Contribuciones a las Ciencias Sociales
Diciembre 2009

 

LAS DOCTRINAS POLÍTICAS DEL ESTADO MONÁRQUICO ABSOLUTO


Joaquín Pérez García-Valdecasas
jmariohv@yahoo.es


 

Asombra ver el cambio tan radical que se producen en las ideas políticas europeas durante los siglos XVI y XVI. El paso de una sociedad feudal dominado por las ideas religiosas cristianas dará lugar a otra de ideas más individualistas como es la sociedad moderna, donde el antropocentrismo y las ideas científicas serán la base de la ideología política. Comenzará a asentarse la idea del absolutismo, una soberanía monárquica sin límites que no reconocerá a los súbditos más derechos que el de obedecer al estado y al monarca.

La nueva concepción del hombre, el nacimiento del humanismo y todas las teorías que surgirán del Renacimiento darán lugar al nacimiento del estado moderno. El fin de la doble concepción de una autoridad doble, la divina y la humana; la espiritual representada por el poder del Papa y la terrenal o temporal representada por el poder del emperador. En contrapartida nacerán los grandes estados centralizados con un poder bien definido. Un buen ejemplo de ello lo podemos encontrar en España, Francia o Inglaterra. Luis XIV sentenció: “El estado soy yo” no se puede resumir en menos palabras el significado de absolutismo. Pero, quiénes fueron los que desarrollaron las ideas políticas que sustentaron el estado absolutista moderno y cuáles fueron exactamente esas ideas. A continuación intentaremos aproximarnos brevemente a las respuestas.
 



Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:
García-Valdecasas, J.P.: Las doctrinas políticas del estado monárquico absoluto, en Contribuciones a las Ciencias Sociales, diciembre 2009, www.eumed.net/rev/cccss/06/jpgv3.htm


La forma de gobierno absolutista ya se había dado en otras ocasiones en la historia, bajo otras denominaciones y con determinadas características diferentes propias de cada momento o etapa histórica, pero no será hasta este momento cuando adquiera esta denominación.

En el siglo XVI surgirá una idea que es fundamental para entender lo que será el absolutismo: la idea de nación. Rasgos propios de cada estado comienzan a ponerse en práctica. Se refuerza así, por ejemplo, la literatura en lengua nacional. Pues ese estado necesitará una cabeza que lo dirija. Ya no valdrán los gobernantes locales ni los señores feudales, sino un poder bien visible del cual dependan todos los asuntos del estado. Uno de los primeros que teoriza sobre el tema es Nicolás Maquiavelo. (1469-1527) Florentino de nacimiento, recibirá una sólida formación humanística. Sus escritos serán fundamentales para entender lo que será el estado moderno. Basa su pensamiento político en dos escritos fundamentalmente: Discursos sobre la primera década de Tito Livio, pero sobre todo, la obra que más repercusión ha tenido es El príncipe. En la primera obra Maquiavelo se considerará partidario de la república como la mejor forma de gobierno. Esta es la que mejor sabrá encauzar los problemas internos del país. Hay que tener en cuenta el contexto en el que vivió el autor. Una Italia dividida en diversos repúblicas estados que luchaban por la hegemonía. Entre esos estados se encontraba su Florencia natal. En El Príncipe, habla principalmente para Lorenzo de Medicis. En esta obra distingue tres tipologías de principado: los estados hereditarios, los nuevos estados -que son los obtenidos por medios ajenos a la herencia y gobernados por príncipes- y los estados mixtos que pese a que se heredan, no se hace por medio de la consanguinidad, este es el caso del papado. Además, refleja cuáles deben ser las características de los príncipes. Partidario de un gobierno fuerte, el príncipe debe ser un hombre hábil e inteligente, protegido por la fortuna, y de un carácter recto. Capaz de asumir las diferentes medidas para gobernar aunque sean impopulares así como llevar a cabo esas medidas sin que su poder se vea cuestionado (el fin justifica los medios). Esta justificación llevará también implícita el uso de la fuerza para gobernar si fuera necesario (hombre de carácter recto). Así, como hemos visto, Maquiavelo hace una guía a los gobernantes de las virtudes que deben poseer, así como también de los peligros de la corrupción que acecha a los dirigentes. Advierto del peligro que supone que un principado derive en tiranía, o de la conspiración de la aristocracia o de las masas.

Juan Bodino (1530-1596) político y teórico francés. Se mueve en el contexto histórico de las guerras entre calvinistas y católicos en Francia. Participante activamente en la vida política de sus país, llegando a formar parte del partido de los políticos. Se trataba de un partido manifiestamente monárquico, que colocaba al rey por encima de cualquier enfrentamiento religioso en el país. Una de sus obras más destacadas son sus Seis Libros de la República, publicado en 1576. Ella se puede considerar la base de su pensamiento político. Defensor del poder del estado, considera el poder como algo unipersonal: “Sólo uno puede ser soberano en una república, ya que si son dos, tres o más, ninguno de ellos será soberano por cuanto puede dar ni recibir ley de su compañero de gobierno”. Para él, la soberanía es algo indivisible y absoluto, siendo la monarquía el régimen más acorde con la naturaleza, comparándola por ejemplo con la familia (unidad básica dentro de la República), que no tiene más que un jefe, el padre. En la monarquía que defiende Bodino, el monarca sólo debe responder ante Dios y la naturaleza, en caso de no hacerlo corre el peligro de caer en la tiranía. El rey no podrá nunca contradecir la leyes naturales -impuestas como reflejo de la ley divina-. Entre esas leyes encontramos el derechos de los súbditos a la propiedad y a la libertad “natural”. Unos súbditos cuyo papel es el de obedecer las leyes del monarca, así como el papel del monarca es obedecer las de la naturaleza. En cuanto las funciones principales del gobernante están la de dar ley a todos en general y a cada uno en particular, decretar la guerra y negociar la paz, o juzgar y otorgar gracia a los condenados. La soberanía puede residir en tres formas de gobierno: la democracia, la aristocracia y la monarquía, siendo esta última la mejor forma de gobierno, ya que en ella la soberanía absoluta recae sobre un único príncipe. En definitiva, se puede considerar a Juan Bodino como uno de los principales pensadores de la monarquía absoluta en el siglo XVI.

Thomas Hobbes (1588-1679), pensador de origen inglés, es considerado también un firme defensor de la monarquía. Vive en una época en la que las revoluciones parlamentaristas protagonizaban la vida política del país. Hobbes se mantendrá fiel a la monarquía, aunque bien es cierto que con unos criterios completamente suyos. Su pensamiento político queda reflejado en obras como Los elementos del Derecho Natural, obra publicada en 1650 o, sobre todo, Leviatán, publicada un año después. En esta última obra el autor expone claramente su teoría del contrato social. En ella, nos dice que los hombres, que viven libres en la naturaleza, son conscientes de los peligros y las necesidades que tienen, por lo que llegan a un pacto para preservar la paz y la seguridad. Así pues los hombres ceden parte de su libertad para obtener a cambio protección y guía, de esta forma se acabará el estado de perpetua guerra civil y de autodestrucción. Esta libertad es transferida al estado, que debe de cumplir el papel de protector. De estas ideas se trasluce que el poder a los monarcas no les viene dado por la divinidad sino que procede directamente del pueblo, ya que son los propios hombres los que voluntariamente han elegido otorgarle el poder. Esta postura le valdrá enfrentamientos directos con la Iglesia Británica así como con ciertos círculos intelectuales de la época. Como contraposición, existen una serie de autores que defienden el derecho divino del poder monárquico como son Theodore de Bèze o Philippe du Plessis-Mornay que sitúan a los hombres como meros administradores bajo la voluntad divina.

La aportación española

Está centrada sobre todo en la Escuela de Salamanca y básicamente en dos pensadores: Francisco de Vitoria y Domingo de Soto. El primero de ellos (1480-1546), fue un religioso dominico de formación humanística. Sus escritos hablan sobre todo de economía y de teología, destacando obras como Selección sobre la potestad civil o De regno Christi. Analiza el origen tanto del poder político como el poder espiritual y religioso. En sus obras nos muestra cómo los individuos no son capaces de gobernarse por sí mismos, y ante tal circunstancia es cuando surge el estado, para dirigir el destino de los hombres. Gran importancia tiene para Francisco de Vitoria el derecho natural. Tanto el estado como la sociedad son de origen natural y su fin no es otro que el bien común. Para ello, el estado no tendrá límites en cuanto a su autonomía, ya que el soberano es tal por derecho natural y transmite la soberanía al gobernante y éste a los gobernados a través de las leyes que él dicta. Por lo tanto si el fin de la monarquía es conseguir el bien común, el gobernante no estará nunca por encima de la ley. Otra de las aportaciones de este autor es al hablar del derecho internacional, que igualmente debe regirse por la razón natural entre los distintos pueblos al margen de sus propias ideologías. Así mismo, está en contra de un dominio mundial tanto de un poder político como papal. Defiende la presencia española en América entre otros motivos porque los indianos han elegido como gobernante al rey español.

El otro representante español es Domingo de Soto (1494-1560). Igualmente fue fraile dominico, así como confesor del rey español Carlos I y delegado imperial en el concilio de Trento. Podemos resumir su filosofía en que el derecho natural limita el poder del estado. Como podemos apreciar seguirá una línea continuista con respecto a Francisco de Vitoria. Destaca sobre todo su obra De iustitia et de iure. Al igual que el anterior autor, Domingo de Soto realiza numerosos escritos sobre economía, legitimando las operaciones bancarias y afirmando que allá donde no hubiese división de bienes sería imposible que existiera la paz social.

Bibliografía:

 Anderson, O. El estado absolutista. Edit Siglo XXI, Madrid 1984.

 Barudio, G. La época del absolutismo y la ilustración. Ariel. Barcelona. 1981.

 Hazard, P. El pensamiento Europeo en el siglo XVIII. Alianza, Madrid. 1985.

 Heinz-Gerhard Justenhoven: Francisco de Vitoria zu Krieg und Frieden (Theologie und Frieden, 5). Stuttgart 1991.

 Pisier, E. Historia del pensamiento político. Tecnos. Madrid, 2006.

 Rawls,J. Nozick, R. y Buchanan, J. Nuevas teorías sobre el contrato social.

 Rufau Prats, Jaime. El pensamiento político de Domingo de Soto y su concepción del poder. Salamanca: Ediciones Universidad Salamanca.

 Skinner, Q. Los fundamentos del pensamiento político moderno. Vol. I Editorial FCE. Mexico 1985.

 Van Dülmenn, R. Los inicios de la Europa moderna. e.d. Historia Universal S. XXI Vol. 21. Madrid 1984.

 Strayer, J.S. Sobre los orígenes medievales del estado Moderno. Ariel. Barcelona, 1981.

 VV.AA. Historia de la teoría política. Vol. II y III. Alianza. Madrid 1995.

 


Editor:
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ISSN: 1988-7833
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