Observatorio Economía Latinoamericana. ISSN: 1696-8352


REGISTROS BÁSICOS PARA UNA CORRECTA PLANIFICACIÓN TRIBUTARIA PARA LAS PERSONAS NATURALES NO OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD

Autores e infomación del artículo

Jessy Gabriela Vega Flor*

UNACH, Ecuador

Email: jgvega@unach.edu.ec

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RESUMEN
Considerando que en nuestro país la mayoría de la personas naturales no obligadas a llevar contabilidad que poseen un negocio pequeño, desconocen cómo realizar sus declaraciones ante el Servicio de Renta, ha sido necesario realizar la presente investigación y con la presentación de casos prácticos, se les facilite registros que les permita realizar sus declaraciones correctas y conocer los beneficios de las mismas.
Es por eso, que se ha elaborado un proceso simple para estructurar una hoja de Ingresos y Gastos, únicamente con la recopilación de facturas, recibos, comprobantes, etc.; y, además registrar el ingreso y salida de sus mercaderías mediante una Tarjeta llamada Kardex muy fácil de usar. .
Evidentemente, que de requerir mayor información contable para la presentación de sus declaraciones ante el SRI, las personas naturales podrán requerir los servicios de un contador.
Palabras Clave: Planificación-Tributario-Impuestos-Riesgo-Gestión

ABSTRACT
Considering that in our country the majority of natural persons not obliged to keep accounting who own a small business, do not know how to make their declarations before the Income Service, it has been necessary to carry out the present investigation and with the presentation of practical cases, they are Provide records that allow them to make their correct statements and know the benefits of them.
That is why, a simple process has been developed to structure a sheet of Income and Expenses, only with the collection of invoices, receipts, vouchers, etc .; and, in addition, register the entry and exit of your merchandise through a card called Kardex very easy to use. .
Evidently, that of requiring more accounting information for the presentation of their statements before the SRI, natural persons may require the services of an accountant.
Keywords: Tax Planning-Tax-Risk-Management

Para citar este artículo puede uitlizar el siguiente formato:

Jessy Gabriela Vega Flor (2019): "Registros básicos para una correcta planificación tributaria para las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad", Revista Observatorio de la Economía Latinoamericana, (marzo 2019). En línea:
https://www.eumed.net/rev/oel/2019/03/planificacion-tributaria.html
//hdl.handle.net/20.500.11763/oel1903planificacion-tributaria


 DESARROLLO

Planificación Tributaria
“El derecho que tienen los contribuyentes de buscar las mejores alternativas de gestión empresarial para optimizar sus utilidades mediante la disminución de su carga fiscal o su diferimiento, es el punto de partida de la mayoría de definiciones que se han escrito sobre planificación tributaria, por lo que, para entender el contexto filosófico y técnico que rodea su conceptualización, es pertinente enfocar y caracterizar este proceso desde distintas ópticas: a) como un mecanismo motivado en la conducta del contribuyente, b)como un instrumento para diferir la carga fiscal y, c) como un proceso técnico encaminado a lograr un ahorro fiscal y a promover la inversión en las empresas. García C., menciona el papel que tiene el contribuyente, al indicar que: “La planeación fiscal lícita significa un derecho a aprovechar de las economías de opción que se deriven del ordenamiento tributario. Sin embargo esta libertad se encuentra limitada por las conductas abusivas que conllevan una elusión fiscal.” (García Novoa, 2012)
“La planificación tributaria es un proceso constituido por una serie de actos o actuaciones lícitas del contribuyente, cuya finalidad es invertir eficientemente los recursos destinados por éste al negocio del que se trata y con la menor carga impositiva que sea legalmente admisible dentro de las opciones que el ordenamiento jurídico contempla” (Rivas Coronado & Vergara Hernández, 2000)
Galárraga, (2002) y Parra, (2001) mencionan, “que este tipo de planificación busca conducir el desarrollo adecuado de los acontecimientos, las actividades y las transacciones financieras, dentro de los límites establecidos por las leyes fiscales y parafiscales con el fin de disminuir el pasivo tributario de las empresas. Definitivamente este tipo de guía de acción no se limita únicamente a los impuestos también considera las contribuciones, porque estas últimas de ejercen igual forma una presión tributaria representativa en las organizaciones que deben cumplir con su aporte, a pesar de ser de diferentes naturalezas”.
Procesos contables y tributarios 
López, A, (2006:4) define como “el conjunto de fases a través de las cuales la Contaduría pública obtiene y comprueba información financiera. El proceso contable surge como consecuencia de reconocer una serie de funciones o actividades engranadas entre sí, que desembocan en el objetivo de la contabilidad, que es obtener información financiera; para ello es necesario seleccionar, diseñar e implementar el sistema por medio del cual sea posible tratar los datos.” 
Gómez, (1999), opina que “los  procedimientos son una serie de labores concatenadas, que constituyen una sucesión cronológica y el modelo de ejecutar un trabajo, encaminado al logro de un fin determinado. Los procesos permiten eliminar operaciones innecesarias, cambiar el orden de las operaciones para que se logre mayor eficacia, elimina las demoras y  los registros,  ahorrando tiempo; centraliza el control interno ayudando a controlar los puntos clave, entre otros” 
Un proceso contable sirve para conocer y demostrar los recursos controlados por un ente económico, las obligaciones que tenga de transferir los recursos a otros entes, los cambios que han experimentado tales recursos y el resultado obtenido en el período.  
Los procesos son los que guían paso a paso a realizar las actividades mediante políticas ya establecidas, realizando trabajos específicos. Los procesos deben ser completos, sucesivos, complementarios, estables, flexibles y coherentes. 
Riesgo Tributario 
Mansilla, C. (2012), indica que: “el riesgo suele utilizarse como sinónimo de peligro, este está vinculado a la vulnerabilidad, mientras que el peligro aparece asociado a la factibilidad del perjuicio o daño. En otras palabras, el peligro es una causa del riesgo. Existen riesgos de distinto tipo y que surgen en diferentes ámbitos como el laboral, biológico, financiero y el fiscal”. Velloso, (2013: Internet), define como “desvíos de los resultados fiscales de lo esperado al momento de prepararse el presupuesto y/o otros pronósticos fiscales”
Tributos
En el Código Tributario (2015) se menciona que la determinación de tributos es el acto o conjunto de actos enfocados a precisar en cada caso la existencia del hecho generador, la base imponible, el sujeto obligado y la cuantía del tributo.
La determinación del tributo se establece de las siguientes formas:
Por medio del contribuyente en las declaraciones enviadas, cuando exista el hecho generador de cada tributo.
Por medio del sujeto activo quien determinará de forma directa por la propia información del contribuyente referente a la cuantía del tributo y el hecho generador, o de forma presuntiva cuando no exista información, se fundamentará en hechos, indicios o circunstancias para establecer el tributo.
De forma mixta; el sujeto activo exige la información necesaria al sujeto pasivo y compara la información con los datos obtenidos de otros contribuyentes.
Recaudación de tributos
La recaudación de los tributos se efectuará por las autoridades y en la forma o por los sistemas que la ley o el reglamento establezcan para cada tributo. El cobro de los tributos podrá también efectuarse por agentes de retención o percepción que la ley establezca o que, permitida por ella, instituya la administración. (Código Tributario, 2015)
DISCUSIÓN Y RESULTADOS
Las Personas Naturales no Obligadas a llevar Contabilidad, adquieren deberes formales con el Servicio de Rentas Internas donde menciona que:
Primer Deber Formal
Como primer deber formal debe  Inscribirse en los registros del SRI, proporcionando los datos de actividades económicas y comunicar oportunamente los cambios que se presenten.
El Registro Único de Contribuyentes (RUC) es el número que identifica a cada contribuyente que realiza una actividad económica
El documento que recibe al inscribirse en el RUC es la constancia de su registro. En él constan  sus datos personales  y los de su actividad económica. El RUC es su número de cédula más los dígitos 001.
En el momento en que se inscribe en el RUC, su registro se coloca en estado ACTIVO, a partir de este momento deberá  cumplir con sus obligaciones  tributarias.
Segundo Deber Formal:
El segundo deber formal es emitir y entregar comprobantes de venta autorizados. Donde estos documentos son los que sustentan la transferencia de bienes, la presentación de servicios o cualquier otra transacción gravada con tributos. Estos documentos deben  ser autorizados por el SRI para su emisión.
Las personas  naturales  no obligadas  a llevar contabilidad  deben  emitir y entregar  comprobantes de venta  autorizados  en todas  sus transacciones. Únicamente para personas naturales no obligadas a llevar contabilidad, esta obligación se origina por transacciones superiores a $ 4,00; pero al final del día, se deberá  emitir un comprobante de venta en la que se incluyan todas las transacciones realizadas por montos inferiores o iguales a $ 4,00.
Puede  obtener comprobantes de venta en las imprentas  autorizadas por el SRI. Recuerde que es estrictamente  necesario  obtener comprobantes de venta para iniciar una actividad económica,  caso contrario, puede  ser sancionado por incumplir su segundo deber formal.
Los contribuyentes que pertenezcan al régimen general deben solicitar la autorización de documentos pre impresos a través del portal web en SRI en Línea/ Sistema de Facturación.
El tiempo de vigencia de la autorización de sus comprobantes de venta dependerá del cumplimiento  de sus obligaciones tributarias.

El SRI estableció  un nuevo  mecanismo para  la emisión  de  comprobantes de nominado “Facturación  Electrónica”, con  el cual se logra reducir  los costos de  cumplimiento  tributario  a los contribuyentes, además  apoyar a la disminución  de la contaminación ambiental que genera  el papel impreso
La emisión de comprobantes electrónicos presenta los siguientes beneficios para los contribuyentes y la ciudadanía  en general:

  • Tienen exactamente la misma validez que los comprobantes en papel.
  • Ofrecen mayor seguridad  en el envío, recepción  y resguardo de los comprobantes; disminuyen  el espacio  físico para  su almacenamiento.
  • Contribuyen  con el medio  ambiente, pues  reducen  sustan­ cialmente  la papelería física e incentivan al ciudadano  a una cultura de “cero papeles”.

Con la facturación electrónica, el Servicio de Rentas Internas facilita a los pequeños y medianos  contribuyentes una  herramienta gratuita que genera, emite, firma electrónicamente y envía sus comprobantes para la autorización de la Administración Tributaria.
Tercer Deber Formal
Como tercer deber formal es llevar los libros y registros contables  relacionados con la actividad económica, aunque  el RUC se encuentre bajo el régimen general o el RISE.
Para cumplir con este  deber  puede  utilizar un cuaderno  o elaborar el registro en su computador. Adicionalmente debe archivar los comprobantes de venta relacionados  con su actividad económica por 7 (siete) años.

Si cuenta  con RUC como persona  natural no obligada a llevar contabilidad, no necesita  contador, pero sí debe  ingresar la información de sus compras  y ventas en un registro de ingresos y gastos, de manera  mensual.
La ley determina que, en el caso de bienes, se debe retener el 30% del valor de IVA cobrado.
Solo los agentes de retención están obligados a efectuar esa retención.
Cuarto deber formal
Presentar las declaraciones y pagar los impuestos, Las personas  naturales no obligadas a llevar contabilidad, deben  presentar las declaraciones a través de la aplicación DIMM formularios multiplataforma que se encuentra en la página web www.sri.gob.ec
IVA es Obligatoria en todos los casos.
Impuesto a la Renta (anual) Obligatoria solo si supera la base exenta de ingresos de la tabla del impuesto anualmente
Dependiendo de su actividad, debe realizar sus declaraciones de IVA de manera mensual o semestralmente, en el formulario 104 y 104A.
Las declaraciones mensuales de IVA y el pago del impuesto se realizan en el mes siguiente al período que se va a informar. El plazo para presentarlas depende del noveno dígito del RUC.
El plazo para presentar la declaración semestral de IVA y efectuar el pago de impuestos depende del noveno dígito del RUC .
Al ser una persona  natural no obligada a llevar contabilidad  deberá  utilizar el formulario 102A en línea para declarar el Impuesto a la Renta. Debe consolidar los ingresos percibidos y los gastos generados, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año anterior. El plazo para presentar esta declaración para las personas naturales, inicia el 1 de febrero y culmina en marzo de acuerdo al noveno dígito del RUC.
CONCLUSIÓN

Un proceso contable sirve para conocer y demostrar los recursos controlados por un ente económico, las obligaciones que tenga de transferir los recursos a otros entes, los cambios que han experimentado tales recursos y el resultado obtenido en el período. Nace la necesidad de que sus registros básicos para una correcta Planificación Tributaria se conviertan en una guía paso a paso a realizar las actividades mediante políticas ya establecidas, realizando trabajos específicos.
No necesariamente se requiere de la presencia de un Contador Público,  para elaborar las los registros de los comprobantes de ventas y compras, aunque aparentemente puede ser difícil la distribución de los  elementos que conforman para la declaración de impuestos; pero en todo caso, se pueden guiar en base a los cuadros que presenta este artículo científico.

Bibliografía
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ESCOBAR GARCÍA, Carlos Agusto, (2012) “Diseño de un modelo de planificación tributaria para la gestión de la compañía de servicios contables TMF Ecuador CIA. LTDA.”, (En línea), Disponible en:  http://dspace.ups.edu.ec/handle/123456789/3671(29.05.2013)  
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PONTÓN ESPINOZA, Carla Isabel (2012), “Planificación tributaria para la empresa “Distribuidora Wayne” del Sr Nilo Geolito Pontón Vargas de la ciudad de Santa Rosa”, (En línea), Disponible en: http://repositorio.utmachala.edu.ec/jspui/handle/123456789/585(23.05.2013) 
Servicio de Rentas Internas
*Ingeniera en Contabilidad y Auditoría, Master en Auditoria Integral, Docente de la Universidad Nacional de Chimborazo, Coordinadora de Prácticas Pre-profesionales de la Carrera de Economía de la Facultad de Ciencias Políticas y Administrativas

*UNACH jgvega@unach.edu.ec

Recibido: 21/02/2019 Aceptado: 07/03/2019 Publicado: Marzo de 2019

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