Tesis doctorales de Economía

UN MODELO NACIONAL DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

José María Franquet Bernis

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2.2. LOS DIVERSOS ÁMBITOS TERRITORIALES

2.2.1. Provincias/Veguerías

El Informe Roca planteaba la conveniencia de crear seis vegueries (básicamente dividiendo en dos las actuales provincias de Barcelona y Tarragona), coincidentes con los denominados “ámbitos funcionales territoriales” del Plan Territorial General de Cataluña. Hemos de advertir, sobre este particular, que las realidades que justificarían la creación de dos o tres nuevas veguerías no son homogéneas.

Finalmente, con relación a las siete provincias/veguerías dimanantes de nuestro estudio, consideramos que deben buscar un perfil propio en la planificación y gestión de inversiones en infraestructuras y servicios de complejidad técnica más grande o de ámbito supracomarcal, así como en aquellas inversiones que tienen como objetivo conseguir un aumento en el equilibrio territorial entre las diferentes comarcas que las componen. Estos órganos de segundo grado serían receptores de competencias autonómicas de gestión del territorio (urbanismo, recursos hidráulicos, medio ambiente, …). En cualquier caso, las provincias/veguerías han de mantener los recursos y competencias suficientes como para poder:

• Garantizar el ejercicio de todas las potestades públicas y competencias municipales y comarcales de todas las entidades municipales descentralizadas, ayuntamientos y consejos comarcales del territorio de su jurisdicción, independientemente de su capacidad económica y de gestión.

• Garantizar a todos los ciudadanos de todos los municipios de su territorio la obtención de los servicios públicos municipales, sea cual sea su lugar de residencia, lo que constituye una característica importante del equilibrio territorial.

• Hacer de instrumento local de gestión descentralizada de la posible delegación de competencias autonómicas y estatales.

• Superar la pura distribución de recursos financieros, apostando por la oferta de servicios y economías de escala o acumulación territoriales.

No podemos dejar de mencionar, al respecto, los servicios impropios, de naturaleza autonómica, que aún asumen las provincias españolas y las catalanas en particular. La correcta ordenación territorial ha de prever su traspaso a la administración autonómica para liberar recursos que se podrían destinar al apoyo municipal.

Por lo que se refiere al régimen electoral, entendemos que se ha de mantener el actual sistema o en todo caso proceder a un sistema de elección directa de circunscripción provincial, mediante un sistema proporcional corregido. También las propuestas contenidas en el Informe Roca bien pudieran ser válidas.


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