EL IMPACTO TRIBUTARIO DE LA ECONOMÍA INFORMAL EN MÉXICO. EN BUSCA DE UNA PROPUESTA ESTRUCTURAL
Emigdio Archundia Fernández
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En lo relativo a impuestos, el Artículo 2°. del Código Fiscal de la Federación dice que los impuestos son las contribuciones establecidas en Ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentren en la situación jurídica o de hecho previstas por la misma y que sean distintas de las señaladas en las Fracciones II, III y IV de este Artículo. Como puede apreciarse este concepto señala claramente la definición para efectos fiscales que reconoce el Derecho Fiscal Mexicano, nace de la palabra imponer que significa determinar un gravamen. En exclusión, este Artículo señala que no son impuestos las aportaciones de seguridad social, las contribuciones de mejoras y los derechos que se mencionan en el propio Artículo 2°. del Código Fiscal de la Federación.
De acuerdo con el Diccionario Mexicano, los impuestos es la obligación coactiva y sin contraprestaciones de efectuar una transmisión de valores económicos -casi siempre en dinero-, a favor del Estado y de las instituciones autorizadas jurídicamente por él mismo, debidamente sustentado en Ley.
Otra definición es, son prestaciones en dinero o en especie que fija la Ley con carácter general y obligatorio a cargo de las personas físicas y morales para contribuir con el gasto público.
Se puede definir también, como que son la parte de la renta nacional que el Estado se apropia, satisfacción de las necesidades públicas, además, se puede concebir que los impuestos son una reducción de la riqueza privada, adquirida por el Estado o por sus entidades menores, destinada para e! cumplimiento de los fines generales de la vida pública.
La diversidad de definiciones se muestra como lo señala Donato Giannini (1957:134) “una prestación pecuniaria que un ente público tiene derecho a exigir en virtud de su potestad de imperio originaria o derivada, en los casos, en la medida y según los modos establecidos en la Ley, con el fin de conseguir un ingreso”. En el caso de Jarach (1983:232), el especifica la definición de los impuestos en que, llámese impuesto al tributo que se establece sobre los sujetos en razón de la valorización política de una manifestación de la riqueza objetiva o subjetiva teniendo en cuenta las circunstancias personales de los sujetos pasivos, tales como estado civil, cargas de familia, monto total de ingresos y fortunas. De igual forma, Sergio Francisco de la Garza (1992:873), donde define magistralmente que el impuesto es una prestación en dinero o en especie de naturaleza tributaria, ex lege, cuyo presupuesto es un hecho o una situación jurídica que no constituye una actividad del Estado referida al obligado y destinada a cubrir los gastos públicos.
Características de los Impuestos.
Los impuestos tienen las siguientes características:
a) Es la cantidad que constituye una obligación.
b) Deben ser establecidos por la Ley.
c) Debe ser proporcional y equitativo.
d) Está a cargo de personas físicas y morales.
e) Que se encuentran en la situación jurídica prevista por la Ley.
f) Debe destinarse a cubrir los gastos públicos.
En los elementos de los impuestos encontramos al sujeto, al objeto, la unidad fiscal, la cuota o tasa, la base y la tarifa.
Regresando un poco, se puede concretar lo siguiente referente a otra definición de los impuestos.