Los “conocimientos tradicionales” son el contenido o el fundamento de los conocimientos relativos a la actividad intelectual en un contexto tradicional, en particular, los conocimientos especializados, capacidades, innovaciones, prácticas y enseñanzas que forman parte de los sistemas de conocimientos tradicionales, y los conocimientos que entrañan el modo de vida tradicional de un pueblo o comunidad, o que están contenidos en sistemas codificados de conocimientos transmitidos de una generación a otra. El término no se limita a ningún ámbito concreto de la técnica, y puede abarcar los conocimientos agrícolas, medioambientales y medicinales, así como todo conocimiento derivado de los recursos genéticos”.
Los conocimientos tradicionales y las expresiones culturales son un conjunto de saberes, valores, habilidades y destrezas que se aplican en la vida diaria y que se expresan en las diversas prácticas. Hay saberes que son colectivos y hay otros que son individuales. Estos conocimientos se aprenden a través de las generaciones y forman parte de la identidad del grupo. Para la continuidad de los conocimientos y las expresiones culturales se requieren hacer uso de los recursos naturales que proporciona la naturaleza (CDI, 2009 p 8).
En un intento por definir algunas categorías de conocimiento tradicional susceptible de ser protegido, el Convenio sobre los Derechos de Propiedad Intelectual, Cultural y Científica establece, las siguientes: “1) propiedad sagrada (imágenes, sonidos, conocimientos, materiales, cultura o cualquier cosa que es considerada sagrada y por tanto no susceptible de ser convertida en mercancía) —este punto serviría para impedir la patente de la imagen de la Virgen de Guadalupe—; 2) conocimiento de uso común, uso previo y uso potencial de especies de plantas y animales, así como suelos y minerales; 3) conocimiento para la preparación, procesamiento y almacenamiento de especies útiles; 4) conocimiento de formulaciones que incluyen más de un ingrediente; 5) conocimiento de especies individuales (métodos para plantarlas, cuidarlas, seleccionarlas, etcétera); 6) conocimiento para la conservación de los ecosistemas (métodos de protección y preservación de un recurso que puede o no tener un valor comercial, aunque no sea usado específicamente para ese fin o para otros propósitos prácticos por la comunidad local o la cultura); 7) recursos genéticos que se originaron en (originarios de) los territorios y tierras indígenas; 8) propiedad cultural (imágenes, sonidos, objetos, artes y presentaciones); y 9) sistemas de clasificación de conocimientos, como las taxonomías tradicionales de plantas”(Carrillo Trueba, 2006, pp35-36).
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