BIBLIOTECA VIRTUAL de Derecho, Economía y Ciencias Sociales

TRATAMIENTO FISCAL DE LAS ASOCIACIONES EN PARTICIPACIÓN

Gerardo Jacinto Gómez Velázquez y otros




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CAPITULO II. PRINCIPIOS SOBRE LA PLANEACIÓN FISCAL

A- Concepto de planeación fiscal

Podemos definir la planeación fiscal, como la técnica económica que emplean los sujetos pasivos para disminuir sus cargas tributarias con el propósito de cumplir con el principio básico de economía, de obtener el máximo rendimiento con la mínima inversión, siempre que se actúe dentro del marco legal.

B- ¿La planeación fiscal se considera una técnica?

Si lo es, por tener dos de los tres elementos de toda ciencia, que son: tener un saber racional, porque conjuga el derecho y la economía para obtener un resultado específico y un saber metódico; porque sistematiza los elementos con los que opera, además de reunir los cuatros elementos de una técnica que son: sujeto capaz, objeto específico, instrumento adecuado y un método eficaz.

C- ¿Se puede interpretar a la planeación fiscal como una acción de evasión legal?

La planeación fiscal es una técnica económica y no jurídica, por lo que no se puede considerar que el término evasión legal la defina. El término que se utiliza fiscalmente hablando es el de evasión fiscal, mismo que consiste en no pagar tributos lo que constituye un delito.

A la planeación fiscal se le puede considerar de dos formas dependiendo de la situación y del contexto. Por una parte se llamaría elusión y en segundo término, ahorro legal.

D- La planeación fiscal y sus justificaciones.

- Justificación económica:

Se basa en el origen de los tributos, que como sabemos, dependen de las actividades económicas que realizan las empresas, mismas que tratan de aplicar el principio de económico de obtener el máximo de rendimiento con el mínimo de esfuerzo, con la intensión de optimizar sus productos y brindar los mejores servicios, para de esta manera obtener una ganancia que es el fin de toda empresa comercial, industrial o de servicios.

- Justificación jurídica:

En el orden jurídico como sabemos, existen diversas fuentes de las obligaciones. En primer lugar las de observancia estricta, mismas que simplemente se respetan y se cumplen. En segundo término, las obligaciones exlege, donde se evita caer en el hecho jurídico y por último, las obligaciones voluntarias donde se obliga de la forma más conveniente.

E- Las leyes fiscales y la planeación fiscal.

Una de las situaciones que la planeación fiscal aprovecha, son los cambios continuos que tienen las leyes fiscales, llámese reformas, adecuaciones o transformaciones de las mismas. Todos estos cambios que sufren los ordenamientos jurídicos son lógicos y hasta cierto punto naturales, ya que están pensados por seres humanos por lo que son susceptibles de error. Las leyes fiscales sufren cambios de acuerdo a las políticas económicas y fiscales que adopte el país, por lo que quienes emplean la planeación fiscal, están al tanto de dichos cambios y los aprovechan.

Las modificaciones que sufren las leyes fiscales siempre van acompañadas de deficiencias de redacción, sentido, conexidad, omisión, opción, imprevisión, insuficiencia, exclusión, entre otros. Gracias a lo anterior, los errores e inconsistencias además de ser inagotables son amplios.

La planeación fiscal aprovecha la autonomía del derecho tributario, ya que aunque existe la supletoriedad del derecho común, no siempre se da una conexión total entre la disposición fiscal y la de otro orden, quizá por las diferencias internas y los errores de perspectiva. Los que realizan la planeación fiscal, observan en las leyes fiscales insuficiencias para concretar su efecto, por lo que además de aprovechar la inagotabilidad y la amplitud, también hacen uso de la profundidad de los errores. Es lógico pensar en la posibilidad de que el fisco, descubra las estrategias de la planeación fiscal y pretenda impedir que se siga aplicando.

Los factores aprovechados por quienes realizan una planeación fiscal bien diseñada pueden ser:

- La imperfección de las leyes fiscales,

- la diversidad del derecho,

- los cambios políticos y económicos y

- los alcances de la imaginación.


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