Para comprender la práctica internacional de la Seguridad Social, del trabajo y la salud en
América y en México, es necesario remontarse a los precedentes de ciertos organismos internacionales en este campo; las naciones deben renunciar al concepto absoluto y tradicional de la soberanía y caracterizarse en el espíritu de solidaridad al aceptar recomendaciones de organismos encargados de promover la extensión y perfeccionamiento de la Seguridad Social, rama del Derecho en que tal sentir ha alcanzado su máxima expresión. La labor que dichos organismos realizan, en cumplimiento de los fines para los que han sido constituidos, es lo que se ha dado en llamar acción internacional o acción política internacional.
En tal sentido Salineros (1969:5) escribe que los Sujetos de la Acción Internacional de la Seguridad son aquellos organismos internacionales que promueven políticas y actividades en tal sentido.
Por las características de este trabajo de investigación, se estudiarán los que realizan actividades dirigidas hacia el trabajo, la salud y la Seguridad Social en América y que por su importancia y contribución se clasifican de acuerdo a Salineros (1969:6) de la siguiente manera:
a) Organismos Internacionales Especializados, y
b) Organismos Internacionales de Carácter Político
Los Organismos Internacionales Especializados son aquellos que dedican el total o gran parte de su actuar a la Seguridad Social, ellos son: La Organización Internacional del Trabajo (OIT), La Asociación Internacional de la Seguridad Social (AISS), La Conferencia Interamericana de Seguridad Social (CISS), y la Organización Iberoamericana de Seguridad Social (OISS).
Los Organismos Internacionales de Carácter Político de acuerdo a Ahumada (1972:107), son aquellos que dedican parte de su actuar al Derecho de la Seguridad Social y políticas en salud, sin constituir ésta su actividad principal y su finalidad, pero si un necesario complemento para alcanzarla, como son la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y el Consejo Económico y Social (ECOSOC), la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
Digna de reconocerse a niveles internacionales los planteamientos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) cuyos planteamientos han sido satisfactorios para la evolución de los sistemas de seguridad social en diversas regiones del mundo.
Acerca de los orígenes de la política internacional de la seguridad social Bufill (1951:222) afirma que la protección de los infortunios y necesidades sociales, con la gran crisis industrial de los siglos XVIII y XIX, adquirió la consideración del problema tan fundamental que no podía circunscribirse a una o mas naciones y ello determinó una serie de esfuerzos para crear asociaciones de Estados encargadas de luchar para el mejoramiento de las condiciones de trabajo y solución de los infortunios sociales. Estos esfuerzos culminaron en el año de 1919 con la creación de la OIT, hecho que marca el punto de partida de una efectiva acción internacional sobre materias de seguridad social. Una política de este tipo es en la necesidad y la solidaridad. Necesidad de conseguir para todas las personas la protección a que tienen derecho y solidaridad entre Estados para reunir, en común, esfuerzos y medios y para obligarse a un comportamiento en consonancia con los fines que se persiguen.
En el año 1890, a iniciativa del Káiser Guillermo II de Alemania, apunta Salineros (1969:8) se reunieron en Berlín representantes de 12 países industriales,
Se adoptaron normas internacionales sobre distintas materias, la importancia de esa reunión radicó en la posibilidad de una legislación internacional de trabajo, después de otras reuniones similares en 1900 se crea en Paris la Asociación Internacional para la Protección Legal de los Trabajadores, en 1905 y 1906 se aprueban dos importantes convenios: uno que prohíbe el uso del fósforo blanco en la fabricación de cerillas y el otro prohibiendo el trabajo nocturno de las mujeres salvo en los pequeños establecimientos; estos constituyen los dos primeros documentos de cooperación internacional; después la Asociación celebra conferencias en Lucerna 1908, Lugano, 1910, Zurich 1912, y Berna 1913, reuniones en las que se aprueban sendos proyectos de Convenio sin llegar a su adopción formal; en 1914 estalla la guerra y se suspenden actividades y conversaciones en torno al mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo de la clase obrera; sin embargo era necesario modificar sustancialmente las políticas laborales, terminaba la guerra y la clase trabajadora que sufrió todo el peso del conflicto debía ayudar a emprender las tareas de reconstrucción27.
Es así como surge la OIT en 1919, como un organismo dependiente de la Sociedad de Naciones, en cumplimiento de una de las cláusulas del Tratado de Versalles, que puso fin a la Primera Guerra Mundial (CIESS, 1984:25).
El tratado consta de 15 partes, preocupándose de materias relativas al trabajo en dos oportunidades: a) La parte primera (Pacto de Sociedad de Naciones) en su artículo 23ª y b) la parte XIII (trabajo). Artículos 387 a 427 (Salineros 1969:9).
Desde su creación estuvo vinculada a la Sociedad de Naciones, y sobrevivió a ésta. En 1944 se reunió en Filadelfia la XXVI Conferencia de la OIT, en la que se adoptó la llamada Declaración de Filadelfia que precisa las finalidades de la Organización y fue incluida como anexo a su Constitución. Posteriormente, durante su XIX Conferencia General, que tuvo lugar en Montreal en 1946, se adoptaron enmiendas a la Constitución que incorporaron a la OIT como el primer organismo especializado de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Estas enmiendas entraron en vigor el 20 de abril de 1948 (CIESS 1984:25).
La OIT tiene como objetivos mejorar las condiciones de vida y de trabajo en todo el mundo y lograr una paz universal. Como lo define la propia OIT28, la Organización se considera un centro de colaboración internacional para asegurar una paz duradera en el mundo eliminando la injusticia social mediante el mejoramiento de las condiciones de trabajo.
Las primeras manifestaciones de la seguridad social en el ámbito internacional se encuentran en la acción normativa de la OIT; de hecho la OIT, desde su creación ha elaborado de manera sostenida los fundamentos conceptuales que ha seguido la seguridad social, ésta forma parte intrínseca y especializada de la OIT.
Las funciones desempeñadas por la OIT en el desarrollo de la seguridad social, no se limitan a establecer normas y objetivos adecuados, interviene también en la investigación y estudio de los problemas que rodean la aplicación práctica y la ejecución de medidas de seguridad social (OIT,
1995:11).
Muchos países han recibido cooperación técnica de la OIT, se ha proporcionado asistencia técnica para planificar o establecer medidas de protección social, así como asesoramiento especializado en muchas áreas de interés, tales como la financiación de prestaciones, como hacerlas operativas, como superar las dificultades administrativas, como ampliar la cobertura para otros sectores de la población, etc.
La OIT se esfuerza constantemente en coordinar sus actividades y mantener cordiales y productivas relaciones con los demás organismos internacionales tanto gubernamentales como especializados (Salineros 1969:31); en lo que a Seguridad Social se refiere colabora con las Naciones Unidas, con el Comité Intergubernamental para las Migraciones Europeas, con la Organización Mundial de Salud (OMS), con la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, con la Unión Europea, con la Organización de Estados Americanos y con la Organización de Estados Centroamericanos.
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