Cuadernos de Educación y Desarrollo

Vol 3, Nº 29 (julio 2011)

APROXIMACIONES A LA PREVENCIÓN DE LAS ALTERACIONES DE LA CONDUCTA DESDE EL CONSEJO DE ATENCIÓN A MENORES (CAM) DE EDUCACIÓN EN CUBA


Niurka Téllez Rodríguez (CV)
Universidad en Ciencias Pedagógicas “Frank País García”, Cuba
Facultad Educación Infantil, Departamento de Educación Especial
ntellez@ucp.scu.rimed.cu




RESUMEN

El presente artículo tiene como punto de partida el abordaje de las dimensiones que distinguen la labor del Consejo de Atención a Menores de Educación de Cuba en la prevención de las alteraciones de la conducta que se desarrolla con los menores de 16 años.

Palabras clave: Alteraciones de la conducta, prevención, Consejo de Atención a Menores.

INTRODUCCIÓN

A partir de la primera mitad del siglo XX tomó gran fuerza, en Europa, la corriente de protección a la infancia dando lugar a la adopción de leyes, que declaraban a los menores de 16 años de edad como penalmente irresponsable. El presupuesto de la orientación, era dirigido no solo la comisión de los hechos tipificados como delito o falta, sino a comportamientos desviados de la norma social. Las medidas que se aplicaban eran de carácter educativo, prescindiendo del alcance, la gravedad de los hechos y atendiendo exclusivamente, a las condiciones morales y sociales del menor.

Para abordar el análisis en nuestro país de la atención a los menores con alteraciones conductuales no se pueden separar los aspectos pedagógicos y sociales, pues estos se manifiestan indisolublemente ligados.

La constante preocupación por el bienestar de la población infantil, por parte del gobierno cubano y como parte el cumplimiento de los acuerdos internacionales como la Declaración de los Derechos del Niño y de las Reglas de Beijing (1984), se adoptó el Decreto Ley 64/82 para la protección de los menores de 16 años. El decreto está sustentado en el tratamiento psicopedagógico de aquellos menores que infringen las normas y cometen hechos que la ley tipifica como delito pero que en su caso son inimputables.

Ellos no son juzgados por los tribunales de justicia, sino que son atendidos por órganos e instituciones especializados, dirigidos por los organismos que rectorean el sistema, cuya competencia está determinada, en lo fundamental, por la magnitud de la falta o la peligrosidad de esta.

A tal efecto hay tres categorías bien definidas que garantizan una mejor atención de los menores, pues estos son atendidos en función de los niveles de deterioro que presentan en la conducta, la gravedad de la indisciplina o el trastorno, así como el índice de desviación y la peligrosidad, entre otros aspectos.

El actual sistema de atención a menores de 16 años que presentan trastornos en la conducta; constituye el fruto de los logros de las concepciones pedagógicas, psicológicas, sociales, médicas y jurídicas

Este decreto marcó la necesidad del rediseño de acciones de intervención preventivas para erradicar o evitar el agravamiento de los desajustes en la conducta de los menores. A raíz de la existencia de esta normativa jurídica, se creó el Consejo de Atención a Menores tanto en el Ministerio del Interior, como en el Ministerio de Educación. Su funcionamiento y estructura esta normado en la Resolución Ministerial 40/83. Este órgano tiene una composición multidisciplinar y en el están representado los diferentes organismos y organizaciones políticas y de masas de nuestra sociedad, como la Unión de Jóvenes Comunistas (UJC), Federación de Mujeres Cubanas (FMC), Comité de Defensa de la Revolución (CDR), Asociación de Combatientes de Cuba, entre otros. El CAM de Educación es el órgano legal metodológico que promueve la labor preventiva hacia las diferentes educaciones del subsistema de educación en aras de darle atención psicopedagógica al menor para su plena inserción en la sociedad.

El accionar del CAM ha variado, el mismo ha transitado desde una labor centrada en los menores diagnosticados con trastornos de la conducta, en sus diferentes categorías, hasta la concepción del control de la actividad preventiva que se realizan desde las educaciones, instituciones y demás actores del proceso, involucrados en la prevención de las alteraciones de la conducta.

La arista fundamental de este órgano es la prevención. Ahora bien se hace necesario enunciar algunas reflexiones en torno a la relación de la prevención con la sociedad y la educación.

Como fenómeno inherente a la sociedad, la prevención ha sido frecuentemente abordada desde las Ciencias Jurídicas, Sociológicas. La Prevención Social es la actividad de la sociedad en su conjunto dirigida a la evitación de las conductas desviadas, antisociales y delictivas, mediante la eliminación de las causas y condiciones que los generan o facilitan, materializando el trabajo de atención social en la acción directa organizada y planificada, que se ejerce por los sujetos de la prevención sobre aquellos ciudadanos que manifiestan una conducta desviada, antisocial o delictiva con el propósito de influir en su conducta y el medio que le rodea, logrando su más adecuada incorporación a la Sociedad.

En Cuba, la concepción integral del trabajo de Prevención y Atención Social se realiza por todos los organismos estatales y sociales del país quedando organizada y estructurada esta actividad en la Comisión de Prevención y Atención Social en todos los niveles.

Dentro de la Pedagogía y sobre todo de la Pedagogía Especial ha sido relacionada la prevención, con otros procesos que tienen que ver con la atención a sujetos y grupos. La misma está íntimamente ligada al concepto de educación, entendido como un proceso social complejo. Ella es promotora de la movilidad social, en la conservación de los valores que identifican a las relaciones entre los sujetos que la conforman.

Como la educación es un derecho inalienable del hombre, protegido y amparado por la Carta Magna) Constitución) y está vinculado al derecho de enseñar-aprender y lógicamente está directamente relacionada con el derecho a la libertad. Se requiere entonces una nueva educación abierta, diversificada y coooperativa. En este mismo sentido la Comisión Delors sugiere considerar a la educación como “una posibilidad al servicio del desarrollo humano para combatir la pobreza, la exclusión, la intolerancia, la opresión y las guerras.” La educación del siglo XXI deberá satisfacer los objetivos de la convivencia, del aprendizaje social. La UNESCO y otros organismos, aluden a la Educación preventiva – participativa, que implica la participación de las nuevas generaciones en la tarea de prevención.

El Consejo de Atención a Menores aborda la prevención como la “adopción de medidas encaminadas a impedir que se produzcan deficiencias en el desarrollo, o cuando ocurran que no tengan consecuencias psicológicas, físicas y/o sociales negativas”. Y en su concepción la toma de medidas promueve la protección de los derechos desde el propio proceso de educación, instituidos por la sociedad hacia los menores.

La labor de prevención, dada la variedad de los participantes y de la atención social así como la naturaleza y complejidad de la misma, genera en el CAM, la coordinación y control de las acciones hacia los diferentes niveles de prevención, establecidos por el Instituto Internacional del Niño, definidos en:

• Primer nivel (Prevención Primaria): Medidas que se toman cuando la deficiencia no se ha producido. Se realiza en un marco supuestamente sano, pero sobre menores incorporados a grupos riesgo, considerándose como riesgo un importante e importante mínimo de factores causales, de orden biológico, psicológico, económico y ambiental, que asociados pueden producir una alteración determinada, comprometiendo el desarrollo normal de niños, adolescentes y adultos.

• Segundo Nivel (Prevención Secundaria): Se realiza ante la aparición de enfermedades, la detección de alteraciones congénitas o en casos de accidente, para evitar que, como consecuencia, aparezca una deficiencia.

• Tercer Nivel (Prevención Terciaria): Se desarrolla sobre menores con deficiencias en la esfera psicológica, fisiológica o anatómica, con miras a evitar el surgimiento de algún tipo de discapacidad. Se identifica con la rehabilitación..

• Cuarto Nivel (Prevención Cuaternaria): Se lleva a efectos sobre menores discapacitados con el objetivo de evitar el desarrollo de minusvalías. Tiene su base en la equiparación de oportunidades, considerándose este el proceso mediante el cual el, sistema general de la sociedad (medio físico y cultural, vivienda y transporte, servicios sociales y sanitarios, oportunidades de educación y trabajo, vida cultural y social, incluidas las instalaciones deportivas y de recreo), se hacen accesibles para todos.

En cuanto al término alteración, este ha sido abordado por diferentes ramas del saber humano, como la Pedagogía, la Psicología entre otros. En el pasado siglo Vigotsky se refería a la alteración vista hacia el interior de la estructura del defecto en el trastorno de la conducta. El Dr C. Guillermo Arias (1990) en el análisis causal de este trastorno retoma el término, pero ajustado al niño de edad temprana.

Las alteraciones de la conducta dan cuenta del estado sintomatológico previo a la instauración de la desviación afectiva emocional de la conducta o del denominado también trastorno de la conducta. La DraC Betancourt J. (1992) plantea que en lo sintomatológico está la alteración, las que constituyen la base de todo un complejo sintomático. El menor con alteraciones de conducta se caracteriza por manifestar desajustes en su esfera emocional, en su esfera social o en ambas a la vez.

El Dr C. Martínez Mendoza F. (2002) aborda la alteración de la conducta y su importancia en la valoración del comportamiento del niño de edad preescolar, teniendo en cuenta el concepto de normalidad.

La DraC Fowler (2004) estableció los niveles de las alteraciones de la conducta:

 DIFICULTADES EN LA CONDUCTA O EN EL COMPORTAMIENTO. Presentan determinadas manifestaciones por un conflicto o inconveniente que se ha generado en su desarrollo y que le impide obtener un objetivo, una meta aunque con apoyo y recursos educativos lo puede lograr en corto tiempo, la frecuencia e intensidad de las manifestaciones pueden variar, no son estables y sobre todo obedecen a los cambios propios del desarrollo en determinados períodos críticos aún no han cambiado sus motivaciones con relación a su función social fundamental Grossman (1998).

 PROBLEMAS DE CONDUCTA O EN EL COMPORTAMIENTO. mayor complicación o contrariedad en el comportamiento, cuando el grado de integración de las manifestaciones que caracterizan una dificultad son más estables, frecuentes e intensas. más resistente al tratamiento, mayor grado de implicación personal, os motivos de actuación comienzan a transformarse en actitudes que afectan la comunicación con el grupo.

 TRASTORNOS DE CONDUCTA. Es una perturbación o disturbio en la conducta donde hay mayor sistematicidad de las manifestaciones negativas del comportamiento, se mantiene en diferentes contextos de actuación, la escuela, la familia y la comunidad. Tienen un carácter de relativa estabilidad en dependencia de la edad del sujeto, de las contradicciones que se generan en los diferentes contextos de actuación y de la posibilidad de que se integren nuevos sistemas vivenciales, repercute en los rendimientos del aprendizaje, en las relaciones interpersonales, en la autoestima y en el autocontrol, las motivaciones para el cumplimiento de la función social fundamental se han transformado negativamente.

La Dra, Hodelín (2006) abordó las alteraciones de la conducta y su diferenciación con las reacciones de adaptación, planteando que estas tienen una duración más prolongada y están relacionadas con las relaciones de comunicación inadecuada.

Al referirnos a las alteraciones de la conducta, como puede apreciarse se contempla un universo variado de manifestaciones que de manera gradual conducen al trastorno de la conducta, de no ser atendidas de manera oportuna y sistemática, con la anuencia de todas las agencias socializadoras del desarrollo.

Hay que considerar, que el problema de conducta del escolar está en estrecha relación con la existencia de estados vivenciales inadecuados o desfavorables para el normal desarrollo del mismo.

Teniendo en cuenta estos aspectos la prevención desde el Consejo de Atención se caracteriza carácter humanista ya que pone en el centro de todo su accionar al menor, para poder atender aquellas problemáticas que puedan entorpecer su normal desarrollo e incidir en su formación ciudadana.

El proceso de prevención que se desarrolla desde este órgano tiene como peculiaridades la de:

- Ofrecer a los actores sociales del proceso las pautas a seguir en la toma de decisiones con carácter preventivo.

- La sensibilización de los factores socioeducativos que inciden en la comunidad educativa y que provocan las alteraciones de la conducta.

- La comprensión desde ética, del valor de la detección temprana y la intervención desde las diferentes agencias socializadoras, a partir de la modificación de los modos de sentir, actuar y pensar. Esto garantiza la efectividad de todo el proceso encaminado a estimular el desarrollo, a evitar o atenuar que se presenten alteraciones o defectos. Incrementándose las posibilidades de que la influencia educativa se haga cada vez más efectiva.

_ El tratamiento integral en la labor de seguimiento.

_ La potenciación del desarrollo del menor.

Se determinan como dimensiones del proceso de prevención que se desarrolla desde el CAM de educación está activado por las dimensiones siguientes:

• Organizacional

• Normativa

• Axiológica

• Ético

Desde lo organizacional se advierte su contenido, la necesidad de prevenir tempranamente las manifestaciones que dan cuenta de las alteraciones de la conducta. Lo anteriormente señalado está relacionado con los elementos que generan la aparición de las alteraciones de la conducta. Muchos han sidos los investigadores que han estudiado las causales de las desviaciones de la conducta, entre ellos el científico Grossman (1985) consideraba que las causas de las desviaciones eran multifactoriales.

El Dr. Áreas (1999) precisó la dinámica causal del comportamiento considerando el efecto interactivo de las condiciones psicológicas y sociales y el carácter personalizado con el que se produce la desviación. Esta dinámica se sostiene en la tesis vigostkiana (1987) que precisa la estructura de la conducta en su relación con la práctica del niño “en un espacio que canaliza su desarrollo espontáneo” Para otros autores como la Dra C. Betancourt (2002), el Dr C. Martínez Mendoza (2002) y el Dr C. Duvalón R. (2003) advierten las particularidades psicológicasde estos sujetos en relación con diversos factores que los generan en los diferentes contextos de actuación.

Desde lo organizacional, la actividad del CAM se torna compleja en tanto son diversos los problemas que convergen en la formación y desarrollo de la personalidad de los menores, en este mundo globalizado. Asumir el cambio educativo que se genera en la sociedad cubana actual, desde la labor del Consejo de Atención, supone tener en cuenta todos estos factores, para poder establecer la conducta a seguir tomando de estos contextos los elementos potenciadotes del desarrollo del sujeto.

La dimensión normativa se revela como la facultad, que desde lo jurídico, proporciona la formación sociocultural de los sujetos. Esta dimensión es el punto de confluencia educativa, de los integrantes de este ógano.

Al realizar una rápida mirada a los documentos jurídicos, que se han establecido para normar el desarrollo del quehacer preventivo de educadores, directivos, y funcionarios en torno al normal desarrollo del sujeto, se evidencia la concreción del enfoque sociocultural y humanista del modelos educativo cubano y la intención de educar en el cumplimiento de las regulaciones vigentes en nuestro sistema.

El centro de la dimensión se sostiene desde la no penalización del menor y del establecimiento de una labor psicopedagógica con el, su familia y los demás contextos donde este se desenvuelve. Lo normativo señala las pautas de la actuación de cada uno de los integrantes del Consejo, en el sistema desde una posición crítica reflexiva de los códigos establecidos para la protección del menor y de las regularidades que se presentan en los micro espacios con el cumplimiento de los mismos.

Existe en algunos pedagogos una concepción un tanto distorsionada, acerca de la función del CAM de Educación, considerándose esta desde la administración de justicia, consideramos que la actuación del Consejo atraviesa el fenómeno de la educación como derecho y desde ella se da la educación para la ciudadanía, a partir de ofrecer las oportunidades de que los sujetos asuman responsabilidades para consigo mismo y para con la sociedad; solo desde la protección de los deberes y derechos de los menores se podrá dar salida a lo establecido en las disposiciones normativas con un marcado carácter educativo y formativo.

La dimensión axiológica, se justifica en el perfeccionamiento de los valores humanos de los sujetos en el marco de sus relaciones; es a partir del desarrollo de los sentimientos y actuaciones de los mismos que se refleja una adecuada participación ciudadana, por lo que se dirige la misma hacia los niveles conscientes de actuación.

Lo axiológico se relaciona con lo normativo en tanto se sostiene en las cualidades morales que expresan los sujetos en el cumplimiento de las normas consensuadas y legales del modelo social vigente. En esta dirección el Ministerio de Educación ha implementado algunas disposiciones en función de desarrolla los valores en las diferentes educaciones que conforman el Sistema Nacional Cubano.

La labor educativa de los docentes y especialistas permite la retroalimentación al CAM de Educación de las regularidades que se gestan en las diferentes localidades (dígase Consejo Popular o circunscripción) en torno al normal desarrollo del menor.

La dimensión ética del Consejo se evidencia desde la identidad humanista del quehacer de sus integrantes, generando la organicidad del acto educativo. Esta dimensión se concreta en los modos de actuación, en los modos de sentir, actuar y pensar para transformar las condiciones desfavorables que generan las alteraciones de la conducta.

Estas diferentes dimensiones se relacionan entre sí y a la vez están contenidas en la orientación que desarrolla este órgano hacia los sujetos y grupos involucrados en la prevención.

La labor de este órgano está llamada a desarrollar, cada vez más, la concientización de la significación social del desarrollo de las acciones de prevención para la sociedad y a convertir en un ejercicio cotidiano el actuar en consecuencia con las necesidades y potencialidades que tenga la sociedad para anticiparse a los desajustes de la conducta en las jóvenes generaciones.

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1999

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4- DUVALÓN RAMÍREZ, Jorge. La perspectiva sociocomunicacional e interactiva en la reeducación de menores con trastornos de la conducta I. Tesis en opción al grado científico de Doctor en Ciencias.2003

5 - GROSSMAN, G. y Col. El niño con trastornos de la conducta en la familia, el consultorio y la escuela. Editorial Pueblo y Educación. 1983.

6- TÉLLEZ RODRÍGUEZ N. Desafíos en el proceso de tránsito del egresado de las escuelas de conducta. Revista Maestro y Sociedad. No. 16. 2011. Cuba


 

 
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