José Manuel Barranco Gámez
RESUMEN
El delito de detención ilegal es una penal instantánea que se consuma desde el momento mismo en que la detención o encierro tuviera lugar, de ahí que en principio el mayor o menor lapso de tiempo durante el cual se proyecta el delito es indiferente, pues lo esencial es la privación de libertad, aunque sea por breve espacio y el ánimo del autor orientado a causarla.
En cuanto al dolo específico, el elemento subjetivo de este delito no requiere que el autor haya obrado con una especial tendencia de desprecio a la víctima diversa de la que ya expresa el dolo, en tanto conocimiento de la privación de libertad ambulatoria de otra persona. Consecuentemente comprobada la existencia del dolo, ningún propósito específico se requiere para completar el tipo subjetivo, y por lo tanto, la privación de libertad, reúne todos los elementos del tipo, siendo irrelevantes los móviles, pues el tipo no hace referencia a propósitos ni a finalidades comisivas.
PALABRAS CLAVES
Privación de libertad, libertad ambulatoria, libertad de movimiento, libertad de traslación, encerrar, detener, retener, acto coactivo, elemento subjetivo, tendencia de desprecio, intención, ánimo del sujeto, error, antijuridicidad, causa de justificación, concurso, de normas, real, ideal, iter criminis, lapso de tiempo, consumación.