Revista: Caribeña de Ciencias Sociales
ISSN: 2254-7630


SISTEMA DE ACCIONES DE ORIENTACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA ASESORÍA JURÍDICA EN LA FORMACIÓN INICIAL DEL PROFESIONAL DE DERECHO

Autores e infomación del artículo

Orisbel León Castro*

Elvira Alonso Hernández**

Universidad de Las Tunas, Cuba.

Correo: elviraa@ult.edu.cu


RESUMEN
En la formación del profesional del derecho es significativa la importancia que se le concede a su preparación para la asesoría que como técnica se encarga de brindar la información jurídica a quien necesite de ello para la solución de asuntos que tienen que ver con la aplicación de las leyes, normativas y reglamentos en cualquier rama del Derecho. De ahí que en este trabajo se persigue como propósito el perfeccionamiento del proceso de formación inicial del profesional del derecho para el desarrollo de la asesoría jurídica. La significación práctica de la investigación se basa en un sistema de acciones de orientación dirigidas al desarrollo de la asesoría jurídica en la carrera de Derecho en la universidad de Las Tunas. Palabras Claves: Asesoría jurídica, formación, profesional del derecho, sistema de acciones de trabajo.

Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:

Orisbel León Castro y Elvira Alonso Hernández (2019): “Sistema de acciones de orientación para el desarrollo de la asesoría jurídica en la formación inicial del profesional de derecho”, Revista Caribeña de Ciencias Sociales (abril 2019). En línea:
https://www.eumed.net/rev/caribe/2019/04/desarrollo-asesoria-juridica.html
//hdl.handle.net/20.500.11763/caribe1904desarrollo-asesoria-juridica


INTRODUCCIÓN

  • En medio de una coyuntura internacional que marca un hito en la evolución histórica de la humanidad, nuestro país persevera en su voluntad política de sostener nuestro proyecto alternativo al capitalismo brutal: nuestra adhesión a los principios de justicia social y, en general, al proyecto que hemos llamado “nuestro socialismo”.
  • Todo ello crea situaciones que impactan en la perspectiva académica, sobre todo en la concepción estratégica de la formación de un profesional con profundo contenido político como lo es el jurista.
  • Cualquier reflexión sobre la formación de este profesional, en dichas condiciones, debe tomar en cuenta las dramáticas determinantes que se crearon a escala internacional con el derrumbe del campo socialista europeo, la globalización de la economía neoliberal y las complejas alternativas de Cuba para su inserción en ese contexto histórico.
  • A tono con estas ideas en la búsqueda de la excelencia, la política del Partido en cuanto a la educación, formulada desde el Primer Congreso (1975) y plasmada en el Programa del Partido Comunista de Cuba, señala que la finalidad de la educación es la formación de convicciones personales y hábitos de conducta, así como el logro de personalidades integralmente desarrolladas que piensen y actúen creadoramente, para construir la nueva sociedad y defender las conquistas de la Revolución.

La política educacional se fundamenta en la concepción marxista leninista y los principios martianos.  En el VII Congreso del Partido (2016) se aprueba el lineamiento 117 el cual va encaminado a continuar avanzando en la elevación de la calidad y rigor del proceso docente educativo y el lineamiento 118 que tiene como objetivo, formar con calidad y rigor el personal docente que se precisa. El programa del Partido señala, además, que la educación, a partir de los avances obtenidos, deberá alcanzar una etapa superior cuya esencia es la calidad de la educación.
En tal sentido es reconocido desde el Modelo de Profesional (Plan D 2010) del jurista que este debe dominar las leyes objetivas del desarrollo social, de la construcción del socialismo y pueda y sepa aplicarlas de modo creador en la organización, perfeccionamiento y desarrollo de su expresión jurídica, en el sistema de Derecho, como su objeto de trabajo profesional.
Además, refiere como aspiración la de asesorar sobre asuntos jurídicos determinando su trascendencia y pertenencia a los diferentes campos de acción del Derecho, incluyendo la posible aplicación del Derecho Extranjero a relaciones jurídicas conectadas con más de una legislación,  y aplicando los postulados martianos y marxistas para interpretar de forma creadora los preceptos legales, de modo que se ofrezcan soluciones atemperadas a las condiciones del momento, y los principios de igualdad, justicia social, patriotismo y antiimperialismo sobre los que se erige nuestro proyecto socialista.
Es significativo señalar que, sobre la problemática de la formación profesional se destacan investigadores como: Mendoza Pérez, M. (2004), Fuentes González, H. (2008), Horruitinier Silva, P. (2008), entre otros. Estos autores consideran la formación profesional como un proceso consciente de naturaleza compleja que se desarrolla en las instituciones de Educación Superior como totalidades de la realidad, en las que se establecen relaciones de carácter social entre sus participantes con el propósito de instruir, educar y desarrollar los futuros profesionales, en un contexto histórico, social y cultural concreto.
Respecto a investigaciones en materia del Derecho se destacan Prieto Valdés, M. (2002), Mondelo García, J. W. (2003), Setién Álvarez, G. (2010) yCañizares Abeledo, D. F. (1973 y 2014); entre otros.
Estos resultados constituyen valiosos aportes en aras de generalizar los conocimientos en esta área del saber, aunque queda un camino expedito  en la búsqueda del perfeccionamiento en el proceso de formación del jurista; que evidencia retos en las demandas que la sociedad  hace  a  la  profesión  y promueve  replanteos  relacionados  con  la  práctica,  la  teoría  y  la investigación al incidir desfavorablemente en el logro del objetivo de su formación integral, cuestión a la que pretende aproximarse la presente investigación.
Esta situación genera la contradicción entre las exigencias actuales del encargo social expresadas en el Modelo del Profesional de la carrera de Derecho donde plantea que deben asesorar sobre asuntos jurídicos determinando su trascendencia y pertenencia a los diferentes campos de acción del Derecho y las insuficiencias que presentan para el cumplimiento exitoso del asesoramiento como función en vínculo con el objeto de la profesión, lo que conduce a plantearnos el siguiente problema científico: ¿Cómo desarrollar la asesoría jurídica en la formación inicial del profesional de derecho?
Este problema se enmarca en el Objeto de investigación: proceso de formación inicial del jurista.
Se delimita como Campo de acción: la asesoría jurídica.
Nos trazamos como Objetivo: Sistema de acciones de orientación para el desarrollo de la asesoría jurídica en la formación inicial del profesional del Derecho.
Para realizar la investigación nos apoyamos en los siguientes métodos:
Del nivel teórico

  • Histórico lógico: para el análisis de los antecedentes y evolución histórica que ha tenido la asesoría jurídica en la formación inicial del profesional.
  • Análisis y crítica de fuentes, tomando como procedimiento los métodos del pensamiento lógico:
  • Análisis Síntesis: se utiliza en todas las etapas de la investigación, tanto para el procesamiento teórico de las fuentes, la aplicación de los métodos y técnicas investigativas y el balance crítico de las acciones y etapas del trabajo investigativo.
  • Inducción Deducción: se revela en la relación entre los procesos que se mueven tanto de lo particular a lo general como a la inversa, también utilizado en todas las etapas de la investigación.
  • Modelación: nos permitió sistematizar la información existente hasta modelar teóricamente la asesoría jurídica en la formación inicial del profesional, su composición, su estructura, sus relaciones funcionales; además en la conformación del contenido de las acciones para el desarrollo de la asesoría. 

Del nivel empírico

  • Estudio de los productos del proceso pedagógico: se empleará con distintos propósitos entre los que se encuentra: constatar las acciones que se realizan en función de la preparación de los profesionales en formación inicial para el asesoramiento jurídico.
  • La observación: para constatar el desarrollo de la asesoría jurídica en la formación inicial del profesional durante la realización de las distintas actividades donde intervienen los profesionales en formación inicial.
  • Encuesta: para explorar en el desarrollo de las diferentes actividades la atención que en las mismas se le brinda a los profesionales en formación inicial para su preparación en relación a la asesoría.
  • Experimento pedagógico formativo: se empleará en la comprobación de la factibilidad de las acciones para desarrollar la asesoría jurídica en los profesionales de Derecho en formación inicial.

En el orden de los métodos matemáticos estadísticos, se utilizará la estadística descriptiva, principalmente, la medida de posición relativa en lo referido al porcentaje y tablas de contingencias para procesar e interpretar datos.
Este estudio se realiza sobre la base de la concepción dialéctico materialista desde la investigación acción participativa. Se trabajará con una población como unidad de análisis, los 118 profesionales en formación inicial de la especialidad de Derecho de 1ro a 4to año, de la que se seleccionó como muestra intencional: 19 estudiantes de 4to año que realizarán la práctica investigativa laboral en el curso escolar 2017-2018 en la Universidad de Las Tunas.
DESARROLLO
En esta investigación se analiza la asesoría en el proceso de formación del profesional del derecho, a través de la consulta de documentos y entrevistas a protagonistas del proceso en diferentes ediciones de la carrera.
Para evaluar el desarrollo de la asesoría en la actualidad es necesario el estudio de su evolución histórica que permite considerar los cambios operados en la percepción y formación de las cualidades del profesional de derecho en su desempeño profesional determinándose como indicadores: la concepción de la asesoría en el proceso de formación del profesional del derecho y vías para el desarrollo de la asesoría en el proceso de formación del profesional del derecho.
Para emprender esta tarea se revisaron los diferentes planes de formación de los profesionales del derecho para constatar, cómo se ha tratado su preparación para asegurar la asesoría desde el currículo de la formación inicial, así como confrontar las investigaciones realizadas en vínculo con este proceso.
Antes del triunfo revolucionario de 1959 en Cuba, los estudios de Derecho estuvieron marcados por la influencia absoluta de la perspectiva filosófica y académica del escolasticismo, contra el cual luchó Félix Varela desde la cátedra de Derecho Constitucional del Seminario de San Carlos y San Ambrosio.
No sería exagerado afirmar que el ritmo científico y los avances en esos estudios jurídicos se desplazaron, en importante medida, de la vieja universidad de San Jerónimo al mencionado Seminario de San Carlos.
Los años de las largas luchas por la independencia de nuestra Patria no dejaron de sentirse en el ámbito académico, tanto en forma de represión a toda manifestación de pensamiento Iluminista y liberal, como en el aumento de los determinantes escolásticos en las diferentes cátedras.
El triunfo de la Revolución en 1959 produjo una verdadera inflexión en las concepciones filosóficas y científicas del Derecho en Cuba. Sin embargo, es justo reconocer que la declarada filiación marxista de nuestro proyecto nacional, a partir de 1961, en el ámbito del Derecho continuó en buena medida prisionera del normativismo kelseniano.
Al concluir lo que Fidel llamó en el Informe al Primer Congreso del Partido en 1975, los años de “la provisionalidad institucional” y aprobarse en 1976 la Constitución Socialista; al fundarse en esas nuevas condiciones el Ministerio de Educación Superior, se procedió al diseño del primer plan de estudios con ambiciones pedagógicas y científicas, al cual llamamos Plan A.
Ese Plan era todavía muy elemental, fundado en consideraciones casi todas empíricas, con una reducción notable de horas lectivas y afectadas por la falta de asignaturas esenciales; se caracterizó por un insuficiente número de horas lectivas y por la no inclusión de asignaturas de gran trascendencia para la formación del profesional del Derecho.
Posteriormente se pasó a un proceso de institucionalización del sistema político, el Estado y el sistema de Derecho. A la luz de la Constitución y de resultas del trabajo, primero de las Comisiones de Estudios Jurídicos que dirigiera Blas Roca y después por la Asamblea Nacional del Poder Popular, se aprobó un buen número de normativas jurídicas que fueron completando el sistema de derecho cubano y brindaron apoyatura absoluta a los esfuerzos académicos y científicos en esta rama de las ciencias sociales.
De ese modo se pasó casi de inmediato al diseño del que se llamó Plan B, venciendo limitaciones, errores e insuficiencias del anterior Plan de Estudios, pero en la aplicación de ambos existió una marcada tendencia, en determinadas asignaturas, a priorizar la enseñanza de la legislación, en detrimento de la doctrina, lo que se correspondía con el enorme déficit de literatura jurídica actualizada que existía en esa época en el país y con las concepciones existentes, acerca del papel del Derecho en la Sociedad. Este plan se mantuvo en vigor, con varios cambios y adecuaciones, hasta la década de los años 80 en que se pasa al diseño del Plan C.

  • El Plan de Estudio C constituyó el resumen de la voluntad académica encaminada a brindar un alto contenido científico a los estudios de Derecho, desligándolos de los lastres normativistas y positivistas que pesaron sobre la formación y el ejercicio profesional durante varias décadas y que mantuvieron su influencia incluso en un lapso importante de nuestro proceso revolucionario.
  • Resumiendo, esa voluntad, el Plan C fue concebido bajo el principio de “enseñar Derecho y no solo legislación”.
  • La consecución de este objetivo obligaba a reformular el contenido del programa de muchas disciplinas y asignaturas y a elevar en ellos la carga doctrinal, teórica y científica, exaltando los principios, regularidades y técnicas que están en el acervo de nuestro sistema jurídico latino, de base romanista.
  • Ello obligaba también a luchar para alcanzar un balance importante entre el componente puramente lectivo y el componente investigativo: así mismo, alcanzar igual balance entre la formación teórica y la preparación en las necesarias habilidades prácticas del profesional.
  • En lo que se refiere al balance entre la teoría, la formación científico - académica y la ejercitación práctica, tal cual estaba concebida en los tres ciclos de práctica concentrada que se instrumentaban en el Plan C, se siguió insistiendo en el verdadero alcance y contenido de esos dos componentes.

El derrumbe del campo socialista en Europa del Este, las reformas realizadas en el año 1992 a la Constitución de la República, los cambios en la economía, junto a la firme decisión de nuestro pueblo de mantener las conquistas del socialismo, determinaron la necesidad de modificar el plan de estudio de la carrera de Derecho.
El Plan de Estudio C Perfeccionado dio respuesta a las nuevas condiciones existentes en el país y estuvo caracterizado por los elementos esenciales siguientes:

  • Se  reforzó el criterio de distribución de las asignaturas por años de estudio, para facilitar la atención por los departamentos y colectivos de asignaturas, de forma tal que el Departamento de Materias Jurídicas Básicas, atienda el primer año, el de Derecho Civil y de Familia, el segundo, el de Ciencias Penales el tercero y el de Asesoría Jurídica e Internacional el cuarto y el quinto, lo que contribuyó a un mejor funcionamiento de los colectivos de año y es determinante en la organización de la práctica laboral, al lograrse, que en lo fundamental, los estudiantes de segundo año la realicen en la materia Derecho Constitucional, los de tercero en civil y los de cuarto en penal y asesoría jurídica, los que en el momento de su inserción en los centros laborales ya han cursado la mayoría de las asignaturas relacionadas con las habilidades prácticas.
  • Se actualizan los contenidos de las asignaturas, en correspondencia con las transformaciones ocurridas en el país y a nivel internacional y se incorpora el Derecho ambiental. 
  • Se enfatizó la necesidad de ampliar el estudio consecuente y riguroso de las instituciones jurídicas en el Derecho Comparado.
  • Se continuó insistiendo en la necesidad de fortalecer la ejercitación práctica, de forma similar a como se había concebido en el Plan C, en tres ciclos de práctica concentrada, en segundo, tercero y cuarto año y se le añadió una breve familiarización en el primer año de la carrera.
  • En relación con la forma de terminación de los estudios, se reforzó el criterio de que el examen estatal fuera la vía fundamental y por excepción se admitiera el trabajo de diploma, para aquellos estudiantes que demostraran un alto aprovechamiento académico durante sus estudios.  
  • La apertura de la Carrera de Derecho la provincia de las Tunas se produce con el proceso de Universalización e implementación del plan C que permitió que en los 8 municipios se desarrollara la carrera desde el curso 2002-2004, a esto le siguió el inicio del curso regular para trabajadores en la sede central en el curso 2004-05 y del curso regular diurno en septiembre del 2005.

La Misión de la Carrera: formar un profesional integral de alta calidad, comprometido con la Patria, que satisfaga los requerimientos del trabajo sociocultural en los inicios del siglo XXI, en los campos de la detección, investigación e intervención que garantiza la realización de trabajo sociocultural comunitario, asesorías, investigación social, promoción, animación y gestión cultural y turística con  soluciones creativas, autóctonas, eficaces y eficientes, que contribuyan de forma significativa al desarrollo del territorio de Las Tunas y en general del país; ser competitivo en la esfera del trabajo sociocultural para lo cual hace suyas las aspiraciones más legítimas de trabajadores y estudiantes en un clima de participación, mutuo compromiso y con la determinación de vencer cualquier obstáculo que se presente.
En fecha 10 de septiembre de 2004 se firma el Convenio de colaboración académico entre la Facultad de Ciencias Sociales y Humanísticas y la Unión Nacional de Juristas de Las Tunas con el objetivo de lograr la familiarización de los profesionales del derecho en su formación inicial  con la actividad  a través de la atención a las prácticas laborales y que los profesionales del Derecho en ejercicio se convirtieran en  profesores adjuntos y tutores, labor que realizan actualmente con entrega y dedicación.
Las carreras adscritas al MES culminaron en el curso 2008-2009 el proceso de elaboración y defensa pública de la cuarta generación de planes de estudio, Planes “D”, con una amplia y activa participación de los principales organismos empleadores.

  • La filosofía que subyacía en la concepción de la práctica concentrada del Plan C, se desarrolló  más en el actual Plan D vigente hasta el momento, que supone esa práctica vinculada a los principios teóricos y doctrinales, sin desdeñarlos o minorisarlos como secundarios, es decir, no en la exaltación de la práctica por la práctica y la relegación de la teoría (premisa de la mezquindad teórica del positivismo, el neopositivismo o el pragmatismo en las Ciencias Sociales en general) sino en la certeza de que si bien la práctica posibilita rechazar todo el conformismo de una educación que pudiera calificarse de “intelectualista”, sólo una correcta formación teórico-doctrinal puede ofrecer una adecuada valoración de esa práctica. Se pretendía ya desde entonces, y mucho más ahora en el Plan D que desarrollamos en medio de la batalla de ideas, coadyuvar al objetivo de la formación del jurista como humanista, más que como un técnico del Derecho, de manera que el profesional del derecho en su formación inicial adquiera las habilidades de la práctica, no como instrumentos o herramientas técnicas en sí mismas, sino vinculándolas en todo caso con los fundamentos teóricos, científicos y doctrinales en que se deben sustentar. Es además la única manera que nos asegura que el jurista no sea un simple repetidor pragmático de lo que se hace, sino un corrector de lo que se hace mal y un proyectista de lo que hay que hacer mejor.

En la formación inicial de estos profesionales los primeros años se dedicó a la preparación académica; la vinculación del estudio con el trabajo se hace a través de las prácticas de familiarización, se precisan solamente objetivos de la formación de profesionales y de las diferentes asignaturas, su redacción se basó en las actividades que se debían hacer; por cuanto se desarrollaban en el accionar cotidiano imitando patrones de quienes ejercían las influencias.
Predomina en el componente académico la explicación metodológica del contenido de las asignaturas que necesitaba el profesional en formación inicial para el ejercicio de la profesión, Igualmente se declara entre los problemas que debe afrontar y resolver el jurista en las diferentes esferas de acción del nivel primario del ejercicio profesional:

  • El asesoramiento en la prevención de las ilegalidades,
  • La asesoría en las entidades de que se trate, sobre lo concerniente al cumplimiento y aplicación de la legislación correspondiente en el desarrollo de la actividad de las mismas.

El profesional del derecho en ejercicio con respecto a la asesoría jurídica debe afrontar los   problemas siguientes:

  • La asesoría a los niveles de dirección de la entidad laboral correspondiente y a los trabajadores, en lo concerniente a la legislación en materia económica, laboral, financiera, comercial y administrativa y evacuar las consultas que en estas materias le fueren formuladas.
  • La asesoría al jefe de la entidad y a los dirigentes facultados en cuanto a la aplicación de las medidas disciplinarias establecidas en la legislación laboral y administrativa y toda la aplicación de la legislación laboral, en todo su alcance y de las formas financieras, etc.
  • La elaboración de los reglamentos correspondientes a las entidades económicas o administrativas en que labore el Jurista.
  • Representar a la empresa en los procesos laborales y de seguridad social, administrativos, contencioso - administrativos, arbitrales, civiles y en los penales y en las negociaciones comerciales cuando procediere.
  • Redactar los instrumentos jurídicos correspondientes, a fin de que puedan promover y tramitar los asuntos de distinta índole sometidos a la consideración o solución del asesor jurídico y elaborar y dictaminar proyectos de disposiciones jurídicas en materia económica, fiscal, laboral, comercial, marítima, financiera e internacional.
  • La asesoría en los procesos penales, civiles, agrarios, administrativo, económicos, laborales.

Sin embargo, los programas de asignaturas no incluyen elementos relacionados con la asesoría en el proceso de formación inicial del profesional y no se constatan referencias a las acciones orientadas en este sentido, lo que limita su influencia, denotando carencia de un sustento teórico científico, que garantizara suficientemente el desarrollo de la asesoría en la formación inicial del profesional del derecho.
Hasta este momento no se declaran investigaciones relacionadas con la asesoría en la formación inicial de este profesional que aporten al perfeccionamiento de este proceso.

RESULTADOS Y DISCUCIÓN
Las insuficiencias detectadas en la formación del profesional del Derecho durante el desempeño en la carrera, reflejaron que existen problemas en la interpretación de forma creadora de los preceptos legales, de modo que se ofrezcan soluciones atemperadas a las condiciones del momento.
De ahí que en este trabajo se persigue como propósito el perfeccionamiento del proceso de formación inicial del profesional del derecho para el desarrollo de la asesoría jurídica. La significación práctica de la investigación se basa en un sistema de acciones de orientación dirigidas al desarrollo de la asesoría jurídica en la carrera de Derecho en la universidad de Las Tunas.

CONCLUSIONES
En esta investigación se hace evidente los principios del desarrollo universal y de la práctica social que sustentan la formación del profesional, potenciar, desde los agentes que ejercen influencias durante la práctica laboral investigativa, los criterios de orientación, organización, ejecución y control de las actividades con una nueva dinámica en el desempeño de los profesionales de Derecho en su proceso de formación inicial, para un mejor desarrollo de la asesoría jurídica en la carrera de Derecho.
La novedad de la investigación está dada en el empleo de los problemas profesionales declarados en el modelo del profesional de la especialidad como centro para el desarrollo de las habilidades inherentes a la función de asesoramiento en aras de lograr un desempeño efectivo del profesional en formación inicial durante la práctica laboral.
La significación práctica de la investigación está en perfeccionar la formación inicial del profesional de derecho logrando elevar la calidad de los procesos que enfrenta en los diferentes contextos donde actúa en su función de asesor.

BIBLIOGRAFÍA

CAÑIZARES ABELEDO, D. F. Conferencia Magistral en IV Conferencia Nacional sobre Asesoramiento Jurídico, IV (2014)
https://asesorialegal-amyos.blogspot.com/2011/02/que-es-la-asesoria-legal-o-sesoria.html
MINISTERIO DE JUSTICIA. Resolución 167 del 2008. Indicadores de calidad de los servicios de asesoría jurídica. En Gaceta Oficial Ordinaria # 4, agosto de 2008. La Habana. 2008.
MONDELO GARCÍA, J. W.  El orden jurídico, la Constitución y la regla de reconocimiento. Tesis presentada en opción al grado científico de Dr. en Ciencias Jurídicas (2003).
PCC. Lineamientos 117, VII Congreso del Partido Comunista de Cuba.
PRIETO VALDÉS, M.  El Derecho, la Constitución y su Interpretación. Tesis presentada en opción al grado científico de Dr. en Ciencias Jurídicas (2002).
SETIÉN ÁLVAREZ, G.  Formación de la Cultura de la legalidad desde las Instituciones Educativas. Tesis presentada en opción al grado científico de Dr. en Ciencias Pedagógicas (2010).

*Profesora Instructora. orisbellc@ult.edu.cu
** Profesora Titular. elviraa@ult.edu.cu Universidad de Las Tunas, Cuba.

Recibido: 30/01/2019 Aceptado: 25/04/2019 Publicado: Abril de 2019


Nota Importante a Leer:
Los comentarios al artículo son responsabilidad exclusiva del remitente.
Si necesita algún tipo de información referente al articulo póngase en contacto con el email suministrado por el autor del articulo al principio del mismo.
Un comentario no es mas que un simple medio para comunicar su opinion a futuros lectores.
El autor del articulo no esta obligado a responder o leer comentarios referentes al articulo.
Al escribir un comentario, debe tener en cuenta que recibirá notificaciones cada vez que alguien escriba un nuevo comentario en este articulo.
Eumed.net se reserva el derecho de eliminar aquellos comentarios que tengan lenguaje inadecuado o agresivo.
Si usted considera que algún comentario de esta página es inadecuado o agresivo, por favor, escriba a lisette@eumed.net.

URL: https://www.eumed.net/rev/caribe/index.html
Sitio editado y mantenido por Servicios Académicos Intercontinentales S.L. B-93417426.
Dirección de contacto lisette@eumed.net