Propiedad del agua
Tesis doctorales de Economía

 

 

Aspectos del uso y valoración del agua subterránea en el estado de Tlaxcala: Un análisis desde una perspectiva social

 

María de Lourdes Hernández Rodríguez

 

 

Esta página muestra parte del texto pero sin formato.

Puede bajarse la tesis completa en DOC comprimido ZIP (149 páginas, 11,1 Mb) pulsando aquí

 

 

 

 

3.5. Propiedad del agua.

A principios del siglo XXI, gobiernos, instituciones y la sociedad en su conjunto, hablan de una crisis de agua. Se estima que en el mundo existen 1.3 millones de personas sin acceso al agua y que 31 de los 257 países en el mundo (PNUMA, 2002), están localizados en zonas de escasez, (Figura 3).

Fuente: PNUMA, 2002

Figura 3. Distribución del agua en el mundo

Silva, (2004); señala que el consumo de agua se incrementa 100% cada 20 años y de seguir así, para el 2025 se utilizará 90% del agua disponible en el mundo.

Este fenómeno ha dado origen a amplias discusiones sobre el papel que desempeña la propiedad del agua, enfocándose en dos grandes visiones: El recurso de todos versus el recurso de algunos.

La propiedad, en términos hídricos es tener derechos y obligaciones que implican el control continuo del recurso y sus beneficios, mediante el reconocimiento social que da su posesión (Volckmar, 2001).

El agua, como todos los bienes o recursos en el mundo, tiene dueño; ya sea el Estado, la sociedad, en grupo o un individuo, que ejerce sobre él su derecho de propiedad.

En ese sentido la propiedad del agua depende de la percepción cultural de quien la posee y que para fines de este trabajo se organiza en dos grandes rubros: los que identifican al agua como un recurso propiedad de todos y los que la sitúan como una mercancía, propiedad privada.

De acuerdo con Ramos (2004), se deduce que el agua puede formar parte del primer grupo, cuando se considera:

1. Un bien público, que se oferta a todos (grupos e individuos) y no se limita a nadie su acceso. Esto lo hace económicamente incosteable por lo que su administración no es buscada por la iniciativa privada.

2. Un bien social, cuya característica principal es que la sociedad no puede vivir sin el, por lo que el Estado debe garantizar su abasto, como es el caso del agua para consumo doméstico.

3. Un bien libre, cuya disponibilidad supera las necesidades de los usuarios, por lo que no es necesario racionalizarlos, lo que implica que su precio es cero. En este caso, el agua se aplica el principio de primero en hecho, primero en derecho ya que no existe un propietario como tal y el recurso es proveído por la naturaleza.

4. Un bien común, cuando tienen dueño (s) y no pueden ser poseídas por éste en su totalidad, por lo que en ocasiones es concesionada y convertible en mercancía.

Es un recurso de algunos, cuando se privilegia el interés de unos cuantos, y es entendida como:

1. Un bien privado que tiene un dueño o propietario y puede o no ser utilizado como mercancía.

2. Un bien mercancía, por definición está en el mercado con el fin de obtener una ganancia.

3. Un bien económico, ya que es demandada por la sociedad y su asignación implica un costo de oportunidad y monetario al tratarse de un recurso escaso.

Grupo EUMEDNET de la Universidad de Málaga Mensajes cristianos

Venta, Reparación y Liberación de Teléfonos Móviles
Enciclopedia Virtual
Biblioteca Virtual
Servicios