Ruby Stella Jaramillo Marín *
Universidad Autónoma de Colombia
Email: rjaramillo62@yahoo.es
Resumen 
Desde los inicios de la humanidad ha existido un  concepto de protección al medio ambiente, organismos internacionales como la Organización  de Naciones Unidas (ONU) ha jugado un papel muy importante en el desarrollo del  derecho ambiental a nivel mundial, puesto que ha sido la entidad encargada de  convocar a los diferentes países miembros para la celebración de conferencias  sobre el cuidado del medio ambiente, es de tener en cuenta que cada país debe  desarrollar en su interior una serie de políticas públicas tendientes a la  protección de los recursos naturales, teniendo presente el concepto de  desarrollo sostenible, al interior del mundo se viven diferentes crisis, pero es  necesario comprender que la crisis ambiental que se está sufriendo en la  actualidad es un problema que afecta a todos los seres vivos en el planeta y  que si no se implementan medidas urgentes acabará destruyendo todo lo que hemos  conocido; cada ser humano debe comprender que sus actos afectan el medio  ambiente y que con simples practicas puede contribuir a su preservación,  finalmente se debe entender que el derecho ambiental siempre estará en  constante evolución puesto que depende de la misma naturaleza y del impacto que  tiene en ella todas las actividades humanas.
Abstrac 
Since  the beginning of humanity there has been a concept of protection to the  environment, international organizations such as the United Nations has played  a very important role in the development of environmental law worldwide, since  it has been the entity in charge To summon the different member countries to  hold conferences on the care of the environment, it is important to bear in  mind that each country must develop in its interior a series of public policies  aimed at the protection of natural resources, bearing in mind the concept of  sustainable development, different crises are experienced within the world, but  it is necessary to understand that the environmental crisis that is currently  suffering is a problem that affects all living beings on the planet and that if  urgent measures are not implemented it will end destroying everything we have  known; each human being must understand that their actions affect the  environment and that with simple practices can contribute to their  preservation, finally it must be understood that environmental law will always  be in constant evolution since it depends on the nature itself and the impact  it has on it all human activities.
Palabras  clave
Medio ambiente, protección, derecho ambiental,  desarrollo sostenible, crisis, ser humano.   
Keywords
Environment, protection, environmental law, sustainable development, crisis, human being.
Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato: 
Ruby Stella Jaramillo Marín  (2019): “Derecho ambiental: un recorrido por sus inicios y crisis en Colombia y el mundo”, Revista Caribeña de Ciencias Sociales (marzo 2019). En línea:
 https://www.eumed.net/rev/caribe/2019/03/derecho-ambiental.html
//hdl.handle.net/20.500.11763/caribe1903derecho-ambiental
Para hablar de derecho ambiental es necesario conocer  su surgimiento y evolución a lo largo de la historia, inicialmente en el pueblo  Romano existió un indicio sobre el medio ambiente, entre los años 450 a.C. y 565  d.C. surgió el concepto de res communes1 ,  bajo este nombre se conocían los bienes naturales que eran de todos, como por  ejemplo el agua, el sol, el aire, la tierra, y de los cuales se podía hacer uso  ilimitadamente, Ponte (2007) afirma que dichos  bienes eran considerados “gratuitos, no permutables, entes que son útiles e  indispensables para la vida, disponibles en cuanto su cantidad es superior a  las necesidades de los hombres (aer, aqua profluens, mare, etc.)” (p. 67).  Encontramos también que en aquella época era muy común el concepto de relaciones  de vecindad 2,  por medio del cual se crearon algunas normas reguladoras de las relaciones de  los ciudadanos Romanos, que se hacían necesarias para conservar la paz y el  respeto por los vecinos o las demás personas que convivían alrededor, dicho  concepto reguló las emisiones de humo, de ruido, los malos olores y demás  molestias que alteraban la tranquilidad y solían ser perturbadoras para todos,  estas a su vez, constituían una categoría dentro de las restricciones y límites  al dominio, que también permitían realizar acciones que contribuyeron al  cuidado del medio ambiente.
       Posteriormente, se vivió una gran transformación a  nivel mundial con el inicio de la Revolución industrial a mediados del siglo  XVIII en el Reino de Gran Bretaña y su expansión hasta Europa y América, este  fenómeno trajo consigo un desarrollo tecnológico, cultural y socioeconómico que  marcó la historia de la humanidad. Domínguez  (2001) señala que esta revolución indica un “proceso de cambios ocurridos en Inglaterra que transformaron  profundamente una economía exclusivamente agrícola y comercial en una economía industrializada,  merced al desarrollo y utilización de nuevas máquinas en la industria y en los medios  de transporte y comunicación” (p.160). Este proceso de industrialización trajo en  cierta medida algunos beneficios a la humanidad, pero al mismo tiempo generó  grandes consecuencias, entre ellas calamidades ambientales, mientras algunos se  dedicaron a la acumulación de capital, sin pensar en las consecuencias, de  manera paralela se estaba afectando el recurso natural que pertenece a todos,  las grandes fábricas al realizar sus procesos contaminaban la atmósfera, los  suelos y el agua, se empezó a generar el calentamiento global3 ,  y se produjo la acumulación de grandes cantidades de residuos industriales, sus  efectos empezaron a visibilizarse inicialmente en las áreas urbanas, debido a  la migración de las personas del campo hacia las ciudades.
       Los  espacios urbanos fueron los primeros en manifestar la intensa contaminación que  generaba el capitalismo industrializado. Sucesivos episodios de smog asociados  con niebla ocasionaron enfermedad y muerte en Londres. El último gran evento  fue conocido como el Great Smog de 1952 y causó unos 4000 muertos directos.  Pero no era el único lugar. Como si sufriera espasmos, el ambiente empezó aquí  y allá a dar señales de que “algo” no estaba funcionando. En contextos  geográficos y climáticos que la favorecían, la contaminación fue dejando una  estela de enfermedad y muerte, y los accidentes en los que estaban involucradas  sustancias químicas comenzaron a ser cada vez más frecuentes. (Anzolín, 2015, p.27).
       Tras esta situación aproximadamente entre el año 1960 a  1970 empezó a surgir en la sociedad una conciencia ecológica y se hizo  necesario investigar e implementar estrategias tendientes a proteger el medio  ambiente de todos los efectos  de la industrialización  que había creado el ser humano 4. 
       En 1972, se celebró la conferencia de las Naciones Unidas  sobre el medio humano o la Conferencia de Estocolmo, que resaltó la importancia  del medio ambiente a nivel internacional, el tema central de dicha conferencia  fue la contaminación transfronteriza y la degradación ambiental, luego de esta  conferencia se produjo un documento denominado Declaración de Estocolmo5 ,  donde se plantearon todos los puntos y mecanismos necesarios tendientes a la  protección del medio ambiente, dicho documento contenía una serie de 26  principios que pretendían proteger el medio ambiente no sólo para las  generaciones presentes sino también para las generaciones futuras, su principio  número 1 señala que: 
  “El hombre tiene  derecho fundamental a la libertad, la igualdad y el disfrute de condiciones de  vida adecuadas en un medio ambiente de calidad tal que le permita llevar una  vida digna y gozar de bienestar, y tiene la solemne obligación de proteger y  mejorar el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras...” 
       De este documento se destaca que reconoce la necesidad  de conservar los recursos naturales de la tierra para así llevar una vida  digna, imponiéndole a cada ser humano la carga de implementar las medidas  necesarias para su preservación.  
       Otro intento por frenar los diferentes impactos  ambientales que se hacían cada vez más evidentes se dio en el año 1987, luego  de un trabajo de varios años, donde la Comisión Mundial del Medio Ambiente y  del Desarrollo (CMMAD) 6 realizó el informe Brundtland, dirigido por la doctora Gro Harlem  Brundtland, quien era Ministra de Noruega, este informe fue llamado  también “Nuestro Futuro Común” en él se habló de los diferentes sucesos que  mostraban cómo el desarrollo tecnológico ocasionaba una contaminación cada vez  más creciente, que lograría que las consecuencias fueran aun imposibles de  detener. De allí surgió el concepto de Desarrollo Sostenible, que se define  como aquel donde se satisfacen las necesidades actuales de todas las personas,  pero teniendo cuidado de no comprometer los recursos que cubrirían las  necesidades de las futuras generaciones, es decir, que no se debía procurar el  desarrollo y la evolución sacrificando los medios naturales que serían vitales  para la conservación de las demás generaciones. 
       En el año 1992,  se celebró la Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro, o la conferencia de  Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD), allí se  propuso promover el desarrollo mundial y el cuidado del medio ambiente,  ratificando lo que se había expuesto en la cumbre realizada en Estocolmo, se  analizaron además los principales problemas ambientales y entorno a ellos se  plantearon posibles soluciones, se propuso reducir la producción de productos  tóxicos, utilizar energías renovables y no contaminantes, reducir en las  grandes ciudades la producción de CO27  y de ruido,  y finalmente generar conciencia sobre la importancia del agua y la posibilidad  de hacer llegar este líquido vital a todas las partes del mundo.
       En esta segunda cumbre de la tierra se proclamaron 27  principios, de los cuales se resaltan como importantes frente a la protección  del medio ambiente, el principio número 1 que relaciona a todos los seres  humanos, y señala que estos son el centro de las preocupaciones relacionadas  con el desarrollo sostenible y su derecho a una vida saludable y productiva en  armonía con la naturaleza, también el principio número 4, ya que establece que  para alcanzar el desarrollo sostenible la protección del medio ambiente debe  ser parte del proceso de desarrollo y no puede ser considerado por separado 8.   
       Luego de evidenciar que el calentamiento global es uno  de los grandes problemas ambientales, en el año 1997 se celebró el protocolo de  Kioto9 ,  el cual tuvo como principal objetivo que todos los países industrializados se comprometieran  a reducir de forma paulatina la producción de gases de efecto invernadero (GEI)  que son los causantes del aumento de la temperatura del sistema climático en la  tierra, el compromiso inicial fue reducir la emisión de gases en un 5% aproximadamente,  para ello se tomó como referencia el nivel de gases que se produjeron al año 1990,  esto requería de un gran compromiso y   disciplina a cargo de cada uno de los países que ratificaron el  protocolo, puesto que no es un trabajo fácil, según afirma Hernández & Río (2007) “resolver el problema de la  mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) es una  cuestión compleja que implica la elección de instrumentos adecuados entre todos  los procedimientos de Kioto y adaptarlos al contexto sectorial y nacional”  (p.49).
       En Johannesburgo, en el año 2002 se celebró la tercera  Cumbre de la Tierra o la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, allí se  resaltó la importancia de preservar el medio ambiente y de aplicar el concepto  de Desarrollo Sostenible, en conclusión, se realizó un balance de la Cumbre de  la Tierra que se celebró en el año 1992, permitiendo que el mundo centrara su  atención en la necesidad de tomar acciones directas para resolver todos los  retos de la actualidad como son la demanda y provisión de alimentos, agua,  vivienda, energía, servicios sanitarios y seguridad económica, debido a que la  población crece cada vez más rápido, todo esto con el fin de mejorar la calidad  de vida de los ciudadanos, conservando los recursos naturales del mundo.  Finalmente, la ONU ha ratificado sus esfuerzos por alcanzar acuerdos internacionales en los que se respeten los  intereses de todos y se proteja el medio ambiente con la realización de una  cuarta Cumbre de la Tierra en Río de Janeiro en el año 2012, todo esto en aras  de evitar la ocurrencia de daños ambientales irreversibles. 
       A nivel regional también se han venido implementando  una serie de instrumentos tendientes a proteger el medio ambiente, la Comunidad  Andina de Naciones (CAN) como organismo regional en América del Sur, de la cual  hace parte Colombia, suscribió en el año 1996 la Decisión 391 del acuerdo de  Cartagena, sobre el régimen común de acceso a los recursos genéticos y la codificó  con las Resoluciones 414 y 415 emitidas por la Junta del acuerdo de Cartagena,  donde se establece un modelo de contrato de acceso a los recursos genéticos,  esta normativa junto con los demás instrumentos legales en Colombia, han sido  pioneros en materia de acceso a los recursos genéticos y protección al medio  ambiente en general. 
Al estudiar la legislación colombiana se podrán  determinar las medidas internas que se han adoptado para preservar el medio  ambiente y promover el desarrollo sostenible, teniendo en cuenta las bases que  se han establecido a través de instrumentos internacionales, y la obligación  del Estado de salvaguardar los derechos humanos, los cuales gozan de  universalidad y deben ser reconocidos en todos los contextos en los que se mueve  el hombre.
       Inicialmente, con la Ley 23 de 1973 se le otorgó al  presidente de la República facultades extraordinarias que le permitieron  expedir el Código Nacional de Recursos Renovables y Protección al Medio Ambiente,  mediante el Decreto 2811 de 1974, el cual estableció que el ambiente es  patrimonio común y que la obligación de conservarlo está a cargo del Estado y  de cada persona que esté dentro del territorio10 .
       En el año 1991 se expidió la Constitución Política de  Colombia, la cual es la piedra angular en materia ambiental11 ,  puesto que en su articulado señala acciones específicas que procuran alcanzar  la protección del medio ambiente y un equilibrio social, ecológico y económico.  Los derechos colectivos y del ambiente son llamados de tercera generación, los  cuales se relacionan con la solidaridad y los derechos a la paz, el desarrollo  y el medio ambiente sano, estos comprenden los artículos 78 al 82 del capítulo  2 título II de la Carta Nacional, dentro de los cuales se resalta en relación  con los principios internacionales el artículo 80, que señala el concepto de  Desarrollo Sostenible y las medidas que se deberán tomar a fin de reparar los  daños que se ocasionen a los recursos   naturales.
       Adicionalmente, dentro del texto de la Constitución se  encuentran una serie de artículos que llevan envueltas acciones que permitirán  la realización del derecho a tener un ambiente sano, encontramos por ejemplo,  el articulo 49 sobre el saneamiento ambiental a cargo del Estado y las  garantías, el artículo 58 que señala que la propiedad privada tiene una función  ecológica12 ,  el articulo 67 sobre el derecho a la educación, por medio de la cual cada  persona podrá ser formada acerca de la importancia del medio ambiente, su  dimensión y las diversas formas de protegerlo, creando una conciencia acerca de  cómo nuestra forma de vida consumista impacta al ambiente, el articulo 95  numeral 8, que impone a cada colombiano el deber de proteger los recursos  naturales para lograr un ambiente sano.  
       Posteriormente, se expidió la Ley 99 de 199313 ,  que organizó el Sistema Nacional Ambiental, derogó las disposiciones anteriores  y creó un Ministerio del medio Ambiente, quien es autoridad administrativa y el  encargado de promover todas las políticas públicas en materia ambiental. 
       Es importante tener en cuenta que en Colombia todas  las ramas del poder público cumplen funciones ambientales y deben velar por la  protección del medio ambiente, en la rama ejecutiva desde la Presidencia de la  Republica se trabaja armónicamente para cumplir todos los fines del Estado, los  diferentes Ministerios como el Nacional de Salud, de Defensa, de Agricultura,  del Medio Ambiente, trabajan generando así sostenibilidad ambiental, a estos se  unen las Unidades Administrativas Especiales como el Sistema de Parques  Naturales Nacionales, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), y  las autoridades científicas que son las encargadas de realizar estudios e  investigaciones relacionadas con los recursos naturales. 
       En la rama legislativa es la Comisión Quinta Constitucional  permanente del Senado y Cámara de Representantes la que se ocupa de los asuntos  ambientales, allí se debaten todos los proyectos de ley que tengan referencia  con el medio ambiente y se expiden los diferentes códigos de los mismos.
       En la rama judicial se encuentran los Tribunales y los  jueces de la República, quienes también cumplen funciones ambientales cuando  profieren sus fallos, cada operador de la justicia está facultado para imponer  limitaciones en aras de la conservación del medio ambiente, por ejemplo, cuando  se resuelven controversias referentes a la propiedad privada. Encontramos  también la Fiscalía General de la Nación, que es el ente encargado de  investigar todos los delitos ambientales en Colombia, cada delito se encuentra  tipificado en el Código Penal y contiene una respectiva multa y aun la  restricción al derecho de locomoción.
       Adicionalmente, encontramos los órganos independientes  como lo son el Ministerio Público, que vela por los derechos fundamentales, entre  ellos a un ambiente sano, este Ministerio está conformado por la Procuraduría  General de la Nación y la Defensoría del Pueblo, a nivel territorial también se  ubican las Personerías Municipales y la Procuraduría delegada para Asuntos Ambientales  y Agrarios, también encontramos dentro de estos órganos independientes la  Contraloría General de la República, que es la que maneja recursos públicos,  ejerce como órgano de control y presenta informes referentes al valor de los  recursos ambientales en el país, para así determinar el valor de la multa por  el deterioro de algún recurso natural, finalmente se encuentran las  Corporaciones Autónomas Regionales (CAR), que son entidades de derecho público,  autónomas y son la autoridad ambiental en cada territorio. 
Es de aclarar que con la expedición de la Constitución  Política de 1991 y el Acto Legislativo 03 de 200214 ,  que modificó la administración de Justicia, se debe entender la función de administrar  justicia como aquella atribución de carácter constitucional y de desarrollo  legal que se les confiere a aquellas autoridades que dentro del ámbito de sus  competencias resuelven los conflictos jurídicos que se presentan en comunidad,  esta función es importante porque resulta necesaria la intervención de las  controversias que surgen entre los coasociados para evitar el caos social, esta  función se le atribuye a la rama judicial del poder público (art.228 C.P) y se  materializa a través de las decisiones que dentro de sus competencias adopta  para resolver conflictos, sin que exista dependencia para con las otras ramas  del poder público, es decir, sus decisiones son autónomas e independientes, la  reforma introducida a la Constitución de 1991, en al artículo 116 permite  evidenciar que la función pública de administrar justicia se despliega a través  de la función jurisdiccional –juris dictio- es decir, declarar el derecho, que  ha sido asignada a jueces, magistrados y algunas autoridades administrativas que  cumplen funciones jurisdiccionales, además de los particulares como  conciliadores y árbitros, esto a través de una estructura que define las  autoridades adscritas a la función jurisdiccional que administran justicia,  conformada a su vez por la Corte Suprema de Justicia, la Corte Constitucional,  el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, las Jurisdicciones  especiales  y la Fiscalía General de la  Nación, La administración de justicia se traduce en la materialización de la  función pública, que se le atribuye por mandato constitucional a ciertas  autoridades del Estado, para que estas puedan a través de los diversos  mecanismos previstos para la resolución de conflictos, intervenirlos y por  virtud de una sentencia que haga tránsito a cosa juzgada resolver dichas  disputas, para garantizar una convivencia pacífica y un orden justo, todo ello  dentro del marco constitucional en el que se mueve el Estado Colombiano. 
       Aclarado lo anterior, en Colombia existen algunas  autoridades administrativas que están facultadas para administrar justicia y  resolver los conflictos jurídicos que surjan en materia ambiental, así las  Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) en Colombia son las encargadas de  expedir Resoluciones, imponer multas, estudiar y aprobar los proyectos de  recuperación de los recursos naturales deteriorados o destruidos, entre otras  funciones, estas entidades se rigen por principios de derecho público, y toman  sus decisiones teniendo presente el respeto por el debido proceso, dándole la  oportunidad a los intervinientes de ser escuchados y de presentar pruebas.  Todas las autoridades administrativas que cumplen funciones jurisdiccionales  deben velar por la protección de los derechos los ciudadanos en todas sus  dimensiones y en el marco de la dignidad humana, si no existe una protección  efectiva no se podrá garantizar una convivencia pacífica y un orden justo,  principios encontrados en el marco constitucional en el que se mueve el Estado  colombiano.
       A todas las Resoluciones o Actos Administrativos se  les puede hacer un control de legalidad, así cuando por ejemplo se expida una  licencia ambiental, esta debe provenir de un funcionario competente , de no ser  así dicho acto administrativo estaría viciado por incompetencia y surgiría una  controversia, la cual debe ser atendida por la jurisdicción Contencioso Administrativa,  a esta jurisdicción también se puede acudir cuando existan vicios de forma o de  procedimiento, cuando se expiden actos administrativos con violación de las  formalidades y de los trámites de ley, también cuando se expiden mediante la  desviación del poder o cuando el objeto del acto administrativo sea totalmente  contrario a la norma; la falsa motivación que implica la inexistencia de  motivos invocados o unos motivos erróneos que llevan a proferir un acto  administrativo que puede ser violatorio de algunos derechos básicos, es otro  motivo por el cual se puede acudir a la administración de justicia a fin de  encontrar una solución al conflicto.
       Una vez la administración ha proferido un acto  administrativo que es contrario a la ley o que afecta algún derecho particular  o colectivo, existen unas acciones que se pueden interponer para dejar sin  efecto dicho acto, encontramos así la acción de nulidad, en donde cualquier  ciudadano puede presentar una demanda para que el acto administrativo no se  materialice, buscando un beneficio general, también la acción de nulidad y  restablecimiento del derecho, en donde se defiende el interés particular que ha  sido vulnerado por la decisión de la administración,  la acción de reparación directa por  violaciones producidas por acción u omisión de una entidad pública, se reclama  la indemnización de los perjuicios causados, la acción contractual cuando  existen controversias que son derivadas de contratos administrativos. De la  misma manera existen unas acciones colectivas, que procuran la defensa de los  derechos de tercera generación, estas son las acciones populares que tienen un  carácter preventivo, es decir, se busca actuar antes de la ocurrencia del daño,  cesar el agravio y restituir las cosas a su estado anterior, y las acciones de  grupo, que tienen un carácter indemnizatorio, donde un grupo de personas  afectadas por la misma causa pretenden el pago de una suma de dinero para  compensar los daños producidos, en Colombia existe un caso puntual, donde luego  de una gran crisis ambiental se hizo uso de esta acción. 
El principal botadero de basura en Bogotá D.C., está  ubicado en la localidad de Ciudad Bolívar y entró en funcionamiento desde el  año 1988, es conocido como el relleno sanitario de Doña Juana, el vertedero se  ubicó en este sector principalmente debido a la extensión del terreno y la baja  densidad poblacional en aquel momento, en este lugar se depositan diariamente  toneladas de residuos provenientes de toda la ciudad, inicialmente fue la gran  solución al problema de basuras que se vivió por varios años, pero con el  tiempo se fue convirtiendo en un grave problema ambiental, en ese lugar han  ocurrido miles de derrumbes de basura, que han generado un impacto ambiental y  de salud, la vida de los habitantes de las zonas cercanas, especialmente los  sectores de Mochuelo alto y Mochuelo bajo, ha estado en riesgo debido a las  afectaciones en salud que se producen por tener cerca un vertedero de basura a  cielo abierto, estas personas han vivido en estado de insalubridad, han sufrido  enfermedades respiratorias como bronquitis, han tenido que soportar la  presencia de plagas, como ratas y mosquitos que son vectores para la trasmisión  de otras enfermedades; además de personas, con la problemática que ha generado  este relleno sanitario  se ha visto  afectado también la segunda fuente hídrica más grande la ciudad, que es el rio  Tunjuelito, en él se depositan los líquidos que se filtran de la basura o  lixiviados, una vez han sido tratados en una planta de procesamiento, para  evitar sus efectos tóxicos y contaminantes, existen algunas Resoluciones de la  CAR y del Ministerio del Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible 15,  donde se establecen las concentraciones de gases tóxicos permitidas, pero luego  de una auditoria de la Contraloría Distrital 16 se encontró que se estaban vertiendo al rio concentraciones superiores a las  permitidas por las autoridades ambientales, se encontraron cuatro elementos  peligrosos para la salud humana como son el cadmio, cromo, níquel y cloruro,  que producen cáncer, afectaciones en el sistema nervioso central, cardiovascular  y pulmonar. El 27 de septiembre de 1997, ocurrió la mayor emergencia sanitaria  del país, se escuchó un fuerte estallido que significó el derrumbe de un millón  doscientas mil toneladas de basura, debido a las constantes lluvias el agua se  empezó a filtrar en el relleno, lo que hizo que se generara un pozo al final  del mismo y debido a la presión el piso se desplazó, haciendo que todo el  relleno se derrumbara cayendo al rio Tunjuelito, y por ende bloqueando su  cauce, un olor nauseabundo se propagó por el sur y occidente de la ciudad,  hasta alcanzar la mayor parte de Bogotá, se declaró alerta amarilla en los  hospitales cercanos a la zona y se suspendió el servicio eléctrico con el fin  de evitar explosiones, fue necesario que trascurrieran varios meses para que el  olor se eliminara por completo. Los intervinientes en esta grave calamidad  ambiental fueron inicialmente la Administración Distrital, que es la encargada  de adjudicar los contratos y de hacer los estudios previos que permitirían el  buen funcionamiento del relleno, la CAR, que es quien expide las licencias  ambientales para el uso del relleno, el Centro de Gerenciamiento de Residuos  Doña Juana S.A, a quien le fue adjudicado el contrato de administración de  relleno para los años 2010 a 2022, y por supuesto cada uno de los ciudadanos  quienes son los que producen los desechos. 
       Luego de superada la emergencia sanitaria se empezaron  a evidenciar las consecuencias que esta había producido, más de 1.500 personas  que vivían, trabajaban o estudiaban en el sector sufrieron daños irreversibles  que debían ser indemnizados por el Estado, es por eso que el 27 de septiembre  de 1999 se conformó un grupo con las personas afectadas y se inició una demanda  de acción de grupo contra el Distrito Capital de Bogotá D.C., que pretendía una  reparación colectiva y una indemnización individual por los perjuicios  causados, este proceso de dividió en dos grupos, el primero comprende las 1472  personas que integraron el grupo inicial y fueron reconocidas en sentencia por  el Consejo de Estado, una vez reconocidas cada persona debe acercarse a la sede  principal de la Defensoría del Pueblo, que es la entidad encargada del estudio  de las solicitudes y del pago de la indemnización, con todos los documentos  requeridos para hacer efectivo el respectivo pago. El segundo grupo es el de  adherentes, conformado por personas que se adhieran al fallo del Consejo de  Estado y demuestren haber sufrido el daño por haber estado en la zona afectada  en el año 1997, son aproximadamente 630 mil ciudadanos aspirantes a ser  indemnizados, la Defensoría evaluará jurídicamente cada una de las solitudes  presentadas. 
       El derrumbe de basura del año 1997 no ha sido el único  ocurrido, en el año 2015 en el mes de octubre, nuevamente más de 800 mil  toneladas de basura se vinieron al piso, actualmente el vertedero funciona con  normalidad, pero se vive con la incertidumbre de posibles emergencias  ambientales, el Distrito capital debe presentar una propuesta para el manejo de  basuras con todos los controles ambientales requeridos antes del año 2022.
El mundo ha vivido múltiples crisis, tanto económicas,  políticas, sociales, de orden público, de corrupción, de guerra, entre muchas  más, y para todas ellas se han planteado soluciones y estrategias tendientes a  superarlas bien sea a corto o largo plazo, pero en la actualidad existe un  problema que nos afecta a todos por igual, esto es la crisis ambiental,  diversos estudios e informes científicos afirman que este problema no tiene  vuelta atrás y que a su ritmo logrará la extinción de la humanidad, todos los  actos de los seres humanos a lo largo de su vida han generado impactos  negativos sobre el medio ambiente, la idea de desarrollo consistió en dejar  atrás la sociedad tradicional, entrar en procesos de industrialización,  acumular capital, a fin de ser una sociedad moderna y desarrollada, Mateo (2008) sostiene que:
       en el  modernismo han predominado las Sociedades industriales modernas las cuales se  subordinan en lo general al paradigma del antropocentrismo productivista. Se  basan en la idea del progreso extendida en el siglo XIX según la cual las  posibilidades de crecimiento y de desarrollo entonces se suponían que eran  prácticamente ilimitadas. La mentalidad prevaleciente era la de que los hombres  pueden controlar la naturaleza y romper su tradicional relación de dependencia  con respecto a ella. (p.15) 
       Pero ese pensamiento ha chocado al  ser confrontado con las grandes investigaciones que demuestran la devastación  del medio ambiente, donde se ha demostrado que la naturaleza no es ilimitada y  que la “carrera del desarrollo” está llevando a la extinción de nuestra especie.
       Para concluir se puede afirmar que  múltiples problemas ambientales nos afectan hoy, la  lluvia acida, el calentamiento global, los gases contaminantes que se expanden  en toda la atmosfera, la extinción de las especies a ritmos acelerados, el  derretimiento de los glaciares, la tala de árboles, las sequías, la disminución  del agua, la producción de basuras y la falta de cultura para su  aprovechamiento y reutilización, este último afecta tanto a los humanos como a  las diferentes especies en el mar, la basura desechada en lugares inadecuados  es la causante del taponamiento de las vías públicas que genera inundaciones,  también de la trasmisión de enfermedades, el pastico es uno de los mayores  enemigos de la naturaleza, en los océanos se han encontrado millares de  residuos de plástico, que ocasionan graves daños, algunas especies los consumen  confundiéndolos con comida, lo que les ocasiona la muerte, de igual manera  produce la destrucción de su hábitat natural, publicaciones recientes de la revista National Geographic muestran como  nos estamos convirtiendo en más plástico que planeta. 
       Para frenar los efectos negativos que impactan a la  naturaleza se deben llevar a cabo un conjunto de acciones que se deben tomar en  la esfera social, para ellos es necesario que cada persona tome conciencia y  dimensione el daño real que vive el medio ambiente y las consecuencias a  futuro, el cambio inicia con acciones pequeñas como lo son ser consumidores más responsables, buscar estrategias para  reutilizar los envases plásticos y los demás desechos, no arrojar basura en las  calles, ríos o playas, ahorrar agua, de   igual manera el cambio también depende de los gobiernos del mundo, se  debe eliminar el actual modelo de crecimiento y acumulo de capital a costa de  la destrucción de los recursos naturales, se deben implementar políticas  públicas que permitan una mejor relación entre el hombre y la naturaleza,  demostrando que de ella provienen las principales fuentes de alimento para el  ser humano, que también permite llevar a cabo actividades económicas que  generan empleos y que es el hábitat de especies de la cadena natural de la que  también hace parte el hombre, es necesario un cambio de valores culturales y de  tradiciones en los pueblos del mundo.
Bibliografía