Rogelio Fernández Reyes
La Ley incidió en que los parques naturales fueran espacios donde compatibilizar conservación y desarrollo. No sólo establece la creación de una estructura de administración del parque, sino la creación de figuras (gerentes de fomento) que han de promover la actividad económica en los municipios y en las poblaciones interiores al perímetro del parque natural, sin poner en peligro, degradar o alterar los valores naturales:
“El esquema de planificación de los parques naturales incluye una extensión mayor que la Ley Estatal. No solamente contempla los planes de ordenación de los recursos naturales sino también planes rectores de uso y gestión, planes de desarrollo integral y, por último, programas de fomento. Por lo tanto hay una extensión consciente de las tareas de conservación a la compatibilización de esas tareas con una promoción del desarrollo” (Martínez, 1992: 74).
Sobre el territorio de los parques naturales, el mismo autor señala dos tipologías claramente diferenciadas. Martínez apunta a que existe una disimetría territorial entre los espacios litorales y los espacios del interior.
“La disimetría territorial puede caracterizarse de la siguiente forma:
Los parque litorales, que coinciden mayoritariamente con espacios intensamente urbanizados en su entorno, son parques con actividades productivas importantes que no tienen una especial problemática en cuanto a su desarrollo socio-económico. La mayor parte de los habitantes de tales espacios viven en municipios de más de 10.000 habitantes. Hay una evolución demográfica positiva desde 1960, la tasa de crecimiento acumulado es del 1.2%, tienen una estructura de población joven (tres menores de 15 años por cada mayor de 65) y una tasa migratoria positiva del 3.2%. Los municipios de estos parques naturales tienen una especialización en servicios y una moderada actividad industrial, una actividad agraria secundaria, aunque algunas producciones de máxima rentabilidad se localizan en ellos, sobre todo en el caso de Cabo de Gata, con los cultivos bajo plástico. Es decir, en general variables económicas muy positivas y dinámicas con una renta elevada de los habitantes de los municipios.
Los parques de sierras interiores son parques que dependen de actividades regresivas desde los años 60. Las potencialidades cinegéticas que se dan en la mayor parte de ellos no han sido capaces de generar una actividad estable. La integración de estas economías cerradas en sistemas abiertos de producción industrial no ha sido realizada adecuadamente y los casos de reactivación comarcal suelen tener orígenes diferenciados que, aunque no hay relación entre los recursos naturales, tienen una vinculación simbólica con la imagen de parque natural”.(Martínez, 1992: 74)
Por tanto nos encontramos con dos realidades que responden a dinámicas socioeconómicas muy diferentes que, de nuevo según Martínez, aparecen como un problema doble:
“uno cómo movilizar recursos económicos, técnicos y humanos en el contexto donde nos movemos de una economía de mercado, y por lo tanto en una situación en donde será muy difícil mantener sistemas subsidiados o de subvención o de financiación exclusivamente pública de las actividades a realizar en los parques naturales; y otro, cómo poner valor a los recursos y elementos ambientales hasta ahora sin cuantificación, es decir, cómo poner valor para que se produzca una capitalización en esas zonas de factores socioeconómicos regresivos, a recursos y a los elementos ambientales. Y me estoy refiriendo a actividades que se puedan dar en los parques naturales: actividades recreativas, turísticas, de relación y actividades en general en los propios parques”.
La Red de Parques Naturales representa a 21 espacios. Cuando se creó, tras la Ley de 1989, reunía 22 territorios, de los cuales se retiró el de Sierra Nevada para pasar a una mayor protección con su declaración como parque nacional.
Los parques naturales andaluces recogidos en el inventario de la Ley de 1989 son:
Cabo de Gata-Níjar ,Sierra de María-Los Vélez, Acantilado y Pinar de Barbate, Bahía de Cádiz, Los Alcornocales,Sierra de Grazalema,Sierra de Cardeña y Montoro, Sierra de Hornachuelos, Sierras Subbéticas, Sierra de Baza, Sierra de Castril, Sierra de Huétor, Entorno de Doñana, Sierra de Aracena y Picos de Aroche, Despeñaperros, Sierra de Andújar, Sierra de Cazorla, Segura y Las Villas, Sierra Mágina, Montes de Málaga, Sierra de las Nieves, Sierra Norte de Sevilla, Sierra Nevada
En 1989, cuando se elaboró la Ley, ya existían 6 parques, que serían introducidos en el total menos el Torcal de Antequera (de 1978), que pasó a ser declarado en 1989 como Paraje Natural. El resto de parques naturales eran: Grazalema (de 1984); Cazorla, Segura y Las Villas (de 1986); María-Los Vélez (de 1987), Cabo de Gata-Níjar (de 1987) y Subbética (de 1988). Por tanto con la Ley de Espacios Naturales Protegidos se inventariaron 17 nuevos parques naturales.
3.2.3.- Los Parques Naturales en España y en Europa
En 1995 existían 97 Parques Naturales (bajo este término también se incluyen las categorías de Parque Regional, Parque Rural y la Reserva de la Biosfera de Urdaibai) en España. Con 2.302.321,15 Ha., el 74,8% de la superficie protegida, supone la categoría de protección de la naturaleza que mayor superficie cubre. Son escogidos por sus valores ecológicos, florísticos/faunísticos, geológicos y geomorfológicos en general, pero sobre todo por contener una buena representación de paisajes valiosos, intervenidos históricamente por la actividad humana y cuya permanencia depende de esta actividad. (Fernández y de Lucio, 1995: 88)
Tal como indican ambos autores los parques naturales tienen un origen europeo:
“A diferencia de los Parques Nacionales, que tienen su origen en Estados Unidos y se han extendido mayoritariamente por países con una gran superficie territorial en estado silvestre o apenas alterado, los PNR (Parques Naturales) han nacido en Europa con el propósito de mantener espacios naturales o seminaturales que se han formado a través de la interacción armónica del hombre con la naturaleza desde antaño. La conservación de la naturaleza asociada a prácticas tradicionales de uso del territorio, la permanencia de especies y paisajes amenazados por el abandono del campo y de las prácticas tradicionales, y la aparición de nuevos usos como el turismo y el recreo, proporcionan el encuadre de gestión de los PNR en Europa” (Fernández y de Lucio, 1995: 88)
Las distintas comunidades autónomas han designado la figura de PNR a sus espacios conforme han ido adquiriendo competencias. Es la denominación más usada salvo en Baleares y Navarra.
La figura del PNR aparece por primera vez contemplada en la legislación española en 1975 (Ley de 2 de mayo de 1975 sobre espacios naturales protegidos), aunque ya en 1973 la diputación provincial de Barcelona otorgó esta denominación a las sierras de Sant Llorent de Munt y L´Obac mediante su Ley del Suelo. Casi todas las comunidades autónomas han considerado la categoría de PNR en sus propias leyes o en base a la Ley 4/89, creando áreas protegidas bajo la categoría de Parque con el apelativo que considerasen más adecuado a las finalidades de protección. (Fernández y de Lucio, 1995: 88).
En la clasificación de la UICN (Unión Internacional para la Protección de la Naturaleza), los PNR se integrarían en la categoría V, que incluye áreas de armoniosa interacción entre la población y el medio natural. Dentro de esta categoría se encuentran el 66,8% de los espacios protegidos europeos, frente al 15,2 a nivel mundial. Los PNR, por tanto, representan una visión original de conservación de la naturaleza particularmente adptada a paisajes largamente intervenidos por la actividad humana.(Fernández y de Lucio, 1995: 91).
Según Aitken Clark, presidente de la Federación Europea de Parques Naturales y Nacionales (FEPNN), ésta es una organización panaeuropea que agrupa a 150 organizaciones de 24 países, independientemente de la opción política:
“Ya en la década de los 70 comenzaron a establecerse relaciones con los países del Pacto de Varsovia, como expresión de que los límites políticos no tienen sentido cuando se habla de conservación” (Clark, 1993: 95).
Además de fomentar la declaración de nuevas áreas protegidas, la Federación intenta lograr una mayor protección y mejora de los existentes. Asimismo, también promociona los parques transfronterizos,
“una tarea que se percibe cada vez más urgente en Europa, dada la actual fragmentación política que está teniendo lugar” (Clark, 1993: 95).
Integra a los gestores de los parques y sus equipos especializados, que traduce la teoría de la conservación a la práctica diaria. Para ello sus funciones se centran en dos niveles: el estratégico y el práctico. El nivel estratégico implica el contacto con la Comisión Europea en Bruselas, el Consejo de Europa en Estrasburgo y los organismos nacionales que promueven similares objetivos a los de la FEPNN a escala panaeuropea. También se desarrolla una estrecha cooperación con IUCN, WWF y otras asociaciones no gubernamentales. En la función práctica, la Federación explota la red de conocimientos especiales así como la experiencia dentro de la organización,
“una experiencia que cobra sentido a través de proyectos conjuntos elaborados con organizaciones asociadas como parte de la estrategia de conservación europea planteada en las cumbres de Caracas y Río”. (Clark, 1993: 95)