Tesis doctorales de Econom�a


LAS COOPERATIVAS DE SEGUNDO GRADO COMO FORMA DE INTEGRACI�N:
ESPECIAL REFERENCIA AL EFECTO IMPOSITIVO

Raquel Puentes Poyatos


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8.5. RECAPITULACI�N.

Respecto al estudio del nivel medio de informaci�n fiscal aportada, los resultados obtenidos ponen de relieve que:

� La mayor informaci�n que aportan las sociedades de la muestra est� relacionada con los �temes de informaci�n obligatoria relativos a la distribuci�n de resultados y a los criterios de contabilizaci�n del Impuesto sobre Sociedades, cuyos niveles se sit�an ente el 80% y 70%, y con el �tem de informaci�n voluntaria relativo a si informan o no sobre las dotaciones a los fondos obligatorios, el cual adquiere un valor del 100%.

� En el Grupo Memoria abreviada, la informaci�n sobre los �temes directamente relacionados con la situaci�n fiscal es nula, limit�ndose a informar el 33,3% de sus sociedades de la conciliaci�n de resultados, aunque no lo hacen en base al esquema establecido en el PGC, y el 16,7% diferenciando en la misma los resultados cooperativos y extracooperativos.

� En el Grupo Memoria normal, el 60% de las sociedades de este grupo informan de la conciliaci�n de resultados, siendo el 49,8% las que concilian bas�ndose en el esquema del PGC. El resto de �temes directamente relacionados con la situaci�n fiscal no superan un nivel del 50%, excepto el �tem relativo a la diferenciaci�n de las diferencias permanentes positivas y negativas.

� El nivel medio de informaci�n obligatoria aportado por las sociedades del Grupo Memoria normal es sumamente inferior al presentado por el Grupo Memoria abreviada, un 41% frente un 75%, no cumpliendo este grupo con los m�nimos exigidos en el PGC. Este nivel de informaci�n fiscal nos parece muy deficiente, m�xime cuando se trata de informaci�n obligatoria.

� El nivel medio de informaci�n voluntaria aportado por las sociedades del Grupo Memoria normal es mayor al presentado por el Grupo Memoria abreviada, un 32% frente a un 18%, niveles que en ambos casos consideramos insuficientes, puesto que es a partir de esta informaci�n voluntaria donde se muestran las singularidades tributarias de este tipo social.

� A pesar de que el nivel medio de informaci�n fiscal total en el Grupo Memoria normal es mayor al presentado en el grupo Memoria abreviada, en 5 puntos, tal variaci�n no es estad�sticamente significativa. Se ha obtenido un valor del estad�stico t que salvo para la informaci�n obligatoria, no resulta significativo. En consecuencia, seg�n estos datos, las �nicas variaciones, respecto al nivel de informaci�n fiscal presentada por uno y otro grupo, que son estad�sticamente significativas son las relativas al nivel de informaci�n obligatoria, no siendo significativa la variaci�n de informaci�n fiscal total que aportan.

� Aquellas sociedades que aportan mayor informaci�n obligatoria, son tambi�n las que presentan mayor informaci�n voluntaria.

� El nivel medio de informaci�n fiscal, ya sea obligatoria o voluntaria, aportado por las sociedades, es mayor cuando �stas presentan cuotas integras positivas en el ejercicio.

En definitiva, existe una deficiente informaci�n contenida en la Memoria, la cual es poco relevante y fiable. Se hace imposible poder analizar de forma objetiva la situaci�n fiscal y el efecto impositivo en las sociedades cooperativas, debido a que dicha informaci�n no cumple con las caracter�sticas b�sicas de la informaci�n financiera.

La falta de relevancia y fiabilidad, origina que las Cuentas Anuales de las sociedades cooperativas sean dif�ciles de analizar por parte de los usuarios externos de dicha informaci�n, adem�s de dificultar la comparabilidad de �stas entre s�, as� como con el resto de empresas del mercado.

El origen de esta desinformaci�n a nivel fiscal, no est� s�lo en que las sociedades sean reacias a informar sobre los aspectos fiscales, sino tambi�n en la falta de una regulaci�n contable que considere las caracter�sticas de �stas. Como ya se indic� en cap�tulos anteriores, recientemente se han publicado las NCSC, cuyo objetivo es adaptar las normas del PGC a las sociedades cooperativas. Por lo tanto, a partir de la entrada en vigor de estas normas, en el 2004, las Cuentas Anuales recoger�n las singularidades propias de las sociedades cooperativas, debiendo de suministrar como informaci�n fiscal obligatoria la informaci�n que hemos establecido en el an�lisis como voluntaria.

Del an�lisis de las cuentas anuales, se ha observado tambi�n que la mayor�a de las sociedades incurre en errores conceptuales, tanto contables como fiscales, los cuales tendr�n efectos sobre la presi�n fiscal soportada. Tal y como ya se indic�, no realizan las dotaciones a fondos obligatorios correctamente, las deducciones por tales conceptos tampoco se aplican de forma adecuada, la gran mayor�a no consideran separadamente los resultados cooperativos y extracooperativos, no imputan diferencias temporales, y, en determinados casos no compensan resultados negativos de ejercicios anteriores, etc..

La situaci�n aqu� expuesta, junto con los datos obtenidos v�a encuesta ha hecho que lleguemos a la conclusi�n de que la operativa contable y fiscal en �stas no se adecua en la mayor�a de los casos a las reglas establecidas en la normativa contable y fiscal. �sto nos lleva a pensar que son gestionadas por personal poco cualificado, cuya principal consecuencia es la falta de conocimiento a nivel contable y fiscal.

Ante esta situaci�n planteada recomendamos que:

 Las sociedades actualicen sus conocimientos contables y fiscales, m�xime cuando la normativa contable est� siendo modificada actualmente.

 Dado que la contabilidad y la fiscalidad est�n �ntimamente relacionadas recomendamos que sea una persona cualificada o experta, sea la encargada de estos dos �mbitos.

 Se cumplan con los m�nimos exigidos por ley para la elaboraci�n de los estados financieros, pues �stos son la presentaci�n de la entidad ante futuros socios y ante la sociedad en general, y si no presentan una imagen fiel su informaci�n carece de fiabilidad y relevancia.

En cuanto, al estudio de la presi�n fiscal, se ha llegado a las siguientes conclusiones:

� El TIE Soportado por las sociedades, calculado en base al gasto por impuesto devengado y el resultado contable antes de impuesto, tomados de la cuenta de P�rdidas y Ganancias, no es representativo de la verdadera presi�n fiscal soportada debido a que las sociedades han cometido errores conceptuales a la hora de la determinaci�n del gasto por impuesto.

� Al determinar el TIE Contable que tendr�an que haber soportado aplicando la LSCA antes de la reforma, se ha observado que en ning�n caso �ste ha coincidido con el TIE Soportado, bien por exceso o por defecto.

� Tras la reforma de la LSCA la presi�n fiscal, medida por el TIE Contable o por el TIE Fiscal, desciende, debido a que las dotaciones a los fondos obligatorios despu�s de impuestos permiten una mayor deducci�n en la liquidaci�n del Impuesto sobre Sociedades. Sin embargo, las discrepancias entre los TIEs antes y despu�s de la reforma no son estad�sticamente significativas.

� El TIE medio soportado por el total de la muestra ha sido superior al que realmente deber�an haber soportado. En consecuencia, las SCSG en su conjunto est�n incurriendo en un coste de oportunidad, en la medida que la mayor presi�n fiscal que soportan implicar� una menor rentabilidad para el conjunto de la muestra. No obstante, dicha variaci�n no es estad�sticamente representativa.

As� mismo, despu�s de la reforma de la LSCA, la presi�n fiscal media de la muestra calculada, es inferior, en un punto, a la que realmente soportar�an antes de la misma. Es necesario indicar, que este descenso no es significativo estad�sticamente.

� Las SCSG tendr�n un mayor TIE, tanto Contable como Fiscal, cuando el FRO sea mayor al capital social �al 50% de �ste�, que cuando �ste sea menor. Sin embargo, la variaci�n de presi�n fiscal que implica este hecho no es estad�sticamente significativa.

� La presi�n fiscal soportada por las SCSG, antes o despu�s de la reforma de la LSCA, es sumamente inferior si �stas tributar�n por la LRFC, que si estuvieran sujetas a la LIS. Con �sto se prueba la protecci�n fiscal de la que gozan. Protecci�n que tienen a�n en el caso de ser consideradas como sociedades no protegidas a efectos fiscales, pues aunque �stas no van a gozar de los beneficios fiscales que se establecen para las protegidas y especialmente protegidas, s� que estar�n sujetas a las reglas especiales o t�cnicas aplicables para la determinaci�n del Impuesto sobre Sociedades. Esto implicar�, en �ste caso tambi�n, que su TIE sea menor que el que presentar�an si estuvieran sujetas a la LIS. El ahorro fiscal que supone tributar por la LRFC y no por la LIS, es significativo desde un punto de vista estad�stico.

� Las variables que mayor influencia han tenido sobre la presi�n fiscal calculada a trav�s del TIE �Contable� y del TIE �Fiscal�, han sido:

 La tipolog�a de resultados que presente la sociedad. Ante un importe dado de resultado contable:

 Aquellas que presenten exclusivamente resultados cooperativos soportar�n una menor presi�n fiscal que aquellas que presenten resultados extracooperativos y extraordinarios.

 Aquellas que presentando resultados cooperativos �nicamente presenten resultados extracooperativos, soportar�n una mayor presi�n fiscal que si presentar�n tambi�n resultados extraordinarios.

 Las dotaciones a los fondos obligatorios antes o despu�s de impuestos.

 Los porcentajes aplicados sobre los excedentes que deben destinarse obligatoriamente a los fondos obligatorios, condicionado a que el FRO sea mayor o menor al capital social.

 La aplicaci�n de deducciones y bonificaciones.

 La compensaci�n de p�rdidas antes de dotar fondos.

 La compensaci�n de cuotas �ntegras negativas.

En definitiva, con la informaci�n manejada, se ha observado que las SCSG no aplican correctamente la normativa contable y menos a�n la fiscal. Esta situaci�n ha originado que unas hayan soportado una carga tributaria superior y, est�n dejando de ganar �coste de oportunidad�, y otras hayan soportado una presi�n fiscal menor, con la consecuente posibilidad de la apertura de una inspecci�n fiscal.


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