Puede afirmarse, de acuerdo a una idea sugerida por O. Rey Santos, que en la literatura cubana de interés para el Derecho Agrario, después de 1959, se pueden distinguir claramente dos etapas: una primera de los años 60 hasta 1980, y otra que inicia a finales de los 70 y que continúa en los 80. Sostenía que en los años 60 y e inicios de los 70, la literatura agrarista enfatizó el tema de la Reforma Agraria. Esto se ilustra con la publicación de trabajos tales como:
En este período aparecen tres textos producidos desde la perspectiva y el auspicio de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños (ANAP) y que recrean el quehacer de las organizaciones campesinas desde su creación, en la etapa anterior a 1959 y su contribución al desarrollo legislativo agrario luego de 1959, los que también dedican atención especial al tema de la reforma agraria como fueron:
La segunda etapa que se inicia a finales de los 70, que tiene su máxima expresión en los 80 y se extiende hasta comienzos de los 90, centró la atención en el tema de la cooperativización. A ella pertenecen los textos:
Cabe destacar también que en esta etapa se publicaron los cuatro primeros textos con fines didácticos para la asignatura de Derecho Agrario (lo cual resulta coherente con el hecho de que en esta etapa es que se instaura la asignatura Derecho Agrario en los planes de Estudio para la carrera de Derecho):
En cuanto a las características del Manual de Derecho Agrario de 1990, elaborado por los profesores Maritza Mc Cormack y Orlando Rey, se aprecia que disponía de un total 179 páginas de texto, de ellas 28 solamente dedicadas a la teoría general, y en general las referencias bibliográficas al tratar las diferentes instituciones jurídicas, eran fundamentalmente legislativas, en la argumentación se acudía muy poco, a los avances de la teoría general del Derecho a nivel internacional, al Derecho Comparado, a los tratados internacionales y al análisis histórico jurídico de los antecedentes más mediatos de cada una de las instituciones jurídicas.
A la aludida periodización de la literatura agrarista cubana, sugerida por Orlando Rey, a mi juicio, se le pudiera agregar una tercera etapa, iniciada a mediados de los 90, cuando los trabajos escritos por los juristas cubanos tuvieron como objeto el análisis del novedades normativas en cuanto a la legislación dictada- y a los problemas de su aplicación- en torno a las instituciones del Derecho Agrario: usufructo de tierras, unidades básicas de producción cooperativa, mercado agropecuario, ganadería, actividad forestal, créditos y seguros, fundamentalmente. En esta etapa puede visualizarse que todavía la preocupación principal de los juristas no ha sido la construcción de la doctrina del Derecho Agrario cubano. Téngase en cuenta que la etapa anterior se cerró con el texto de Orlando Rey y Maritza Mc Cormack, que en realidad se trataba de un libro elaborado a finales de la década de los 80 y que corrió la mala suerte de ver su rápida obsolescencia, pues ya en el propio año 1990, se pusieron en vigor, la Resolución 288, Reglamento de Registro de Tenencia de Tierras; la Resolución 269, Sobre la entrega de tierras en usufructo a favor de las cooperativas de producción agropecuaria, la Resolución 290, Reglamento de la Compraventa de fincas, todas del Ministerio de la Agricultura; luego en el año 1991, el Decreto Ley 125, Sobre la propiedad, posesión y herencia de la tierra, y su Reglamento la Resolución 24 también del Ministerio de la Agricultura, la Resolución 1 del Banco Nacional de Cuba, Normas para el otorgamiento y recuperación de los créditos a pequeños agricultores, Cooperativas de Producción Agropecuaria (CPA) y Cooperativas de Créditos y Servicios (CCS). A ello se agrega que ya entre 1993 y 1994, se ponen en vigor otras importantes disposiciones jurídicas, propias de la situación de crisis económica que se inicia en Cuba al comenzar esa década. Esta situación explica la tendencia a intentar -si no elaborar un nuevo texto- producir recopilaciones que recogieran todo el prolijo material normativo acumulado, a los efectos de la docencia y de la práctica jurídica, a este respecto se destaca la publicación de dos compilaciones de las normas de Derecho Agrario:
En esta etapa, particularmente en los últimos años de la década del 90 e inicios del nuevo siglo, se produce un notable proceso de recepción y difusión en Cuba de las obras recientes de los agraristas más relevantes a escala internacional, sobre todo de: Antonio Carroza, Ricardo Zeledón, Orlando Pietro Romano, Fernando Brebbia, Ramón Vicente Casanova, Guillermo Figallo, Luis Ponce de León Armenta, Martha Chávez Padrón, Mario Ruiz Massieu y otros. Este fenómeno se desarrolla a través de la aparición de las primeras publicaciones de autores cubanos sobre Derecho Agrario en revistas internacionales1, también tuvo lugar a través de la presentación de ponencias por varios profesores en los Congresos Internacionales de Derecho Agrario y en las Jornadas Nacionales de Derecho Agrario, que a partir de 1998 y 1999 respectivamente, comenzaron a efectuarse en Cuba, se produjo además, la impartición cursos de postgrado y el Diplomado de Derecho Agrario instituido en 1998.
Se pudiera considerar como un tercer momento de la recepción de la teoría general del Derecho Agrario, en la ciencia jurídica agrarista cubana cuando los juristas, sobre todo alrededor del 2000 y en lo adelante comienzan a acceder a las obras de los autores de relevancia internacional por diferentes vías, a través de la Internet, las comunicaciones personales, el envío hacia Cuba de estas obras, tómese en consideración que en este período han visitado nuestro país con motivo de los Congresos Internacionales de Derecho Agrario que habían comenzado a celebrarse en 1998, Ricardo Zeledón, Guillermo Figallo, Román Duque Corredor, Leopoldo Sandoval, Franco Benussi, María Adriana Victoria y otros autotes relevantes que aunque no asistieran personalmente enviaron sus ponencias como Fernando Brebbia, Nancy Malanos, Desamparados Llombart.
La publicación más significativa de esta etapa, sin dudas, la constituye el libro: Temas de Derecho Agrario Cubano, Tomo I, que tiene como coautores a Maritza Mc Cormack Bécquer, Miguel A. Balber, Rolando Pavó Acosta, José A. Garea Alonso, Avelino Fernández Peiso, Miriam Velasco Mugarra, Orlando Rey Santos y a Cratilio Navarrete en el 2006, con fines docentes, que ha sido hasta el presente el texto más abarcador sobre las instituciones del Derecho Agrario Cubano; como complemento del texto apareció en el 2007, la Selección Legislativa de Derecho Agrario Cubano, Volumen I y Volumen II.
El libro Temas de Derecho Agrario, cuenta con un total 595 páginas de texto, de las cuales 48 se dedican a la teoría general, en el texto se visualiza un tratamiento más exhaustivo de cada una de las instituciones que conforman el contenido del Derecho Agrario Cubano, se incluyen muchas más referencias bibliográficas de tipo doctrinal al tratar las instituciones en particular y aparece mucho más doctrina internacional en la bibliografía utilizada. El texto refleja el proceso de madurez científica del claustro de Derecho Agrario en el país que ya pudo integrar como autores de este libro a cuatro doctores en ciencias jurídicas, que imparten docencia de Derecho Agrario en otras universidades, además de La Universidad de La Habana.
Resulta significativo -aunque no contradictorio, ni tardío- que en esta última etapa continuaran apareciendo textos que tratan sobre el proceso de la reforma agraria como:
“La Ley de Reforma Agraria de 1959 y el fin de las oligarquías en Cuba”, por Oscar Pino Santos, en Revista Temas 16-17, 1999, La Reforma Agraria 40 años después, de Carmen María Díaz García en el 2000; Historia de la Reforma Agraria en Cuba, de Orlando Valdés en el 2003; Aplicación de las leyes fundamentales de la reforma agraria en Cuba, de Juan Mir Pérez en el 2008; La reforma agraria en Holguín, de Mayra San Miguel Aguilar en el 2005.
Se publicaron también otros textos en los que además de analizarse la dinámica de la evolución histórica de la política agraria a partir de 1959 se incursiona en la valoración de los cambios de la legislación agraria ocurridos en los años 90 desde la perspectiva de varias ciencias , como la Historia, la Economía Política, la Economía y la Sociología, como son: Procesos Agrarios en Cuba (1950-1995) de Juan Valdés Paz, Economía Política de la transición al socialismo; experiencia Cubana, de Víctor Figueroa Albelo en el 2009, Güines, Santo Domingo y Majibacoa; sobre sus historias agrarias, de Carmen D. Deere, Niurka Pérez Rojas, Cary Torres Vila, Miriam García Aguiar y Ernel González Mastrapa, en 1998; La Agricultura Cubana. Evolución y trayectoria (1959-2005), de Armando Nova González en el 2005, Transformando el campo cubano. Avances de la agricultura sostenible, de Fernando Funes, Luis García, Martín Rurke (Editores) y con la participación de Niurka Pérez Rojas, Daíma Hechavarría León, Lucy Martín y otros, en el 2001.
Como se ha podido apreciar los textos producidos desde la ciencia del Derecho Agrario en Cuba han sido pocos, y con fines exclusivamente para uso docente, con la única excepción del libro ya mencionado: Aplicación de las leyes fundamentales de la reforma agraria en Cuba, de Juan Mir Pérez.
Se puede constatar además, que los artículos sobre Derecho Agrario, con muy contadas excepciones, han estado casi totalmente ausentes de las revistas cubanas especializadas de Derecho. Lo anterior resulta paradójico ante el imperativo de continuar desarrollando el Derecho Agrario, tanto en el plano de la doctrina como de la legislación y de su aplicación deriva, en primer lugar, del hecho de que alrededor del 47% del Producto Interno Bruto de la nación depende de forma directa o indirecta de la actividad agropecuaria.2 El país ha venido soportando y de seguro podrían agravarse las tensiones que supone el decrecimiento de la producción agrícola, la dependencia de la importación de alimentos, que a juicio de entendidos una buena proporción de ellos pudieren ser producidos bajo las condiciones del país. 3
Y a este respecto cabe llamar la atención sobre la situación ambiental existente caracterizada por problemas como la degradación de los suelos y en ese contexto, su compactación, salinidad y acidez que representa el resultado combinado de la contaminación y explotación insostenible, lo que afecta a grandes extensiones de superficie agrícola del país, base principal de la actividad agropecuaria.4
Vale la pena significar a este respecto los siguientes trabajos:
Existe otra cifra, también reducida de artículos que aunque su objeto no es específicamente el Derecho Agrario, dado el asunto que abordan, tocan al menos tangencialmente la propiedad agraria u otras instituciones del Derecho Agrario, por ejemplo:
Por otra, ha resultado igualmente esquiva la presencia de trabajos de Derecho Agrario, en publicaciones nacionales, que abarcan los ámbitos de las Ciencias Sociales y Económicas -Filosofía, Historia, Economía, Ciencias de la Cultura y de las Artes, Sociología-, como por ejemplo en Temas y Caminos.6 Algo similar se aprecia en la Revista Santiago, que comprende todo ese mismo perfil, en unos 120 números desde su fundación a inicios de los 70, con unos 5 o más artículos por edición, se encuentran solamente dentro de esta temática el Derecho Agrario:
Pero resulta justo en esta valoración admitir que la cantidad de publicaciones mencionadas, no se corresponde con la cifra real de trabajos científicos que se escriben en todo el país. A este respecto debe apuntarse como testimonio, que en el año 2009 se editó El CD ROM Premio Especial de Derecho Agrario; ponencias, revistas, instrumentos jurídicos y otros documentos, recopilado por la Sociedad Cubana de Derecho Agrario, y coauspiciado por la Unión Nacional de Juristas de Cuba, que contiene, entre otros documentos, casi 150 de las numerosas ponencias presentadas por los juristas en la materia de Derecho Agrario -lamentablemente no la totalidad-, desde la fundación de la Sociedad Cubana de Derecho Agrario en 1999, que abarca a siete Congresos Internacionales de Derecho Agrario, siete Jornadas Nacionales de Derecho Agrario, seis Seminarios Talleres sobre Legislación Agroindustrial Azucarera y otros eventos nacionales y locales. Habría que considerar además las numerosas tesis de especialidad y de maestría que se han defendido en los programas de Derecho Civil y de Asesoría Jurídica.7 Y hay otra parte de la producción científica en esta materia que figura en revistas y editoriales extranjeras.
Toda esta situación de las publicaciones agrarias y el hecho de su contenido se centre mayormente en la dogmática jurídica agraria, es decir, en la exégesis o en la hermenéutica de las normas jurídicas agrarias, se visualiza como causa y como efecto del insuficiente nivel de elaboración de la teoría general de las instituciones jurídicas agrarias, situación que seguramente no resulta exclusiva del Derecho Agrario cubano como ciencia, lo cual obedece a múltiples factores, algunos jurídicos y otros metajurídicos.8
1 Así por ejemplo se publicaron mis trabajos “El Derecho Agrario y la Integración en América Latina”, Revista Correo de la ADIA, Número 9, Octubre de 1997, Santo Domingo. República Dominicana; “Acerca de la Autonomía del Derecho Agrario” y “La Jurisdicción Agraria en Cuba: fundamentos históricos y problemática actual” ambos artículos en la Revista Barco de Papel. 1997, Mayagüez, Puerto Rico; “La jurisdicción agraria: sus fundamentos en el derecho de los países latinoamericanos”, Revista Derecho y Reforma Agraria, Universidad de Los Andes, Mérida, Venezuela, Número 29, 1998. Se publicaron también trabajos de Maritza Mc Cormack y de Miguel Antonio Balber en revistas de otros países y sobre todo en las Memorias de los Congresos de la UMAU y del CADA.
2 Ver Armando Nova González: La Agricultura cubana. Evolución y trayectoria (1959-2005), p, 199.
3 Ídem, pp. 307 y 199.
4 Ver Estrategia Ambiental Nacional.
5 La Revista Cubana de Derecho, ha sido la publicación jurídica más estable sobre Derecho, que aunque no recoge todo, ni todo lo mejor producido por las ciencias jurídicas en Cuba, se puede tomar como referente para conocer lo que ha venido sucediendo con las publicaciones jurídicas. Para que se tenga una idea, la revista se comenzó a publicar a inicios de la década del 70, en su primera serie, logró sacar unos 40 números, en esa etapa la revista varió en su formato y hubo varios números monográficos que contenían un solo artículo y hubo otros números que contuvieron unos 10 artículos, luego una segunda temporada iniciada en 1990 que ya alcanza los 35 números con unos 5 artículos cada uno, lo cual haría en total, más o menos 375 artículos, de los cuales, como se ha visto sólo cuatro se ubican en los ámbitos del Derecho Agrario, lo que haría solamente un 0,01%, y si se suman los otros cuatro que también mencionados y que de algún modo abordan el tema agrario, la suma llegaría a un 0,02 %.
6 Ambas revistas pasan de los 50 números, con unos 10-15 trabajos por edición, y se puede ver que sólo aparece en la Revista Caminos el trabajo de Rolando Pavó Acosta: “La justicia agraria: problemas, desafíos y perspectivas en Cuba”, en el Número 55-56 de 2010.
7 He sido director hasta el presente 77 tesis de especialidad y maestría, elaboradas en las temáticas de Derecho Agrario, desde el año 2002 en los programas de las Universidades de Oriente, Universidad Central de las Villas y en la Universidad de La Habana.
8 Se puede notar, por ejemplo, que en Cuba, existen ya doce sociedades científicas, para los estudios jurídicos conforme a las diferentes ramas del Derecho, pero aún no existe aquí ninguna sociedad científica para los estudios teóricos, históricos, filosóficos, sociológicos y metodológicos sobre el Derecho.
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