Tesis doctorales de Ciencias Sociales


ARMONIZACI�N LEGISLATIVA EN MATERIA DE SALVATAJE DE EMPRESAS EN EL MERCOSUR: �UNA QUIMERA O UNA NECESIDAD?

M�nica Sof�a Rodriguez



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CAP�TULO VI: EL SALVATAJE EMPRESARIAL

Introducci�n

T�tulo I: El salvataje: a) La conservaci�n de la empresa en crisis.

b) Distintas formas de salvataje de empresas: Soluciones extra-concursales: La utilizaci�n del cr�dito � la letra de cambio � el leasing � el factoring � la asociaci�n de cuentas en participaci�n � la fusi�n � la adquisici�n de empresas: El leverage buy out (L.B.O) como alternativa corriente de adquisici�n de empresas.

c) Soluciones concursales: El concurso preventivo � El acuerdo preventivo extraconcursal � El cramdown � La administraci�n controlada.

T�tulo II: Derecho Comparado: Distintos procedimientos de reflotamiento o salvataje en el derecho comparado:

a) Los acuerdos extrajudiciales en el derecho comparado: derecho franc�s, alem�n, espa�ol y peruano.

b) Los procedimientos judiciales en la legislaci�n europea: derecho alem�n, franc�s, espa�ol, italiano, holand�s, ingl�s.

c) Los procedimientos judiciales en la legislaci�n americana: derecho uruguayo, brasile�o, venezolano, boliviano, peruano, costarricense, colombiano y norteamericano.

T�tulo III Distintos procedimientos de salvataje en el derecho argentino: Introducci�n � a) El concurso preventivo � b) El acuerdo preventivo extrajudicial: Naturaleza jur�dica � Presupuesto objetivo � Evoluci�n legislativa del ape � Sujetos y causales � La homologaci�n del acuerdo - El rechazo del acuerdo por los acreedores y el cramdown power � Efectos de la homologaci�n - El acuerdo homologado y la novaci�n de obligaciones � La nulidad del acuerdo homologado - Acuerdo extrajudicial no homologado. � c) El cramdown: Concepto y finalidad.

Introducci�n:

La finalidad del derecho concursal durante el siglo XIX, si bien hab�a superado el antiguo concepto resarcitorio o de autodisciplina de los or�genes estatutarios, hab�a focalizado todo su empe�o en el intento liquidativo bajo la premisa seg�n la cual las reglas del mercado eliminar�an a los sujetos que no puedan adecuarse a ellas en forma que s�lo subsistan los m�s aptos.

Hasta no hace muchos a�os las soluciones preventivas eran reservadas al comerciante onesto ma sventurato, inclusive el r�gimen franc�s de 1.955 vinculaba la suerte de la empresa a la moralidad comercial del deudor, lo cual fue considerado un defecto notable pues pod�a conducir a la desaparici�n de empresas viables.

Un hito que cambia la orientaci�n del derecho concursal lo constituye la legislaci�n italiana de 1.942, que es seguida de reformas en la legislaci�n de muchos pa�ses europeos continentales, y particularmente por un intenso trabajo doctrinario que pone de relieve la necesidad de preservar la empresa como entidad social y econ�micamente significativa.

En el derecho concursal contempor�neo se regulan soluciones coyunturales al problema de las empresas con dificultades econ�micas que se engloban bajo la denominaci�n de institutos reorganizativos y que son cualitativamente diferentes de las que se establecen respecto a aquellas empresas que se encuentran en estado de insolvencia, en cuyo caso la soluci�n la constituye el tradicional procedimiento de quiebra.

La reorganizaci�n comporta poderes de estructuraci�n de la empresa y conlleva la introducci�n de transformaciones dr�sticas e importantes en la estructura financiera y en el esquema organizativo y estatutario de la empresa.

Se expanden as� las soluciones preventivas facilit�ndose notablemente el acceso a ellas y su resoluci�n favorable. Se privilegian otros intereses por encima del de los acreedores, particularmente el inter�s de la comunidad dirigi�ndose el enfoque a la preservaci�n de la empresa como fuente de puestos de empleo y de producci�n de bienes y servicios �tiles; lo que se identific� como el �inter�s general�.

Esto que fue puesto en relieve, se patentiz� en algunas soluciones como la ley francesa del 25 de enero de 1.985, que al receptar como principio inicial y fundamental la preeminencia de la empresa estableci� que sus fines son: 1) el salvataje de la empresa; 2) el mantenimiento del empleo y la actividad; 3) el pago del pasivo. La doctrina y la jurisprudencia coincidieron en que era una enumeraci�n jerarquizada, apareciendo el salvataje de la empresa, como el objetivo mayor de la ley.


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