XI- INMUEBLES | SI |
NO |
NO |
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1. |
Los Submayores de los inmuebles cuentan con todos los datos que permiten su correcta identificación. |
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2. |
Todos los inmuebles en uso por la entidad están correctamente contabilizados. |
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3. |
La entidad tiene contabilizados inmuebles que no se utilizan. |
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4. |
No se han registrado las reparaciones generales incrementando el valor de los inmuebles. |
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5. |
Los importes de las modernizaciones y ampliaciones de inmuebles han incrementado contablemente sus valores. |
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6. |
Los inmuebles se deprecian sistemáticamente, aplicándose las tasas que corresponden. |
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7. |
Se descontinúa la depreciación de estos activos al igualase su valor inicial con el de la depreciación acumulada. |
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8. |
Los inmuebles han sido registrados en el Registro de la Propiedad. |
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9. |
Si los inmuebles han sido objeto de avalúo, la diferencia entre el valor determinado y el valor actual en Libros se ha registrado correctamente. |
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Análisis de los resultados del Control Interno:
1_ Eliminar los aspectos que no se ajusten.
2_ Señalar los aspectos que se ajusten.
3_ Resumir los aspectos que se violen.
4_ Verificar todos los aspectos.
Partiendo de las violaciones detectadas en el Control Interno de Inmuebles, el investigador proyectará su análisis para comprobar cómo se propicia la sustracción de bienes o las violaciones de la legalidad sobre los mismos. Siguiendo la sistemática de la presente metodología, debe proceder a los siguientes pasos:
1_ Determinar cómo el sistema contable de la entidad investigada, refleja la situación de los inmuebles:
2_ Realizar muestreos aleatorios en los aspectos que no reflejaron violaciones en el Control Interno.
3_ Comprobar la autenticidad de:
4_ Análisis del cumplimiento del objeto social de los inmuebles a través de las disposiciones legales establecidas al efecto, para ello el investigador debe valorar:
Cumplimiento del objeto social de los inmuebles, destino y uso.
Cumplimiento de las disposiciones sobre Protección Física.
Legalidad en el empleo de los inmuebles. Según el caso, el investigador debe consultar:
- Ley No. 65 / 87. Ley de la Vivienda.
5_ Llegar a conclusiones sobre la existencia o no de errores o fraudes que propicien el uso indebido de los inmuebles y la correspondiente ilegalidad:
Demostrar documentalmente el error o la irregularidad.
Modo de la irregularidad:
c) Valoración de la cuantía por concepto del uso indebido, si es posible su cálculo.
d) Preceptos legales violados.
6_ Elaborar un informe con los aspectos anteriores y de constituir delitos, proceder en consecuencia.
7_ Recomendaciones.
Chequeos periódicos sobre el control de los inmuebles y su legalidad.
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