Pedro Jesús Pérez Cuellar (CV)
oaguila@ucf.edu.cu
RESUMEN
En el presente Artículo Científico se hace una valoración de la importancia y necesidad de las investigaciones en las Ciencias Jurídicas. Partiendo del reconocimiento expreso de la cientificidad del Derecho dentro del ámbito de las Ciencias Sociales en general, se exponen en este trabajo las ideas básicas sobre aspectos fundamentales y particularidades de las investigaciones en el sector jurídico en su necesaria distinción con las investigaciones en otras ramas de las ciencias naturales y sociales. Se hace una breve referencia a los tipos de investigaciones y de trabajos investigativos en las ciencias jurídicas, a sus fases, y a los métodos utilizados. Se esbozan sucintamente los elementos del diseño teórico de la investigación, con las precisiones de rigor. De manera especial se hace alusión a la estructura del Informe de la Investigación o tesis y se ofrecen, en cuanto a este aspecto, algunas recomendaciones sobre la indicación de la bibliografía, las notas al pie de página y otras sugerencias para la redacción del Informe, que resultan de utilidad innegable para el estudiante de pregrado que sea seleccionado para la culminación de sus estudios en la carrera de Derecho mediante un trabajo investigativo concebido como una tesis.
Palabras claves: Derecho, investigación jurídica, tesis, estudiante, pregrado.
INTRODUCCIÓN
Al abordar el tema relacionado con las investigaciones en el sector jurídico, se hace necesario señalar que estas investigaciones le permiten al hombre no solo conocer sino participar activamente en la construcción y transformación del ordenamiento jurídico.
Los elementos claves que configuran el Derecho no son solamente normas, instituciones y principios, sino también, en su moderna concepción, esta forma de la conciencia social que es el Derecho, se integra por elementos axiológicos, sociológicos y de poder, con una estructura interno y formas peculiares de expresión. Pero el Derecho es, además, un fenómeno teórico, vale decir, que se expresa en forma de conceptos, categorías, principios y teorías, y que tiene, por otra parte, existencia en forma doctrinal-jurisprudencial, como resultado de su aplicación tanto por la Administración como por los Tribuna les de Justicia. Tiene, así, el Derecho, un carácter múltiple y su enfoque unidimensional, afecta la plenitud de su comprensión y conocimiento.
El Derecho, en suma, en tanto Ciencia, estudia la normativa jurídica, los principios, valores e intereses que lo fundamentan. Dichas normas, principios, valores e intereses expresan su realización o eficacia, legitimidad y legalidad, los efectos de tales regulaciones, así como las causas de su ineficacia, en relación con su objeto de estudio, constituido, en definitiva, por las relaciones sociales mas importantes que establecen los individuos en la sociedad en las esferas familiares, políticas, económicas y otras. Corresponde, asimismo, a los estudios científicos en la esfera del Derecho, la detección de aspectos y hechos que por su importancia deben ser regulados jurídicamente y respecto a los cuales no hay pronunciamientos, o se manifiestan contradicciones en las soluciones aportadas, o el propio proceso de creación, interpretación y aplicación de las normas jurídicas, así como también el estudio de las categorías propias de la especialidad en cuanto a su origen, evolución doctrinal y expresión concreta en uno o varios países ¹
La cientificidad del Derecho está dada, como se ha expresado, por su carácter múltiple, por la diversidad de integrantes del fenómeno jurídico, porque su función reguladora se desarrolla a través de normas que tutelan y expresan valores, principios, conductas humanas.
Las investigaciones jurídicas son necesarias para el desarrollo doctrinal del ordenamiento jurídico y en particular de su eficacia, para perfeccionar la calidad de la actuación de los Operadores del Derecho y para la solución de los problemas que se suceden a diario en la sociedad, y que por su importancia reciben la tutela del Derecho.
1.- Prieto Valdés, Martha, Metodología de la Investigación Socio-Jurídica: Guía de Estudio .— Departamento de Derecho de la Universidad de La Habana, AGOSTO DEL 2001, P 3-5.
En la esfera jurídica, el investigador y el jurista trabajan con las categorías propias de la especialidad, con instituciones, valores, principios, así como con la regulación jurídica de estas instituciones a través de una o varias normas.
Las investigaciones en el sector jurídico son esenciales por cuanto ellas permiten:
• Validar la efectividad y vigencia de las normas jurídicas.
• Determinar las lagunas y/o antinomias en el ordenamiento jurídico vigente.
• Perfeccionar la normativa vigente a partir de las necesidades sociales o del estudio de la evolución de las instituciones, o de la comparación de su regulación en diversos sistemas jurídicos.
El objetivo esencial del presente Artículo es exponer las ideas básicas sobre aspectos fundamentales y particularidades de las investigaciones en el sector jurídico en su distinción con las investigaciones en otras ramas de las ciencias naturales y sociales.
En la concepción de este breve trabajo se ha consultado, además de los textos sobre Metodología de la Investigación que se señalan en la Bibliografía, la Guía de Estudio elaborada en la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana en agosto del 2001 para la impartición de la asignatura Metodología la Investigación Socio-Jurídica, que se desarrollaba en el primer Plan de Estudios que en la carrera de Derecho se aplicó en las Sedes Universitarias Municipales, y de manera especial, se ha consultado el texto inédito Metodología para las Investigaciones Jurídicas, de los autores Pablo Jiménez Serrano(de Cuba) y Heitor Pinto Filho(de Brasil), al cual se ha tenido acceso a través de una versión en soporte digital obrante en poder del Autor de este trabajo.
DESARROLLO
1.- Tipos de investigaciones y de trabajos investigativos en las ciencias jurídicas.
Las investigaciones jurídicas pueden ser de forma cotidiana, cuando los aplicadores u operadores del Derecho lo interpretan para aplicarlo; de forma básica, si se realizan estudios teórico-doctrinales o científicos respecto al Derecho como sistema normativo( definiciones, enfoques del fenómeno o de las categorías de validez, eficacia, legitimidad, funciones, control, sus relaciones con otros elementos superestructurales normativos); de forma tecnológica, que tiene como objetivo realizar estudios sobre el Ordenamiento Jurídico, su estructura, jerarquía, es decir, sobre su funcionamiento armónico; y finalmente las investigaciones jurídicas aplicadas, designándose con esta denominación a aquellas investigaciones jurídicas que estudian la juridicidad del fenómeno , su eficacia normativa y social. Estas investigaciones tienen una gran importancia política y práctica para la solución de conflictos o para la proyección propositiva
Todo trabajo de investigación jurídica debe tener ciertas características de forma y características de fondo. Las características de forma son el lenguaje técnico claro y conciso, una organización lógica interna, las citas y las referencias que emplee han de ser claras y coherentes, y que la extensión del trabajo debe ser aquella que permita desarrollar consistentemente las ideas del autor… Las características de fondo son su unidad interna en el plano lógico y formal, un objeto de estudio reconocible y definido, debe estar dirigido a demostrar con profundidad los postulados y planteamientos que realice y no debe ser una simple recopilación de la información existente, sino que debe contener algún aporte (sistematización, análisis o un nuevo postulado.)
Los tipos de trabajos investigativos en las ciencias jurídicas son:
• Histórico, que tiene como objetivo realizar un estudio particular de una institución jurídica en su desarrollo histórico, general o particular en un país determinado, e incluso epocal.
• Comparativo, mediante el cual se realizan estudios de instituciones jurídicas, normas, ramas o de sistemas de derecho, identificando sus similitudes y diferencias.
• Descriptivo, para estudiar las características generales de las instituciones jurídicas, ramas o sistemas de derecho, así como las estructuras internas y las relaciones que entre ellas se manifiestan, ofreciendo una visión del funcionamiento de las mismas.
• Exploratorio, para determinar las investigaciones y trabajos científicos que se han realizado sobre un tema en particular y que le pueden servir de precedentes.
• Proyectivo, según el cual teniendo en cuanta lo prescrito normativamente y la manifestación concreta de la institución jurídica, rama o sistema, se puede definir su funcionamiento o las características, manifestación y efectos de su acción futura.
• Propositito, que tiene como objetivo realizar propuestas que permitan perfeccionar leyes, instituciones jurídicas, ramas, sistemas de derecho, a partir de cuestionamientos y valoraciones de los mismos en situaciones concretas.
• Filosófico, para realizar estudios teórico-doctrinales acerca de instituciones jurídicas, ramas, disposiciones normativas o sistemas de derecho, respecto a un problema particular o a un autor. En estos trabajos se tiene en cuenta la correspondencia entre la prescripción jurídica, los ideales de justicia, seguridad, igualdad y la realización práctica del objeto de estudio.²
2.- Fases de las investigaciones jurídicas
1.- Fase aporética, caracterizada por:
• Elección del tema
• Búsqueda bibliográfica previa
• Planteamiento del problema.
• Formulación de las hipótesis, objetivos y variables.
• Determinación de los métodos investigativos
• Elaboración del esquema preliminar
• Elaboración del Plan de trabajo.
2.- Fase heurística, caracterizada por la búsqueda de la información y por la aplicación de los métodos y las técnicas seleccionados.
3.- Fase de construcción, caracterizada por:
• Organización de la información acopiada
• Procesamiento de la información.
• Determinación de la información válida.
• Elaboración de tablas y esquemas para los análisis
4.- Fase de redacción, en la que se realiza la escritura parcial, por capítulos y epígrafes, y la escritura final de la tesis o del informe investigativo ³
2.- Ibidem Nota 1 p 7
3.- Ibidem Nota 1 p 7
3.- Métodos y técnicas para las investigaciones jurídicas.
Si para otras ciencias lo principal es la deducción, para el Derecho son esenciales las definiciones, las clasificaciones y las interpretaciones; pues en éste, las consecuencias están más visiblemente contenidas en la relación lógica "supuestos de hechos-regla jurídica".
Así, en todo el proceso de la investigación y solución de problemas, se utilizan métodos teóricos y empíricos de investigación. Estos métodos no se excluyen entre sí, pues los teóricos presuponen determinadas ideas, hipótesis y representaciones, sin las cuales no sería posible la generalización y la elaboración del material empírico, y se obstaculizaría la búsqueda de los hechos que nos servirían de punto de partida para la investigación.
En tanto, para las investigaciones jurídicas y sociológicas existen métodos particulares, propios de cada ciencia. Podemos decir que los métodos más usados en las investigaciones jurídicas son los siguientes:
Métodos Teóricos.
1.- Método Teórico-jurídico.
2.- Método Exegético-analítico.
3.- Método de Análisis histórico.
4.- Método Jurídico comparado.
.Métodos Empíricos.
1.- Método Sociológico, en el cual se utilizan o aplican técnicas tales como:
a).- La observación (también considerada como un método empírico).
b).- La revisión de documentos (análisis de contenido).
c).- El cuestionario.
d).- Las entrevistas.
e).- El procesamiento de la información.
Los Métodos teóricos brindan la posibilidad de fortalecer teóricamente nuestro trabajo, a partir del análisis científico de las concepciones doctrinales, históricas, y de aquellas que tendrán como fuente el estudio comparado de las legislaciones y de las teorías más modernas existentes en relación con el tema que estudiamos
.
Cada método teórico tiene sus propias características, por lo que el investigador podrá seleccionar libremente los que utilizará según sus necesidades, sus objetivos y las tareas a resolver. Por tanto, resulta sumamente necesario reconocer que hay un conjunto de problemas científicos para cuya solución son suficientes el empleo de los métodos conceptuales y teóricos de investigación.
3.1.- Método Teórico-jurídico.
El método teórico-jurídico es el gran método jurídico que inevitablemente utilizamos durante toda la investigación; por esta razón es casi imposible negar su uso o utilidad, pues está presente en la observación, en el diseño, en el desarrollo y en las propias conclusiones de las investigaciones jurídicas. En nuestra opinión, este método jurídico contiene todos los demás métodos teóricos ya que tiene mucho que ver con los conceptos y con las interpretaciones
Este método nos permite definir adecuadamente las variables y categorías que posibilitan la materialización del diseño y permiten medir los resultados obtenidos con la aplicación de otros métodos teóricos o empíricos. Sólo así se podrá lograr la operacionalización de las categorías, para obtener los elementos que luego serán cuantificados, por lo que es preciso establecer la relación entre los conceptos utilizados (variables) y los indicadores.
3.2.- Método Exegético-analítico.
Regularmente nos apoyamos en este método para determinar que pueden existir reglas que no se correspondan con la realidad socioeconómica, pues es cierto que "en ocasiones se dictan leyes temporales, pensadas para situaciones de carácter limitado. Es el caso, por ejemplo, de los Decretos-Leyes, que rigen mientras la situación de necesidad lo exija y, como se conoce, todo sistema de Derecho, a través de sus instrumentos, debe brindar seguridad y estabilidad (certeza jurídica); por tanto, es necesario investigar las causas que obstaculizan el cumplimiento de este importante principio del Derecho.
Una norma es justa si realiza ciertos valores; no será eficiente, si con su aplicación no se consigue el fin para el que fue creada. Como se puede apreciar, la norma puede ser eficaz pero ineficiente. Igualmente, una norma no resulta coherente cuando es inconsistente, por tanto, no hay coherencia en una norma que se autoriza el desempeño, el control y la limitación de una actividad determinada. Esta cualidad puede ser incluida dentro de la clasificación de normas válidas o no válidas
Otra de las características dignas de verificar es la certeza jurídica, la cual está referida a la previsibilidad jurídica, es decir, que el sistema u ordenamiento ha de facilitar que los ciudadanos sean previsibles; esto sólo puede ser logrado con la publicidad, con la irretroactividad y con el principio de jerarquía jurídica, pues el ciudadano prevé las consecuencias jurídicas, cuando conoce las normas que rigen su conducta, sus derechos y sus obligaciones.
3.3.- Método de Análisis histórico.
El método de análisis histórico, para las investigaciones jurídicas es fundamental, pues con él se analizan las instituciones del derecho, se verifican los hechos pasados y se garantiza la previsión de los futuros; de esta manera podemos darle valor a los hechos, partiendo de las opiniones y de los juicios tomados de los relatos del pasado que han realizado diferentes autores o historiadores. Todo ello tendrá que ver con el progreso, del cual ya se ha planteado "nace de la posibilidad que tiene el hombre de apoderarse de la herencia del pasado
3.4.- Método Jurídico comparado.
Las comparaciones permiten determinar la similitud y las diferencias existentes entre las legislaciones nacionales y extranjeras. Por ello es necesario identificar en cada uno de los códigos los institutos jurídicos, definiendo el objeto de regulación, para compararlo luego con las reglas jurídicas. Entonces, mediante este método, buscamos las semejanzas que poseen los distintos ordenamientos jurídicos, teniendo en cuenta los diferentes sistemas jurídicos contemporáneos.
3.5.- El Método sociológico y sus técnicas.
Está referido a la sociología, que como ciencia se encarga del estudio de los diferentes fenómenos sociales. Su aplicación permite verificar la correspondencia existente entre la ciencia del derecho y las relaciones sociales y económicas
.
El uso de las técnicas aportadas por el método sociológico brinda la posibilidad de realizar un estudio de las instituciones jurídicas y de sus reglas, verificando su relación con la realidad socioeconómica del país
En fin, el método sociológico aporta un conjunto de técnicas propias de la sociología pero perfectamente utilizables en las investigaciones jurídicas: la observación, la revisión de documentos, el experimento social, el cuestionario y la entrevista, las cuales fueron estudiadas en Metodología de la Investigación. Social. o en Metodología de la Investigación, en general.4
4.- El diseño teórico de la investigación jurídica.
Sus elementos esenciales son:
• El tema de la investigación.
• Fundamentación teórica.
• El problema científico.
• El objetivo general.
• Los objetivos específicos.
• Las hipótesis y las variables.
• La metodología de la investigación.
• La proyección aproximada del desarrollo de la tesis .
• El cronograma de trabajo.
• La bibliografía previa consultada
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4.- Ibidem Nota 1 p 7-9
Precisiones sobre el tema de la investigación jurídica
• Legislación aplicable
• Decisiones judiciales y doctrina jurisprudencial.
• Cuestiones socioeconómicas y políticas imperantes vinculadas a normas jurídicas, instituciones o a otras categorías jurídicas
Precisiones generales sobre el problema científico.
• Ausencia de definiciones técnico-jurídicas (Lagunas del Derecho).
• Ausencia de claridad en las definiciones técnico-jurídicas
• Falta de sistematicidad en la normativa vigente. Por antinomias o dispersión legislativa.
• Falta de validez, de eficacia y de vigencia de las normas jurídicas
Requisitos necesarios para determinar el problema científico:
• Conocer la normativa jurídica que regula la institución
• Conocer los intereses de la comunidad acerca del tema de investigación, precisando los antecedentes científicos del mismo.
• Conocer las distintas posiciones doctrínales, universales y locales acerca del problema.
Aspectos de la fundamentacion teórica
• Novedad de importancia de la investigación jurídica.
• Descripción de la problemática social de la que se deriva el problema científico.
• Consideraciones de la dirección política y estatal acerca de la temática estudiada.
• Plataforma doctrinal, es decir, conceptos, teorías, postulados, etc.
• Antecedentes investigativos, los resultados y limitaciones de investigaciones anteriores. 5
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5.- Ibidem Nota 1 p 9
5.- El informe de la investigación o tesis
1.- Primera página (Carátula)
2.- Cuerpo del informe
a).- Introducción.
• Exposición sucinta del diseño teórico
• Problemas afrontados en el curso de la investigación.
Referencia a los capítulos del desarrollo o parte central.
b).- Desarrollo o parte central
• Es la parte que contiene los análisis, deducciones, comparaciones, fundamentaciones y argumentaciones de las posiciones sostenidas por los autores consultados y, en especial, del autor de la tesis o informe investigativo.
• Debe concebirse en tres capítulos con sus epígrafes en correspondencia con los objetivos específicos y las hipótesis.
c).- Conclusiones.
• Se escriben en párrafos separados y numerados
• Deben corresponderse con los capítulos de la tesis, dando respuesta a los objetivos previstos y a las hipótesis.
• En ciertas investigaciones sociojurídicas se recomienda aportar los resultados obtenidos
d).- Recomendaciones.
• Se escriben en párrafos separados y numerados.
• Deben corresponderse con las conclusiones, objetivos e hipótesis
e).- Bibliografía
• Debe relacionarse siguiendo las indicaciones de la Norma Cubana.
• Se recomienda separar la bibliografía doctrinal de la bibliografía legislativa, y en esta ultima respetar la jerarquía jurídica de la legislación consultada
f).- Anexos.
• Cada anexo que se incorpore al informa investigativo o tesis, y especialmente los anexos que constituyen cuestionarios, entrevistas, encuestas, documentos que se revisan, como técnicas del método sociológico o empírico, debe contener una, fundamentacion, el objetivo, relación nominal de entrevistados o encuestados, relación de las preguntas formuladas y las conclusiones, que son la base de los análisis, deducciones, comparaciones, fundamentaciones o argumentaciones que se llevan al desarrollo o parte central de la tesis.
g).- Notas a pie de página (citas y referencias.)
• Al pie de pagina o al final del capitulo o de la tesis han de señalarse las fuentes bibliográficas de donde se han extraído las citas textuales o el material sobre el que se ha apoyado la tesis para hacer los comentarios y análisis que, en ocasiones, consignan informaciones adicionales sobre el tema o subtema tratados, respetando el principio de la honestidad científica.
• Las notas se enumeran en el texto de la tesis, según corresponda, y se sitúan al pie de la página que contiene la cita o al final, indicando el Autor o Autores, titulo de la fuente consultada y demás datos sobre la bibliografía, conforme a las indicaciones de la Norma Cubana.
Otras recomendaciones para la redacción de la tesis.
• Escribir una primera versión, haciendo párrafos preferiblemente pequeños.
• Las expresiones han de ser impersonales, tratándose de un trabajo científico.
• Empleo de vocabulario técnico - jurídico y claro.
• Los nuevos términos utilizados deben ser definidos preferentemente en un GLOSARIO
• Emplear los vocablos, términos o categorías jurídicas con el mismo valor en todo el cuerpo de la tesis.
• Es conveniente ofrecer la mayor información posible sobre el tema, aunque toda ella no tiene que ir en el cuerpo de la tesis, como parte del trabajo central, sino que puede aportarse a través de las citas y referencias al pie de página, o al final de cada capitulo o de la tesis..
• Revisión de la ortografía, estilo, reiteraciones en una primera versión antes de pasar a la redacción final de la tesis.6
6.- Ibidem Nota 1 p 14-15
CONCLUSIONES.
Del objetivo esencial propuesto y de la revisión y análisis de la bibliografía consultada que ha servido de base para la elaboración de este Artículo, así como de la experiencia del autor en la revisión, tutoría y oposición de tesis de los estudiantes en estos últimos tres años, se coligen las siguientes conclusiones:
Primera: Las investigaciones en el sector jurídico, si bien de manera genérica se asemejan en su concepción teórica y estructuración documental a las investigaciones en otros sectores de las ciencias naturales y sociales, tienen aristas y particularidades derivadas del marco teórico-conceptual propio de las Ciencias Jurídicas, que las distinguen sustancialmente de las investigaciones en otros sectores, en sus métodos, en la concepción del problema científico y su fundamentación teórica, y en la concepción de las hipótesis y variables que deben ser asumidas por el investigador en un trabajo científico de esta naturaleza.
Segunda: Las investigaciones en el Derecho nos permiten validar la efectividad y vigencia de las normas jurídicas, determinar las lagunas y/o antinomias que pueden presentarse en el ordenamiento jurídico vigente, y perfeccionar la normativa vigente a partir de las necesidades sociales o del estudio de la evolución de las instituciones del Derecho, o de la comparación de su regulación en diversos sistemas jurídicos
BIBLIOGRAFIA
1.- Gómez Rodríguez, Gregorio. Metodología de la Investigación Cualitativa/ Gregorio Gómez Rodríguez, Javier Gil Flores y Eduardo García Jiménez. —La Habana: Editorial Félix Varela, 2004.—378 p
2.- Hernández Sampier, Roberto. Metodología de la Investigación/ Roberto Hernández Sampier.—La Habana: Editorial Félix Varela, 2004.—475 p
3.- Ibarra Martín, Francisco. Metodología de la Investigación Social/ Francisco Ibarra Martín. —La Habana: Editorial Félix Varela, 2001. —[s.p]
4.- Prieto Valdés, Martha. Metodología de la Investigación Socio-Jurídica: Guía de Estudio/Marta Prieto Valdés. —La Habana, Departamento de Derecho de la Universidad de La Habana, 2001. —22p
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