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Influencia de la legislación en la información medioambiental suministrada por las empresas
Enrique Rafael Blanco Richart
Contabilidad y Medio Ambiente
La Información Financiera y el Marco Conceptual.
Los Rasgos Básicos de la Información Financiera son enunciados así en el Marco Conceptual: “Los rasgos básicos de la información financiera son las características de la misma, que configuran un sistema contable concreto, en función de sus especificaciones y objetivos. Están determinados por el entorno, con el cual deben mantener el adecuado nivel de congruencia. Para el cumplimiento de los objetivos de la información financiera y, en consecuencia, para la satisfacción de las necesidades de sus usuarios, la entidad económica formula estados financieros periódicos en el marco de la legalidad vigente y con su contenido expresado en términos monetarios.”
El modelo actual lo que enfatiza es una dimensión temporal de la empresa con una visión a corto plazo, lo que se denominaría Principio de Ejercicio Económico, visión que aún se acentúa en diversos organismos con capacidad normalizadora (C.N.M.V., Bco España, etc.) que exigen la presentación de información con periodicidad inferior a la del año (trimestral, semestral) enfatizando aún más esta visión. También es un rasgo del modelo el entender como información financiera sólo la de carácter cuantitativo a pesar de que en el punto 4.4, se especifica claramente que la información financiera no es la expresada únicamente en términos monetarios.
Los cambios que se están produciendo en la sociedad van abriendo paso a la idea de sustituir el concepto de crecimiento económico por el de sostenibilidad, lo que requiere afrontar cambios en la definición de la contabilidad, así se necesitaría[1]:
a.- Una nueva definición espacial. El principio de entidad establece los limites espaciales de lo que ha de ser contabilizado, aquello que afecte directamente al patrimonio o a los resultados de la empresa, dejando al margen los efectos externos, además está basado en el concepto de propiedad privada y su enfoque actual no hace posible el tratamiento contable de los hechos medioambientales que en su mayor parte son de propiedad comunal. Por eso hay que traspasar el limite impuesto por la interpretación patrimonialista del objeto de estudio contable y ampliarlo hacia la realidad socioeconómica.
b.- Una nueva definición temporal, ya que la cuestión medioambiental requiere analizar los efectos de las actividades en el largo plazo, mientras que la visión del modelo contable actual es a corto plazo. Así tenemos determinados problemas medioambientales que si pueden ser afrontados por el modelo convencional como son los cánones, tributos ecológicos, multas y sanciones, auditorias, estudios de viabilidad e impacto ambiental, etc. pero la asunción del modelo de sostenibilidad requiere una revisión de principios como el de ejercicio económico, uniformidad, imagen fiel, prudencia o precio de adquisición. A su vez el modelo actual se corresponde con un principio de responsabilidad cuyo objetivo es preservar los intereses de inversionistas en lugar de otros más generales como la sostenibilidad o la responsabilidad social.
c.- Una necesidad de reformular las valoraciones contables. Los criterios de valoración están enfocados hacia la obtención de cifras monetarias que expliquen los costes y los beneficios del periodo, no facilitan una auténtica contabilidad medioambiental. La ausencia de mercado para la fijación de un precio de los recursos naturales y la imposibilidad de establecerlo hace que el precio de adquisición no sea aplicable a estos temas. De ahí la necesidad de abordar otro tipo de indicadores cuantitativos no monetarios y cualitativos que contribuyan a la formación de juicios y a la toma de decisiones compatibles con el crecimiento
Resumiendo los temas medioambientales afectan a la actual concepción de los Principios[2] y criterios contables al afectarles de modos distintos, así:
- Al Principio de Entidad, ya que las consecuencias de las externalidades no afectan sólo en el ámbito de la empresa y además no se contabilizan,
- Al de Devengo porque de los impactos medioambientales que se producen no siempre es posible, ni fácil, la identificación causa-efecto, por su acumulación en el tiempo o por producirse de forma retardada o
- Al de Prudencia, afectado por la problemática de la valoración de los daños ambientales, donde el precio de adquisición no sería aplicable al afectar a bienes, los naturales, que no están en régimen de propiedad privada (caso Boliden).
[1] Carrasco Fenech, Francisco - Larrinaga González, Carlos (1996). El poder constitutivo de la Contabilidad. Consideraciones sobre la cuestión medioambiental. Tomo I, Contabilidad Financiera. I.C.A.C. Madrid.
[2] Bonilla Priego, Mª Jesús – Molero López, Juan José – Sevillano Martín, Fco. Javier. (1999). “Introducción de los factores medioambientales en el PGC”. Ed. ASEPUC. Madrid.
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