Martín Álvarez Ochoa
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La economía mundial que funciona por medio de instituciones públicas y privadas, mismas que se desarrollan a partir de las políticas económico-político de los mandatarios del poder ejecutivo, al establecer un modelo económico tal es el caso de México que se prevé en el artículo 25 de la Constitución Política, y es acorde al orbe globalizada, donde las fronteras han quedado sólo en las constituciones de cada país, es decir, se han virtualizado las legislaciones por tanto, en casi todos los países han tenido que ser modificadas, en función de la firma de tratados de libre comercio con la finalidad de permitir la movilidad de capitales para las inversiones directas relacionadas con el crecimiento económico, así como las mejoras en la producción tanto de bienes de consumo como de servicios.
La globalización en las economías han provocado que de 1990 a la fecha aparezca como punto primordial el fortalecimiento de las empresas y la combinación de las mismas, como medio de supervivencia, así la primera gran fusión fue en el ramo cervecero la Moctezuma con la Cuauhtémoc, para dar nacimiento al grupo FEMSA, figura que se propagó a las pequeñas empresas, y así cuando se han fusionado, muchas han desaparecido, por lo que pareciera que no son óptimas para este tipo de empresas.
De la combinación de empresas, se presenta una situación especial en relación al capital contable, y parte de ello es la reducción del capital, que sólo se regula muy pero muy breve en el Código de Comercio, y en un artículo en la Ley del Impuesto Sobre la Renta en donde sólo el artículo 89 y en un párrafo da tratamiento a la figura en cuestión.
Los antecedentes de la problemática general, son suficientes para justificar un estudio, de carácter científico mismo que es documental, donde la metodología jurídica con análisis técnico relativamente es nuevo, ya que en 1970 se escriben los primeros textos que lo diferencian de las ciencias sociales, y se considera que este es el primer doctorado en materia fiscal en el país, entonces la técnica de investigación documental se aplica igual que en todas las ciencias, con la finalidad que permita determinar las modificaciones a las diversas legislaciones que se encuentran vinculadas a la figura en estudio.
Hasta ahora, la poca información en cuanto al manejo del capital cuya base es la que permite la existencia material de la empresa y por ende el patrimonio del inversionista.
La problemática amén que sea diferente en cada empresa tiene patrones similares, y el socio ante una planeación corporativa adecuada en la reducción de capital así como el pago de pérdidas contables en las que ha caído la empresa y por último en saber qué tanto beneficio le trae el que se realice o no la aplicación de la figura al llevar a cabo una reestructuración, conlleva a la empresa a caer en: a) Evadir impuestos a través de no reportar ingresos por que la variante técnicamente está implícita y no se había considerado y, b) La reestructura del valor de las acciones conlleven a efectos legales y fiscales no contemplados, pero que tienen que ser los tribunales quienes lo resuelvan, situación que la empresa como efectos secundarios le disminuye el flujo de efectivo que forma parte del capital de trabajo, o bien, si no analiza sus componentes fiscales en cualquiera de las operaciones mencionadas puede redituar en un pago altísimo de impuesto superior al 50%.