INDÍGENAS CONTRA LA BIOPIRATERÍA. UN LUCHA MÁS ALLÁ DEL RECONOCIMIENTO INSTRUMENTAL DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
Por Joseba I. Arregui
1. LOS RECURSOS NATURALES SON UN ASUNTO ESTRATÉGICO
En el siglo XXI la biodiversidad se ha convertido en una cuestión estratégica para los estados del Primer y Tercer Mundo y para muchos actores internacionales. A pesar de los reconocimientos teóricos que realizan importantes documentos internacionales, los estados continuamente han bloqueado los intentos realizados por los PIs para establecer su control sobre sus territorios y han establecido cláusulas que limitan los derechos indígenas. Todo esto ignorando las constantes llamadas a la participación, descentralización y la integración de la diversidad y conocimientos que encarnan los PIs y que se recogen en diferentes declaraciones internacionales. El discurso oficial se contrapone a una práctica que sigue negando el control indígena sobre sus territorios
1.1. COLONIALISMO VERDE
El robo de territorios propiedad cultural y conocimiento tradicional indígena es un fenómeno antiguo que comienza con la conquista y se desarrolla durante los distintos periodos del colonialismo histórico y moderno. Sin embargo, el reconocimiento de su contribución al mantenimiento de la diversidad biológica y cultural del planeta ha generado nuevas formas de colonialismo, mucho más sutiles e insidiosas, que se han unido a las formas de explotación del entorno desarrolladas históricamente.
El colonialismo verde contemporáneo no necesita ocupar vastos territorios, únicamente necesita mantener acceso al germoplasma o conocimiento tradicional relacionado con el desarrollo de la industria biotecnológica y asegurar su control en régimen de monopolio.
Los PIs han denunciado que la gestión del medio ambiente ha derivado en algunos casos en un eurocentrismo que ha impuesto formas de gestión foráneas P.ej. la caza/defensa de la ballena que enfrenta a ecologistas y PIs ilustra este conflicto (Dark,2002). En otros casos los PIs denuncian la pérdida de control sobre sus territorios a manos de organizaciones ecologistas que han convertido en parques naturales y zonas de ecoturismo los ecosistemas indígenas (Rovillos 1999, Tauli-Corpuz,1999).
Además, el colonialismo verde tiende a imponer una visión instrumentalista de los PIs que los valora en la medida que se comportan como culturas ecológicas “soft impact” y responden a la imagen de “guardianes del medio ambiente” que les concede la agenda ecológica. En el momento en que aparecen comportamientos considerados no ecológicos que contradicen la agenda verde, las expectativas en torno a los PIs aparecen exageradas y se produce una condena que torna el exotismo y la idealización en frustración y conduce a una postura contraria al ejercicio de derechos y prácticas culturales indígenas (Dark, 2002).
Los indígenas denuncian esta suplantación de la voz y pensamiento indígena, ya que son los blancos los que deciden e integran aquellos valores o conocimientos indígenas que les interesan en su agenda. Este proceso de concienciación sobre los términos en los que se da la contribución indígena en la visión instrumental es mostrado por Leonor Zalabata Torres. .
Nuestros valores nos son tomados, se cambian y son dados por los blancos, no por los indígenas que son los que deben explicar ésto. Los blancos ecologistas siguen incluso suplantando la voz de los indios (Zalabata.:1995).
Zalabata denuncia el hecho de que se siga dando preeminencia a las necesidades, cosmovisión y valores "blancos" en vez de dar la voz a los indígenas para que expresen y expliquen sus valores y cultura y decidan qué contribución quieren y pueden ofrecer al mundo y qué han de recibir a cambio.Una vez más, esta tendencia a valorar a los PIs en función de su contribución instrumentalista a la agenda ecológica supone una vuelta al pasado colonial y una violación del derecho al etnodesarollo de los PIs.
En lo que respecta a la Amazonia, la biodiversidad existente caracteriza a esta zona del planeta como “tierra de oro verde” . Este debate sobre la importancia y cuantía de su contribución y la repartición de sus beneficios constituye una de las áreas más apasionantes y de mayor relevancia global de las que conforman la agenda indígena.
El Conocimiento Indígena Objetivo Principal de la Biopiratería
El Conocimiento Indígena (C.I.) aplicado a la gestión de la biodiversidad y sus aplicaciones industriales, especialmente en el campo de la biotecnología constituyen un campo de importancia estratégica en los albores del siglo XXI.
Chambers (1983) define el C.I. como un sistema totalizador que incluye conceptos, creencias y percepciones así como la acumulación de saber, y el proceso a través del cual es adquirido, apilado, aumentado y transmitido. Es el contraste entre el C.I. y el conocimiento occidental lo que mejor ayuda a apreciar su singularidad. El conocimiento occidental es accesible en libros, en sistemas de recuperación/acceso a información y es fácilmente comunicable o enseñado en cualquier parte del mundo. En contraste, el conocimiento de cualquier grupo de gente rural no es accesible a los extraños. Únicamente es accesible a través del aprendizaje y de la observación de la gente rural misma, o a través de literatura etnográfica codificada en jerga antropológica. Este hecho constituye su mayor ventaja y límite y va a ser uno de los argumentos en favor del mantenimiento de las culturas en las que este conocimiento está codificado. Gran parte de la ventaja relativa del conocimiento indígena reside en lo que puede ser observado localmente, sobre periodos de tiempo continuos, y que toca directamente sus vidas. Chambers considera que el C.I. constituye una visión totalizadora y más sistémica de cómo funciona el medio ambiente.
Los sistemas de conocimiento constan de muchas dimensiones incluyendo la lingüística, medicina, psicología clínica, botánica, zoología, etnología, ecología, agricultura, cuidado animal y en artesanía, entre otras. En medicina, los practicantes indígenas están operando en la periferia de la medicina moderna. En temas de pesca, gestión forestal, recursos acuíferos y cuidado animal existen también innumerables hábiles expertos locales bien informados. Muchas de las actividades que realizan los pueblos indígenas son parecidas a las que realizan los científicos occidentales: ellos distinguen, dan nombre, clasifican entidades en su medio ambiente, observan, comparan, analizan, experimentan e intentan predecir. Por lo tanto, existe un paradigma, un sistema de observación, experimentación y análisis también en los pueblos indígenas (Chambers,1991:80).
El D.S. considera que el C.I. ofrece un gran potencial ya que una combinación sincrética con el conocimiento occidental podría beneficiar a los indígenas y la comunidad global. El C.I. puede ayudar a la ciencia a evolucionar hacia técnicas más sostenibles y que pueden engrandecer la nueva industria biotecnológica.
En el caso de los beneficios derivados del mantenimiento y productos derivados de la biodiversidad, el carácter vital de los recursos del conocimiento indígena es más palpable. Existe una dependencia económica que afecta al Norte que cuando desarrolla productos farmacéuticos o sobre todo biotecnológicos necesita de la biodiversidad del Sur. Esta dependencia es reconocida en el Informe Brundtland de 1987.
the genetic material in wild species contributes millions of dollars yearly to the world economy in the form of improved crop species, new drugs and medicines and raw materials for industry (WCDE,1987:13).
Colonialismo Intelectual e Industria Biotecnológica
El Convenio sobre la Biodiversidad de 1993 realiza un reconocimiento instrumental de los PIs y del valor de sus culturas, que lejos de suponer una garantía en su enunciación actual, ha abierto las puertas a la bioprospección y biopiratería . La Biopiratería supone una aplicación del principio de Terra Nullius a la biodiversidad en territorio indígena y al conocimiento tradicional indígena (Clay,1994). Al igual que en el pasado se hizo con los territorios indígenas, el conocimiento indígena es considerado rudimentario, “salvaje”, de libre apropiación por parte de científicos, abogados o empresarios, auténticos colonos modernos en busca del “oro verde”, que rechazan la propiedad colectiva y sólo reconocen la propiedad individual y el derecho de explotación que conceden las patentes, equivalentes modernos del viejo “título de propiedad” sobre la tierra de la era colonial. Noguerol avisa sobre esta cara oscura del CDB que en la práctica abre la puerta a la bioprospección y la Biopiratería sin hacer nada por proteger los derechos de los PIs.
A pesar del valor que en el CDB se ha otorgado a los conocimientos indígenas, lo cierto es que quedan fuera del sistema de patentes y están siendo expoliados, ultrajados y robados por todo tipo de organizaciones que buscan aprovechar sus conocimientos y recursos con fines de lucro y utilizan los sistemas de patentes y otras protecciones a las que tienen acceso para obtener ganancias (véase los productos utilizados por la industria farmacéutica a partir de los conocimientos de los pueblos indígenas, que generan millones en beneficios y por los que éstos no han obtenido ni siquiera el reconocimiento por su contribución a la salud mundial, siendo menospreciados y descalificados por sus propios vampiros (Noguerol,1997:162).
Entre algunos casos de Biopiratería que siguiendo este principio de “Terra Nullius Intelectual” se han realizado en territorio Amazónico podemos citar:
Los casos de biopiratería en la región de la Cuenca Amazónica son innumerables. En Ecuador, por ejemplo, se dio uno de los más conocidos relacionado con la patente sobre la ayahuasca. Durante la década de los 80, el dueño de un laboratorio farmacéutico estadounidense, Loren Miller, obtuvo plantas de ayahuasca del pueblo Cofán y al llegar a Estados Unidos obtuvo la patente de la planta. En 1996, la Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica presentó una solicitud de revocatoria de la patente, pues la ayahuasca es una planta sagrada que pertenece a los pueblos indígenas amazónicos y que se ha utilizado ritualmente por cientos de años. A pesar de que la patente fue cancelada se la reestableció en el 2001 al mismo Loren Miller.
Del mismo país, 750 ranas de la especie Epipedobates tricolor - que producen la epibatidina-analgésico 200 veces más potente que la morfina - fueron robadas y el analgésico fue patentado en Estados Unidos. En Perú, se generó un escándalo a raíz de que el gobierno japonés secuestrara el yacón, tubérculo que tiene sabor dulce, pero no engorda y que podría reemplazar al azúcar. En el hecho habrían estado involucrados el Centro Internacional de la Papa y autoridades peruanas, que sabían que las semillas iban a ser llevadas a Japón y no tomaron ninguna acción legal. El caso del yacón es una pérdida para Perú y otros países que han cultivado la especie por siglos. Estudios señalan que el tráfico de especies y conocimiento genera a la región amazónica pérdidas anuales superiores a los 10.000 millones de dólares .
Kloppenburg (1991) considera que el conflicto de intereses sobre el derecho de los pueblos indígenas a reivindicar un parte de los beneficios de productos extraídos de sus tierras constituye un problema político y económico de primera magnitud a escala mundial. Según este autor, 3/4 partes de las plantas que proporcionan ingredientes activos para medicinas atraen la atención de los investigadores porque se usan en medicina tradicional indígena. Como resultado las grandes compañías biotecnológicas dependen de la información genética extraída del C.I. con el propósito de crear nuevas drogas o semillas para cosechas.
En vez de trabajar con los pueblos indígenas un marco, para garantizar la supervivencia de la biodiversidad y de la cultura que mantiene el C.I. vivo, las multinacionales están trabajando intensamente, para que los países desarrollados, aprueben un marco legal que asegure, que los materiales genéticamente diseñados sólo puedan ser poseídos por ellos.
Para poder conseguir y asegurar el mayor beneficio en las mejores condiciones posibles estados y empresas defienden una estricta política de respeto a los “copy rights”. Paralelamente intentan negar cualquier posible aplicación de esos mismos derechos a los materiales genéticos que vienen de tierras o tradiciones indígenas . Esta situación queda legalmente plasmada en los TRIPs (Trade Related Intellectual Property Rights-Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio) de la OMC que constituyen una herramienta poderosa para la colonización final de la biodiversidad y de los diferentes sistemas de conocimiento autónomo (Shiva,1997:129). Paradójicamente, cuando la información es recolectada en el Tercer Mundo es considera patrimonio común de la humanidad (un bien público que no necesita pagarse). Se niega a los PIs el derecho a controlar y disponer de sus recursos y participar en los beneficios derivados: no se reconoce los derechos de propiedad intelectual colectivos que caracterizan a los PIs, no se valora oficialmente su conocimiento tradicional por carecer de aplicación industrial, y las instituciones tradicionales que gestionan la propiedad y uso indígena son desacreditadas constantemente. El “valor real añadido” sólo se logra cuando el material es procesado, transformado y distribuido en los países desarrollados .
Las implicaciones son importantes ya que supone “la destrucción de derechos comunitarios, innovaciones y formas de vida tradicionales y falta de reconocimiento del sistema de conocimiento tradicional, lo que lleva a la destrucción de la biodiversidad y de las comunidades que la han generado . Todas las definiciones han sido construidas en favor de los países del Norte y para marginalizar al Sur (Sinngh,1997:136). Por lo tanto, tal y como denuncia la COICA” (1997:156).los sistemas imperantes de propiedad intelectual responden a una concepción y práctica:
*Colonialista: porque se imponen los instrumentos de los países desarrollados para apropiarse de los recursos de los pueblos indígenas.
*racista: ya que desprecia y minimiza el valor de los sistemas de nuestro conocimiento.
*de usurpación: ya que en su esencia es una práctica de robo.
Los grandes documentos que se ocupan del DS siguen adoleciendo de un estatocentrismo y eurocentrismo flagrante que se refleja claramente en los TRIPs pero que también lo hace en el Convenio sobre Biodiversidad. Este convenio sigue considerando que la biodiversidad es propiedad del estado y la Convención se identifica como un marco para regular el acceso e intercambio de la misma. Los PIs reciben un reconocimiento instrumental pero no reciben una garantía de sus derechos. Además, la definición de culturas indígenas que realiza el documento resulta preocupante, ya que facilita una visión exótica y estática de los PIs que se acerca demasiado a la visión tradicional de “pueblos primitivos”.
El discurso hegemónico sigue defendiendo el monopolio de las industrias del Primer Mundo y sigue manteniendo que las instituciones y culturas indígenas no son capaces de aprehender y responder al importante reto de la biotecnología como industria tractora del siglo XXI.
2. NO HAY BIODIVERSIDAD SIN ETNODIVERSIDAD
Asuntos tales como la importancia del control sobre la explotación de recursos y de los beneficios derivados de su conocimiento nos avisan sobre la actual estructura desigual de poder, donde fuerzas externas muy poderosas son capaces de condicionar en beneficio propio los marcos jurídicos estatales e internacionales. Los TRIPs establecen un marco de patente e intercambio de biodiversidad y biotecnología muy favorable para los países industrializados y las multinacionales. En este esquema ni se reparten los beneficios con las comunidades de origen ni siquiera se concede forma alguna de reconocimiento a las comunidades donantes.
El DS al reconocer a los indígenas como pueblos con conocimiento, los identifica como actores activos y participantes en desarrollo, como maestros y transmisores de conocimiento. Esto reconocimiento de su contribución puede tener un efecto positivo en la autoestima de estos pueblos, lo suficiente fuerte como para a romper el ciclo de impotencia, aislamiento, vulnerabilidad, pobreza y debilidad física (Chambers 1983:112) que está afectando a la gente pobre y especialmente a las culturas indígenas.
La aceptación de la importancia de la contribución indígena y la existencia de un sistema de patentes capaz de garantizar los derechos indígenas sobre su conocimiento se traduciría en una importante fuente de ingresos para la comunidad y en una fuente de beneficios para los ecosistemas en sus territorios. A través de este mecanismo todas las partes podrían beneficiarse: las compañías, porque se mantiene la base genética para posteriores investigaciones intacta, y las poblaciones indígenas, porque mantendrían sus tierras vivas y bajo su control. El acceso a la biodiversidad debe ser resultado de la consulta, de la oferta de información previa y completa, el consentimiento y el acuerdo por parte del pueblo indígena afectado.
Tal y como nos recuerda Vandana Shiva (1997:132) necesitamos un sistema de derecho de la propiedad intelectual nuevo que: a) reconozca esta innovación autóctona aunque difiera de la que se verifica en los sistemas industriales tanto en su estructura como en su proceso y motivación y b) a partir de tal reconocimiento prevenga la piratería del conocimiento autóctono y de la biodiversidad en la que se basa.
3. AUTONOMÍA INDÍGENA: UNA CLAVE PARA EL DESARROLLO INDÍGENA EN EL SIGLO XXI
Para poder reaccionar ante esta nueva oleada de globalismo depredador y poder controlar los procesos de desarrollo que les afectan, los pueblos indígenas han visto la necesidad de auto organizarse y de contactar con otros grupos indígenas, ONGs e instituciones científicas que pueden ayudarles en el desarrollo de estrategias para recuperar el control necesario para diseñar su propia vía al desarrollo. La combinación de respeto al principio de autodeterminación indígena y el desarrollo de estrategias de Desarrollo Humano Sostenible podría darse en el marco de estrategias de Etnodesarrollo. El etnodesarrollo se refiere a:
aquellos indígenas o pertenecientes a tribus que manteniendo control sobre sus recursos, su cultura y organización social son capaces de decidir libremente que tipo de relación requieren mantener con el estado. Esto supone buscar en la propia cultura las herramientas y la creatividad necesaria para enfrentarse a los desafíos de un mundo moderno y cambiante (Stavenhagen, 1990:5) .
El etnodesarrollo pretende promover la participación, como actor activo, de los indígenas tanto en el campo político como en el del diseño de políticas de desarrollo. En definitiva "los pueblos indígenas tienen derecho: a decidir sobre los problemas que les aflijan, a discutir sobre el futuro y tomar parte en aquellas alternativas de decisión que les afectan, a que sus culturas sean tratadas con respeto, y a la libertad de decidir que tipo de desarrollo, si quieren alguno, deben experimentar” (Stavenhagen, 1990:89).
Finalmente, el marco más general en el que se debe desarrollar la cooperación con los PIs debe ser el de una alianza entre iguales para conseguir objetivos comunes. Para ello es necesario partir de la autodeterminación indígena asumiendo toda su complejidad y su relación especial y singular con la naturaleza.
Cualquier estrategia de Desarrollo Sostenible en territorio indígena debe partir del reconocimiento del hecho indígena como una realidad cultural y política viva, activa, capaz de tomar las riendas de su desarrollo y de decidir qué tipo de contribución pueden y desean hacer a la comunidad mundial. Los agentes de desarrollo trabajando en zonas indígenas deben tener en cuenta que, para los indígenas, el vínculo entre identidad, biodiversidad y Naturaleza es una cuestión vital para su supervivencia étnica. Y que si se quiere mantener el medio ambiente es necesario apoyar los derechos, la supervivencia y el robustecimiento cultural de estos pueblos, y no, como se ha hecho hasta ahora, centrar el interés en el mantenimiento de zonas ecológicas, ignorando y aislando a las personas que viven allí. Este punto debe estar en la base del entendimiento de los PIs y del valor de sus comunidades y culturas (Arregi,1998:16).
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