LA COMUNICACIÓN GUBERNAMENTAL EN LOS AYUNTAMIENTOS DE VERACRUZ, PERIODO 2008-2010

Armando Zavariz Vidaña

Los Ayuntamientos de Veracruz y su estructura administrativa

El Ayuntamiento es el órgano de gobierno del municipio que se integra por los ediles siguientes: el presidente municipal; el síndico y los regidores.

Así mismo, el Ayuntamiento cuenta con agentes municipales (que residen en las congregaciones) y subagentes municipales (residen en rancherías, que son parte de las Congregaciones), dependiendo de la extensión territorial del Municipio y de los centros de población que comprenda, los que desempeñan el papel de auxiliares del Ayuntamiento.

El presidente municipal es el edil que preside el Ayuntamiento y se encarga de ejecutar sus acuerdos. Es el responsable del funcionamiento de la administración pública municipal y se encuentra facultado para vigilar las labores de la secretaría del Ayuntamiento, la recaudación de las contribuciones municipales a cargo de la tesorería, así como para nombrar y remover a los demás servidores públicos del Ayuntamiento.

El síndico, es el edil cuya función principal es velar por los intereses del municipio. De acuerdo con el artículo 37 de la ley orgánica  del municipio libre para el estado de Veracruz.

Los regidores representan el número mayor de integrantes de los Ayuntamientos, en el caso de los municipios cuyo tamaño de población amerita que exista más de uno. Su función básica es la de formar parte del cabildo, con voz y voto, para participar en la toma de decisiones en el Ayuntamiento.

La administración pública municipal se integra por órganos mediante los cuales el municipio realiza la prestación de los servicios públicos. Y el objeto de estos servicios es la satisfacción de las necesidades generales o colectivas de la población.

Para cumplir este fin, la Ley Orgánica del Municipio Libre establece, en sus artículos 67 a 91, las características de la administración pública municipal que, en términos generales, se divide en dos grandes ramas: la administración pública municipal centralizada y la administración pública paramunicipal.

La administración pública municipal centralizada se integra por la secretaría del Ayuntamiento, la tesorería municipal, y los órganos, direcciones, departamentos y demás dependencias del Ayuntamiento.

La administración pública paramunicipal se integra por los organismos descentralizados, los fideicomisos públicos y empresas de participación municipal mayoritaria que determine crear el Ayuntamiento.

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