BIBLIOTECA VIRTUAL DE DERECHO, ECONOMÍA Y CIENCIAS SOCIALES


RESPONSABILIDAD DE LAS EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL EN PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Autores e infomación del libro

José Manuel Barranco Gámez

Abogado

newconsulting@telefonica.net

Publicado sin revisión por pares

ISBN-13: 978-84-17211-61-5

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Son infracciones laborales en materia de prevención de riesgos laborales las acciones u omisiones de los diferentes sujetos responsables que incumplan las normas legales, reglamentarias y cláusulas normativas de los convenios colectivos en materia de seguridad y salud en el trabajo sujetas a responsabilidad conforme a los Art. 11-13, LISOS. La empresa principal responde solidariamente con los contratistas y subcontratistas del cumplimiento, durante el periodo de la contrata, de las obligaciones sobre prevención de riesgos laborales impuestas en relación con los trabajadores que  aquellos ocupen en los centros de trabajo de la empresa principal, siempre que la infracción se haya producido en el centro de trabajo de dicho empresario principal. En la relaciones de trabajo con ETT´s, la empresa usuaria responde de las condiciones de ejecución del trabajo en todo lo relacionado con la protección de la seguridad y salud de los trabajadores, así como del recargo de prestaciones económicas que puedan fijarse en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional que tenga lugar en su centro de trabajo durante el tiempo de vigencia del contrato de puesta a disposición y tengan su causa en la falta de medidas de seguridad e higiene. Las empresas no podrán celebrar contratos de puesta a disposición en los siguientes casos (Art. 8, LETT): Para la realización de trabajos u ocupaciones especialmente peligrosos para la seguridad y la salud en el trabajo, en los términos previstos en la el siguiente apartado, y, de conformidad con éste, en los convenios o acuerdos colectivos. Adquiriendo esta consideración los siguientes trabajos en actividades de especial peligrosidad:
Trabajos que impliquen la exposición a radiaciones ionizantes en zonas controladas.
Trabajos que impliquen la exposición a agentes cancerígenos, mutagénicos o tóxicos para la reproducción, de primera y segunda categoría.
Trabajos que impliquen la exposición a agentes biológicos de los grupos 3 y 4 (RD 664/1997, de 12 de mayo).
Los trabajadores con relaciones de trabajo temporales o de duración determinada, así como los contratados por empresas de trabajo temporal, deben disfrutar del mismo nivel de protección en materia de seguridad y salud que los restantes trabajadores de la empresa en la que prestan sus servicios. La existencia de una relación de trabajo de las señaladas anteriormente no justificará en ningún caso una diferencia de trato por lo que respecta a las condiciones de trabajo, en lo relativo a cualquiera de los aspectos de la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores. En las relaciones de trabajo a través de empresas de trabajo temporal, la empresa usuaria será responsable de las condiciones de ejecución del trabajo en todo lo relacionado con la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores. Corresponderá, además, a la empresa usuaria el cumplimiento de las obligaciones en materia de información. La empresa de trabajo temporal será responsable del cumplimiento de las obligaciones en materia de formación y vigilancia de la salud. A tal fin, y sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, la empresa usuaria deberá informar a la empresa de trabajo temporal, y ésta a los trabajadores afectados, antes de la adscripción de los mismos, acerca de las características propias de los puestos de trabajo a desempeñar y de las cualificaciones requeridas. La empresa usuaria deberá informar a los representantes de los trabajadores en la misma de la adscripción de los trabajadores puestos a disposición por la empresa de trabajo temporal.


Para citar este libro puede utilizar el siguiente formato:

José Manuel Barranco Gámez (2018): “Responsabilidad de las empresas de trabajo temporal en prevención de riesgos laborales”, Biblioteca virtual de Derecho, Economía y Ciencias Sociales (febrero 2018). En línea:
https://www.eumed.net/libros/1708/index.html

Disponible solo en PDF

 



Recibido: Julio 2017 Aceptado: Febrero 2018 Publicado: Febrero 2018



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