Revista: Caribeña de Ciencias Sociales
ISSN: 2254-7630


REFORMA DEL REGIMEN DE TENENCIA POR INCUMPLIMIENTO REITERADO DEL REGIMEN DE VISITAS

Autores e infomación del artículo

Diana Karolina Guamán Criollo *

Kariti_92@hotmail.com


RESUMEN

Introducción: Se ha logrado justificar la incidencia en el incumplimiento del régimen de visitas con el cuadro estadístico de las sentencias de resolución de visitas emitidas en los años 2015 y 2016 por el Consejo de Judicatura, demostrando que la incidencia en el incumplimiento de las resoluciones es de manera reiterada.
Estos procesos de incumplimientos son el objetivo de esta investigación, lograr demostrar la incidencia que existe en los incumplimientos de las resoluciones, las causas de estos y la posible solución para detener un incremento en los mismos; los derechos de los niños, niñas y adolescentes se encuentran garantizados en la constitución de la República del Ecuador, vivienda, salud, alimentación, educación, el crecer en un ambiente sano, estos derechos siempre deberán prevalecer  y para lograr el cumplimiento de uno de esos derechos, tal como compartir con sus progenitores y su familia, el desarrollo físico, emocional y sentimental hacia su familia, el cual se ve quebrantado en los casos de incumplimiento reiterado del régimen de visitas.
El derecho de los menores en el mundo global tiene un enfoque de interés superior por parte del estado, ya que la niñez es el futuro de una sociedad en pro del desarrollo de la colectividad, salvaguardar los principios, proteger los derechos y garantizar el efectivo cumplimiento; brindando el soporte legal a las distintas instituciones del estado para que puedan cumplir de manera eficaz su trabajo, en este caso salvaguardar los intereses de los menores en sus distintas etapas con leyes equitativas que actúen con objetivo de cumplir los derechos de los menores y garanticen el cumplimiento de los derechos.
Materiales y Métodos: los materiales de estudio en los cuales se ha basado esta investigación han sido los tratados internacionales, convenciones, constitución de la república del Ecuador en la actualidad y años anteriores, criterios de juristas concernientes a los derechos de los menores y su visión a través del tiempo; la metodología de la investigación es de carácter analítico, investigativo, exploratorio, histórico, descriptivo. El enfoque de la investigación, es cuantitativa y cualitativa, fue realizada en base a encuestas realizadas a 375 abogados de la ciudad de Guayaquil según la muestra requerida y a 287 progenitores según la muestra obtenida, los cuales se ven inmersos en sentencias de regulación de visitas. La entrevista realizada a cuatro jueces de la familia, mujer, niñez y adolescencia de la ciudad de Guayaquil, los cuales respondieron a preguntas basadas en la justificación del problema y posible solución para detener la tasa de crecimientos en los incumplimientos de la resolución de visitas.
Conclusiones: Considerando el resultado se ha probado la incidencia en las resoluciones del régimen de visitas y la necesidad de implementar una sanción para el progenitor que incumpla. Atendiendo al resultado de las conclusiones se recomienda reformar el Código orgánico en el que se debe establecer sanciones al progenitor que posee la tenencia de los niños, niñas y adolescentes, cuando este impida reiteradamente que se cumpla con las resoluciones referentes a la regulación de visitas, para que de esa manera se otorgue la tenencia legal al progenitor afectado y este pueda brindar el desarrollo integral y adecuado del menor, siendo esto beneficioso para el menor ya que tendrá libre acceso a crecer y desarrollarse en un entorno armónico, equitativo, donde prevalezca el derecho del menor de relacionarse con ambos progenitores y sus familiares.  
PALABRAS CLAVES: Incumplimiento Reiterado - Régimen De Visitas - Bienestar Del Niño - Efectivo Cumplimiento - Derechos de los niños.

SUMMARY

Introduction: It has been possible to justify the incidence in the breach of the visitation regime with the statistical table of the decisions of resolution of visits issued in the years 2015 and 2016 by the Judicial Council, demonstrating that the incidence in the breach of the resolutions is in a repeated way.
These breach processes are the objective of this investigation, to demonstrate the incidence that exists in the breaches of the resolutions, the causes of these and the possible solution to stop an increase in them; the rights of children and adolescents are guaranteed in the constitution of the Republic of Ecuador, housing, health, nutrition, education, growth in a healthy environment, these rights must always prevail and to achieve compliance with one of those rights, such as sharing with their parents and their family, the physical, emotional and emotional development of their family, which is broken in cases of repeated breaches of the visitation regime.
The right of minors in the global world has a higher interest focus on the part of the state, since childhood is the future of a society for the development of the community, safeguard the principles, protect rights and ensure effective compliance ; providing legal support to the different institutions of the state so that they can effectively carry out their work, in this case safeguarding the interests of children in their different stages with fair laws that act with the objective of fulfilling the rights of minors and guaranteeing the compliance with rights.
Materials and Methods: the study materials on which this research has been based have been the international treaties, conventions, constitution of the Republic of Ecuador at present and in previous years, criteria of jurists concerning the rights of minors and their vision through time; The methodology of the research is analytical, investigative, exploratory, historical, descriptive. The focus of the research, quantitative and qualitative, was based on surveys carried out with 375 lawyers from the city of Guayaquil according to the required sample and 287 parents according to the sample obtained, which are immersed in sentences of regulation of visits. The interview with four judges of the family, women, children and adolescents of the city of Guayaquil, who answered questions based on the justification of the problem and possible solution to stop the growth rate in the breaches of the resolution of visits.
Conclusions: Considering the result, the impact on the resolutions of the visitation regime and the need to implement a sanction for the parent who fails to comply has been proven. Based on the results of the conclusions, it is recommended to reform the Organic Code in which sanctions should be established for the parent who owns the children and adolescents, when this repeatedly prevents compliance with the resolutions regarding the regulation of visits, so that in this way the legal possession is granted to the affected parent and this can provide the integral and adequate development of the minor, being this beneficial for the minor since he will have free access to grow and develop in a harmonious, equitable environment, where the prevailing right of the minor to interact with both parents and their relatives.

KEYWORDS:
Repeated breach, Regime of visits, Welfare of the child, Effective compliance, Rights of the children.

Para citar este artículo puede utilizar el siguiente formato:

Diana Karolina Guamán Criollo (2018): “Reforma del régimen de tenencia por incumplimiento reiterado del régimen de visitas”, Revista Caribeña de Ciencias Sociales (marzo 2018). En línea:
https://www.eumed.net/rev/caribe/2018/03/reforma-regimen-tenencia.html
//hdl.handle.net/20.500.11763/caribe1803reforma-regimen-tenencia


  1. INTRODUCCIÓN

El desarrollo del proyecto tiene como objetivo general demostrar la incidencia del incumplimiento del régimen de visitas por el progenitor que goza de la tenencia del menor, como causal para modificar la misma en la legislación ecuatoriana.
El Ecuador ha tenido una evolución en los derechos de las personas desde la constitución de 1979 ha marcado una tendencia positiva sobre garantías constitucionales que protegen a los ciudadanos y en la actual constitución del 2008 que se encuentra consagrados los derechos de las personas y de grupos de atención prioritaria de forma exegética los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Abordando el tema de garantías constitucionales de las cuales gozan en la actualidad los menores de edad, podemos señalar un problema que surge y afecta a un grupo vulnerable de la sociedad con los casos de regulación de visitas y su incumplimiento reiterado e injustificado por parte del progenitor que goza de la tenencia, en contraposición del padre que goza de un derecho de visitas y proveedor del sustento alimentario del menor.
La investigación se encuentra justificada por cuanto hay un vacío legal en la normativa de niñez y adolescencia que sancione de alguna forma el incumplimiento reiterado e injustificado del régimen de visitas, con lo que se pretende darle a la investigación un marco legal que nos llevaría a una reforma en cuanto a poder acceder a solicitar una modificación en el régimen de tenencia, invocando como causal el incumplimiento reiterado del régimen de visitas.
Se justifica la investigación porque al ser nuestro objetivo final un plan propositivo en la reforma legal a favor de los niños, niñas y adolescentes en relación a ejercer el derecho de mantener una relación parento filial con sus progenitores nos encajamos con el Objetivo, del Plan Nacional del Buen Vivir que manifiesta “Consolidar la transformación de la justicia y fortalecer la seguridad integral, en estricto respeto a los derechos humanos”.  
Restructurando el código de la familia mujer, niñez y adolescencia en lo referente a la guarda y custodia de los hijos menores de edad en observancia al incumplimiento del régimen de visitas, lograría fortalecer el cumplimiento de las sentencias dictadas de regulación de visitas.

2 DESARROLLO
El régimen de visitas consiste en un procedimiento legal bajo el cual se fija judicialmente ya sea en el convenio del proceso de mutuo acuerdo, o sentencia en el contencioso, días y horas en los que el progenitor no custodio podrá disfrutar del cuidado y compañía de los hijos comunes. Se pueden distinguir días inter semanales, fines de semana, periodos de vacaciones.
El régimen de visitas más que una garantía es un derecho de los padres que no ejercen la patria potestad. Los padres en el caso de la legislación ecuatoriana deberán acreditar con pruebas que están cumpliendo o que les es imposible cumplir con la obligación alimentaria a sus hijos o hijo. El régimen de visitas más que ser una garantía o un derecho del progenitor que no ejerce la custodia sobre su hijo, constituye un mecanismo legal fundamental en la reconstrucción de la relaciones de parentesco y filiales del menor con su padre o su madre dependiendo del caso, es decir mejora las relaciones interpersonales además que se está garantizando el interés superior del niño y el adolescente y su derecho a crecer en un ambiente familiar y bajo el cuidado de sus padres”

Hoy por hoy la relación que se ha desarrollado en cuanto a los principios de control de convencionalidad y doctrinas se ha enfocado temas profundos con relación al tema en cuanto a él régimen de visitas que ha sido debatido en muchas ocasiones por muchos críticos e instituciones gubernamentales, puesto que se desarrollen vacíos puesto que en la ley y su aplicación de manera que causa cierta inconformidad por parte del padre. Siendo este tipo de situaciones una experiencia muy nefasta tanto para los niños, niñas y adolescentes y sus padres, puesto que genera en ellos desordenes emocionales, en cuanto a su conducta surge inestabilidad emocional e intelectual en cuanto a su entorno social.
Es importante señalar que todo procedimiento o asunto con los intereses y Derechos de la Familia, la niñez y la Adolescencia deben estar amparados y protegidos por los principios y garantías constitucionales para su efectiva protección y materialización, es decir que cualquier proceso que no logre cumplir el objetivo o materializar el Derecho invocado y pretendido por la parte resulta ineficaz, lo cual vulnera el acceso a la tutela efectiva de los Derechos, tal es el caso de aquellas resoluciones de régimen de visitas que constantemente son incumplidas por el progenitor que tiene legalmente la tenencia del menor, no existiendo una norma o medida coercitiva que permita la garantía de ser satisfecha la resolución de régimen de visitas, causando daños psicológicos a hijos y padres afectados.

La afectación que es causada en los niños, niñas y adolescentes al no compartir con el progenitor que no goza de la tenencia del mismo configura la violación a Derechos y principios amparados en la normativa internacional, específicamente en la Convención del Niño, indicando que la familia como grupo fundamental de la sociedad y medio natural para el crecimiento de idóneo de sus miembros deben recibir protección y asistencia necesaria para cumplir plenamente con las responsabilidades que son exigidas por la misma ley. Además, también en la Constitución están consagrados en el artículo 44, indicando que se debe promover de forma prioritaria el desarrollo integral de los niños (as) y adolescente que aseguren el ejercicio pleno de sus Derechos.
La separación es el rompimiento o ruptura como una experiencia traumáticas donde los padres transforman completamente la vida de los hijos dejando en estos efectos psicológicos dañinos que se ven manifestados en el curso de sus vidas.
Dentro de lo suscitado cabe mencionar que hasta problemas de conducta hoy por hoy conciben inestabilidad emocional, intelectual y hasta social, llegando al desarrollo de ayudas de trabajos social en las que se involucra terapias que ayuden a una tener estabilidad emocional.
López Medina, Paola Maribel en el año 2010 presenta un trabajo de investigación  sobre “El Régimen de Visitas establecidas en el Juzgado Segundo de la Niñez y Adolescencia del Cantón Ambato, y su Influencia de los Subsistemas Familiares período 2009” publicado en la Universidad Técnica de Ambato en donde señala que: “Los hijos necesitan de la presencia de sus padres, un vínculo fuerte, mutuo y recíproco, para desarrollarse intelectual, emocional, social y moralmente en todas la etapas de su vida.” (López Medina, 2010, pág. 1)
Se enfatiza que de una u otra manera la presencia de los dos progenitores es necesaria para los niños, niñas y adolescentes porque ayuda a desarrollar una buena autoestima siendo vital para el correcto desarrollo y desenvolvimiento del menor de edad, de tal forma ellos puedan crecer sin inseguridades.
Por otro lado es importante que dentro de la comunicación en los adultos debe existir armonía y un comportamiento tolerable para los menores que sufren por el entorno familiar que perdieron y aún están acoplándose a la transición de la separación conyugal de sus progenitores, Andino Salinas, Paúl Wladimir, en el año 2015 en su trabajo de pregrado sobre “Propuesta de medidas para evitar la obstaculización del Régimen de Visitas del niño, niña y adolescente en el Estado Ecuatoriano” publicada en la Universidad de las Américas, indica que:
La convivencia familiar resulta de vital importancia dentro del desarrollo de los hijos o hijas, ya que, la plena interacción del niño con todos los miembros de la familia, conlleva una serie de beneficios de orden psicológico, emocional, económico y armónico los cuales van a mejorar el entorno donde residen los niños, niñas y adolescentes.(pág. 22)
Desde el momento que existe una ruptura familiar los progenitores deben instituir un régimen de visitas a beneficio del progenitor no custodio siendo de tal manera que no se ostenten elementos que causen la obstrucción del régimen de visitas ya que se establece de una u otra forma la convivencia agradable con sus progenitores y demás familiares, esto permitirá que se refuercen vínculos familiares con los niños, niñas y adolescentes cuando estos no conviven juntos.
Olaya Montoya, en el año 2015 presenta una investigación de pregrado sobre la “Vulneración del interés superior del menor al momento que el progenitor tenedor obstaculiza el Régimen de Visitas”, la misma que es publicada en la Universidad Nacional de Loja, en donde manifiesta que:
En Ecuador la Constitución de la República y Código de la Niñez y Adolescencia, contemplan normas que protegen la integridad personal de los niños, niñas y adolescente, sin embargo, este derecho se vulnera al prohibir el régimen de visita al menor. El interés superior del menor de edad, está siendo inobservado en el régimen de visitas al momento que el tenedor padre o madre obstaculizan la visita al hijo. (Olaya Montoya, 2015 , pág. 92)
Si bien es cierto a pesar de que consten organismos legales que garanticen el consecución del régimen de visitas los progenitores, muchas de las ocasiones no permiten que los hijos vean al progenitor no custodio; o por el contra deciden trasladarse de lugares con el objetivo de que el progenitor no custodio no pueda ver al menor de edad impidiendo que se establezcan el derecho a las visitas perjudicando las relaciones familiares, esta situación provoca que le afecte el estado emocional del niño, niña o adolescente, ya que las visitas son esenciales para un buen desarrollo emocional, personal, social y la seguridad del menor en confiar en sus progenitores de manera ilimitada con la certeza de que se encuentra protegido por los mismos.

3 METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN

El tipo de método de investigación es exploratoria, histórico, analítica, descriptiva, siendo esencial porque buscan determinar, un acercamiento científico al problema, análisis histórico en desarrollo de derechos y garantías, analizar la información y describir rasgos característicos del problema.
Dentro del enfoque que se desarrolla en esta investigación con enfoque mixto, es decir cualitativo y cuantitativo, puesto que por la rigurosidad y variabilidad en función de los hechos se establece este enfoque.
Enfoque cualitativo: Como indica su propia denominación, tiene como objetivo la descripción de las cualidades de un fenómeno. No se trata de probar o de medir en qué grado una cierta cualidad se encuentra en un cierto acontecimiento dado, sino de descubrir tantas cualidades como sea posible. En investigaciones cualitativas se debe hablar de entendimiento en profundidad en lugar de exactitud: se trata de obtener un entendimiento lo más profundo posible. (Paz, 2014)
Enfoque Cuantitativo. -Los estudios de enfoque cuantitativo pretenden la explicación de una realidad social vista desde una perspectiva externa y objetiva. Su intención es buscar la exactitud de mediciones o indicadores sociales con el fin de generalizar sus resultados a poblaciones o situaciones amplias. Trabajan fundamentalmente con el número, el dato cuantificable. (Paz, 2014)

4 ANÁLISIS DE LA INVESTIGACIÓN

Recopilar información a través de encuestas realizadas a los profesionales del derecho, abogados del cantón Guayaquil, en lo referente al conocimiento y manejo de procesos de regulación de visitas que han patrocinado.
Se realizó encuestas a los abogados del cantón Guayaquil, quienes con un alto porcentaje manifestaron que existen incumplimientos de regulación de visitas de acuerdo a los casos que cada profesional ha llevado en su despacho, afirmando que la problemática existe y que es real la afectación que surge hacia los niños, niñas y adolescentes  y la ausencia de una medida coercitiva y de carácter real que permita garantizar el cumplimiento de las resoluciones de visitas por parte del progenitor no custodio.
Recopilar información a través de encuestas dirigidas a los progenitores afectados por las demandas de régimen de visitas. 
Los padres han afirmado en un alto porcentaje que no gozan del total cumplimiento de las resoluciones de visitas y de la afectación en los niños, niñas y adolescente, puesto que son padres que de manera irregular acceden a las visitas de sus hijos menores y que a causa de problemas entre los progenitores suelen no visitar a los menores por negativa de estos y de la afirmación en que se necesita de la implementación de una ley que sancione y garantice el incumplimiento de la resolución del régimen de visitas.
Realizar entrevistas a Jueces de la familia, mujer, niñez y adolescencia del cantón Guayaquil, para poder obtener su criterio jurídico sobre el incumplimiento del régimen de visitas y su afectación en los niños, niñas y adolescentes.
Se realizó la entrevista a cuatro jueces de la familia, mujer, niñez y adolescencia del cantón Guayas para poder recopilar información sobre el manejo de casos y la incidencia con la que conocen demandas de regulación de visitas y si los progenitores cumplen con las resoluciones de manera efectiva y oportuna.
Con las entrevistas se pudo analizar y determinar la incidencia y la afectación que esta genera en los niños, niñas y adolescentes, siendo necesario la implementación de

CONCLUSION

Que a pesar de existir incumplimientos del régimen de visitas, el juzgador toma medidas de protección de acuerdo a lo establecido en la Constitución, siendo necesario que se implementen medidas que garanticen el cumplimiento de la resolución del régimen de visita en favor del progenitor que no tiene la tenencia.
El presente trabajo en cuanto a lo doctrinal y jurisprudencial del problema planteado, el análisis en cuanto al derecho de visitas se encuentra  con que existe vacíos legales en las que el progenitor afectado no ostenta  del régimen de visitas lo que ha ocasionado se deje a la deriva los derechos de los niños, niñas y adolescentes, quienes han tenido que lidiar no únicamente con la separación de sus padres, sino también con el impedimento de mantener contacto y relación permanente con ambos progenitores.
Por otro lado, en el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia no existe un inciso que determine una sanción implícita que determine que el progenitor que posee la tenencia o el ejercicio de la patria potestad de los niños, niñas y adolescentes pierda la tenencia legal por el incumplimiento reiterado del régimen de visitas; siendo este un derecho legal que deben tener ambos progenitores, no dejando de lado que es necesario que para que los niños, niñas y adolescentes puedan desarrollar necesidades afectivas y emocionales, sin tener que crecer con la ausencia física y emocional de uno de sus progenitores.
Por último se reconoce que al impedir que el niño, niña y adolescente mantenga relaciones de tipo afectivo y convivencia periódica con el progenitor con el que no vive, afecta su desarrollo integral, con ambos progenitores, a más de ello que hace tomar en consideración que es una conducta injusta y antijurídica, sin dejar de lado los perjuicios psicológicos y afectivos que se llegan a producir en sus vidas.
Siendo imperativo la existencia de la norma que regule el cumplimiento efectivo de las regulaciones de visitas, sancionando la falta del cumplimiento con la perdida de la tenencia del menor, esto será productivo, ya que los padres no incumplirán con las resoluciones de visitas ya que existirá el temor de que se le plantee un juicio de modificación de tenencia por incumplimiento reiterado del régimen de visitas.  

BIBLIOGRAFIA

Bossert, G. (2012). Regimen Jurídico de Alimentos. Buenos Aires : Astrea.
Guaman, A. C. (2012). “Efectos psicológicos que produce la separación de sus padres en niños/as del Instituto Médico Tierra Nueva en el período 2011-2012”. Quito: Universidad de Guayaquil.
López Medina, P. M. (2010). “El Régimen de Visitas establecidas en el Juzgado Segundo de la Niñez y Adolescencia del Cantón Ambato, y su Influencia de los Subsistemas Familiares período 2009” . Ambato: Universidad Técnica de Ambato.
Olaya Montoya. (2015 ). “Vulneración del interés superior del menor al momento que el progenitor tenedor obstaculiza el Régimen de Visitas”. Loja: Universidad Nacional de Loja.
Paúl Wladimir. (2015 ). “Propuesta de medidas para evitar la obstaculización del Régimen de Visitas del niño, niña y adolescente en el Estado Ecuatoriano”. Universidad de las Américas.
Paz, G. M. (2014). Metodología de la Investigación. Madrid : Grupo Editorial Patri .

*Lugar de trabajo: Estudio Jurídico Jaramillo, Guayaquil-Ecuador Dirección de correo electrónico: Kariti_92@hotmail.com

Recibido: 19/03/2018 Aceptado: 26/03/2018 Publicado: Marzo de 2018


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