LAS COOPERATIVAS DE SEGUNDO GRADO COMO FORMA DE INTEGRACIÓN:
ESPECIAL REFERENCIA AL EFECTO IMPOSITIVO
Raquel Puentes Poyatos
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A continuación en las tablas 8.37 y tabla 8.38 se muestra la variación experimentada por el TIE “Fiscal”, para cada sociedad y para el total de la muestra.
Tal y como recogen las tablas 8.37 y 8.38 la presión fiscal medida por el TIE “Fiscal” ha sufrido una reducción tras la reforma, tanto para el caso en el que el FRO sea menor al capital social como para cuando sea mayor. El descenso de éste ha sido de un punto.
A su vez se ha realizado un test de comparación de medias para conocer si las diferencias entre el TIE “Fiscal” antes y después de la reforma son significativas, obteniéndose un valor del estadístico t de 0,230, cuando el FRO sea menor al capital social, y de 0,220, cuando el FRO es mayor, que no resulta significativo . Tal resultado, coincidente con el obtenido con el TIE “Contable”, indica que las diferencias existentes entre la presión fiscal, medida a través del TIE “Fiscal”, no son estadísticamente significativas.
El origen del descenso de la presión fiscal tras la reforma, también hay que buscarlo en las variables que influyen en el TIE “Fiscal”, las cuales son:
• Diferencias permanentes: (entre otras)
- Deducciones de las dotaciones a los fondos obligatorios.
• Diferencias temporales.
• Compensación de cuotas íntegras negativas.
• Deducciones y bonificaciones.
Como ya se indicó, ninguna sociedad ha aplicado diferencias temporales, por lo que esta variable puede ser desechada como origen de la variación.
Por lo que respecta a la compensación de cuotas íntegras negativas y a las deducciones y bonificaciones, estás variables han permanecido constantes durante todo el estudio.
Por último, las diferencias permanentes, variable también existente en el TIE “Contable”, han permanecido constantes, a excepción de la diferencia permanente que surge por la deducción de las dotaciones a los fondos obligatorios, cuyo procedimiento de determinación ha sido modificado tras la reforma de la LSCA.
Hemos de resaltar que las reducciones experimentadas por el TIE “Fiscal” después de impuesto son idénticas a las experimentadas por el TIE “Contable”, lo que implica que ha sido la misma variable que ha afectado a éste la que lo ha hecho en el TIE “Fiscal”. En consecuencia, las variaciones experimentadas por ambos TIEs –Contable y Fiscal– tienen su origen en una misma causa: Las dotaciones a los fondos obligatorios.
Al igual que en el caso anterior, se puede observar como las sociedades presentan un mayor TIE “Fiscal”, cuando el FRO es mayor al capital social, también originado por la diferencia (en cuanto a porcentajes se refiere) de la dotación mínima al FRO por parte de los resultados cooperativos cuando el FRO es menor o mayor a éste.
Es preciso remarcar que los resultados obtenidos con el TIE “Contable” por cada sociedad son coincidentes con los obtenidos con el TIE “Fiscal” a excepción de la SCSG1 y SCSG7, debido a que salvo en éstas últimas las variables que han afectado a ambos TIEs han sido las mismas –diferencias permanentes y deducciones y bonificaciones–. Las sociedades SCSG1 y SCSG7, no han presentado iguales TIEs debido a que a efectos fiscales han compensado pérdidas de ejercicios anteriores, hecho que ha originado una menor carga fiscal.
Finalmente, para facilitar la comparación entre los TIEs “Fiscales” se presentan dos gráficos, gráfico 8.5 y gráfico 8.6.