María de Lourdes Hernández Rodríguez
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7.3.4. Posesión del agua subterránea
Sin duda alguna, la seguridad en el usufructo de un bien o recurso escaso, es un elemento que influye en su valoración. En el caso del agua subterránea un recurso originariamente propiedad de la Nación, la concesión o asignación da a los usuarios un sentido de apropiación del recurso, transformándose éste en el factor que da seguridad en su uso, por lo que es imprescindible que el usuario directo de las aguas nacionales, conozca y tenga bajo su custodia, el título respectivo.
En el caso de los entrevistados, 62 % afirman que cuentan con el Título de Concesión correspondiente, siendo el grupo de agricultores el que mayor certidumbre manifiesta al respecto, con prácticamente tres cuartas partes de los usuarios (cuadro 24).
Llama la atención que sólo 53% de los usuarios público-urbano y doméstico tengan conocimiento de la existencia de Títulos de Asignación, lo cual se atribuye a que en las localidades con menos de 2,500 habitantes no siempre los representantes en turno cuentan con la información necesaria ya, sea porque ésta se encuentra controlada por el municipio, o bien porque las autoridades locales anteriores la tienen en su poder. Lo cierto es que esta situación afecta prácticamente a la mitad de los administradores de agua para consumo humano.
Cuadro 24. Conocimiento del titulo de concesión por tipo de usuario
Fuente: Encuesta directa
En el caso del uso industrial, el desconocimiento al respecto se debe igualmente a que en algunos casos fueron entrevistados personas que desconocen la información solicitada o bien porque consideran confidencial y no tienen intenciones de compartirla. Cabe señalar, que de acuerdo con la información proporcionada por el REPDA en Tlaxcala (CNA, 2003a) y a nivel central (CNA, 2003b), todos los usuarios entrevistados cuentan con el Titulo de Concesión respectivo.
Al aplicar una prueba de X2 entre usuarios agrícolas y no agrícolas, se encontró que existe una diferencia estadísticamente significativa entre la información que tienen los primeros respecto al título de concesión, lo que indica si bien no un mayor conocimiento de la disponibilidad de agua con la que cuentan, sí de una conciencia sobre sus derechos en el acceso al agua.
Adicionalmente, cuando se preguntó a los usuarios si conocían el volumen de agua al que tenían derecho, 58% de los entrevistados contestó afirmativamente; sin embargo sólo el representante del Instituto Mexicano del Seguro Social, usuario del sector servicios, informó del mismo dato que el reportado por el REPDA.
El resto de los entrevistados manifestó no conocer o el dato que respondió no es el oficial e incluso llegó a ser irrisorio, lo que indica el nivel de desconocimiento o la nula importancia que tiene la cantidad de agua para 99% de los usuarios.
Un elemento fundamental de la valoración del agua, es el aspecto económico, el cual, si bien no es el único, se ha convertido en el principal indicador para medir la importancia del recurso. En este sentido el pago del agua por los usuarios, se ha convertido tanto para la sociedad como para las instituciones que la administran en el punto de inflexión entre lo que asegura su suministro y su escasez; el 93% de los usuarios pagan el agua y sólo un usuario reconoció no cumplir con esa obligación (cuadro 25).
Cuadro 25. Percepción sobre pago del agua por los usuarios
Fuente: Encuesta directa
Cuando la respuesta se analiza por usuario, resulta que una inmensa mayoría de ellos, particularmente los usuarios público urbano y doméstico son quienes más pagan por el servicio, sin embargo cuando la pregunta se cierra para saber a quien pagan el agua sólo seis usuarios manifiestan que lo hacen a la CNA, dato que coincide con dicha institución en términos de la falta de pago de los municipios u Organismos Operadores a la federación por el suministro de agua en bloque. Paralelamente, es necesario señalar que de acuerdo con la encuesta aplicada, sólo CAPAM Tlaxcala y la localidad de Ocotlán reconocen presupuestar parte de su ingreso para el pago a CNA.
De acuerdo con los entrevistados, el problema de la falta de pago a la CNA, de los Organismos Operadores y Comités de Agua Potable , se origina por su falta de liquidez, ya que el ingreso recaudado con las contribuciones de los usuarios individuales es utilizado para el mantenimiento y suministro de energía eléctrica de los pozos, esto sin contar con que en promedio 45% de la población no cubre sus cuotas.
De acuerdo con la misma encuesta, sólo once de los 88 representantes de los Organismos Operadores de Agua Potable y Comités de Agua manifestaron que una parte de los ingresos por concepto de pago por servicio de agua de los usuarios individuales se destina al mantenimiento general del pozo, con un promedio de $ 45,000 mensuales mientras que 78% de los usuarios de este sector señalaron que la mayor parte de su ingreso se destina al pago de energía eléctrica que en promedio es de $ 35,800 en el mismo período, situación que en el caso de los grandes centros urbanos de la entidad representa hasta $ 250,000 al mes (Encuesta directa).
Por otra parte, el 89 % de los casos de los usuarios agrícolas (cuadro 25) afirman pagar el agua que consumen; sin embargo, de acuerdo con la Ley Federal en Materia de Derechos de Agua, en su artículo 192-D, están exentos de dicha contribución, de tal forma que en realidad lo que pagan es el costo de energía eléctrica y el de mantenimiento operativo, como pago de diesel y pequeñas reparaciones.
De hecho, 82% de los casos que pagan el agua, manifiestan que el dinero recaudado por los agricultores se destina al recibo de energía eléctrica, el cual es casi siempre superior a las cuotas de los usuarios, lo que ocasiona retrasos en el pago del servicio. Basta señalar que de los siete usuarios que contestaron específicamente cuánto pagan por mantenimiento y energía eléctrica, se encontró que ambos gastos representan un promedio de $ 4,100 mensuales (Encuesta directa).
A su vez, los usuarios industriales señalan que todos ellos hacen ante la CNA el pago correspondiente por derecho de agua. En relación al pago por mantenimiento y energía eléctrica de ambos casos la información no fue obtenida debido a la dificultad de separar lo destinado para uso y distribución del agua del resto de sus actividades productivas.
Figura 12. Sanciones a aplicar a morosos, según usuarios
Otro aspecto importante de la valoración del agua, es el trato que se da a aquellos usuarios que no pagan el agua, llama la atención que sólo 38% de los entrevistados señala que se le debe aplicar algún tipo de sanción, que va desde la suspensión del servicio de agua, la cual cuenta con la aprobación de 20% de los entrevistados, hasta la multa económica o de trabajo comunitario (figura 12)
Esta conducta repetida en al menos 60% de los diferentes tipos de usuarios, demuestra que en Tlaxcala existen dos tipos de valoración del agua; una que representa a un sector de la sociedad que confunde el derecho al agua como bien común indispensable para la vida con “el derecho” al no pago por el abasto oportuno del servicio y el mantenimiento del ecosistema.
El resto de la sociedad, esta consciente de que además del derecho que tienen como personas al abasto de agua que le confiere al recurso una valoración especial, también existe el valor económico del agua. En este sentido 64% de los entrevistados señaló que el abastecimiento de agua para cualquier uso debe ser pagado y que éste pago debe ser diferenciado por tipo de usuario, de tal manera que pague más quien más la usa.
En éste sentido, se encontró que prácticamente 24.7% de los entrevistados consideran que los agricultores deben pagar por el agua que consumen, dato que incluye 40.6% de los propios irrigantes aunque, como se mencionó líneas arriba, estén por ley exentos al pago por uso y aprovechamiento de aguas nacionales.
También se encontró más del 20% de los entrevistados consideran que el uso industrial debe pagar más por el agua que consume, esto incluye al 90% de los propios industriales (cuadro 26).
Al preguntar a los usuarios sobre la posibilidad de un aumento de 10% en las tarifas de agua, 62.5% de los usuarios público-urbano y domésticos contestaron que aumentarían las cuotas de agua a los usuarios individuales y 25% ahorrarían agua a través de un sistema de tandeo en el suministro del líquido, pudiendo ser éste por horas-días o por zonas, como ocurre, de hecho en la mayoría de las localidades rurales y en algunas urbanas.
Cuadro 26. Percepción social sobre pago adicional por derecho al agua
Fuente: Encuesta directa
De acuerdo con los representantes de los organismos operadores o los comités de agua, esto lo hacen con el fin de ahorrar energía eléctrica más que de ahorrar o eficientizar el uso y la distribución del agua.
Por su parte, los industriales aseguraron que de aumentar el precio del agua en hasta un 10%, la mitad de ellos instalarían equipos ahorradores para cuidar más el recurso; 25% de los usuarios de servicios cambiarían de giro por uno menos demandante de agua y 25% instalarían equipo ahorrador.
Como se puede observar, los diferentes tipos de usuarios del agua están conscientes de la necesidad de cuidar el recurso, sin embargo, sólo si se presentaran medidas coercitivas por parte del Estado o la presión del mercado ejercerían acciones encaminadas a un uso más eficiente del agua, ya sea a través de la tecnología o mediante el ahorro de vital líquido, independientemente si éste escasea o no.
Un último aspecto considerado en el estudio para establecer la valoración del agua, fue el institucional. En este sentido, la gobernabilidad enmarcada en leyes y reglamentos que rigen la administración del recurso, mediante la conformación de instituciones y organizaciones de usuarios.
Figura 13. Usuarios organizados para el uso del agua
Bajo el contexto anterior se encontró que sólo 67 usuarios señalaron estar organizados formalmente, de los cuales 21 casos forman parte de Unidades de Riego agrícola, 42 Comités Locales de Agua Potable o Comisiones Municipales de Agua Potable, 2 industrias y 2 usuarios de servicios (figura 13).
Con base en lo anterior, se concluye que 60% de los entrevistados no pertenecen a alguna organización relacionada con el uso y/o administración del agua, hecho que se comprobó al no encontrar diferencia estadísticamente significativa en sus respuestas mediante una prueba de X2, lo que implica en general no existe organización para su uso y aprovechamiento.
Como consecuencia de lo anterior, sólo 18% de los entrevistados manifestaron tener un reglamento o acuerdo interno de distribución del agua, lo que no sucede con 82% restante y que afecta a 90% de los agricultores, 72% de los Organismos Operadores y Comités locales de agua, a todas las industrias y a tres de los cuatro usuarios de servicio. Sin embargo, todos los usuarios agrícolas, industriales y de servicio, así como la mitad de los público-urbano y domésticos señalaron que existen leyes o reglamentos en el país que regulan el uso y la administración del agua, aunque sólo 10% de los agricultores y 22% de los público-urbano y doméstico manifestaron conocer la Ley de Aguas Nacionales.
Llama la atención que en el caso de los usuarios industriales, dijeron conocer sólo la Ley Federal en Materia de Derechos de Agua, la cual incluye todas las obligaciones fiscales de los usuarios de aguas nacionales, y a la que, sólo tres representantes de los Comités Municipales de Agua Potable dijeron también conocer.