Contribuciones a las Ciencias Sociales
Enero 2012

EL VOTO DE LA MUJER, ¿DEBATE HISTORIOGRÁFICO Y/O POLÍTICO?. EL CASO DE ESPAÑA EN 1933

Pablo Villalaín García (CV)
villalain@telefonica.net

 



Resumen:
Este artículo analiza el proceso que permitió que la mujer española votase por vez primera en la historia de España en unas elecciones, las celebradas en noviembre de 1933. Su análisis permite situar sus resultados en el proceso de cambio político que vivió la sociedad española a lo largo de ese año, y no en la supuesta responsabilidad que le cupo a la mujer, ya según algunos estuvo influenciada por las corrientes  sociales de pensamiento más conservadoras. Asimismo, sirve para reivindicar la firme postura de Clara Campoamor, frente a la posibilista de Victoria Kent.

Palabras clave: voto femenino, mujer, elecciones, República.



Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:
Villalaín García, P.: "El voto de la mujer, ¿Debate historiográfico y/o político?. El caso de España en 1933 ", en Contribuciones a las Ciencias Sociales, Enero 2012, www.eumed.net/rev/cccss/17/

Si los resultados de algunas elecciones han trascendido histórica y políticamente a lo largo del tiempo y han permanecido en el imaginario colectivo, éstos han sido los de las elecciones generales (o legislativas) de noviembre de 1933. Casi 80 años después de su celebración, sectores de la historiografía y de la opinión pública menos informada siguen proclamando que sus resultados deben achacarse a la participación de la mujer —por primera vez en la historia española— en el conjunto del proceso electoral. Como hemos puesto de manifiesto en diversas ocasiones1 , el lugar común de considerar que el sufragio activo de la mujer española en las elecciones celebradas el 19 de noviembre de 1933 fue el responsable del vuelco político que sufrió la II República española a los dos años y medio de su instauración no responde más que a los intereses políticos de las fuerzas que fueron derrotadas electoralmente entonces, incapaces y escasamente interesadas en analizar en profundidad las razones de su derrota, fenómeno en el que han colaborado, aunque sea involuntariamente, las insuficientes investigaciones que sobre esas elecciones ha realizado la historiografía.

 

La mujer y las elecciones legislativas de 1931
La historia de la participación electoral de la mujer española es, cuando menos, original, si por este término entendemos que primero pudo ser elegida (sufragio pasivo) y después pudo votar (sufragio activo). Recién instaurada la II República como consecuencia de los resultados de las elecciones municipales celebradas el 12 de abril de 1931, y ante la inminente convocatoria de elecciones a Cortes Constituyentes (a celebrar el 28 de junio de 1931), el entonces Gobierno provisional presidido por Niceto Alcalá-Zamora promulgó el 8 de mayo (Gaceta de Madrid de 10 de mayo) un breve pero importante Decreto que modificaba significativamente la Ley electoral de 8 de agosto de 1907 (aprobada en tiempos del conservador Antonio Maura). Ese Decreto, entre otros aspectos, y sólo aplicable a las citadas elecciones constituyentes, reconoció en su artículo 3 el derecho de la mujer a ser elegida 2, aunque no a ser electora 3. Si esta medida fue importante para la mujer —debe interpretarse como un indicador de modernización social y de desarrollo político—, también lo fue el hecho de que la elección de los diputados a Cortes se haría por circunscripciones provinciales 4, frente al modelo vigente de los distritos unipersonales5, ya que permitió que la mujer se integrara en candidaturas electorales, aspecto más beneficioso para sus expectativas de resultar elegida (se beneficiarían, como así fue y como hay que reconocer, del tirón electoral de sus compañeros de candidatura). En estas condiciones, muchas fueron las mujeres que se integraron en las candidaturas electorales que compitieron en las elecciones a Cortes Constituyentes6 , pero sólo dos fueron elegidas ese día (Clara Campoamor y Victoria Kent, ambas por la circunscripción de Madrid provincia y en la misma candidatura, la de la Conjunción Republicano-Socialista, aunque C. Campoamor lo hizo en representación del Partido Republicano Radical —PRR—7 , y V. Kent, en el del Partido Republicano Radical-Socialista —PRRS—)8 . Dado que en algunas circunscripciones hubo de celebrarse una nueva elección parcial en el mes de octubre, ésta fue aprovechada por la socialista Margarita Nelken para ser elegida9 , única mujer diputada en las tres elecciones legislativas celebradas en la etapa republicana (1931, 1933 y 1936), y siempre en la misma circunscripción (Badajoz).

 

El voto femenino en la Constitución de 1931
Con dos mujeres presentes en el Congreso de los Diputados 10 (controlado por socialistas y republicanos) 11, se inició el proceso de elaboración de la Constitución. De la Comisión parlamentaria encargada de su elaboración (la de Constitución, presidida por el socialista Luis Jiménez de Asúa), y en representación del PRR, formó parte C. Campoamor12 . Aunque no es éste es el lugar para mostrar la discusión parlamentaria acerca del reconocimiento del voto a la mujer13 , hay que recordar la labor desarrollada por esta diputada, muchas veces en solitario —siempre enfrentada a V. Kent—, labor que habría de pasarle factura política en dos momentos posteriores: cuando hubo de hacer frente a la explicación de los resultados de las elecciones de noviembre de 1933 —cargó con culpas e insultos— y cuando quiso integrarse, sin suerte, en la candidatura madrileña del Frente Popular (elecciones de febrero de 1936). Tras diversos avatares parlamentarios —las sesiones de 30 de septiembre y de 1 de octubre de 1931 aprobaron por 161 votos frente a 121 el reconocimiento del voto femenino 14, y la de 1 de diciembre rechazó por 131 a 127 el intento de posponerlo en las elecciones legislativas a haberlo ejercido previamente en varias elecciones municipales15 —, fue aprobado el artículo 36 de la Constitución: “Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes”16 . Habían sido vencidas las argumentaciones que rechazaban el voto femenino por razones ideológicas 17 y por razones de oportunidad política18 . España se incorporaba al selecto, por reducido, grupo de países en los que la mujer veía reconocidos sus derechos electorales 19. Por importante que sea este reconocimiento como expresión de la ciudadanía política, no debemos olvidar que la Constitución reconoció también la igualdad jurídica (artículo 25), el derecho al acceso a empleos y cargos públicos (artículo 40), la igualdad en el matrimonio y el divorcio (artículo 43), etcétera.

 

Prolegómenos a las elecciones legislativas de 1933
La alianza de republicanos y socialistas que había gobernado la II República durante el llamado bienio reformador llegó a su fin en el último trimestre de 1933. Las contradicciones políticas y sociales acumuladas desde 1931, con frecuentes crisis y formación de nuevos gobiernos 20, impusieron nuevas estrategias a los partidos políticos y a los grupos sociales, con el resultado de una nueva configuración del mapa político, el que saldría de las elecciones de noviembre de 1933. El reflejo de la crisis económica internacional de 1929 (reducción de la actividad industrial y comercial, descenso de la producción agraria, reducción de la inversión y aumento del paro, principalmente), el alejamiento cuando no enfrentamiento directo del movimiento anarco-sindicalista con el gobierno por la lentitud en la aplicación de reformas sociales (sucesos como los de Casas Viejas en enero de 1933 marcan la ruptura definitiva entre republicanos y socialistas y el movimiento anarcosindicalista organizado en torno a la CNT-FAI), la escisión en el Partido Republicano Radical-Socialista como consecuencia de la existencia de unos sectores partidarios de continuar colaborando con el PSOE y de otros de acercarse al Partido Republicano Radical, las divisiones internas del PSOE21 , la incompatibilidad entre radicales y socialistas 22, la reorganización política de la derecha23 , el auge internacional de los movimientos fascistas 24, fueron todos ellos factores que dificultaron la estabilidad gubernamental. En suma, la exacerbación de las tensiones sociales puso fin no sólo al pacto político-social que había dirigido hasta entonces la República sino también al modelo de concertación en que se había asentado el régimen. Como es bien sabido, la tensión política alcanzó su cénit con la aplicación de las grandes medidas reformistas del bienio: la reforma agraria 25, la reforma militar26 , la reforma religiosa27 y la aprobación de los estatutos de autonomía28 .

            En esta coyuntura política, dos elecciones bien diferentes celebradas a lo largo de 1933 indicaron el nuevo rumbo de la sociedad española: el 23 de abril se celebraron elecciones municipales (de los burgos podridos las llamó Azaña) en aquellos municipios en los que en abril de 1931 se había aplicado el artículo 29 de la Ley electoral de 190729 , y el 3 de septiembre, para la elección de miembros del Tribunal de Garantías Constitucionales —creado por ley de 14 de junio de ese año—, entre los que 15 de ellos se elegirían a través de los concejales de los Ayuntamientos 30. En ambos casos se dieron las condiciones para que las elecciones tuvieran un marcado carácter político y no sólo administrativo. Los resultados de las municipales favorecieron a las candidaturas antigubernamentales, y éstas pidieron la disolución de las Cortes y la convocatoria de nuevas elecciones; los resultados de las del Tribunal permitieron obtener 10 puestos a esas mismas candidaturas, y tuvieron como consecuencia inmediata la caída del gobierno presidido por Azaña, sustituido por otro encabezado por Lerroux que duró menos de un mes31 . La caída de este gobierno radical y la dificultad para formar otro de centro-derecha con la composición parlamentaria existente llevaron a Alcalá-Zamora, presidente de la República, a encargar la formación de gobierno al radical Martínez Barrio, al mismo tiempo que le facultó para disolver las Cortes y convocar elecciones para el 19 de noviembre.

            El ciclo electoral de la II República (con tres legislativas —1931, 1933 y 1936—, unas municipales parciales —abril de 1933—, una elección de compromisarios para elegir presidente de la República —mayo de 1936— y unas no celebradas municipales en abril de 1935, además de unas elecciones al Parlamento de Cataluña en noviembre de 1932) rompió con el modelo electoral de la Restauración, basado en el sufragio masculino y en la elección de diputados en distritos unipersonales, y con los grandes partidos de masas prácticamente incapacitados para obtener representación en las zonas rurales por las trabas institucionales y las prácticas caciquiles. La lucha electoral, con la maquinaria de los partidos puesta en funcionamiento para llegar a todos los electores, era una novedad a la que se habría de sumar la mujer: si en 1931 debutó como propagandista dando mítines por pueblos y ciudades, como miembro de las mesas electorales y como diputada32 , en 1933 se le presentó la gran ocasión de integrarse plenamente en una dinámica política que le reconocía como electora, como candidata y como propagandista 33.

 

Las elecciones de 1933
Con la convocatoria electoral, la mujer se incorporó a la contienda electoral34 . Era el momento de que 6.716.557 mujeres mayores de 23 años pudieran ejercer los derechos constitucionales recientemente reconocidos y de demostrar no tanto si la orientación de su voto era conservador o progresista, como si votaba de forma sustancialmente distinta a como lo iba a hacer el hombre. Para la vida política del momento, el debate se limitaría en los días inmediatamente posteriores a los de la celebración de las elecciones a si la mujer había votado mayoritariamente a unas opciones políticas u otras, a si debía responsabilizarse de los resultados 35; para la historiografía, y tras los años transcurridos desde entonces, a mostrar si el voto de la mujer se explica por supuestos condicionamientos propios de su género o por razones de política general, las mismas que puedan serle aplicadas a los hombres, y para lo que debe basarse en estudios detallados de los resultados de las distintas circunscripciones electorales.

            Además de las consideraciones de carácter político anteriormente expuestas, hay otro aspecto con una gran trascendencia en los resultados electorales: la legislación electoral, no tomada suficientemente en cuenta a la hora de explicar los resultados electorales. Esta legislación 36 favorecía la formación de coalicio­nes (lo hizo a la republicano-socialista en 1931 y lo hará a la derechista —CEDA, Comunión Tradicionalista y Renovación Española— en 1933), ya que un candidato al menos debía obtener el 40% de los votos válidamente emitidos (novedad respecto de la normativa aplicada en las elecciones de junio de 1931) para permitir la elección de todos cuantos hubieran alcanzado el 20% de esos mismos votos. Los puestos no cubiertos por no cumplir este requisito se disputaban en una segunda vuelta a celebrar 14 días después (3 de diciembre), en la que tan sólo podrían concurrir los candidatos que hubiesen superado el 8% de los votos válidamente emitidos. Esta Ley electoral combinaba los sistemas mayoritario y proporcional y fomentaba, en consecuencia, la formación de grandes coaliciones electorales, que se beneficiaban de la sobrerrepresentación concedida a las formaciones triunfantes. Dado un mapa político dividido en tres grandes opciones (conservadores, republicanos —a su vez fragmentados en diversos partidos— y socialistas), se dificultaba que los candidatos obtuvieran en la primera vuelta ese 40% de votos, por lo que la legislación fomentaba las coaliciones (pero también la bipolarización política), que a su vez serían el soporte de la mayoría gubernamental y de gobiernos estables.

            Si las elecciones a Cortes Constituyentes en junio de 1931 se caracterizaron por la presencia de un reducido número de candidaturas en liza (la republicano-socialista agrupó a fuerzas tan dispares como el Partido Republicano Radical, el Partido Republicano Radical-Socialista, el PSOE, Acción Republicana, federales…), en las de noviembre de 1933, tras la ruptura entre republicanos y socialistas, y las diferencias entre las diversas opciones republicanas, se presentaron un gran número de candidaturas en el ámbito del centro-izquierda37, y sólo una derechista38 , aspecto que benefició, indirectamente, la presencia de la mujer en las candidaturas 39: si en 1931 lo hicieron, a nivel nacional, un total de 12 candidatas en 15 circunscripciones40 , en 1933 lo hicieron 42 mujeres en 33 circunscripciones en la primera vuelta.

 

CIRCUNSCRIPCIÓN ELECTORAL

CANDIDATAS

BADAJOZ

M. Nelken41 (PSOE) y D. Ibárruri (PCE)

BALEARES

María Mayol (Izquierda Republicana)

BARCELONA CAPITAL

Lina Odena, Amparo Coloma y María Ricart (PCE-PCC); María Recaséns (Bloque Obrero y Campesino, BOC), Aurora Bertrana (ERC), Emilia Codorniu (Unió Democràtica de Catalunya, UDC) y Ramona Llatsé (Frente de Extremas Izquierdas)

BARCELONA PROVINCIA

Lina Odena, María Pallarols y Margarita Abril (PCE-PCC), y Concha Peña (Partido Republicano Radical)

CÁCERES

V. Kent (Izquierda Republicana)

CÁDIZ

Micaela de Castro (PCE)

CIUDAD REAL

Regina García (PSOE)

CÓRDOBA

Luz García (PSOE)

CUENCA

Carmen del Barrio (PSOE)

GERONA

Carmen Martí (BOC)

GRANADA

María de la O Lejárraga42 (PSOE)

GUIPÚZCOA

M.ª Rosa Urraca Pastor 43 (Comunión Tradicionalista) y Julia Álvarez (PSOE)

HUELVA

V. Kent (Izquierda Republicana)

HUESCA

Encarnación Fuyola (PCE)

JAÉN

Isabel Oyarzábal (PSOE)

LEÓN

Francisca Bohígas (CEDA) y D. Ibárruri (PCE)

MADRID CAPITAL

Catalina Salmerón44 (Izquierda Republicana), y D. Ibárruri y Lucía Barón (PCE)

MADRID PROVINCIA

C. Campoamor (PRR) y V. Kent 45 (Izquierda Republicana)

MÁLAGA CAPITAL

Carmen López (PCE) y Belén de Sárraga (Federal)

MURCIA CAPITAL

Dolores Caballero (PSOE)

MURCIA PROVINCIA

Regina García (PSOE)

NAVARRA

Julia Álvarez46 (PSOE)

OVIEDO

D. Ibárruri47 (PCE), V. Kent (Izquierda Republicana), y Matilde de la Torre 48 y Veneranda García-Blanco (PSOE)

PALENCIA

Claudina García (PSOE)

LAS PALMAS

Ignacia de Lara (derecha)

PONTEVEDRA

Amalia Figueroa (PCE)

SEVILLA PROVINCIA

Ana Parra (PCE)

TARRAGONA

Teresa Palau (PCE)

TOLEDO

Leocadia Muñoz (PSOE)

VALENCIA CAPITAL

Francisca Villanueva (CEDA)

VIZCAYA CAPITAL

D. Ibárruri (PCE) y Pilar Careaga (Comunión Tradicionalista)

ZAMORA

Isabel Oyarzábal (PSOE) y Leonor Martínez (PCE)

ZARAGOZA CAPITAL

Encarnación Fuyola (PCE)

 

            Con muchas fuerzas políticas en la contienda electoral, y como consecuencia también de la incorporación de la mujer a la vida política, vemos cómo ha aumentado sustancialmente su presencia en las candidaturas electorales, sobre todo las socialistas49 y las comunistas 50. La importante participación de la mujer en la campaña electoral, sobre todo como propagandista, tuvo su reflejo en una presencia en las candidaturas mucho más acorde con la importancia social y política que había alcanzado (y que se le había reconocido). Como puede observarse en el cuadro anterior, predominan las mujeres de partidos de la izquierda obrera, en coherencia con el papel que ésta defendía para la mujer en la sociedad. La derecha, por el contrario, sólo presentó cinco candidatas (M.ª Rosa Urraca Pastor y Francisca Bohígas fueron las más relevantes).

            La vertebración social y política de la mujer, como colectivo, se había iniciado décadas antes (en 1918 se habían fundado la Asociación Nacional de Mujeres Españolas —ANME— 51 y la Unión de Mujeres Españolas —UME—), pero fue en los inicios de la República cuando tuvo un desarrollo mucho más importante. Unión Republicana Femenina (URF), presidida por C. Campoamor y fundada a finales de 193152 ; la Agrupación de Mujeres Republicanas (AMR), fundada en plena campaña electoral de 1933 para promover actos electorales en favor de la República, y España Femenina (EF), organización conservadora fundada a finales de 1929,  fueron las organizaciones que más presencia tuvieron, aunque desigual, en la campaña electoral de 1933. La mujer, aunque de forma minoritaria, tenía sus organizaciones específicas y estructuras para dotarse de una presencia que le permitiera hacer llegar a la opinión pública sus demandas y aspiraciones53 .

            Dos breves apuntes sobre el discurso político de estas organizaciones en la campaña electoral de 1933 y sobre los mensajes que las distintas candidatas y propagandistas dirigieron a la mujer. La URF basó sus intervenciones públicas no en la promoción de su presidenta, C. Campoamor, como podía esperarse, sino en el impulso de la participación de la mujer en el proceso electoral —dinamización social y política— y en el apoyo a las candidatas, fueran de la candidatura que fueran54 . En uno de sus manifiestos electorales planteó, en un precedente de lo que haría en las elecciones de febrero de 1936, que las fuerzas republicanas que iban a recibir los votos de las mujeres debían abrirles sus candidaturas55 . La AMR, que tampoco solicitó el voto para ninguna candidatura republicana concreta pero sí para las de esta orientación, introdujo un aspecto novedoso en la campaña electoral: las políticas bélicas de Hitler y de Mussolini, como factor de inestabilidad, debían conducir a las mujeres a votar a republicanos y a socialistas (reclamó la reedición de la coalición de 1931) para evitar la guerra. Por su parte, EF hizo en su manifiesto electoral un canto a lo que consideraba los valores tradicionales de la mujer española, enfrentados a todo tipo de peligros: “sólo a nuestra conciencia oigamos en estos momentos en que vamos a intervenir de manera directa en la gobernación de nuestro país, en que ponemos en juego nuestras creencias, nuestros hogares, nuestra tranquilidad y nuestra tradición, y, sobre todo, y por encima de todo, el engrandecimiento y la paz de nuestra España” (ABC, 28 de octubre).

            Las candidatas y propagandistas desarrollaron una campaña electoral en la que sus mensajes no depararon sorpresa alguna, dentro del radicalismo que vivía la sociedad española: las socialistas, con mayor presencia pública que las de otras fuerzas políticas, insistieron en la necesidad de que la mujer votara sus candidaturas como garantía de mantenimiento del régimen republicano y de las conquistas sociales —votaría de acuerdo a los intereses de su clase social—, además de alertar de los peligros del fascismo56 y de cuestionar el papel de la Iglesia por su apoyo a la derecha más reaccionaria, sin olvidar atraerse a la mujer por su condición de madre57 ; las republicanas, en sus diversas opciones, optaron por unos mensajes más reformistas, alejados de socialistas y cedistas, identificando a la República con las reformas democráticas y el voto a sus candidaturas con su mantenimiento; las comunistas se dirigieron no sólo a la mujer como tal sino específicamente a la trabajadora, con propuestas para ella de claro contenido social (seguro de maternidad, permiso retribuido seis semanas antes y seis después del parto, creación de jardines de infancia, derecho al aborto…), además de otras como la denuncia de la guerra como instrumento al servicio de la burguesía; las derechistas, con una presencia pública comparable a la de las socialistas gracias a las secciones femeninas de sus partidos 58, hicieron del eje de su campaña la defensa de la religión y la crítica a la legislación laica de los gobiernos republicanos (separación de la Iglesia y el Estado, matrimonio civil, divorcio, libertad religiosa…), así como reclamaron para la mujer su sometimiento a las funciones tradicionales que había venido desarrollando hasta entonces (madre y esposa), es decir, reafirmaron el modelo de mujer católica y española59 .
           
            Celebradas las elecciones (primera y segunda vueltas60 ), el triunfo correspondió a las fuerzas conservadoras: la CEDA logró 115 diputados; los radical-conservadores, 102, y otras fuerzas derechistas, 105. Enfrente, el PSOE logró 60, y los republicanos 61, en sus diversas opciones, 38. Las previsiones tras las elecciones municipales parciales de abril de 1933 y las habidas para el Tribunal de Garantías Constitucionales en septiembre se habían cumplido62 . Si los resultados de las elecciones de junio de 1931 no reflejaron la realidad social y política del país —la fuerza y la influencia de la derecha conservadora eran mayores que la que reflejaban los 26 diputados de Acción Nacional y de los agrarios—, los de estas elecciones tampoco, ya que concedieron una sobrerrepresentación a las fuerzas conservadoras en detrimento de las republicanas y socialistas63 . Nuevamente el sistema electoral distorsionaba la realidad del país, ampliaba los efectos políticos del triunfo y de la derrota electoral (no hubo tanto una derechización general del conjunto del electorado, sino una ampliación de su derechización por parte de la legislación electoral). Por este camino es, aunque no el único, por donde creemos que debe analizarse el resultado electoral. Como dijo Salvador de Madariaga, “dos factores nuevos vinieron a complicar todavía más las elecciones. El voto femenino aumentó en seis millones de sufragios la mesa electoral; y, por otra parte, la ley electoral votada por el partido de Azaña presentaba cierto número de características complejas que la hacían más incalculable todavía que el voto femenino (…) La ley, además, daba trato de favor al partido que obtenía la mayoría de votos aun concediendo a las minorías cierta seguridad de representación mínima” 64.

            Si en las elecciones de 1931 (primera y segunda vueltas y elecciones parciales posteriores) tres mujeres fueron elegidas diputadas, en las de 1933 sólo lo fueron cinco a pesar de su mayor presencia en las candidaturas: cuatro de ellas socialistas (M. Nelken, de nuevo por Badajoz; Matilde de la Torre y Veneranda García-Blanco, ambas por Oviedo; y María de la O Lejárraga, por Granada), y una conservadora (Francisca Bohígas, por León). Fuera del Congreso de los Diputados quedaban, por decisión popular, C. Campoamor y V. Kent65 .

 

La prensa y los resultados de las elecciones de 1933
Como no podía ser de otra forma, el voto de la mujer, en general, y C. Campoamor, en particular, adquirieron un destacado protagonismo en el debate postelectoral. La simplificación de su supuesta responsabilidad en los resultados electorales convenía como justifica­ción de los errores políticos cometidos por las fuerzas que habían gobernado la República hasta entonces. Los partidos que en el debate constitucional se mostraron contrarios al reconocimiento del voto femenino le achacaron a la ya exdiputada toda la responsabilidad sobre lo ocurrido. Tampoco la propagan­da derechista fue ajena a esta explicación de los resultados electorales, posible­mente porque favorecía su política de control ideológico de la mujer.

            Aunque fue la prensa conservadora la que más hincapié hizo en el papel de la mujer en los resultados electorales, lo hizo en menor medida de lo que cabía esperar (en ningún caso un análisis exhaustivo de los datos). Un diario de la importancia de ABC, por ejemplo, no dedicó ningún editorial a justificar los resultados como consecuencia de la orientación mayoritaria del voto femenino, lo que tampoco le impedía ocultar su convencimiento de que había favorecido a las fuerzas conservadoras 66. Este matiz, el que implica un voto masivo o un voto ligeramente más escorado a estas opciones políticas, es fundamental para explicar los resultados electorales. Tampoco otro diario, como El Debate, de clara significación católica, concedió al voto femenino una gran relevancia en los resultados electorales, algo sorprendente dada la cobertura que prestó a la participación de la mujer en la campaña electoral. A destacar, unas declaraciones de Lerroux en este diario (21 de noviembre), contradictorias con otras efectuadas durante la campaña: “Siempre dije que el resultado sería de un gran desplazamiento hacia la derecha y que la principal causa de lo ocurrido está en haber entregado a la mujer un revólver y haberla ofendido después en sus sentimientos (…) La mujer española no equilibra todavía el sentimiento con el entendimiento”.

            Otros medios de comunicación, más extremistas ideológicamente pero con menos incidencia mediática, como es el caso de Renovación Española, sí concedieron interesadamente mayor protagonismo al voto femenino, posiblemente porque encasillaba a la mujer en un papel social claramente supeditado al del hombre, a lo que no era ajena su identificación con el catolicismo, una constante en la propaganda conservadora. En su edición del mes de diciembre consideraba que "ha contribuido al triunfo nuestro en forma decisiva, por representar, no sólo aportación numérica estimable, sino un espíritu de disciplina que a nadie seguramen­te habrá pasado desapercibido. Se ha manifestado la mujer cató­lica en su actuación pública con un entusiasmo y una fe que nos obliga a los favorecidos, de por vida, a inmensa gratitud". Y en la misma línea ideológica, en El Siglo Futuro (24 de noviembre) se pudo leer que "las mujeres han mostrado las virtudes que se consideraban propias del varón, sin impruden­cias, sin cobardías, sin inconstancias, sin flaquezas, pasiones de nombre femenino que cedieron su puesto en el corazón de la mujer española a este masculino compendio de todos los masculi­nos: el valor".

            Por el lenguaje y tono empleados, merece la pena citar el análisis efectuado por La Unión (diciembre de 1933), revista de las Damas Españolas del Sagrado Corazón y de la Federación Nacional de Obras Católico-Femeninas, según el cual el papel desempeñado por la mujer en el proceso electoral destacaba no sólo por su carácter heroico, continuador del de Teresa de Jesús y de Isabel la Católica, sino también porque España jugara una importante misión en la defensa de la fe católica: "Yo he visto a damas fervorosas besar el crucifijo y apretar el escapulario del Carmen contra su corazón en el momento mismo de emitir el sufragio; y entonces comprendí perfectamente que la España que santificó con su planta María Inmaculada, viviendo aún en carne mortal (y bendita Ella que a ninguna otra nación concedió tan celestial honor), no puede, no quiere, no sabe dejar de ser íntima y esencialmente cristiana".

            El diario Ahora, impulsor de la candidatura radical-conservadora, en un editorial titulado “¿Para qué va a servir el triunfo de las derechas?” (21 de noviembre) enumeraba las causas de la victoria derechista: la división de las opciones republicanas, la política extremista desarrollada por los anteriores gobier­nos y la orientación mayorita­riamente derechista del voto de la mujer. Para La Libertad (24 de noviembre), con la misma posición ideológica, no había duda alguna sobre el grado de responsabilidad que le competía a la mujer: "el voto femenino ha comprobado una tendencia especial hacia la derecha". En este mismo diario (30 de noviembre) se encuentra uno de los pocos artículos exculpato­rios de la supuesta responsa­bilidad que le cabía a la mujer (“El voto de la mujer”): el candidato radical-conservador por la capital madrileña J. Pi y Arsuaga, además de justificar el indiscutible derecho que le asistía para ser electora, disculpaba a la mujer de la derrota sufrida por las opciones republicanas, achacable sólo a sus propios errores políticos ("A ello han contribuido, como dejamos dicho, el odio de clase fomentado durante estos dos últimos años por funestos gobernantes y la creciente corrupción de las costumbres").

            Entre los diarios madrileños que apoyaron decididamente la candidatura de Izquierda Republicana, cabe destacar el análisis de Heraldo de Madrid: (23 de noviembre): el voto femenino fue el responsable del descalabro electoral de los partidos republi­ca­nos, razón última de la victoria electoral de la derecha. En el editorial titulado "Los desastres del voto femenino" le culpaba de haber votado preferentemente a la derecha ("Ha doblado los votos socialistas quizá; pero ha triplicado los de las derechas en detrimento de los del centro: republicanos"), influida por sus creencias religiosas ("se ha dejado seducir por la impresión de hechos religiosos que, en verdad, no afectaban a la religión"), y renegaba, en consecuencia, de los derechos políticos que le habían sido reconocidos por el régimen republi­cano ("Habrá que limitar en lo posible ese derecho al voto femenino"). Para El Liberal, también alineado con la candidatura de Izquierda Republicana, los resultados no debían achacarse al voto femenino67 .

            El Socialista no responsabilizó expresamente a la mujer del triunfo derechista: en el editorial titulado "Por qué agonizan los partidos republica­nos" (26 de noviembre) afirmó que el voto femeni­no no era el responsable de la situación de los partidos republica­nos, opinión que contrastaba con la defendida por los medios de comunicación ligados a esos partidos, que sí la responsabilizaban al haber votado por dos opciones extremas, derechas y socialis­tas, y perjudicado, por culpa del sistema electoral, a las opciones moderadas de centro. En los números de los días 2 y 3 de diciembre solicitó expresa­mente el voto de la mujer para las candidaturas socialistas en la segunda vuelta.

 

Clara Campoamor y su análisis de los resultados
Los ataques de que fue objeto C. Campoamor por parte de republicanos y de socialistas68 , tanto de los propios parti­dos como de los medios de comunicación afines, le obligaron a defenderse y a elaborar su propio análisis de los resultados electorales69 . Pocos días después de celebrada la primera vuelta de las elecciones, publicó en un diario que se había caracterizado por mantener una posición opuesta al voto femenino (Heraldo de Madrid) un artículo titulado "No fue el voto femenino..." 70, en el que rebatió los argumen­tos y las críticas ("afirmaciones nacidas del egoísmo, la maldad o la torpeza, ayunas de documentación") que le dirigieron, ya que si no se arrogó en su momento la exclusividad del mérito democrático de la concesión del voto a la mujer ("ya de verdad con él sufragio universal"), tampoco debería ser la única destinataria de los reproches que ahora le hacían las fuerzas progresistas.

            Su defensa se basó en el análisis de una serie de factores que, a su juicio, habían intervenido en el desenlace electoral, destacando la responsabili­dad que cabía a partidos y a gobiernos republicanos. Se reafirmó en todo momento en la labor realizada para la consecución del voto femenino, en cuanto derecho democrático irrenunciable tanto para la mujer como para la sociedad española ("cierto que fui en el Parlamento la defensora única y denodada de la causa de la mujer, defensa que haría con el mismo fervor en este momento y que seguiré mante­niendo mientras viva"); corroboró la certeza de que la mujer no había respaldado a los republicanos en las urnas a causa de la marginación sufrida en su etapa de gobierno ("la postura suicida y contumaz de los republicanos manifestándose tenaces enemigos del voto de la mujer y no incluyéndola para nada en sus cuadros de organización y propagan­da"); recordó la responsabilidad de la división del movimien­to republicano en varias ofertas electorales ("la separación —ya inevitable— de los partidos políticos que en la hora de la embriaguez —junio del 31— lucharon juntos y unidos frente a una derecha amedrentada, dividida e inhibida, y en la hora de la depresión —noviembre del 33— han luchado en guerrillas frente a una derecha compacta, fuerte y totalmente unida"); y, por último, responsabilizó a los gobiernos republicanos por su labor política ("el paro forzoso (...), la desastrosa política agraria, que ha dejado al pequeño agricultor en la ruina").

            En la línea argumental seguida con motivo de la discusión parlamentaria acerca de la concesión del voto a la mujer (septiembre-diciembre de 1931), recordó a sus detractores que la esencia de un gobierno democrático implicaba la aceptación de los cambios políticos emanados de la voluntad popular ("Hombres y mujeres han optado, ejerciendo su derecho, por una República de otra orientación, porque frente a la orientación anterior han discrepado los propios republicanos"), a la vez que alertaba frente a los que, conocidos los resultados electorales, se arrepentían de las medidas democráticas que, como el voto de la mujer, no se desarrollaban de acuerdo a sus intereses ("Sólo pueden protestar los que aspiren a que el sufragio universal sea una farsa") 71.

            Estos argumentos pretendían resaltar la existencia de múltiples causas —y aun le faltaron otras relevantes, como la militante abstención anarco-sindicalista 72, por ejemplo— que, en ningún caso, podían hacer recaer en la mujer la respon­sa­bilidad exclusiva, como pretendían políticos y partidos que se vieron derrotados en las urnas. Para C. Campoa­mor, la mujer había votado como el hombre, retirando su confian­za a los gobiernos progresistas y a los partidos que los sustenta­ban73 .

            Como esta argumentación podía ser contestada por otra de similar cariz político, presentó una serie de argumentos de carácter más objetivo: un análisis somero —aunque algo desordenado y apresurado, dada la fecha de publicación del artículo— de los resultados producidos en varias circunscripcio­nes electorales74 en comparación a los de 1931, para lo que contrapu­so los votos obtenidos por la candidatura derechista a los logrados por el resto de fuerzas políticas. Este análisis, que concluía con el triunfo de republicanos y socialistas, estaba condiciona­do por la militancia radical de la autora: en su afán de demostrar que la mujer no había votado de forma conservadora y que, en consecuencia, no había facilitado la victoria de la coalición derechista, incluía a la candidatura radical-conservadora en el conjunto de fuerzas progresistas, olvidando tanto las enormes diferen­cias que mantenía con quienes sí lo eran inequívocamente como su evolución política e ideológica en el bienio reformador, y causante de muchas crisis políticas y de enfrentamientos en el seno del Consejo de Ministros. No por ello su análisis está desprovisto de una parte de razón: la desunión electoral de los republicanos entre sí y de éstos con los socialistas 75 les perjudicó en la asignación de los escaños, aunque conjuntamente obtuvieran más votos. Pero bien distinto es que pudieran sumarse los votos de unos partidos que en la acción política de ese bienio habían dado muestras de la gran distancia que les separaba, al menos a radicales y a socialistas, fuerzas parlamentarias sobre las que giró la acción gubernamental y la formación de mayorías parlamen­tarias76 .


Conclusiones

Creemos que los datos refuerzan la hipótesis de considerar que en ningún caso la mujer fue la responsable de los resultados electorales de 1933. La ruptura de la conjunción de republicanos y socialistas que había triunfado, primero, en las elecciones municipales de abril de 1931 y, después, en las constituyentes de junio de ese año, como consecuencia de la propia evolución ideológica de esas fuerzas y de su actividad política (las reformas emprendidas no fueron consideradas por todas ellas como igualmente necesarias, por lo que la disputa por la dirección política del gobierno se convirtió en una fricción permanente), amplificada por una normativa electoral que favorecía la formación de grandes coaliciones electorales por la prima que concedía a los votos obtenidos, y la reorganización de las fuerzas conservadoras que en junio de 1931 todavía no se habían repuesto de la caída de la Monarquía, favorecieron una redefinición política del electorado, tal y como, significativamente, demostraron las elecciones municipales parciales celebradas en abril de 1933 y las elecciones al Tribunal de Garantías Constitucionales en septiembre de ese mismo año, preludio de las generales celebradas el 19 de noviembre de 1933. El voto de la mujer, como no podía ser de otra forma, no hizo más que comportarse como el de los hombres. Análisis historiográficos de

1 P. Villalaín: Mujer y política. La participación de la mujer en las elecciones generales celebradas en Madrid durante la II República (1931-1936). Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales-Instituto de la Mujer, Madrid, 2000. También en “Las elecciones generales de 1933 y sus resultados a la vista del voto femenino. El caso de Madrid”, en Cuadernos Republicanos, nº 40, octubre de 1999, y “El voto de la mujer en 1933”, en Historia 16, nº 287, marzo de 2000. Recientemente, R. Villa García: La República en las urnas. Marcial Pons Historia, Madrid, 2011, especialmente las páginas 359-372.

2 En ese mismo artículo se reconocía también la capacidad de elegibles a los sacerdotes, ya que según el artículo 4 de la Ley electoral de 1907 sólo eran elegibles “los españoles varones de estado seglar, mayores de veinticinco años, que gocen de todos los derechos civiles”. En las elecciones constituyentes de 1931 fueron elegidos 8, casi todos opuestos al Gobierno republicano.

3 “Entraba la mujer en el medio derecho político de la elegibilidad, pareja con el sacerdote. Para éste era la consolidación de su derecho con el del electorado, que ya disfrutaba. En cuanto a la mujer, no sabemos si sirvió de pretexto para justificar el advenimiento del sacerdote, caso singular en un gobierno de mayoría laica, o si se soñó en llevar a la Cámara, con votos exclusivamente masculinos, a una sola mujer, de espíritu no muy reivindicador, de ánimo no muy combativo, para presumir de anhelos modernizadores. C. Campoamor: El voto femenino y yo. Ediciones de les dones, Barcelona, 1981, págs. 28-29.

4 El artículo 6 de este Decreto estableció que cada provincia constituiría una circunscripción provincial, excepto las de Madrid y Barcelona, cuyas capitales constituirían circunscripciones propias, así como las capitales de provincia que superaran los 100.000 habitantes junto con los municipios de sus respectivos partidos judiciales (Córdoba, Granada, Málaga, Murcia, Sevilla, Valencia, Vizcaya y Zaragoza). La ciudad de Cartagena también fue en esas elecciones una circunscripción propia.

5 De esta forma se derogaba en la práctica el famoso artículo 29 de la Ley electoral de 1907, es decir, se acababa con la sobrerrepresentación del electorado de las zonas rurales, las de mayor voto conservador, y se equilibraba con el de las zonas urbanas, base social del movimiento republicano y socialista.

6 El mayor número de candidatas (4) se presentó en la circunscripción de Madrid capital, y también las hubo en Alicante, Barcelona capital, La Coruña, Huelva, Huesca, Las Palmas, Pontevedra, Salamanca, Sevilla capital, Sevilla provincia y Vizcaya capital. Entre todas las candidatas presentadas por estas circunscripciones, la más conocida era Dolores Ibárruri. P. Villalaín: Mujer y política, págs. 123-125.

7 Esta candidata, aunque elegida en mayo de 1931 miembro del Consejo Nacional del azañista partido de Acción Republicana (AR), abandonó pocos días después este partido y se afilió al lerrouxista PRR, al parecer por sus escasas posibilidades de ser designada candidata por aquél partido en las circunscripciones madrileñas a causa de los puestos reservados a cada partido en las candidaturas. El cambio de partido, no obstante, no le hizo variar sus firmes convicciones reformistas y democráticas, convicciones que en febrero de 1935, tras la represión gubernamental de la revolución asturiana de 1934, la llevaron a abandonar el PRR.

8 Dado que la legislación electoral permitía que un mismo candidato se presentara simultáneamente en varias circunscripciones (las candidaturas tampoco eran completas ni cerradas), algunas candidatas así lo hicieron: V. Kent, por ejemplo, se presentó por Madrid provincia, Huelva, Huesca, Salamanca y Sevilla provincia, y D. Ibárruri, por Alicante, Barcelona capital, La Coruña, Las Palmas y Vizcaya capital.

9 La presentación de su candidatura en estas elecciones parciales se debió al puesto vacante dejado por el diputado socialista Juan Morán Bayo, también elegido por la circunscripción de Córdoba provincia. Dado que sus padres eran alemanes, no se quiso reconocer su elección por no tener la nacionalidad española. Defendida en el Congreso por V. Kent, se admitió su elección si reconocía, como así hizo, su intención de adquirir la nacionalidad española.

10 C. Campoamor y V. Kent (directora general de Prisiones desde el mes de mayo), ya que M. Nelken fue elegida diputada cuando este proceso ya estaba iniciado. La opinión de ésta era bien conocida por la opinión pública: “poner un voto en manos de la mujer es hoy, en España, realizar uno de los mayores anhelos del elemento reaccionario”. La mujer ante las Cortes Constituyentes. Edit. Castro, Madrid, 1931, pág. 35.

11 Las fuerzas políticas con mayor representación parlamentaria fueron el PSOE, con 116 diputados; el PRR, con 90; el PRRS, con 56; y Esquerra Republicana de Cataluña (ERC), con 36. La derecha más tradicional estaba representada por los 26 diputados agrarios y de Acción Nacional (AN).

12 La propia C. Campoamor solicitó a su partido que la designara para formar parte de esta Comisión de Constitución, ya que iban a “discutirse en la misma cuestiones fundamentales para la mujer y el niño y está justificada la intervención de una mujer partidaria de esas concesiones”. C. Campoamor: Op. cit., págs. 32-33.

13 Entre los diversos estudios que han profundizado en este tema, destacaría a pesar del tiempo transcurrido los reconocidos y reputados trabajos de Concha Fagoaga, Paloma Saavedra y Rosa María Capel.

14 A favor votaron socialistas, republicanos catalanes, federales, galleguistas, progresistas, republicano-conservadores, Agrupación al Servicio de la República, agrarios y minoría vasco-navarra, aunque con notables ausencias de significados diputados (el socialista Indalecio Prieto, entre otros); en contra, radicales, radical-socialistas, Acción Republicana, aunque no con la unanimidad de todos sus diputados. De los 12 miembros del Gobierno, todos ellos diputados, 5 votaron a favor (N. Alcalá-Zamora, F. De los Ríos, S. Casares Quiroga, M. Maura y F. Largo Caballero), 1 en contra (D. Martínez Barrio) y 6 no votaron (A. Lerroux, M. Azaña, Á. De Albornoz, M. Domingo, N. D’Olwer e I. Prieto). Es de destacar que de los 8 sacerdotes que eran diputados, condición recién estrenada, 5 votaron a favor, 1 en contra y 2 no votaron.

15 De los 466 diputados que habían tomado posesión de su escaño, sólo 258 tomaron parte en la votación. Como dijo C. Campoamor, “nos habíamos salvado por cuatro votos de mayoría”. Op. cit., pág. 226. V. Kent votó a favor de posponer ese voto, mientras que M. Nelken no votó, seguramente para no hacerlo de forma diferente a como lo había hecho el PSOE, su partido.

16 Según el artículo 53, “serán elegibles para diputados todos los ciudadanos de la República mayores de veintitrés años, sin distinción de sexo ni de estado civil, que reúnan las condiciones fijadas por la ley electoral”.

17 El diputado galleguista R. Novoa Santos, médico de profesión, en la intervención que C. Campoamor definió como “el más rudo ataque al voto femenino”, afirmo que la mujer “es toda pasión, toda figura de emoción, es todo sensibilidad; no es, en cambio, reflexión, no es espíritu crítico, no es ponderación”. Diario de las Cortes Constituyentes, 2 de septiembre de 1931. Hubo diputados que para la sesión del 30 de septiembre presentaron una enmienda al proyecto de la Comisión constitucional, según la cual “los ciudadanos varones desde los veintitrés años, y las hembras desde los cuarenta y cinco (sic), tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes”. Diario de las Cortes Constituyentes, 29 de septiembre de 1931.

18 Para V. Kent, contraria al reconocimiento inmediato de los derechos electorales de la mujer, “cuando transcurran unos años y vea la mujer los frutos de la República y recoja la mujer en la educación y en la vida de sus hijos los frutos de la República (…) entonces (…) la mujer será la más ferviente, la más ardiente defensora de la República”. Diario de las Cortes Constituyentes, 1 de octubre de 1931.

19 Nueva Zelanda había sido el primer país en el mundo que reconoció el derecho a voto de la mujer (1893), pero el derecho a ser elegida no lo fue hasta 1919. En Europa, Finlandia reconoció ambos derechos electorales en 1906; Noruega, en 1907 (el voto, con restricciones hasta 1913); Dinamarca e Islandia, en 1915; URSS, en 1917; Austria, Irlanda, Polonia y Reino Unido, en 1918 (este país, con restricciones en el voto); Holanda, el voto en 1919 y la elegibilidad en 1917; Bélgica, el voto en 1919 (con restricciones) y la elegibilidad en 1921; Alemania y Luxemburgo, en 1919; Checoeslovaquia, en 1920; Suecia, en 1921; Portugal, en 1931 (el voto, con restricciones). Pero en el mundo, y además de España (en 1931), sólo en otros 15 países alguna mujer había sido elegida diputada antes de 1939: Finlandia (1906); Noruega (1911); Estados Unidos (1916); Dinamarca, Holanda y Reino Unido (1918); Alemania (1919); Checoeslovaquia (1920); Bélgica, Canadá y Suecia (1921); Mongolia y Zimbabwe (1924); Brasil y Portugal (1934). P. Villalaín: Mujer y política, págs. 40-42.

20 Desde el triunfo en las elecciones municipales de abril de 1931 y hasta la celebración de las legislativas de noviembre de 1933 se sucedieron cinco gobiernos, los presididos por Alcalá-Zamora (abril de 1931), Azaña (octubre y diciembre de 1931), Lerroux (septiembre de 1933) y Martínez Barrio (octubre de 1933). Al respecto, P. Villalaín: “La inestabilidad gubernamental en la II República: ¿Mito o realidad?”, en Cuadernos Republicanos, n.º 74, Otoño 2010, págs. 11-69.

21 La fracción liderada por Largo Caballero, de la que formaban parte sectores importantes de la UGT y las Juventudes Socialistas, se mostraba partidaria de romper la alianza de gobierno con los republicanos, a lo que era contrario Prieto.

22 El líder radical, Lerroux, cada vez más cercano a posiciones conservadoras, no ocultaba su intención de presidir el gobierno.

23 En marzo de 1933 se fundó la Confederación Española de Derechas Autónomas (CEDA), el partido liderado por José María Gil-Robles, que basó su acción política en la defensa de la religión católica, del orden social, de la familia y de la propiedad, es decir, radicalmente opuesto a la política de reformas impulsada por el Gobierno. Recordemos que la representación política de la derecha española, en conjunto, se limitó durante este bienio a 26 diputados obtenidos en las elecciones constituyentes de junio de 1931.

24 En enero de 1933 Hitler había subido al poder en Alemania, y Dollfus había dado un golpe de Estado en Austria en marzo de ese mismo año. Además, en octubre de 1933 se fundó Falange Española, liderada por José Antonio Primo de Rivera.

25 El fracaso del golpe militar encabezado por el general Sanjurjo en agosto de 1932 permitió acelerar los trámites parlamentarios para aprobar la reforma agraria en septiembre de ese mismo año.

26 Para someter el poder militar al poder civil como garantía de la propia supervivencia del régimen.

27 La separación de la Iglesia y el Estado (artículos 26 y 27 de la Constitución), base de la política laica de republicanos y socialistas, y reconocida en el artículo 3 de la Constitución (“El Estado español no tiene religión oficial”), provocó en octubre de 1931, en plena discusión del proyecto de Constitución, la dimisión del entonces presidente del Gobierno, Alcalá-Zamora. Lo que subyacía era el papel de las órdenes religiosas en la enseñanza y la situación de la Compañía de Jesús (su cuarto voto le exigía obediencia distinta a la del Estado), es decir, disminuir el poder social y económico de la Iglesia. Para entonces ya se había producido la quema de conventos (mayo de 1931) y la expulsión del cardenal Segura (junio de 1931).

28 Como en el caso de la reforma agraria, el fracaso del golpe del general Sanjurjo aceleró los trámites parlamentarios para aprobar el Estatuto de autonomía de Cataluña.

29 Ese artículo establecía que “en los distritos donde no resultaren proclamados candidatos en mayor número de los llamados a ser elegidos, la proclamación de candidatos equivale a su elección y les releva de la necesidad de someterse a ella”. Según datos del Anuario Estadístico de España de 1934 (págs. 650-651), esas elecciones se celebraron en 2.653 municipios de toda la geografía nacional para elegir a 19.103 concejales, con un censo de 1.366.577 electores (el 12,89% del nacional), de los que votaron 913.409 (66,84% de participación).

30 Los concejales de los distintos municipios españoles debían votar las listas (en circunscripción regional) que presentaron los diferentes partidos políticos.

31 Tres días después de celebradas las elecciones al Tribunal, Lerroux pidió a Azaña en el Congreso de los Diputados que planteara la cuestión de confianza al presidente de la República, a lo que éste le respondió, significativamente, que estos resultados habían sido una advertencia seria y que habían puesto de relieve la desorganización del sufragio republicano (estaba reclamando la coalición de republicanos y socialistas para las próximas elecciones de noviembre).

32 No podemos considerar como tal su presencia en la Asamblea Nacional (creada por Primo de Rivera en 1925 para legitimar la Dictadura), cuando éste designó a 15 mujeres para formar parte de esta institución. Las mujeres asambleístas que estuvieran casadas debían contar con la autorización del marido, pero no podían serlo cuando éste también fuera miembro de la citada Asamblea.

33 Desde la exclusiva perspectiva de la participación de la mujer, podríamos definir a las de 1931 como las de la elección de la mujer (las primeras diputadas), a las de 1933 como las femeninas (sus resultados se explicaron por el voto femenino) y a las de 1936 como las de la normalización (la atención prestada a la mujer y a los efectos de su voto fue prácticamente inexistente).

34 Ya había votado en las municipales parciales del 23 de abril de 1933 (la portada de ABC del día 25 era significativa, con una mujer votando y otra presidiendo la mesa electoral), pero no pudo hacerlo en las elecciones convocadas para elegir el parlamento catalán en noviembre de 1932. Como pone de manifiesto R. Villa García (Op. cit., pág. 94), la queja de C. Campoamor poco pudo hacer frente a la decisión parlamentaria de que sólo votaran los hombres.

35 Hubo un diputado, el radical Manuel Torres Campañá, que propuso que el color de las papeletas fuera distinto para hombres y mujeres, y así conocer la orientación del voto femenino. Asimismo, el diario madrileño Ahora (15 de noviembre de 1933), que apoyó la candidatura radical-conservadora, planteó a 13 candidatas de diferentes circunscripciones (C. Campoamor, radical; V. Kent, radical-socialista independiente; M. Nelken, socialista; M.ª Rosa Urraca Pastor, tradicionalista; M.ª Mayol, de Acción Republicana; Concha Peña, radical; Belén de Sárraga, federal; Catalina Salmerón, radical-socialista independiente; Regina García, socialista; Micaela de Castro, comunista; Julia Álvarez, socialista; Leocadia Muñoz, socialista; y Matilde de la Torre, socialista) un cuestionario de cinco preguntas, una de las cuales era acerca de si ellas creían que las papeletas de voto debían de ser diferentes para hombres y mujeres, precisamente para conocer la opinión política de la mujer española. Entre las respuestas, destacamos la de V. Kent, favorable a esa propuesta (“la papeleta diferente sería, a mi juicio, un medio excelente para medir el estado de esa opinión femenina, opinión que me interesa grandemente”), la de C. Campoamor, contraria a ella (“sería inconstitucional; el voto es directo y secreto”) y la de M. Nelken, también contraria (“No hay opinión política de la mujer, ni española, ni de ningún otro país. Hay la opinión de la mujer de una u otra clase social, de uno u otro sector social, exactamente igual que entre los hombres”).

36 Básicamente, la Ley de 27 de julio de 1933, de reforma del Decreto de 8 de mayo de 1931, que a su vez modificó parcial­mente la de 8 de agosto de 1907. Como en las elecciones de junio de 1931, los electores no elegían listas (completas y cerradas), sino que podían votar a un máximo de candidatos en función de los puestos a cubrir en cada circunscripción, el llamado voto restringido (donde 20, 16; donde 19, 15; donde 18, 14; donde 17, 13; donde 16 y 15, 12; donde 14, 11; donde 13, 10; donde 12, 9; donde 11, 8; donde 9, 7; donde 8, 6; donde 7, 5; donde 6 y 5, 4; donde 4, 3; donde 3, 2, y donde 2, 1 (artículo 7 del Decreto de 8 de mayo de 1931).

37 En Madrid capital, por ejemplo, se presentaron separadamente tres candidaturas que lo habían hecho unidas en junio de 1931: PSOE, radicales de Lerroux y conservadores de Miguel Maura, y Acción Republicana, radical-socialistas independientes y federales (en la candidatura de Izquierda Republicana). Además, y en la izquierda, el PCE.

38 También en Madrid capital, y como ejemplo de su unión electoral, se presentaron en una misma candidatura la CEDA, los tradicionalistas, Renovación Española y los agrarios. En nueve circunscripciones la CEDA compitió unida al Partido Republicano Radical. Fuera de la coalición derechista se quedó el recientemente constituido partido de Falange Española.

39 En las candidaturas de republicanos y socialistas, la elección de sus integrantes se hacía por votación de los militantes (la llamada antevotación). M. Nelken, por ejemplo, no obtuvo los votos necesarios para ser elegida candidata por Madrid capital en estas elecciones.

40 C. Campoamor, radical, en Madrid provincia; V. Kent, radical-socialista, en Madrid provincia, Huelva, Huesca, Salamanca y Sevilla provincia; M. Nelken, socialista, en Badajoz (parciales de octubre); Dolores Ibárruri, del PCE, en Alicante, Barcelona capital, La Coruña, Las Palmas y Vizcaya capital; Amanda Rodríguez Guerra, sin filiación política conocida, en La Coruña; Concha Peña, radical, en Madrid capital; Consuelo Álvarez Violeta, republicana, en Madrid capital; Encarnación Fuyola, del PCE, en Madrid capital; Ángeles Montesinos, del PCE, en Sevilla capital; Anastasia Tejedo, del Bloque Obrero y Campesino, en Madrid capital; Concepción Alfaya, del Partido Radical Agrario, en Pontevedra; y Luisa Casosa, sin filiación política conocida, en Guadalajara (parciales de octubre).

41 Como ya hemos dicho, fue elegida en esta circunscripción en las tres elecciones republicanas (1931, 1933 y 1936).

42 Más conocida como María Martínez Sierra, los apellidos de su marido Gregorio, conocido escritor, de quien se decía que era su mujer quien le escribía las obras.

43 Fue una de las dos candidatas que presentaron las fuerzas conservadoras en las elecciones de 1936 (ella, por la circunscripción de Teruel).

44 Hija de Nicolás Salmerón, quien fuera presidente de la I República.

45 Aunque no fue elegida diputada en estas elecciones, sí lo sería en las de 1936 por la circunscripción de Jaén (como afiliada a Izquierda Republicana en la candidatura del Frente Popular).

46 Sería elegida por la circunscripción de Madrid provincia en las elecciones de 1936.

47 Sería elegida por esta misma circunscripción en las elecciones de 1936.

48 Sería también elegida por esta misma circunscripción en las elecciones de 1936.

49 Destacados dirigentes socialistas tenían una idea escasamente favorable a la incorporación de la mujer a nuevas actividades sociales. Como muestra,  el socialista Largo Caballero: “Si la mujer y el niño trabajan, menor será el salario del hombre, y eso es lo que quiere el capitalismo. Nosotros queremos que se eleve el nivel cultural de la vida del trabajador, y hay que procurar que la mujer no abandone el hogar y que el niño salga del colegio antes de tiempo” (El Sol, 7 de noviembre de 1933). Si bien la Comisión Ejecutiva del PSOE había recomendado la presencia de “compañeras capacitadas” en las listas electorales, hay que destacar que el PSOE no presentó a ninguna candidata en una circunscripción tan relevante como Madrid capital en ninguna de las tres elecciones republicanas (1931, 1933 y 1936), y en la circunscripción provincial, sólo en 1936 (Julia Álvarez Resano, elegida en la candidatura del Frente Popular).

50 Pese a ello, D. Ibárruri, miembro del Buró Político del PCE y presidenta de la Unión de Mujeres Comunistas, reconocía que eran sus “propios camaradas los que se oponen a que la mujer intervenga en la vida política y social”. Mundo Obrero, 16 de abril de 1933.

51 En Mundo Femenino, su órgano de prensa, podía leerse que “todo programa político en que se omita el total reconocimiento de los derechos civiles y políticos de la mujer, le considerará retrógrado, anacrónico e injustísimo”. Nº 75, abril de 1931.

52 En enero de 1932, recién fundada, decía contar en Madrid con 1.000 afiliadas.

53 En 1920 se había fundado Acción Católica de la Mujer, organización confesional con planteamientos proclives a que la mujer no cuestionara el modelo socio-político vigente.

54 C. Campoamor llegó a cifrar, con mucho optimismo, en unas 20 las mujeres que resultarían elegidas. Heraldo de Madrid, 19 de octubre de 1933.

55 En las elecciones de febrero de 1936, esta organización renunció expresamente a formar una candidatura propia pero solicitó que C. Campoamor fuera integrada en la candidatura del Frente Popular por Madrid capital, lo que le fue rechazado.

56 M. Nelken, en un mitin celebrado en la Casa del Pueblo de Madrid el 27 de octubre, dijo: “No tenemos por delante más que dos caminos: o marxismo o fascismo”. El Socialista, 28 de octubre.

57 En carteles electorales socialistas podían leerse eslóganes como “¡Hijo mío: Pensando en ti votaré por los socialistas!” o “¡Madre, para que tengamos escuelas como éstas, vota a los socialistas!”. Heraldo de Madrid, 16 de noviembre.

58 La Asociación Femenina de Renovación Española, partido coaligado para estas elecciones con la CEDA y Comunión Tradicionalista, fue constituida en abril de 1933 para “reunir a todas las afiliadas fuera de la promiscuidad que supondría su integración plena en el partido” (J. Gil Pecharromán: Renovación Española. Madrid, 1985, pág. 350); las afiliadas tradicionalistas tenían también su propia Asociación Femenina, conocidas como las margaritas; y en Acción Popular, base de la CEDA, habían creado la Agrupación Femenina en octubre de 1931 bajo los principios de la defensa de la religión, la familia, la patria, el orden, el trabajo y la propiedad.

59 “Mujeres: El régimen que instauró el laicismo del Estado es un latigazo que debe sentirlo la mujer en su corazón de católica y de española (…). La mujer católica no puede ser republicana sin dejar de ser católica y esta incompatibilidad entre el régimen y la religión debe recordarla la mujer española al emitir su sufragio”. Renacer, nº 36, septiembre-octubre de 1933. Para un análisis más extenso de la campaña desarrollada por las mujeres y por las organizaciones femeninas en las circunscripciones madrileñas, ver P. Villalaín: Mujer y política, págs. 184-228.

60 En la segunda, celebrada el 3 de diciembre, se eligieron 93 diputados.

61 Acción Republicana, el partido de Azaña, y el Partido Republicano Radical-Socialista Independiente, las dos fuerzas más importantes en la coalición de Izquierda Republicana, obtuvieron 5 y 6 diputados a nivel nacional, respectivamente.

62 Sobre un censo electoral de 12.953.425 electores, de ellos 6.236.868 hombres y 6.716.557 mujeres (para elegir 473 diputados), votaron en la primera vuelta 8.711.136 (el 67,46%). Anuario Estadístico de España de 1934.

63 En las elecciones de 1933, el PSOE obtuvo en el conjunto de circunscripciones en torno a 1.800.000 votos, el 21,5% de los emitidos, y con ellos logró 60 diputados, el 12,7% de los puestos del Congreso.

64 España. Ensayo de historia contemporánea. Espasa-Calpe, Madrid, 1979, pág. 349.

65 C. Campoamor logró pasar a la segunda vuelta en la circunscripción de Madrid provincia  gracias a los 24.730 votos obtenidos (aunque no lo hizo por la retirada oficial de su candidatura), pero no V. Kent, quien tan sólo logró 4.306 votos. 

66 Un suelto sin firma publicado el día 23 de noviembre en la página 23 (“El voto de la mujer”) exponía, eso sí, que “en toda España la mujer ha dado en la jornada electoral un alto ejemplo de consciencia, de fe y de civismo, acudiendo en masa a las urnas, en proporción mayor que los varones en casi todas partes, votando con disciplina y entusiasmo. En general, según todos los cálculos, la inmensa mayoría del voto femenino se ha inclinado a la derecha, contribuyendo así activamente, como antes en la organización y propaganda, a la campaña contra la política revolucionaria”. 

67 Preludio de esta opinión, en su número de 2 de noviembre culpaba de un posible fracaso de los republicanos en Madrid no al voto femenino, sino a su división en varias candidaturas. Un artículo publicado el 22 de noviembre proponía un sistema de cuotas, de modo que en todas las candidaturas hubiera, al menos una mujer, una idea que había avanzado Consuelo Bergés, vicepresidenta de la URF.

68 "Me sería difícil enumerar la cantidad, e imposible detenerme en la calidad, de los ataques, a veces indelicados, de que de palabra, por escrito y hasta por teléfono fui objeto reiterado; y no sólo yo, sino hasta mi familia". C. Campoamor: Op. cit., pág. 9. En Heraldo de Madrid (24 de noviembre), el presbítero Juan García Morales, en un artículo titulado "El mundo se perdió por una mujer", y estableciendo un paralelismo con la tentación del demonio a Eva en el paraíso, criticó a C. Campoamor por su apoyo al voto femenino, responsabilizándola de la derrota electoral de las fuerzas progresistas ("En este resurgir de la nueva España otra mujer ha hecho bambolear los cimientos de la República que estamos levantando"), por no haberse dado cuenta de que era prematura su concesión, máxime cuando la mujer estaba sometida a la influencia del elemento clerical, argumento curioso viniendo de un religio­so.

69 Su obra El voto femenino y yo, publicada en 1936, no sólo es un documento imprescindible para el conocimiento del sufragio femenino en la República, sino una justificación de la labor de su autora en la lucha por el reconocimiento del voto para la mujer.

70 También fue reproducido en La Libertad el día 29 y en su obra El voto femenino y yo (páginas 253-264).

71 En coincidencia con esta última opinión, conviene destacar que Roberto Castrovido, candidato de Izquierda Republicana en Madrid capital, en un artículo publicado en El Liberal (1 de diciembre), reafirmaba su posición favorable al derecho a voto de la mujer, aunque ello supusiera que pudiese votar a la ultraderecha clerical.

72 Algo tuvo que ver en los resultados, sin duda, la militante abstención recomendada por la poderosa CNT. “¡Madres, hermanas, sufridas obreras de la aguja, de la fábrica, del taller, no votéis! No esperéis nada de charlatanes ni charlatanas. Todos quieren aprovecharse de vosotras para enriquecerse y mandar”. Solidaridad Obrera, 14 de noviembre de 1933.

73 Como ha indicado Mercé Vilanova, los estudios indican que el sufragio femenino no alteró la estabilidad política republicana, posiblemente porque la opción del voto constituyó una decisión familiar, es decir, reprodujo el voto masculino, cualquiera que fuese la orientación de éste. Atlas electoral de Catalunya durant la Segona República. Barcelona, Fundació Jaume Bofill – La Magrana, 1986. En esta línea, La Vanguardia de 12 de noviembre recogía unas declaraciones del ministro de la Gobernación, Rico Avello: "La mujer votará lo que el marido, el padre o el hermano, y por consiguiente no hará más que duplicar la votación en cada candidatura”.

74 Aragón (sic), Asturias (en lugar de Oviedo, denominación oficial de la circunscripción), Bilbao (en lugar de Vizcaya capital, denominación oficial de la circunscripción), Canarias (sic), Guipúzcoa, Huesca, León, Madrid capital, Santander, Sevilla capital, Tarragona, Toledo, Valencia (capital y provincia).

75 Precisamente su jefe político, Lerroux, hizo de la ruptura con los socialistas el eje de su política durante parte del bienio reformador. C. Campoamor olvidó en este análisis la coalición de su partido con la CEDA y con los agrarios en 9 circunscripciones electorales, e incluso en las de Madrid estuvo a punto de formarla (lo que Gil-Robles denominó como coalición antimarxista).

76 El hecho de que en la segunda vuelta la candidatura radical-conservadora por Madrid (capital y provincia) se retirara es exponente de la intención de sus dirigentes, ya que habría de favorecer a la candidatura derechista encabezada por la CEDA. Los datos de estas circunscripciones así lo demuestran: en la capital, la mitad de sus votantes votó esta candidatura y la otra mitad se abstuvo, mientras que en la circunscripción provincial se hizo con algo más de sus dos terceras partes. P. Villalaín: Mujer y política, pág. 275.