LAS EMPRESAS MULTINACIONALES EN MÉXICO Y LA EVASIÓN EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Martha Luisa Puente Esparza
En un estudio de la Cámara de Diputados, se efectúa un análisis de la ineficiencia del sistema tributario mexicano a través de los siguientes índices de recaudación tributaria: concentración, erosión rezagos, costos.
a. Índice de concentración. Este índice se refiere al número de impuestos existentes en la estructura impositiva y su contribución a la recaudación total. Cuanto mayor sea el índice, mayor será la concentración de los ingresos en unos cuantos impuestos. Cuanto más bajo es el índice, menor es la concentración. En un buen sistema impositivo, una gran proporción de los ingresos tributarios totales proviene de pocos impuestos, con tasas impositivas reducidas y uniformes.
Cuando la recaudación total se vuelve difusa, debido a que prevalece una gran variedad de impuestos o porque para un determinado impuesto existen varias tasas impositivas, se dificulta la conducción de la política tributaria.
La ventaja evidente que se tendría con una mayor concentración es, que el sistema tributario se vuelve más transparente y más manejable. Lo ideal sería contar con tres grandes impuestos y rangos de tasas impositivas, si no es que hasta menos. En el caso de México, el índice de concentración es bajo. Esto obedece a que existen varios impuestos y todos contribuyen a la recaudación.
b. Índice de erosión. La erosión del sistema tributario se origina por diversas exenciones, deducciones, tasas cero o por acciones ilegales (evasión, elusión, contrabando, inflación) Independientemente del origen, siempre lleva a una reducción de la base gravable.
La erosión de la base gravable es uno de los principales problemas de la estructura impositiva mexicana. La mejor manera de mostrar que en México la base impositiva se encuentra muy erosionada es cuando se revisa la relación entre el cobro de los impuestos y el PIB, tomando a éste como la medida de capacidad de pago.
En el caso del ISR de las personas físicas y morales dicha relación equivale a 4.5% del PIB y la relación IVA/PIB es de sólo 3.1%. La baja participación de estos impuestos como proporción del PIB se debe a que la base está erosionada y a que mucha gente no paga lo que debe.
c. Índice de rezagos en la recaudación. Este índice se refiere al periodo de retraso en los pagos de impuestos más allá del tiempo en el cual debe cumplirse la obligación fiscal. Estos retrasos provienen de las disposiciones administrativas que permiten que el contribuyente pague sus impuestos mucho tiempo después de que se ha incurrido en una obligación tributaria. 70
En general, este tipo de rezagos lleva a la ineficiencia del sistema impositivo independientemente de qué tan bien diseñada esté la estructura impositiva. De esta manera, la relación ingresos tributarios/PIB se vuelve muy sensible a la tasa inflacionaria, bajando esta relación cuando la inflación sube y aumentándola cuando la inflación baja.
d. Índice del costo en la recaudación. Es evidente que cuanto más bajo es el costo de la recaudación y más eficiente el desempeño de esta tarea, tanto menor es el índice del costo en la recaudación, por lo que el sistema tributario de un país es mejor. Un menor costo implica también mayor eficiencia y menor pérdida de bienestar. Costo implica también, mayor eficiencia y menor pérdida de bienestar.
México no se caracteriza precisamente por tener un bajo costo en la recaudación de ingresos tributarios. Existen cálculos que indican que por cada peso recaudado se incurre en un costo administrativo adicional de aproximadamente 30 centavos, por lo que la recaudación tributaria en nuestro país se considera costosa e ineficiente. El SAT en su boletín del 13 de febrero de 2006 señala que dentro de los datos más relevantes de su informe trimestral, que el costo por peso recaudado continua disminuyendo (considerando la recaudación bruta, cada peso recaudado conlleva un costo de $0.09 centavos) En conclusión, para minimizar los problemas estructurales del sistema tributario es necesario, que el sistema impositivo mexicano satisfaga los siguientes requisitos de desempeño: • Índice alto de concentración; • Índice bajo de dispersión y erosión; • Índice bajo de rezago en la recaudación; • Índice bajo de especificidad impositiva; • Índice alto de obligatoriedad en el cumplimiento aunado a una estructura de penalizaciones razonable; y • Bajo costo y alta eficiencia en la recaudación
Una batalla contra la evasión fiscal se ha planteado en el transcurso del tiempo, considerando como puntos básicos la estructura y la administración, coincidiendo con lo que se ha mencionado en párrafos que anteceden. Murillo, Saavedra (1999) indican que tratándose de la reforma estructural de la Administración Fiscal de México, se deben aunar a los principios considerados en el ámbito nacional, entre otros:
1. Lograr el consenso político sobre la necesidad de reformar el sistema tributario; en su estructura y en su administración, buscando sea sostenible.
2. Simplificación del sistema fiscal para facilitar la administración y, reducción de costos para los contribuyentes por el cumplimiento de sus obligaciones.
3. Ofrecimiento de trato diferencial de acuerdo a la capacidad del contribuyente y, la creación en 1999 de la unidad especial de fiscalización de la SHCP para los grandes contribuyentes.
Respecto del enunciado número 3, en forma extraoficial se sabe que el personal de la SHCP, destinado a las auditorías para el cumplimiento de Precios de Transferencia en la Administración Central era de 15 personas en 2004. Los mandos superiores para el departamento que vigila el cumplimiento de este tipo de contribuyentes se han pasado a la iniciativa privada. Bergman (2001) presenta la siguiente información al respecto.
Del concepto de viabilidad (sostenibilidad) tratado en el punto número 2, Santaella (2001) considera que se refiere a la trayectoria planeada de antemano del superávit primario y, no a la trayectoria histórica del mismo, estudia esa viabilidad por el periodo 2000-2025, considerando la actualidad del país, indicando que si bien no se prevén problemas por ello en un futuro cercano, deberá reconocerse de las obligaciones contingentes del sector público fácilmente traslada la política fiscal a una senda insostenible en el largo plazo.
Hernández, Scott, Andrés y Zamudio (2001) consideran necesario establecer porqué no se recauda, en el estudio que desarrollaron sugieren:
1. Por un sistema complejo con muchos tratamientos especiales, con huecos en la Ley, facilitando la elusión y evasión fiscal.
2. Deficiente sistema de recaudación.
Continuando con la coincidencia en las causas que propician el fracaso de la recaudación que le corresponde a la Hacienda Pública, Chávez (2001) expone que las reformas fiscales han fracasado por el bajo crecimiento económico. La limitada expansión de la base de causantes, la tortuosa administración tributaria y los pobres combates a la elusión y evasión fiscal.
Las figuras anteriores permiten observar que en función de nuestro entorno geográfico, sin las potencias que representan Estados Unidos y Canadá, cuyas cifras se encuentran incluidas en los datos que presenta la OCDE, México tiene la menor carga fiscal en función de porcentaje y aun con esto, tiene menores ingresos tributarios.
Esto confirma la importancia del tema y poder determinar, si el actuar de las organizaciones transnacionales y la excesiva reglamentación fiscal en México, comparado con sus principales socios comerciales y con la OCDE, que se presenta en el Anexo 1, impactan en la disminución de los ingresos fiscales y como consecuencia de esto, en el no cumplimiento de las funciones sociales del gobierno. Coinciden en este punto Gropp, Kostial (2001), indicando que la habilidad de las empresas multinacionales por minimizar su carga impositiva o escapar en su totalidad de ella, tiene considerables implicaciones en la estructura fiscales de esos países, con posibilidad de ocasionar retroceso en la estructura de los sistemas impositivos, gran déficit presupuestal o una reducción en el gasto público.
La figura 4.3 permite observar lo que se pretende probar con la presente investigación, partiendo de las estrategias comerciales de las empresas multinacionales, en el ámbito fiscal de los precios de transferencia. Latapí (2003); Gropp, Kostial (2001) coinciden en este aspecto, al considerar que la práctica nociva entre Estados por atraer la IED, puede generar distorsión del comercio e inversión pudiendo llevar a la erosión de las bases impositivas nacionales.
Lo excesivo y complejo de los requerimientos fiscales es una realidad, es tema vigente qué cada vez toma más relevancia, tanto para las autoridades fiscales como en las empresas. OCDE (1999) en un estudio elaborado sobre nuestro país, como medidas adicionales recomiendan algunos mecanismos para reducir la evasión fiscal, medidas de mayor control sobre los contribuyentes y las auditorias que se les practican. Gropp, Kostial (2001) establecen que los países no han ampliado su base de contribuyentes, en forma conjunta con la disminución de las tasas, según el estudio efectuado en los países miembros de la OCDE, entre 1988 y 1997 éstas se redujeron de un 44 por ciento a un 36 por ciento en términos generales.
El resumen de la evolución en la reglamentación fiscal en nuestro país presentado anteriormente, confirma lo expresado en el párrafo que antecede en cuanto a lo excesivo y, complejo. Sin embargo, aún con el interés observado por la autoridad fiscal, se hace necesario una reglamentación que sea precisa, viable y de acuerdo a la realidad del país como ya se había mencionado, que facilite el cumplimiento por parte de los contribuyentes y sea acorde con: el interés del gobierno federal, de la apertura comercial, de la inversión y del pago justo de impuestos como resultado de esas operaciones comerciales.
Esta necesidad se ve confirmada por el estudio de los maestros investigadores de la Universidad de Florida Simon Pak y John Zdanowikz (2001), en el cual determinan que la reglamentación fiscal sobre precios de transferencia en la Unión Americana, no evitó la evasión fiscal en operaciones de comercio exterior en el año 1999 por 42 billones de dólares. Bergman et al (2005) hacen mención del trabajo presentado por estos autores en 2001, en el cual indican que encontraron en su estudio que los tres países que en el año 2000 realizaron mayor elusión por medio de Precios de transferencia son Canadá, Japón y México (en ese orden), en relación al comercio con los EUA, haciendo notar que estos países son los principales socios comerciales en el año de su investigación.
La anterior referencia permite observar que sí en ese país, aun con el régimen fiscal establecido, los recursos humanos y económicos con que cuentan, no han podido evitar la evasión, se hace necesario una investigación que permita a la autoridad fiscal de nuestro país, visualizar y tomar conciencia de que tal vez un modelo de organismos internacionales no siempre puede ser un esquema adecuado para nuestra realidad económica, política y social para enfrentar con éxito el objetivo de la recaudación. No se puede descartar la experiencia de esos organismos respecto del tema, se trata de encontrar un modelo que se adecue a la realidad del país.
La excesiva reglamentación, los constantes cambios en las mismas por medio de la Resolución Miscelánea, las exenciones vía los regímenes especiales y la economía informal, representa para las empresas enfrentar desafíos, tanto en el cumplimiento de los requerimientos de la autoridad fiscal como en el aspecto financiero, para cumplir en este caso en especial con la normatividad de precios de transferencia.