselo en los niveles de la intuición, del sentimiento, de la fuerza moral y del fin; En la perspectiva práctico/operativa puede reconocérselo en los niveles de la voluntad, de las acciones y procedimientos, del proceso y del poder.
En la perspectiva triádica, en torno a los procesos del conocimiento, el Derecho se desarrolla dialécticamente desde la dinámica potencial hasta el nivel de la universalidad. En el peldaño de la potencialidad, los elementos constituyentes se conjugan según preceptos de la razón, de la voluntad y de la intuición. Luego se enlazan según cánones lógicos, de procedimientos y de sentimientos. A continuación, ya como un orden jurídico efectivo, se enlazan un orden científico, en un orden procesal y en un orden moral. Por último, ya en una dinámica universal, se enlazan como cultura científica (epistemología), como cultura política (de poder) y como cultura espiritual (trascendencia).
45 Freitas, J. Filosofía do Direito Humanos, Belo Horizonte 1978, UFMG, p. 16.
46 Freitas, J. Ciencia e Filosofia, Belo Horizonte 1981, UFMG, p. 105.
47 Freitas, J. Ciencia e Filosofia,, o.c., ps. 95/96.
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