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En lo relativo a las redes de protección social, Acosta y Ramírez 9 señalan:
- Una red de protección social debiera ser un instrumento y un concepto central para avanzar hacia la equidad, y lograrlo en circunstancias particulares y concretas. Pero, ante la evidencia que la cobertura de los distintos riesgos sociales (tradicionales y nuevos) no es universal, hay que reconocer que no se cuenta con una verdadera red de protección. Los países tienen programas, actividades, normas, reglamentaciones y experiencias frente a casi todos los riesgos y aunque la visión pretende ser integral, en la práctica se presentan desprotección e inequidades, porque no funcionan todos los programas, o porque cada uno no funciona plenamente, de modo que no existe la cobertura universal en ningún riesgo.
- No es suficiente que existan los programas o las normas. Programas de protección social sujetos al mercado y a la acción individual, por ejemplo, que tienden a privilegiar la relación entre el beneficio y la cantidad de pago y los precios de mercado (equivalencias individuales) producen severas inequidades y exclusiones, y no contemplan la solidaridad. La introducción de mecanismos de mercado (abiertos o cuasi-mercados) necesita el acompañamiento de regulaciones claras y efectivas que eviten la exclusión. El enfoque de manejo de riesgo, que promueve una utilización eficiente de los seguros, expresa la necesidad de combinar e integrar seguros de mercado, con autoseguros y autoprotección. La fundamentación de la protección con base exclusiva o predominante en seguros privados y autoaseguro significa, en la práctica, que no se cuenta con la protección, o con una red con mecanismos de solidaridad en su conjunto. La capacidad y necesidad de las redes de crear equidad se ve comprometida con la incertidumbre en la asignación de los recursos. En este caso por las restricciones que se presentan durante las crisis como por la falta de suficiente prioridad. En este sentido, cuanto más previsibles y ciertos sean los mecanismos y las magnitudes orientadas a la protección, mayor impacto equitativo se podrá tener.
- Esto no excluye el hecho que muchos trabajadores del sector formal y con altos ingresos, pueden autofinanciar ciertas protecciones, más allá de su esfuerzo de solidaridad, lo que permite disminuir la presión por protección social pública de parte de esta población, pero manteniendo la obligatoriedad social de realizarlo por sus externalidades. Mecanismos como las cuentas de ahorro individual (cesantías, pensiones) permiten contar con esquemas adecuados en este propósito; en algunos casos, el incentivo individual logra hacer avanzar en coberturas.
- La responsabilidad pública sobre la protección social tiene los alcances y límites que adopta ética y legalmente la misma sociedad, así como los que determinan condiciones económicas propias y exógenas. La responsabilidad pública también está en definir las responsabilidades obligatorias tanto para el estado como para los hogares y personas. Por ello, esta institucionalidad bien puede, siempre en forma equitativa, acompañar las estrategias públicas con las acciones obligatorias particulares. Nos referimos, por ejemplo, a la financiación de la educación, con la obligatoriedad de los padres a enviar a sus hijos a la institución escolar; a la atención en salud de los accidentados con el seguro obligatorio para los automotores; o la existencia de pensión de vejez con la obligatoriedad de un ahorro. Un asunto definitivo de equidad es que en aquellas protecciones básicas que se consideran como derechos, irrenunciables, siempre se pueda acceder cuando se requiera.
- También se presenta inequidad por la falta de integración de los diferentes programas. En este sentido, cuando no se puede tener acceso a alguno de ellos, necesitándolo, se enfrenta la desprotección de un aspecto fundamental de la vida presente y/o futura; además, quedar excluido de una determinada protección (atención de salud, ingresos, educación) también afecta el acceso a otras. Por ello, la protección social tiene efectos de largo y corto plazo sobre la equidad.
- En la práctica, hasta ahora la RED como tal es altamente desarticulada, y aunque, en general, los países tienen políticas que expresan la voluntad de avanzar en tejer esta red, resulta evidente que, de una parte, no se logran articular los diferentes mecanismos y programas de protección, y que, por lo tanto, no se ha conformado un sistema de protección; o que tal sistema es parcial, incompleto y segmentado y, por lo tanto, excluyente.
- El concepto y la existencia de una red de protección, supone una articulación e integración frente a los diversos riesgos que la sociedad desea proteger a sus miembros. En términos financieros, esto se traduce en estrategias para diversificar el riesgo, sus formas de financiarlo, anticiparlo y prevenirlo. El agrupamiento (pool) diversificado, significa que se financia con diferentes fuentes y mecanismos, en distintas coyunturas, atendiendo eventos que probablemente no ocurran en forma simultanea ni generalizada.
Engel 10 manifiesta que concebir la protección social como primer paso de un proceso para salir de la pobreza implica articular los programas y servicios que buscan aumentar el capital humano de los diferentes miembros de las familias pobres a través de los siguientes mecanismos, entre otros: (i) transferencia condicionada de ingresos, (ii) orientación a la demanda, (iii) acceso a la oferta y (iv) priorización de la atención. Asimismo, es fundamental que se garantice no sólo la oferta de servicios, principalmente en las áreas de educación y salud, sino que además se preste orientación sobre cómo ingresar en ellos y se creen condiciones de acceso prioritario a los mismos.
9 Olga Lucía Acosta y Juan Carlos Ramírez: Las redes de protección social: modelo incompleto, CEPAL, Serie Financiamiento del Desarrollo, No. 141, Santiago de Chile, febrero 2004, pp. 50-51
10 Wanda Engel Aduan: Políticas integrales de reducción de la pobreza: el desafío de la efectividad, BID, Diálogo Regional de Política, Pobreza y Redes de Protección Social, 7a Reunión (Noviembre 11 y 12, 2004), p. 12