María de Lourdes Hernández Rodríguez
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3.5.2. El agua como propiedad privada
La privatización del agua, es una alternativa a la administración de los recursos hídricos basada en el desarrollo de la sociedad industrial del siglo XVI, que dio inicio a la valoración de los bienes con base en su valor de cambio y privilegió el concepto de mercancía y ganancia sobre la utilidad del mismo.
En la era de la globalización, este movimiento ha cobrado especial importancia por la posibilidad de vender el agua y generar ganancias a sus principales impulsores: gobiernos con poder económico, instituciones internacionales de financiamiento , organizaciones no gubernamentales , empresas trasnacionales y acuerdos como el ALCA, TLCAN y los Generales sobre el Comercio de Servicios (AGCS) (Alurralde, 2003 y Lara, 2002).
El agua como bien privado se ampara en la Conferencia Internacional del Agua y Medio Ambiente, celebrada en Irlanda durante enero de 1992, conocida comúnmente como “Declaración Dublín” la cual dicta los cuatro ejes rectores de agua para el mundo contemporáneo:
1. El agua dulce es un recurso finito y vulnerable, imprescindible para el mantenimiento de la vida, el desarrollo y el medio ambiente.
2. El desarrollo y la ordenación de los recursos hídricos deberán basarse en un criterio participativo, al que contribuyen los usuarios, planificadores y autoridades responsables.
3. La mujer desempeña un papel central en el aprovisionamiento, administración y protección del agua.
4. El agua tiene un valor económico en todos los usos competitivos que se hacen de ella y deberá reconocerse como un bien económico.
La privatización del agua esta tomado presencia a través de discursos tales como “descentralización”, “participación de la sociedad civil” y “desarrollo sustentable”, en la que se maneja una ofensiva ideológica-publicitaria que se fundamenta en tres premisas:
1. Crecimiento poblacional. “Cada vez hay más gente que debe tener acceso a recursos de agua cada vez más escasos y sobreexplotados, lo cual provoca conflictos y tensiones sociales”
2. Justo valor económico. “Se despilfarra el agua porque la gente la obtiene gratuitamente o a precios artificialmente bajos. Por lo tanto, si su precio reflejara su verdadero costo ecológico y económico, la gente evitaría su abuso y uso excesivo”
3. El fracaso del Estado. “Como administrador del recurso, el estado ha fallado, no sólo a causa de su corrupción, incapacidad y falta de inversión en la infraestructura, sino también mediante la promoción de una cultura paternalista de agua barata para todos que ha resultado en despilfarro y sobreexplotación”
El mismo autor señala que la privatización del agua comenzó en Europa y ha llegado a América bajo diversas modalidades que incluyen la privatización de los servicios municipales en zonas urbanas, de territorios y biorregiones, de desviación de cauces naturales, por contaminación, por embotellamiento de agua y por el monopolio de la tecnología, a lo que habría que agregar las modificaciones o adecuaciones que se hacen al marco legal.
Una de las características de la privatización del agua , es que se practica en regiones donde las utilidades prometen ser atractivas, las cuales se reinvierten en los planes de expansión de las compañías, en los dividendos de los empresarios o en el pago de salarios de ejecutivos y no en mejoras del servicio ya sea para el mantenimiento de las redes de distribución o expansión de las mismas.
Experiencias en América Latina indican que la privatización del agua no asegura un cobro justo ni una distribución eficiente del recurso, como se demostró en Bolivia quien para renegociar una deuda de $25 millones de dólares con el Banco Mundial, tuvo que concesionar el agua de Cochabamba a Betchel, misma que prohibió al Estado suministrar el agua a los pobres y que en menos de dos meses había aumentado 35% las tarifas de agua. Cochabamba se alzó en armas y Betchel se retiró de Bolivia previa derogación de la ley de privatización del agua (Barkin, 2002).
Ruiz (2005), arriba señalado indica que la privatización del agua en México se remonta a 1983 con los cambios al artículo 115 constitucional, cuando el gobierno federal delega a los municipios la responsabilidad del suministro de agua para consumo humano. Con esta decisión se entregó a los municipios la infraestructura y los problemas de gestión, tales como fugas, redes obsoletas, falta de una cultura de pago, entre otras.
Este proceso de mercantilización de agua se afianzó en los últimos cambios con la legislación hidráulica del país que culminaron con la emisión de la actual Ley de Aguas Nacionales, cuya historia se desarrolla más adelante.
Las experiencias hasta ahora presentadas en el México, de acuerdo con el reportaje de Enciso, dejan clara la ineficiencia de la privatización del agua a favor de las trasnacionales, una clara muestra fue Aguascalientes que con el apoyo de las autoridades locales, concesionó a Vivendi el agua de la ciudad por 30 años; el contrato establecía que habría incrementos graduales a las tarifas, acuerdo no respetado por la trasnacional llegando a la politización del problema y a la derrota electoral del PRI un año después.