Tesis doctorales de Economía


INSUFICIENCIAS LEGALES DE LA REDUCCIÓN DE CAPITAL EN LAS PEQUEÑAS EMPRESAS AGROINDUSTRIALES Caso Colima 2004-2005

Martín Álvarez Ochoa

 

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1.7.2 Variables independientes:

1. Reducción de capital.

Se refiere al proceso mediante el cual al constituir la asamblea extraordinaria ha cumplido con los requisitos legales de acuerdo al tipo de sociedad mercantil y que observando las causas económicas como son: A. Sobre capitalización B. Retiro de socios o accionistas C. Aplicación de pérdidas D. Amortización de acciones.

Entre otros aspectos que se ven reflejados en el proceso de la reducción de capital de la sociedad, donde los contadores conocen los efectos y los procesos de esta variable la cual en términos se expresa como:
S=
= 13
1 RC i PiEi i: Corresponde al número de cada una de las trece preguntas concretas del cuestionario que ejemplifican la reducción de capital desde el proceso contable, así como de los efectos incluso de la elusión fiscal, así como cualquiera de las diversos tipos: reembolso, amortización y pago de pérdidas.

P: es propiamente la pregunta sobre reducción de capital o reembolso, con los valores de uno a cinco, donde el primero es nunca y el segundo es siempre.

E: Corresponde al nivel de aplicación en función a la reducción de capital y es el valor ponderado el cual se resume en el siguiente cuadro: Cuadro 3. Constructo de valores sobre la reducción de capital fuente propia Preguntas Etapa E Valor i 4, 8, 11 y 17 Proceso legal de la reducción de capital 1 5, 6, 9, 10, 13y 18 Efectos que se producen al utilizar la reducción de capital 3.5 12, 15, 16 y 20 Elusión fiscal 4 1 a 3 Socios y su calidad 5 19 Instituciones recaudadoras de impuestos: eficientes 2

2. Personas morales: Esta selección se realiza, por que la sola constitución de las empresas con esta figura jurídica implica como fin principal la rendición de cuentas, luego entonces, los procesos de decisión van de acuerdo a solemnidades obligatorias que se deben presentar, además que en personas físicas el control fiscal del capital por parte de las autoridades tiene menos exigencias, incluso así como en la normatividad contable.

3. Hecho imponible: Se le conoce así a la materialización de la norma jurídica, que se presenta una vez que el hecho generador se ha cumplido, y entonces el sujeto pasivo de la relación tributaria ha materializado y entones surten todos los efectos legales por la aplicación coactiva que surge de ésta, así las cosas, debe entonces cumplir con sus obligaciones.

4. Seguridad jurídica: Dentro de las garantías individuales de un ser que vive en sociedad, esta tener certidumbre que los actos jurídicos que presenta, quien es la autoridad competente 33 que lo puede hacer y el manejo de la coercitividad que ello implica por el incumplimiento de las obligaciones, es decir, si la autoridad actúa bajo el principio sine quo non, cual es el alcance del mismo.


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