Francisco José Calderón Vázquez
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Un elemento fundamental en el proceso de aplicación del modelo teórico distrito turístico rural a una realidad territorial determinada, va a ser la familiarización con las peculiaridades presentes en la oferta turística rural de la zona, por cuanto que en el caso español al tratarse de una materia otorgada a la competencia normativa de las comunidades autonómicas presenta una extraordinaria diversidad de tipologías, por ello parece muy importante conocer los elementos diferenciadores que a nivel de oferta pueda presentar cada territorio porque d e una u otra manera el distrito deberá metabolizarlos, porque de ello dependerá en gran medida su eficacia como modelo organizativo, articulando las distintas tipologías entre si, a nivel territorial y armonizando al interior de dichas tipologías.
En el caso andaluz parece que el elemento distintivo, entre las diversas peculiaridades que aparecen como identificadoras del mismo, es la modalidad de alojamiento en casas rurales concebidas como aquellas viviendas privadas incluidas tanto en los núcleos urbanos interiores como diseminadas en sus términos municipales, destinadas al alojamiento turístico como aparece reglamentada en el Decreto 94/1995, de 4 de Abril, sobre ordenación de los alojamientos en casas rurales andaluzas. En los términos fijados por dicho decreto se entiende por casas rurales aquellas en las que concurran las dos siguientes circunstancias: de una parte que se encuentre situada en el medio rural, entendiéndose este como el espacio donde se desarrollan las actividades típicamente agrícolas, forestales, extractivas, pesqueras y ganaderas, y que sus características tipológicas, preferentemente, sean acordes con las de la zona geográfica donde se ubiquen. Por otra que se ofrezca un máximo de 15 plazas para el alojamiento de los huéspedes.
Como puede observarse en la Tabla nº 7.19., la evolución de la oferta de alojamiento en casas rurales ha experimentado un crecimiento exponencial desde el año base de 1994 hasta el 2003, habiéndose incrementado en progresión geométrica tanto el numero de esta tipología de alojamiento rural como las plazas ofertadas, pasando de 151 casas rurales con 966 plazas a las 1.607 casas con 13.835 plazas (SOPDE, 2005)
Un dato importante que se deriva de dichos registros es la tendencia a la concentración territorial que presentan esta tipología de alojamientos puesto que casi la mitad del numero total de casas como de plazas se encuentra localizado en las provincias de Málaga y Granada. Corresponde a Málaga el primado del número de casas puesto que al contar con 527 unidades de alojamiento que incorporan 4.413 plazas representa per se un tercio de la oferta total regional.
El patrón de heterogeneidad en la distribución territorial provincial se repite en la localización comarcal y zonal, de manera que un tercio del total regional de casas rurales y un cuarto del total de plazas se concentra en tres comarcas muy definidas: Axarquía y Serranía de Ronda, ambas en la provincia de Málaga y Alpujarra - Sierra Nevada de Granada, también se aprecian concentraciones interesantes superando el centenar de casas en la comarca de Sierra de Aracena - Picos de Aroche, perteneciente a la provincia de Huelva, en la Sierra de Cádiz y en las comarcas jienenses de la Sierra del Segura y del Alto Gualdaquivir - Sierra de Cazorla. Lla tabla n.º 7.20 que se expone a continuación recoge y sintetiza el listado de comarcas andaluzas de mayor densidad de casas rurales:
Las concentraciones comarcales de casas rurales como las anteriormente reseñadas podrían servir adecuadamente instrumentalizadas como soporte básico para la configuración y aplicación del Distrito turístico rural, puesto que suponen el caldo de cultivo propicio para su existencia por la masa critica de empresas existente y la proximidad inherente entre las mismas que podrían favorecer, al compartir una misma problemática, una mayor facilidad para la promoción de estrategias de integración horizontal.
Ante la realidad e importancia del fenómeno de las casas rurales el distrito turístico rural en su aplicación al caso andaluz debería orientar en parte sus mecanismos integradores hacia el diseño de instrumentos de agregación de la oferta zonal o comarcal de casas rurales.