El Diccionario de la Real Academia Española define la palabra previsión como la acción de
disponer lo conveniente para atender a contingencias o necesidades previsibles.
Por su parte Báez (1994-3) puntualiza que la previsión social es la acción de los hombres, de sus
asociaciones o comunidades y de los pueblos o naciones…
…que disponen lo conveniente para promover a la satisfacción de contingencias o necesidades previsibles, y por lo tanto futuras en el momento en que se presenten, esto es, la previsión es transplante del presente al futuro; la proyección de las necesidades presentes en el futuro a fin de prever su satisfacción; el aseguramiento para el futuro de las condiciones en que se
desarrolla en el presente la existencia, o en una formula breve, la seguridad de la existencia futura, todo cual producirá la supresión del temor del mañana.
En referencia al tema de la previsión social, el Diccionario Jurídico Mexicano (1999:3533) lo refiere como el conjunto de acciones públicas y privadas destinadas a la protección de la población en general y de los trabajadores y de sus familias en particular, contra las contingencias o desastres que provengan de situaciones imprevistas.
Ruiz Moreno (2004:28-30) define a la previsión social como el conjunto de iniciativas y normas
del Estado…
…principalmente de índole jurídico, creadas y dirigidas para atemperar o disminuir la inseguridad así como los males que padecen los trabajadores, vistos como clase social económicamente débil, dentro o fuera del trabajo.
Por eso, refiere el autor, los conceptos de trabajo y previsión social vienen siempre juntos en nuestro derecho positivo. El atributo de social lo adquiere desde luego en cuanto que una
colectividad o comunidad de e intereses busca resolver problemas particulares de un número indeterminado de personas que convergen en un objetivo común: la adopción de medidas que
tiendan a cubrir riesgos profesionales, la desocupación a los requerimientos de la vejez, a través de sistemas económicos de seguridad que se pongan en práctica.
Con base en lo anteriormente expresado por los diferentes autores en referencia a la previsión social y donde se observa la importancia de la misma para las comunidades sociales especialmente para los desprotegidos la principal forma de previsión social la constituye la asistencia social y la seguridad social, por lo que es de vital importancia comentar estos puntos en líneas posteriores.
El Diccionario Jurídico Mexicano (1999:244-246) remite el concepto de asistencia social al concepto de seguridad social, sin embargo conceptúa la Asistencia Pública de la siguiente manera:
función del Estado para proteger dentro de la sociedad a la población de riesgos que traen consigo la insalubridad, la enfermedad, la desnutrición, el abandono, la contaminación ambiental y otros males sociales que afectan la salud y seguridad vital de los individuos.
Para Ruiz Moreno (2004:28) la Asistencia Social es un conjunto de normas de todo tipo…
…que integran una actividad del Estado y en su caso de los particulares, destinadas a procurar una condición lo más digna, decorosa y humana, para aquellas personas que, imposibilitadas para satisfacer por sí mismas sus necesidades elementales y de bienestar social, requieren del socorro y la ayuda altruista, no obligatoria de los demás. Afirma el referido autor que el concepto de asistencia social guarda cierta semejanza con la llamada beneficencia pública y naturalmente con la asistencia pública; que brindan sin distingo a la colectividad menesterosa en general ya por los particulares, o ya por el Estado a través de esquemas creados ex profeso.
Para Cabanellas, (1968:776) el seguro social es aquél sistema donde los riesgos y todas las contingencias personales, familiares y económicas a que están sometidas ciertas personas – principalmente los trabajadores, se encuentran cubiertas en un solo régimen de aseguración que ampara cualquier eventualidad adversa para el asegurado.
Pero la seguridad social no se agota en el seguro social, pues si bien éste comprende una de sus partes de mayor importancia actual y constituye uno de los medios de aquella para el
cumplimiento de sus fines, la seguridad social va mucho más allá, ya que mientras los seguros sociales tienden a cubrir sólo determinados riesgos, en cambio, la seguridad social procura garantizar el bienestar en todos y cada uno de los instantes de la vida del hombre.
Debido a que los regímenes de seguro social a menudo hacen frente a dificultades a dificultades en la extensión de la cobertura a grupos específicos de los cuales ya han sido mencionados, a saber, los no asalariados, trabajadores artesanos, los que trabajan por su cuenta etc., se pusieron en marcha programas de asistencia social financiados con cargo al presupuesto público, sea en sustitución de los regímenes de seguro social o para complementarlos.
La diferencia fundamental entre el seguro social y estos otros regímenes (Solorio, 2001:38) es que:
* El seguro social se basa en la afiliación a un régimen que requiere el pago de cotizaciones, y con cargo al cual se proporcionan prestaciones cuando ocurre una de las contingencias estipuladas. Requiere conservar los antecedentes detallados de las cotizaciones o los empleos durante muchos años.
* En los regímenes de asistencia social o con cargo a los ingresos generales del Estado, el derecho a la prestación se basa en la pertenencia a la comunidad, la cual se encuentra los fondos necesarios para otorgar esas prestaciones. No se requiere conservar
antecedentes, el único criterio válido para tener derecho a prestaciones es el
cumplimiento de la condición de ciudadano o residente (y cubrir la cuota previa a un estudio socioeconómico).
Falta mucho para alcanzar la cobertura total en salud, sin embargo, el seguro social es el punto de partida, pero para alcanzarlo deben satisfacerse ciertas condiciones, no significa nada más alcanzar la universalidad, se requiere prestar servicios de calidad y otros factores, el financiamiento es oneroso y lo oneroso que no redunda en beneficios satisfactorios a la población no es costeable.
Mendizábal (2007:44) menciona que existen servicios a los que se atribuye el carácter de seguro social con un régimen de cobertura limitado y que no son contributivos; por esa razón, es muy importante distinguir con claridad entre instituciones de seguridad social exigible y obligatoria, y los rubros de asistencias públicas discrecionales y aleatorias (Tabla 2.3).
Tabla 2.3 Diferencias entre seguridad social y asistencia social
Seguridad Social |
Asistencia pública |
Régimen legal que establece servicio público |
Sistema presupuestario depende de políticas |
Es exigible y de cumplimiento forzoso |
Es aleatorio y voluntario |
Genera estructura de permanencia |
Está sujeto a decisiones políticas |
Es vinculatorio por los derechohabientes |
No genera ninguna identidad |
Financiamiento autónomo y contributivo |
Programas públicos y colaboración circunstancial |
Fuente: a partir de Mendizábal (2007:44)
Una vez estudiada la asistencia social como un derecho de la población y una obligación del Estado, en el siguiente apartado se estudiará la necesidad de dar atención primaria en salud, tema de trascendental importancia para elevar la calidad de vida de la gente y para que los Estados alcancen los objetivos de bienestar social que merece la población.
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